Mostrando entradas con la etiqueta aborto. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta aborto. Mostrar todas las entradas

12 jun 2023

ONU: Perú violó los derechos de una niña víctima de violación al no garantizarle el acceso al aborto y procesarla penalmente por autoaborto

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas 
determinó que Perú ha violado los derechos a la salud y a la vida de una niña indígena y rural víctima de violación al no proporcionarle información ni acceso al aborto legal y seguro.

 
Camila (nombre ficticio) nació en Huanipaca, departamento de Apurímac, una zona rural de la sierra peruana. Cuando se quedó embarazada en 2017, un familiar la llevó a un hospital de Abancay, donde rompió en llanto y anunció al personal de salud que no quería tener un hijo de su padre ni estar embarazada. Esa petición fue reiterada en muchas visitas médicas posteriores mientras su estado de salud mental se fue agravando. Sin embargo, no le informaron de su derecho a solicitar el aborto terapéutico.

El aborto está penalizado en Perú salvo para prevenir un riesgo para la vida o un riesgo grave y permanente para la salud de la madre. Con la ayuda de una ONG, Camila solicitó al hospital de Abancay el acceso al aborto terapéutico conforme a la legislación nacional, y también presentó una solicitud de interrupción voluntaria del embarazo a la fiscal encargada de la investigación penal por violación para que se designara un centro de salud que evaluara su caso. Sin embargo, nunca recibió respuesta del hospital ni de las autoridades judiciales.

Por el contrario, el personal médico insistió en organizar controles prenatales regulares ignorando el estado de Camila. Cuando Camila no acudía a los controles prenatales, el personal médico se personó varias veces a su casa, en ocasiones acompañado de agentes de policía, para presionarla a que continuara con el embarazo, lo que provocó su estigmatización y acoso en su familia y comunidad y la obligó a abandonar la escuela y, más tarde, su pueblo.

Tras tener un aborto espontáneo, Camila fue acusada y condenada por autoaborto sin más pruebas que sus repetidas declaraciones de que no deseaba proseguir con el embarazo.

Camila fue acosada asimismo por la fiscal encargada de su caso de violación. La fiscal ordenó el examen de la escena del crimen con la presencia obligatoria de Camila y su padre y citó repetidamente a Camila a declarar. La fiscal también desvió la investigación de la violación para centrarse en reunir pruebas incriminatorias del presunto delito de autoaborto.

"Estoy consternada por el modo en que las autoridades nacionales han tratado a una niña de 13 años víctima de violación e incesto", declaró Ann Skelton, Presidenta del Comité. “Lejos de ser protegida, dada su extrema vulnerabilidad, fue revictimizada y acosada por las autoridades sanitarias, policiales y judiciales. De hecho, pasó de víctima a delincuente".

Privada de justicia en su país de origen, Camila llevó su caso ante el CDN, alegando que se habían violado sus derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.

El Comité consideró que la falta de información sobre los servicios de interrupción voluntaria del embarazo y de acceso efectivo a dichos servicios expuso a Camila a un riesgo real, personal y previsible para su vida y su salud. La situación se vio exacerbada por la condición de Camila de víctima de violación por parte de su padre, lo que agravó aún más las consecuencias del embarazo en su salud mental. Por lo tanto, el Comité consideró que Perú violó los derechos a la salud y a la vida de Camila.

El Comité observó que Camila, una niña indígena y campesina víctima de violación, fue revictimizada por las autoridades sanitarias, policiales y judiciales, ya que su solicitud de aborto fue repetidamente ignorada, su hogar y su escuela fueron frecuentemente invadidos y fue procesada por autoaborto. Por lo tanto, el Comité consideró que Camila fue objeto de discriminación por motivos de edad, género, origen étnico y condición social. Consideró además que la falta de acceso de Camila a un aborto seguro constituyó en sí mismo un trato diferenciado basado en su género, que le negó el acceso a un servicio esencial para su salud, castigándola por no cumplir los estereotipos de género sobre su función reproductiva.

El Comité pidió a Perú, entre otras cosas, que despenalizara el aborto en todos los casos de embarazo infantil, que garantizara el acceso de las niñas embarazadas a servicios de aborto seguro y atención postaborto, especialmente en casos de riesgo para la vida y la salud de la madre, violación o incesto, y que modificara la normativa que regula el acceso al aborto terapéutico para prever su aplicación específica a las niñas.

"Saludamos el valor que Camila ha demostrado al defender sus derechos y presentar su caso ante nosotros a pesar de los numerosos obstáculos enfrentados", declaró Skelton.

 

"Esperamos sinceramente que este caso contribuya a desencadenar cambios estructurales en la legislación y las instituciones peruanas para que las niñas puedan acceder a un aborto seguro, dado el alto riesgo que los embarazos suponen para su salud y su vida", añadió.

10 mar 2022

OMS: Nuevas directrices sobre el aborto para ayudar a los países a prestar una atención que salve vidas

Unas 39.000 mujeres mueren cada año como resultado de los más de dos millones de abortos inseguros que se practican en el mundo, la mayoría de ellos en países de renta baja, informó este miércoles la Organización Mundial de la Salud (OMS) al presentar una nueva guía, que tiene el objetivo de ayudar a los países a ofrecer ese tipo de atención crucial a las mujeres y las niñas.

El organismo de la ONU asistirá a los Estados interesados en la implementación de las directrices y el fortalecimiento de las políticas y programas nacionales de anticoncepción, planificación familiar y servicios de interrupción del embarazo.

La OMS afirmó que el acceso al aborto seguro es fundamental para proteger la salud de las mujeres y las niñas y para prevenir miles de muertes evitables.

“Casi todas las muertes y lesiones que resultan del aborto inseguro son totalmente prevenibles. Por eso recomendamos que las mujeres y las niñas puedan acceder a los servicios de aborto y planificación familiar cuando los necesiten”, dijo el director interino de Salud e Investigación Sexual y Reproductiva de la Organización.

Procedimiento sencillo y seguro: 

La OMS explicó que el aborto es un procedimiento sencillo y seguro cuando se realiza con un método adecuado para la etapa del embarazo y por una persona con las información y capacitación necesarias.

Lamentablemente, sólo la mitad de las intervenciones de este tipo practicadas en el planeta cumplen con estas condiciones, provocando así decenas de miles de muertes y millones de mujeres hospitalizadas por complicaciones.

Los datos desagregados de la OMS muestran que más del 60% de los fallecimientos sucede en África y el 30% en Asia, siempre entre las mujeres más vulnerables.

Con el fin de acabar con los procedimientos inseguros, las nuevas directrices incluyen la práctica clínica, la prestación de servicios de salud y las intervenciones legales y políticas para respaldar la atención del aborto de calidad.

Servicios centrados en la persona que los solicita: Las más de 50 recomendaciones que componen la guía se basan en evidencia científica y centran los servicios en las necesidades de la persona atendida.

Entre esas pautas destacan las intervenciones simples a nivel de atención primaria que mejoran la calidad de la atención del aborto, como son garantizar el acceso a las píldoras abortivas y ofrecer información precisa sobre la atención disponible para las mujeres que la requieran.

La OMS recomienda eliminar las barreras políticas médicamente innecesarias para el aborto seguro, como la penalización, los tiempos de espera obligatorios, el requisito de que terceras personas o instituciones den la aprobación, y los límites de tiempo para realizar un aborto.

El organismo de la ONU argumentó que dichas barreras causan retrasos críticos en el acceso al tratamiento y colocan a las mujeres y niñas en mayor riesgo de sufrir abortos inseguros, estigmatización y complicaciones de salud, además de que aumentan las interrupciones en la educación y en la capacidad para trabajar.

Aunque la mayoría de los países permiten la interrupción voluntaria del embarazo en circunstancias específicas, unas 20 naciones lo consideran ilegal en cualquier caso. Asimismo, más del 75% de los países imponen sanciones legales que pueden incluir largas penas de prisión o multas muy altas para las personas que se someten o ayuden con el procedimiento.

Según la responsable de la Unidad de Prevención del Aborto Inseguro de la OMS, Bela Ganatra, es imperativo que este procedimiento sea médicamente seguro, pero también debe respetar las decisiones y necesidades de las mujeres y las niñas y garantizar que se les trate con dignidad y sin estigmas ni juicios.

“Nadie debe estar expuesto a abusos o daños como ser denunciado a la policía o encarcelado por haber buscado o proporcionado servicios de aborto”, subrayó Ganatra.

Restringir el acceso no reduce el número de abortos.

 

OMS Directrices Aborto  on Scribd

 
 Fuente: ONU Noticias.

27 feb 2020

DeJusticia: Concepto jurídico sobre las barreras de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo

Le propusimos a la Corte Constitucional que adopte el modelo de plazos para avanzar hacia la despenalización del aborto en nuevas circunstancias.

El 31 de enero de 2020, Dejusticia presentó un concepto jurídico ante la Corte Constitucional solicitando que despenalice el aborto a través de la adopción de un modelo de plazos. Esto, en el marco del proceso de demanda que la Corte estudia sobre el tema.

El modelo de plazos consiste en garantizar que las mujeres puedan interrumpir libremente su embarazo hasta el primer trimestre. Además, que durante el segundo y tercer trimestre lo puedan hacer bajo las tres causales despenalizadas en Colombia mediante la sentencia C-355 de 2006.

Con nuestro concepto demostramos que el modelo de causales que se aplica actualmente enfrenta una serie de barreras que llevan a la violación de los derechos reproductivos de las mujeres, en particular del derecho fundamental a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). De esta manera, el Estado desconoce la Constitución y se configura un déficit de protección respecto a los derechos de las mujeres, así como un acto discriminatorio.

Si bien reconocemos que el modelo de causales adoptado en el 2006 sirvió para dar los primeros pasos hacia la  garantía de los derechos de las mujeres, sostenemos que hay dos situaciones nuevas y estructurales que deben ser consideradas por parte de la Corte Constitucional al estudiar nuevas hipótesis de despenalización del aborto.

La primera tiene que ver con los precedentes que ha sentado la Corte después de 2006, en decisiones que reconocen la IVE como un derecho fundamental, que establecen los estándares para protegerlo y las obligaciones del Estado para garantizar los derechos de las mujeres.

La segunda situación es la persistencia de barreras institucionales, socioeconómicas y culturales para el acceso a la IVE, que en ocasiones surgen como consecuencia del modelo de causales.

Las barreras en el modelo de causales
La exigencia arbitraria de requisitos por parte de las entidades prestadoras de salud a las mujeres es una de las principales barreras institucionales. Frecuentemente les piden demostrar que su embarazo fue producto de una violación (desconociendo la validez de la denuncia), presentar el certificado de un médico especialista que pruebe el riesgo a su salud física (demorando así la valoración) o la autorización de familiares, abogados o médicos para realizarse el procedimiento.

La principal barrera socioeconómica es el desconocimiento de las mujeres sobre sus derechos, que afecta especialmente a aquellas que tienen bajos ingresos y que viven en zonas rurales. Para ellas, en la práctica, la IVE no es un derecho sino un delito. Las cifras de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud de 2015 lo evidencian: quienes tienen más conocimiento de las causales de despenalización del aborto son las mujeres solteras, de zonas urbanas, menores de 20 años, con mayor nivel educativo, y en los quintiles de riqueza alto y más alto.

Las mujeres más afectadas por estas barreras son quienes viven en lugares donde el Estado no llega o lo hace de manera precaria, y por ende, enfrentan dificultades para acceder a la atención en salud. Este es el caso de Montes de María, donde, además de la escasez de especialistas, instrumentos médicos y medicinas, “muchas mujeres deben hacer largos recorridos para acceder a la IVE, a anticoncepción o a medicamentos, lo que implica un gasto de dinero y tiempo que algunas no están en posibilidades de enfrentar”, como lo reveló nuestra investigación Un camino truncado, derechos sexuales y reproductivos en Montes de María.

Todas estas barreras suelen estar atravesadas por los prejuicios y estigmas que muchos prestadores de salud e instituciones aún guardan en torno a la IVE.

Como resultado de este análisis, proponemos la adopción de un modelo de plazos para avanzar hacia la despenalización del aborto. Creemos que bajo esta fórmula se superarían las barreras para acceder a la IVE, que afectan principalmente a las mujeres de condiciones vulnerables y zonas rurales. Además, se garantizarían que las mujeres no sean criminalizadas por sus decisiones autónomas protegidas por la Constitución.

Fuente De Justicia: https://www.dejusticia.org/concepto-juridico-sobre-barreras-para-acceder-a-la-interrupcion-voluntaria-del-embarazo/

19 feb 2020

ONU: Comité de los Derechos del Niño recomendó a Costa Rica despenalizar el aborto en todas las circunstancias

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU emitió sus observaciones finales respecto de los informes 5to y 6to presentados por Costa Rica sobre la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño en dicho país.

En relación a la violencia de género y el abuso sexual, el Comité recomendó lo siguiente:
Aprobar, con carácter prioritario, legislación que aborde todas las formas de violencia de género contra las niñas, incluso las menores de 15 años, y que garantice el enjuiciamiento y la sanción de los autores, así como la concesión de reparaciones a las niñas en función de la edad;
Asegurar que los sistemas de denuncia, investigación y enjuiciamiento de los delitos sexuales contra los niños sean amigables a los niños y tengan un enfoque multisectorial con el fin de evitar que vuelvan a sufrir un trauma, garantizar un tratamiento y una indemnización adecuados para los niños víctimas;
Aumentar la actual edad mínima para el consentimiento sexual por encima de los 13 años, entre otras.

Y, en relación al derecho a la salud de las y los adolescentes, el Comité recomendó: 
- Adopte medidas para luchar contra los embarazos precoces, prestando atención en particular a la situación de las niñas embarazadas por hombres adultos, y sensibilice a la población sobre los efectos perjudiciales de los embarazos precoces y sus repercusiones en la salud física y mental de las niñas;

Despenalizar el aborto en todas las circunstancias y garantizar el acceso de las adolescentes a servicios de aborto seguro y de atención posterior al aborto, asegurando que sus opiniones se escuchen siempre y se tengan debidamente en cuenta como parte del proceso de adopción de decisiones;
- Acelerar la aplicación de los procedimientos sanitarios para el aborto terapéutico y evitar la estigmatización de las adolescentes que solicitan un aborto; 
- Refuerce las medidas para proporcionar a las adolescentes información y acceso a formas modernas de anticoncepción y asegurar su acceso a una anticoncepción segura y asequible, incluso en las zonas rurales y costeras.
Fuente CRC: https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx

27 jun 2019

HRW: Políticas que fomentan el embarazo adolescente en República Dominicana


Las niñas necesitan una educación integral en sexualidad y acceso a servicios de salud y un aborto seguro

(Nueva York) - A las adolescentes de República Dominicana se les niegan sus derechos sexuales y reproductivos, incluido el acceso a un aborto seguro, dijo Human Rights Watch en un informe publicado hoy. Las autoridades deberían implementar un nuevo plan para una educación integral en sexualidad y despenalizar el aborto para frenar el embarazo adolescente no deseado y reducir el aborto inseguro.

El informe de 55 páginas, “‘I Felt Like the World Was Falling Down on Me’: Adolescent Girls’ Sexual and Reproductive Health and Rights in the Dominican Republic” (“‘Sentí que el mundo se venía abajo”: Salud y derechos sexuales y reproductivos de las adolescentes en la República Dominicana”), documenta cómo las autoridades han postergado el lanzamiento de un programa de educación en sexualidad largamente esperado, dejando a cientos de miles de niñas y niños adolescentes sin información científica precisa sobre su salud. El país tiene la tasa más alta de embarazos adolescentes en América Latina y el Caribe, según la Organización Panamericana de la Salud (OPS). La prohibición total del aborto en el país significa que una adolescente que se enfrenta a un embarazo no deseado debe continuar ese embarazo en contra de su voluntad u obtener un aborto clandestino, a menudo poniendo en grave riesgo su salud e incluso su vida.

“Las niñas deben estar preparadas con la información y los servicios de salud para prevenir embarazos no deseados y tomar decisiones informadas sobre sus cuerpos y relaciones”, dijo Margaret Wurth, investigadora sénior sobre Derechos de la Mujer de Human Rights Watch. “Al negarles sus derechos sexuales y reproductivos, las autoridades dominicanas no les están brindando a las niñas y mujeres jóvenes todas las oportunidades para continuar su educación y llevar una vida saludable, exitosa y enriquecedora”.

El informe se basa en entrevistas a 30 niñas y mujeres que quedaron embarazadas antes de cumplir los 18 años, y decenas de otras personas, incluidos estudiantes, jóvenes LGBT, proveedores de atención médica y servicios sociales, y expertos en el campo.

La alta tasa de embarazos de adolescentes en la República Dominicana es una consecuencia de la inadecuada educación en sexualidad del país y la necesidad no cubierta de anticoncepción. Los datos de salud pública muestran que el 20,5 por ciento de las niñas y mujeres jóvenes de 15 a 19 años en la República Dominicana quedan embarazadas en la adolescencia. La mayoría de estos embarazos no son planeados ni deseados. Las leyes que tipifican como delito el aborto crean un temor generalizado y empujan el aborto a la clandestinidad, obligando a las mujeres y las niñas a recurrir a medidas inseguras para poner fin a los embarazos no deseados.

Las niñas y mujeres jóvenes describieron haber sentido una angustia extrema al enterarse de un embarazo no planificado. “Sentí como si se me cayera el mundo encima”, dijo una joven. “Me estaba volviendo loca, pensando que no podía tener un hijo”, añadió. “Estaba aterrorizada”, dijo otra.

La prohibición del aborto en el país tiene distintos impactos que perjudican a las adolescentes, descubrió Human Rights Watch. La actividad sexual a menudo está altamente estigmatizada entre las adolescentes. A una niña que enfrenta un embarazo no deseado le puede resultar más difícil que a una mujer adulta buscar ayuda, lo que podría llevarla a recurrir a métodos de aborto menos seguros. Varias niñas y mujeres jóvenes dijeron que trataron de interrumpir un embarazo clandestinamente antes de los 18 años. Expertos internacionales en derechos humanos han concluido que negar el acceso al aborto a niñas y mujeres es una forma de discriminación y pone en peligro una serie de derechos humanos.

Expertos de las Naciones Unidas han instado a los gobiernos a proporcionar a los estudiantes una educación sexual integral, desde una edad temprana. Según el derecho internacional de los derechos humanos, así como la legislación nacional en la República Dominicana, los menores tienen derecho a acceder a información sobre salud sexual y reproductiva.

La República Dominicana se encuentra bajo escrutinio internacional por no proporcionar una educación sexual, científicamente precisa y basada en los derechos, en las escuelas. En 2015, las autoridades anunciaron planes para incorporar la educación integral en sexualidad en el currículo nacional y desarrollaron materiales para educadores y orientadores. Pero la Junta Nacional de Educación no ha aprobado el nuevo enfoque para que pueda implementarse en todo el país.

Algunas escuelas ofrecen talleres o instrucción sobre educación sexual, pero no existe un enfoque obligatorio y consistente. “Depende de la buena voluntad del profesor”, dijo un experto.

Una orden departamental de mayo de 2019 por parte del ministro de educación que ordena la creación de una política de género para el Ministerio y el sistema educativo podría requerir que las autoridades proporcionen una educación integral en sexualidad. Queda por ver si esta nueva estrategia se implementará de manera efectiva para garantizar los derechos de las niñas adolescentes.

Muchos adolescentes en la República Dominicana también pasan apuros para obtener servicios de salud confidenciales y no estigmatizantes, y algunos no tienen acceso a servicios importantes de salud sexual y reproductiva, como la anticoncepción. “No reciben servicios de calidad ni tratamiento confidencial”, dijo un experto. Una encuesta del Ministerio de Salud de 2013, los datos más recientes disponibles, encontró que el 27 por ciento de las niñas y mujeres jóvenes de 15 a 19 años, y el 21 por ciento de 20 a 24  años tienen necesidades de anticonceptivos no cubiertas.

El embarazo precoz conlleva graves riesgos para la salud de las madres jóvenes y sus bebés. Algunas de las madres jóvenes entrevistadas sufrieron complicaciones durante el embarazo o el parto, algunas de las cuales resultaron en la muerte de los bebés.

Las estudiantes embarazadas y las madres jóvenes a menudo pasan dificultades para continuar su educación. Para otras es simplemente imposible. Algunas dijeron que enfrentaron actitudes discriminatorias por parte de maestros o administradores escolares, por lo que abandonaron la escuela durante el embarazo o después del parto. Algunas nunca regresaron.

20 abr 2019

WHO: Gestión médica del aborto


La atención médica relacionada con el aborto abarca el manejo de afecciones clínicas, incluido el aborto espontáneo e inducido (embarazos tanto viables como no viables), el aborto incompleto y la muerte fetal intrauterina, así como la anticoncepción posterior al aborto.

El tratamiento médico del aborto generalmente implica un régimen combinado de mifepristona y misoprostol o un régimen solo de misoprostol. La atención médica relacionada con el aborto juega un papel crucial en el acceso a servicios de atención segura, efectiva y aceptable. Tanto en entornos de alto y bajo nivel de recursos, el uso de métodos médicos de aborto ha contribuido al intercambio y el intercambio de tareas y al uso más eficiente de los recursos. Además, muchas intervenciones en la atención del aborto con medicamentos, particularmente aquellas en el embarazo temprano, ahora pueden brindarse a nivel de atención primaria y ambulatoria, lo que aumenta aún más el acceso a la atención. La atención del aborto con medicamentos reduce la necesidad de proveedores de abortos quirúrgicos capacitados y ofrece una opción no invasiva y altamente aceptable para las personas embarazadas.

WHO Medical Abortion-Eng by on Scribd

24 feb 2019

IPAS: El estigma del aborto termina aquí: un juego de herramientas para la comprensión y la acción


El estigma del aborto juega un papel crítico en la marginación social, médica y legal de la atención del aborto en todo el mundo, y conduce a resultados negativos para la salud de las mujeres, las niñas, las personas trans y nuestras comunidades. Impulsa la gran cantidad de muertes y lesiones evitables en todo el mundo debido a un aborto inseguro.


Health. Access. Rights. -IPAS- ofrece este conjunto de herramientas para abordar y ayudar a mitigar el estigma del aborto. Está diseñado para ayudar a los miembros de la comunidad, a los trabajadores de salud comunitarios, a los activistas y personal de organizaciones basadas en la comunidad y a otros a abordar el estigma del aborto en diversos momentos y contextos, incluso contiene una agenda CORE que comprende ejercicios para cada módulo y una gama de actividades.


Traducción libre del Equipo de Incidencia.

30 ago 2018

Comité de Expertas lamenta que 201 niñas hayan sido obligadas a continuar con sus embarazos el año 2017 en la provincia de Misiones, Argentina


El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém do Pará” (MESECVI) lamenta que 201 niñas menores de 14 años hayan sido forzadas a continuar con sus embarazos durante el año 2017 en la Provincia de Misiones en Argentina, de acuerdo a las declaraciones del Ministro de Desarrollo Social, Lisandro Benmaor.

A través del Informe Hemisférico sobre Violencia Sexual y Embarazo Infantil en los Estados Parte de la Convención de Belém do Pará (2016), el Comité ha señalado que, de acuerdo a la normativa en la región, todos los embarazos de niñas menores de 14 años deben considerarse producto de violencia sexual y por lo tanto, los Estados deben garantizar la atención especializada a las niñas que han sufrido este tipo de violencia, investigar estas agresiones y asegurar su acceso, a la interrupción del embarazo y a los servicios posteriores en condiciones de seguridad y sin discriminación.

A pesar de que la pronvincia de Misiones cuenta con un protocolo de atención a las víctimas de violación que incluye anticoncepción de emergencia y abortos no punibles, la preocupación de este Comité apunta a que en la práctica 201 niñas no pudieron acceder a los servicios que supuestamente están disponibles para estos casos. Esto no solo deja en evidencia la falta de aplicación del protocolo, sino también el incumplimiento del país en cuanto a garantizar la protección de las niñas que deben enfrentar gravísimas consecuencias en su salud pasicológica, física y reproductiva.

El embarazo infantil es de alto riesgo, incrementa el riesgo de mortalidad materna e infantil y genera otros problemas como partos prematuros, sufrimiento fetal, entre otras graves consecuencias para los proyectos de vida de las niñas. Por esta razón, este Comité insta al Estado a investigar los casos de las 201 niñas afectadas, esclarecer los motivos por los que se incumplió el protocolo existente y asegurar el acceso efectivo de éste a todas las niñas que lo necesiten. Por último, se insta al Estado a redoblar los esfuerzos para garantizar los derechos humanos de todas las mujeres y las niñas, así como adaptar cualquier plan o protocolo según lo establecido en la Convención Belém do Pará, las recomendaicones de este Comité y la demás legislación internacional en la materia.

El Comité de Expertas  es el órgano técnico del MESECVI responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estado Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal.

12 ago 2018

Argentina: Expertas en derechos humanos de la ONU lamentan el rechazo del Senado del proyecto de ley para legalizar el aborto


Ginebra.- Expertas en derechos humanos de la ONU lamntaron prfundamente que el Senado argentino rechayara el prozecto de lez que hubiese legalizado el aborto en las primeras 14 semanas de embarazo, y calificaron la decisión como una oportunidad perdida para promover los derechos de las mujeres en el país.

"El voto del Senado, no sólo le ha fallado a las mujeres en Argentina, sino también a toda una región que generalmente tiene leyes muy restrictivas en cuanto a la interrupción del embarazo", dijeron las expertas.

"Las y los legisladores de la cámara alta han resguardado la continuación de un legado arcaico basado en una doctrina religiosa que incorpora estereotipos dañinos sobre los roles de las mujeres en la familia y en la sociedad que son intrínsecamente discriminatorios y opresivos para las mujeres".

El Senado rechazó el proyecto de ley el 09 de agosto con 38 votos contra 31, luego de que la Cámara de Diputados adoptara el proyecto de ley el 14 de junio.

"Lamentamos profundamente que el Senado argentino no haya aprovechado este momento histórico para demostrar el compromiso del país con respecto a la eliminación de la discriminación contra las mujeres en su legislación y promover los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y adolescentes, de conformidad con sus obligaciones internacionales de derechos humanos", dijeron las expertas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, reforzada por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, establece que los derechos humanos atribuidos en virtud del derecho internacional de los derechos humanos se otorgan a quienes han nacido. Pero algunos propagan una retórica peligrosa de que existe un equilibrio simétrico entre los derechos de una mujer y de un feto. Sin embargo, no existe tal afirmación en el derecho internacional de los derechos humanos.

"El derecho de una mujer o niña a tomar decisiones autónomas sobre su embarazo es la base de su derecho fundamental a la igualdad, la privacidad y la integridad física y mental, y es una condición previa para el disfrute de otros derechos".

En un país donde el aborto inseguro es una de las principales causas de muerte para las mujeres embarazadas, esta decisión del Senado pone en peligro la vida de las mujeres y les impone dificultades indecibles. Por lo tanto, la afirmación hecha a menudo por los opositores al aborto de que su postura es "pro-vida" es engañosa.

"Se sabe que en los países donde la interrupción del embarazo está restringida por ley y/o no está disponible, la interrupción segura del embarazo es un privilegio de las personas ricas, mientras que las mujeres con recursos limitados no tienen otra opción que recurrir a prácticas inseguras. El hecho de que el Senado no haya avanzado en el proyecto de ley también representa un fracaso en términos de protección de los derechos de las mujeres en situación de pobreza", dijeron.

"Aplaudimos la histórica movilización de mujeres y niñas en Argentina y alabamos que este debate pionero finalmente haya tenido lugar en el país. Esperamos que este impulso no se pierda y que se abra un nuevo espacio para debates basados en los derechos humanos y en la necesidad urgente de una reforma de la ley sobre el aborto", agregaron.

Los países donde las mujeres tienen derecho a interrumpir un embarazo no deseado y que tienen acceso a la información y a todos los métodos anticonceptivos tienen las tasas más bajas de aborto. Los datos de la OMS han demostrado claramente que la penalización de la interrupción del embarazo no reduce el número de mujeres que recurren a procedimientos de aborto. Más bien, aumentan las probabilidades de que más   mujeres busquen procedimientos clandestinos e inseguros.

NOTA PARA LOS EDITORES: En el contexto de los debates sobre la legalización del aborto, el Grupo de expertas ha expresado su apoyo al proyecto de ley y ha comunicado sus preocupaciones al Gobierno y al Congreso. Se estima que 225 millones de mujeres en todo el mundo carecen de acceso a métodos anticonceptivos modernos esenciales, lo que a menudo conduce a embarazos no deseados. Para las niñas, el embarazo y el parto son una de las causas más comunes de muerte en los países en desarrollo, y las niñas menores de 15 años enfrentan cinco veces el peligro. Como resultado de abortos inseguros, cada año mueren unas 47,000 mujeres y otros 5 millones sufren una discapacidad temporal o permanente. La mortalidad materna viola los derechos a la vida, la salud, la igualdad y la no discriminación. En el marco del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD), los Estados se comprometieron a reducir en gran medida el número de muertes y la morbilidad derivadas del aborto inseguro.

7 feb 2018

Chile: El protocolo del Ministerio de Salud que usarán los médicos para atender abortos


El Ministerio de Salud publicó la Norma Técnica de Acompañamiento y Atención Intengral en torno a las prestaciones que garantiza la Ley 21.030 sobre Despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales:

Ahí se determina el actuar de los profesionales de salud, de toda la red de salud frente a la solicitud de interrupción cuando exista riesgo de la madre, inviabilidad fetal y violación.

En términos generales, se especifica que la norma regirá para todos los prestadores de salud que realizan este procedimiento, es decir, los públicos y privados que suscriban convenio con los servicios de salud; de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad; y los privados.

El documento establece que un modelo de atención integral en base a las decisiones que esta determine; el procedimiento para cada una de las causales; el programa de acompañamiento; la forma de proceder por el consentiemiento informado; y los métodos de la interrupción del embarazo.

En general se establece que los niveles primarios de atención -como los consultorios, servicios de urgencia, centros comunitarios y rurales de salud, entre otros- serán sólo entes derivadores de la paciente hacia centros de especialidad, para lo cual tendrán un plazo máximo de 24 horas.

Será el nivel secundario, es decir, unidades de salud de especialidad, el lugar donde se realizará la constitución de la causal, mientras que los centros de salud terciarios, como con los centros de Alto Riesgo Obstétrico (69 en Chile), resolverán los casos de mayor complejidad. Esta norma es parte de las tareas que se le encomendaron al Minsal en la ley, promulgada el 23 de septiembre, para su implementación. Entre esas tareas se incluye el reglamento de acompañamiento que está actualmente en Contraloría.

En su elaboración participaron representantes de salud y colaboraron expertos de las sociedades médicas de Obstetricia y Ginecología, Genética, Pediatría y revisores externos.

Entre estos últimos está la presidenta del Colegio de Matronas, Anita Román, quien explicó que estas medidas “vienen a resolver la aplicación de la ley a todas las mujeres que la solicitan en las tres casuales. Lo que hace es redundar lo que ya existía hace siete u ocho años, la orientación técnica de la pérdida reproductiva, pero esa norma es muy técnica y biomédica y lo que hace la de ahora es agregarle el componente biopsicosocial. Ahora habrá más acompañamiento, apoyo, contención”, dijo.

Violación
En el caso de la causal de violación, el protocolo establece como ejes rectores el evitar la revictimización y la estigmatización de la mujer, manteniendo la confidencialidad del caso.

Es por ello que para la fase de recopilación de antecedentes queda estipulado que en el caso en que la mujer adulta ha denunciado el delito de violación, “el equipo de salud puede, con consentimiento previo de la mujer, incorporar la declaración que esta haya dado en el contexto de la denuncia, para evitar que deba repetir el mismo relato”. Asimismo, “si la menor de 18 años ha declarado previamente, el equipo médico podrá prescindir de exigir un nuevo relato a la víctima y utilizar esas declaraciones previas para determinar la concurrencia de los hechos que constituyen causal de violación”. En caso de las menores de 14 años, se debe prescindir del relato, porque la violación está dada por definición legal, indica el documento.

Establece además que se debe constituir un equipo dedicado especialmente a ver estos casos, que va a confirmar la concurrencia de los hechos y la edad gestacional, la que debe estar dentro de los plazos que estableció la ley, es decir, 12 semanas para mujeres de 14 años y 14 semanas para menores de 14 años. Este equipo tiene un plazo de 24 horas para informar por escrito a la paciente si se configura o no la causal de violación, sobre la base de su entrevista y análisis de la víctima. En casos de menores, el jefe del establecimiento deberá reportar la situación a la Fiscalía. Para los mayores de edad, si es que no existe denuncia previa, informará de la situación. Sin embargo, el documento señala que acreditar las acusaciones es un proceso que no corresponde al equipo médico, sino a la Fiscalía, por lo que no es necesaria para practicar el procedimiento. Además, “debe estar en conocimiento de que se tomarán muestras de los restos del feto para la persecución del violador/es, y la eventual activación del proceso judicial correspondiente”.

La norma indica que dado el momento complejo que vive la mujer que ha sido víctima de una violación y que quiere interrumpir su embarazo, el equipo médico al momento de recepcionar los antecedentes debe manifestar empatía y “profundo respeto”.

Sobre la toma de decisión se pondrán a su disposición tres alternativas: interrumpir la gestación, continuar con el embarazo y quedarse con el hijo/a, donde se le explicará el conjunto de beneficios sociales a los cuales podrá postular; o dar el hijo/a en adopción, donde se le explicará que contará con apoyo continuo de un trabajador social para asesorar dicho proceso.

Para proceder a la interrupción, en tanto, indica que el equipo biopsicosocial informe por escrito la concurrencia de la causal además de la decisión de la mujer para interrumpir.

Las normas que se seguirán en casos de violación
Contacto con la víctima
Existe un primer nivel de atención, en que se le informará sobre la ley. "El objetivo es facilitar el acceso oportuno a la atención clínica de especialidad y al acompañamiento", dice la norma.

La normativa también da cuenta de la forma en que los médicos o funcionarios de estos centros en que se hace el primer contacto deben enfrentar la situación. “Los equipos deberán actuar de manera empática ante la situación de la mujer -adolescente o adulta-, sin juzgarla y sin solicitar el relato de lo sucedido, evitando la revictimización y estigmatización, manteniendo en todo momento la confidencialidad de la atención (…). La calidad de este primer contacto será crucial para favorecer una adecuada vinculación con la red de salud”, indica el documento.

Si durante sta atención surge la sospecha de riesgos para la víctima relacionados con su entorno familiar, se deberán adoptar medidas tendientes a la protección.

En el caso de invocar esta causal para interrumpir el embarazo, la derivación a los recintos asistenciales que cuenten con especialistas para evaluar y realizar la intervención debe realizarse en un plazo no mayor a 24 horas. “En el enfrentamiento de una vulneración tan extrema como la violación, es crítico el acceso oportuno a salud. De esta forma, la referencia coordinada y/o asistida al nivel secundario de especialidad, Policlínicos de Alto Riesgo Obstétrico (ARO) o nivel de especialidad obstétrica acorde a su seguro de salud o las Urgencias Gineco-Obstétricas, debe realizarse antes de las 24 horas”, estipula el documento.

Tras el traslado se deberá conformar un equipo médico que realice la evaluación y determine si se cumple con los requisitos en la tercera causal de la ley.

Evaluación médica
Serán funciones iniciales de este equipo profesional la acogida y la evaluación de la constitución de la causal.

Posterior a esto deben hacer una evaluación médica para verificar que la edad gestacional debe estar dentro de los plazos establecidos: 12 semanas para mujeres de 14 años y más; 14 semanas para niñas menores de 14 años. “La valoración de la edad gestacional se realizará a través de ecografía obstétrica. Previo a su realización se consultará a la mujer si desea ver y escuchar la ecografía, explicándole que es su derecho, pero no su obligación hacerlo. Si ella no lo desea, el profesional a cargo del procedimiento deberá girar la pantalla del ecógrafo y poner en silencio el sonógrafo, con el objeto de que se respete su decisión y no se transforme en un elemento que violente su estado emocional”, señala el protocolo.

El equipo deberá informar por escrito a la mujer y al jefe del establecimiento si se configura o no la tercera causal en un plazo de 24 horas. Tendrán que argumentar “sobre la plausibilidad del relato de la violación, la idoneidad de los hechos relatados para producir un embarazo y la concordancia estimada entre la fecha de la violación relatada y la edad gestacional informada. Este documento será firmado por al menos dos profesionales que hayan participado de la evaluación”, indica el documento

El equipo deberá mostrar a la mujer las alternativas de decisión y reflexionar con ella sobre las consecuencias de cada una, debiendo tener una actitud neutra. Las opciones son: interrumpir la gestación, seguir con el embarazo y quedarse con el menor o darlo en adopción.

Además, se debe informar sobre los procedimientos clínicos disponibles, incluyendo aspectos como los posibles riesgos y complicaciones asociadas al procedimiento elegido, manejo del dolor, riesgos potenciales y posibles complicaciones.

Denuncias e investigación
Luego de que acepte la interrupción del embarazo, también se le informará que se tomará una muestra de ADN del feto para la persecución del violador y la eventual activación del proceso judicial. En el caso de que se quiera tomar una muestra genética a la madre, esta se puede negar, pero un juez puede autorizar la diligencia en el proceso investigativo.

Cuando la víctima de violación es menor de 18 años, el delito es de acción penal pública y la Fiscalía puede iniciar de oficio la investigación, lo mismo ocurre con las mujeres menores de 14 años. Sin embargo, las mayores de edad no están obligadas a presentar una denuncia y el Ministerio Público no podrá indagar si la víctima no denuncia o no ratifica una efectuada por un tercero.

En estos casos, si no hay denuncia previa, el jefe del establecimiento asistencial deberá comunicar esta situación a la Fiscalía, la que podrá iniciar la indagatoria. El plazo para reportar la situación es de 24 horas. En el caso de los mayores de edad, se deberá indicar que se ha invocado el delito de violación, el nombre y RUT. La denuncia se podrá hacer ante Carabineros, la PDI, el Ministerio Público o los tribunales

“Cabe aclarar que, si bien de acuerdo con la ley, el Ministerio Público siempre tomará conocimiento de los hechos que fundan la causal, ya sea por denuncia o comunicación de ellos, esto no es requisito para practicar la interrupción voluntaria del embarazo, por lo que dichos procesos pueden realizarse con posterioridad a la intervención”, dice el texto.

Finalmente, el documento establece que el deber del equipo de salud se agota con la denuncia o la comunicación, debido a que la comprobación o no del hecho es función propia de la investigación dirigida de manera exclusiva por el Ministerio Público.

Acompañamiento
En el proceso, según el protocolo, el rol de profesional no puede ser “directivo, disuasivo o impositivo. Se requiere que acoja e informe, sin dar sugerencias, recomendaciones ni instrucciones”.

En caso de decidir continuar el embarazo y quedarse con el hijo/a, se le explicará el conjunto de beneficios sociales a los cuales podrá postular y será acompañada por un equipo multidisciplinario a través del Subsistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo.

Si determina dar al hijo/a en adopción. Se le deberá explicitar que contará con el apoyo continuo de un trabajador social que la acompañará y asesorará durante el proceso

Se deberá analizar la situación de vida de la mujer para elaborar el plan de acompañamiento psicosocial. Para esto se tomarán en cuenta: la situación familiar, identificación de figuras significativas, red de apoyo, creencias espirituales y religiosas, significados asociados a la interrupción del embarazo y a la maternidad, presencia de problemas de salud mental, condiciones de vulnerabilidad social, requerimientos de protecciónH.

"El equipo de salud ofrecerá su plena disposición para acompañar y apoyar a la mujer, y movilizará las redes intersectoriales necesarias para propiciar su acceso al sistema de protección social.


Por último, teniendo presente la valoración del vínculo establecido por la persona y el equipo de acompañamiento, se deberán estructurar instancias de seguimiento, que se traduzcan en conversaciones, llamadas telefónicas o visitas domiciliarias (…), según sea necesario”, indica el paquete de medidas del Ministerio de Salud.

Fuente Ministerio de Salud de Chile.