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28 sept 2023

CIDH: informe subregional sobre Movilidad humana y obligaciones de protección

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el informe "Movilidad humana yobligaciones de protección: Hacia una perspectiva subregional", donde aborda el acceso y la protección de los derechos humanos de poblaciones en movilidad humana en los países del Norte de Centroamérica, México y Estados Unidos.

El informe da cuenta de lo observado por la Comisión sobre cómo los movimientos migratorios se realizan, principalmente, desde los países del Norte de Centroamérica hacia México y Estados Unidos, con un carácter mixto y con diferentes perfiles de personas. Esta tendencia de movilidad hacia el Norte estaría relacionada con expectativas de mejores condiciones de vida, de protección o de seguridad en países como México y Estados Unidos.


Los países del Norte de Centroamérica son países de origen y, a su vez, también son receptores de personas retornadas, quienes se enfrentan a las condiciones que las obligaron a desplazarse en un primer momento, lo que haría que busquen desplazarse nuevamente. Este escenario muestra que el fenómeno de la movilidad humana en la subregión es complejo, pues involucra siempre a más de un Estado y se ve impactado por los contextos políticos, económicos, sociales y ambientales de dichos países".

9 sept 2020

OIM: Guía sobre pautas para la contratación de trabajadores domésticos migrantes

Debido a la pandemia del Covid-19, uno de los sectores más afectados por la falta de protección social fue el de los trabajadores domésticos. En el mundo, uno de cada cinco trabajadores son migrantes. 
Según la Organización Internacional para los Migraciones (OIM) ellos son generalmente olvidados en los esfuerzos globales para involucrar al sector privado y aumentar la responsabilidad y la protección de los trabajadores.

Mujer: Para ayudar a mejorar la situación de los trabajadores domésticos, la OIM ha lanzado una guía con directrices sobre contratación.

En todo el mundo, más de 67 millones de personas, por encima de los 15 años de edad, trabajan en estas condiciones. Y, el 80% de ellos son mujeres. 

La agencia de la ONU dice que muchos trabajadores migrantes están en situación precaria, no buscan ayuda por la situación en la que se encuentran. Y, en varios casos, ellos se encuentran propensos a abusos y malos tratos debido a su condición de migrantes.


OIM Guidance for Labor Recruiters  on Scribd

Fuente IOM y Noticias ONU: https://news.un.org/pt/story/2020/09/1725352

16 jun 2020

World Vision: Migración y COVID19. Niñez venezolana, entre la espada y la pared

Previo al Día Mundial de los Refugiados, la agencia internacional de ayuda humanitaria, World Vision, ha publicado una investigación que advierte que los niños y niñas venezolanos desplazados corren un mayor riesgo de pobreza y explotación a medida que miles vuelven a desarraigar sus vidas para buscar seguridad durante la pandemia. Más de 5,1 millones de venezolanos han huido de años de crisis económica y política a países de América Latina donde ahora enfrentan una doble problemática debido a la COVID-19.

El estudio Migración y COVID-19: Niñez venezolana entre la espada y la pared, en el que participaron 392 niños y niñas en seis países de acogida y en Venezuela, encontró:

Uno de cada cuatro niños ha sido separado de sus padres durante el brote de coronavirus.
Uno de cada tres niños se acuesta con hambre.
El 60% de los niños informaron un aumento de la xenofobia y discriminación contra ellos durante la crisis por la COVID-19.
El 63% informa que no puede continuar sus estudios durante la pandemia, incluyendo el 77% de los niños y niñas que viven en Brasil.
34% dijeron que no tienen acceso a servicios de salud.
El 20% dijo que no tienen acceso a agua y jabón para mantener una buena higiene durante la cuarentena.

3 feb 2020

ONU: Unos 700 niños están atrapados en México junto a la frontera de Estados Unidos


Se calcula que alrededor de 2200 migrantes y solicitantes de asilo, incluidos 700 niños, están atrapados en la ciudad fronteriza mexicana de Matamoros mientras esperan que sus casos de asilo se abran camino a través del sistema judicial estadounidense.


Las condiciones para los niños y sus familias, muchas de las cuales han estado esperando en la frontera durante semanas o meses, son difíciles debido a la inseguridad y el acceso limitado a los servicios básicos.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia ha instado a las instituciones mexicanas a aplicar el Protocolo para la Protección de los Niños Migrantes, desarrollado por el Gobierno.

Este Protocolo establece las actuaciones que las instituciones mexicanas deben proporcionar para garantizar que se cumplan los derechos de un niño migrante cuando ingresa al territorio.

"Es importante que el Gobierno de México aplique el Protocolo para la Protección de los Niños Migrantes lo antes posible", dijo Pressia Arifin-Cabo, representante adjunta de UNICEF México.

Tenemos que actuar ahora porque los niños no pueden esperar.

Esta agencia de la ONU monitorea la situación de los niños, niñas y adolescentes migrantes en Matamoros, e intenta asegurar que estén protegidos desde su lugar de origen, durante el tránsito y hacia su destino final.

UNICEF brinda su apoyo
“Tenemos que actuar ahora porque los niños no pueden esperar", declara Arifin-Cabo.

Ese es el caso de Manny, un niño hondureño de cinco años, que lleva “demasiado tiempo” en Matamoros y que ni tan siquiera tiene un lugar protegido para jugar.

"Hay incertidumbre sobre lo que va a pasar con estos niños y adolescentes. La inestabilidad afecta su bienestar y tiene consecuencias para su supervivencia y desarrollo. La ansiedad de los niños pequeños es evidente cuando están lejos de sus padres, incluso cuando es solo por un momento", dijo Arifin-Cabo.

La oficina mexicana de UNICEF está dando respuesta a la situación humanitaria de los niños y sus familias en Matamoros. Esa respuesta incluye:

- crear espacios para que puedan estar los niños y darles un apoyo psicosocial
- facilitar el desarrollo de la primera infancia
- coordinar el establecimiento y mantenimiento de servicios de agua, saneamiento e higiene

- trabajar con la comunidad para proteger a los niños migrantes y mantener unidas a las familias.


23 oct 2019

ONU: La gran mayoría de los migrantes de África en Europa volvería a intentar el viaje pese a los riesgos

Un nuevo estudio publicado este lunes por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) indica que el 93% de los africanos que pudieron llegar a vivir a Europa mediante travesías por rutas irregulares se arriesgaría nuevamente pese a conocer el alto riesgo de esos periplos.

El informe se basa en 1970 entrevistas a migrantes de 39 países africanos que arribaron a territorio europeo por vías irregulares y no por haber solicitado asilo o protección internacional. Esos migrantes ahora viven en 13 naciones de Europa.

Los hallazgos señalan que a menudo la razón por la cual estas personas decidieron abandonar sus países no fue conseguir un trabajo ya que no todos eran pobres en sus países y muchos tienen un nivel de educación elevado. Los datos dicen que el 58% tenía un empleo con salario competitivo o era estudiante cuando decidió migrar.

Sin embargo, cerca de la mitad de los encuestados dijo que no ganaba lo suficiente. Además, para dos tercios de ellos la posibilidad de ganar mejor en su país no fue bastante motivo para quedarse. Sus respuestas también revelaron que tienen al menos tres años más de escolaridad que el promedio.

Acelerar el desarrollo y regular la migración
El administrador del PNUD, Achim Steiner, consideró que el informe subraya la urgencia de acelerar el desarrollo en África. “Pese a los avances, el desarrollo es desigual y no lo suficientemente rápido como para satisfacer las aspiraciones de la gente”, dijo.

“Al ayudarnos a aclarar por qué la gente decide irse por vías irregulares y lo que tienen que enfrentar cuando lo hacen, el estudio aporta elementos al debate crítico sobre el papel de la movilidad humana en el alcance de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sobre los mejores enfoques para regular esa migración.”

Hombres y mujeres migrantes
Según el informe, el sentido de culpa por no enviar dinero suficiente a sus familias es uno de los grandes factores que mantienen a los migrantes en Europa para seguir trabajando.

Cerca del 53% de los entrevistados fueron apoyados por sus familias y amigos para poder viajar y una vez en Europa, el 78% de ellos manda remesas a sus países.

El estudio también encontró diferencias fundamentales en la experiencia de los migrantes según su género: al contrario de lo que ocurre en África, las mujeres ganan 11% más que los hombres en Europa. En sus países los hombres las aventajan por un 26%, en promedio.

Además, más mujeres que hombres mandan dinero a sus familias aunque no estén trabajando.

Pero cuando se trata de delincuencia, las mujeres sufren más que los hombres. Mucho más que ellos, las mujeres fueron víctimas de algún delito en los seis meses anteriores a las entrevistas, en muchos casos de agresiones sexuales.

El PNUD aseveró que el informe es un llamado a seguir expandiendo las oportunidades y opciones en África y a pasar de una migración desordenada a una regulada, en concordancia con el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular.

La publicación es la segunda de una serie de documentos del PNUD para registrar la travesía de africanos jóvenes. El primero exploró lo que orilla a algunos a optar por el extremismo violento.

21 oct 2019

OIM y Unicef: Matriz de Seguimiento de Desplazamiento del flujo de la población venezolana en el Perú

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) presenta los resultados del sexto reporte de la Matriz de Seguimiento de Desplazamiento (DTM) sobre la población venezolana en Perú. El estudio describe las principales características y necesidades de los refugiados y migrantes venezolanos que ingresaron y salieron del país en julio de 2019, posterior a la puesta en vigencia de la visa humanitaria de Perú (15 de junio) y del visto consular de turismo para el ingreso de población venezolana a Chile.

Para la investigación se encuestó a 1,233 personas tanto en el Centro Binacional de Atención Fronteriza (CEBAF) en Tumbes (614 personas), como en los alrededores del Consultado General de Chile en Tacna (619 personas), frontera sur del país, y que se encontraban tramitando su ingreso a Chile.

En ese sentido, respecto a los documentos y calidad migratoria, se encontró que el documento más utilizado por la población venezolana encuestada, con el fin de cruzar la frontera norte del Perú, fue la cédula de identidad (64,5%) mientras que el segundo documento de viaje más frecuente fue el pasaporte (34,7%).

En el Perú, las nuevas medidas de ingreso para personas venezolanas al Perú exigen pasaporte vencido o vigente para el acceso a visas humanitarias y otros visados; un porcentaje importante de población no contaría con este requisito; asimismo, si estas personas no cuentan con características para que sean exoneradas de la presentación de la visa humanitaria al Perú (reunificación familiar, madres gestantes, adultos mayores de 60 años, mayores de edad en extrema vulnerabilidad, menores de edad no acompañados), podrían ver limitadas sus posibilidades de ingreso y los riesgos que esto conlleva como ser objeto de tráfico ilícito de migrantes.

Entre las personas encuestadas en Tacna, frontera sur del país, se observó que la mayoría manifiesta utilizar el pasaporte como documento de identidad para cruzar las fronteras (70.6%). Un 29,1% comentó estar utilizando la cédula de identidad y un 0.3% no contaba con documentos. En ese sentido, un 30% aproximadamente, se encontrarían en riesgo de no poder acceder a la Visa de Responsabilidad Democrática (VRD) o al visto consular de turismo de Chile para acceder al territorio.

Otros resultados del informe indican que tanto en Tumbes como en Tacna se encontró un porcentaje mayor de mujeres. En Tumbes, las mujeres representan el 58% del total de población consultada, mientras que el 42% fueron hombres. En Tacna el porcentaje de mujeres asciende a 56% y de hombres 44%.

En general, entre la población encuestada, la mayoría son adultos jóvenes en plena edad productiva, entre 18 y 34 años, tendencia que se repite continuamente desde que inició el flujo de población venezolana hacia Perú.

El Perú se sigue consolidando como uno de los principales países de tránsito y permanencia para los ciudadanos venezolanos que salen de su país. Para las personas consultadas, Lima es la ciudad de destino final de mayor preferencia (66,8%), le siguen La Libertad (8%), Lambayeque (5,4%), Piura (4,1%), entre otras.

Respecto al perfil educativo y laboral, el 20,4% de las personas encuestadas en su tránsito en el CEBAF- Tumbes precisó haber culminado completamente sus estudios superiores: el 15,1% cuenta con estudios universitarios mientras que el 5,2% cuenta con estudios técnico-superiores.

Del total de población venezolana encuestada en Tumbes, el 35,3% cuentan con estudios superiores completos o incompletos. Las principales carreras profesionales mencionadas: Administración, Marketing y Contabilidad (24,7%), Educación y Psicología (22,9%), Salud y Medicina Veterinaria (16,5%), entre otras.

En relación con la situación laboral antes de dejar Venezuela, el 60,3% de personas consultadas durante su tránsito por la frontera norte del Perú indicaron que contaban con algún trabajo: el 39,6% trabajaba de manera dependiente mientras que un 20,7% eran trabajadores por cuenta propia.

Otros hallazgos del informe revelan que existe un alto porcentaje de población venezolana que requiere asistencia para cubrir sus necesidades inmediatas como son la regularización documentaria y legal, alimentación, garantizar su seguridad, ayuda médica, entre otros. Esta situación se agrava para las personas en situación de vulnerabilidad debido a su condición de salud y/o discapacidad.

Respecto a las necesidades de protección, en la frontera norte del Perú, 1 de cada 4 personas manifestó haberse sentido discriminada durante su ruta de viaje. En la frontera sur del país este porcentaje aumenta, cerca del 40% de personas indicó haber sufrido algún tipo de discriminación. Casi en la totalidad de los casos la razón principal fue su nacionalidad.

El reporte 6 de la DTM aborda nuevamente, en colaboración con UNICEF, el perfil de los niños y adolescentes menores de 18 años.

Respecto a la unidad familiar de niñas, niños y adolescentes, los hallazgos mostraron que el 38% de los menores de edad ingresaron al Perú con sus padres, el 35% ingresó con uno de ellos para reencontrase con el otro. Para el 24% el viaje a Perú implicó separarse de alguno de sus padres, usualmente se quedó en Venezuela.

Con relación a la trayectoria escolar, las condiciones de vida en su país de origen y el mismo viaje de migración impidieron que 7 de cada 10 niñas, niños y adolescentes accedan o concluyan el año escolar.

El 45% de las niñas, niños y adolescentes presentó cambios emocionales durante el trayecto migratorio. Los tres cambios más frecuentes fueron los dolores de cabeza (22.3%) y el llanto excesivo (10.8%) y los estallidos agresivos (10.3%).

Hasta el 05 de Setiembre 2019, se estima que aproximadamente 4.3 millones de personas han abandonado Venezuela.

Según la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú, 860,000 venezolanos permanecen en el Perú hasta agosto de 2019.


20 oct 2019

CEPAL: Migración y desarrollo sostenible: la centralidad de los derechos humanos


Este volumen contiene una selección de textos destacados en que la CEPAL ha reflexionado sobre las múltiples y complejas interrelaciones entre la migración internacional y el desarrollo sostenible, con los derechos humanos como eje transversal. Aparecen expuestos los retos que plantea la agenda migratoria regional en términos de la inclusión de las personas migrantes, los marcos institucionales y normativos para su protección, la promoción de sus derechos, la atención a los factores que agudizan las condiciones de vulnerabilidad y la atención a las necesidades de grupos específicos, entre otras preocupaciones cruciales. Refleja, asimismo, algunas de las contribuciones de la CEPAL a la construcción de la agenda migratoria regional y global, que están indisolublemente ligadas con el imperativo de la igualdad.



13 oct 2019

Defensoría del Pueblo: Tratamiento Penal del Tráfico Ilícito de Migrantes en el Perú

Informe de Adjuntía N° 001-2019-DP/ADHPD, "Tratamiento penal del Tráfico Ilícito de Migrantes en el Perú: avances, desafíos y retos" de la Defensoría del Pueblo.

El Perú no es ajeno a la cambiante dinámica migratoria en el mundo, y ha sido país de origen, destino y tránsito, en diferentes momentos de su historia, habiendo recibido miles de migrantes especialmente europeos y asiáticos. Además, tiene cerca de tres millones de connacionales residiendo en el exterior y, recientemente se ha convertido en el país de destino para miles de venezolanos que huyen de la grave crisis humanitaria, social y política que vive su país.


27 sept 2019

CIDH: Denuncias de violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes migrantes en América Central, México y Estados Unidos

Durante el 173 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se llevó a cabo la audiencia temática "Denuncias de violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes migrantes en América Central, México y Estados Unidos".

El comisionado Luis Ernesto Vargas Silva relator para los migrantes, dijo que estaban por presentar el "Catálogo de principios Interamericanos de protección a los derechos de la población migrante" entre ellos niños, niñas y adolescentes y, que debe servir de norte, de inspiración, de guía de implementación a los jueces que van a resolver estos casos y a los Estados en la promoción de las políticas públicas que necesitamos que tomen a la brevedad posible.

También solicitó al Estado mexicano que permita que la Comisión complete su trabajo y la frontera Norte y Sur también.

Participó, también, Edgar Corzo Sosa, Comisión Nacional de Derechos Humanos de México.


 


Participantes e Informe presentado ante la CIDH: La Coordinadora de Instituciones Privadas Pro las Niñas, Niños, Adolescentes, Jóvenes y sus Derechos (COIPRODEN), Honduras / Coordinadora Institucional de Promoción por los Derechos de la Niñez (CIPRODENI), Guatemala / Red para la Infancia y Adolescencia (RIA), El Salvador / La Red por los Derechos de la Infancia en México / Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova / Kids in Need of Defense (KIND) / El Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) / Aldeas Infantiles SOS Internacional / Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI) / International Detention Coalition (IDC) / Fundación Cristosal. 


Fuente CIDH: http://www.oas.org/es/cidh

21 sept 2019

CIDH: Informe sobre Migración Forzada de Personas Nicaragüenses a Costa Rica

Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica hoy su Informe sobre “Migración Forzada de Personas Nicaragüenses a Costa Rica”. El objeto del Informe es evaluar la situación de los derechos humanos de las personas nicaragüenses que se han visto forzadas a migrar hacia Costa Rica y de formular recomendaciones dirigidas al Estado nicaragüense, al Estado costarricense y a los demás Estados Miembros de la OEA para asegurar que se garanticen los derechos de las personas migrantes y refugiadas nicaragüenses. 

En este informe, la Comisión contextualiza la situación de derechos humanos de las personas nicaragüenses que se vieron forzadas a migrar desde Nicaragua y solicitar protección internacional en Costa Rica. El informe aborda también las causas del desplazamiento forzado en Nicaragua, el procedimiento para reconocimiento de la condición de refugiado y la protección internacional brindada en Costa Rica, el acceso y efectivo ejercicio a derechos en Costa Rica, y presenta recomendaciones basadas en los estándares interamericanos aplicables.

La situación de migración forzada  tiene raíces en la grave crisis de derechos humanos que atraviesa Nicaragua desde la represión estatal a las protestas que inició el 18 de abril de 2018. Desde que comenzó la crisis, 328 personas han perdido la vida y aproximadamente 700 personas habrían sido detenidas y enjuiciadas. Al día de hoy, de acuerdo con información de sociedad civil, 130 personas continuaban privadas de libertad por hechos vinculados con las protestas. Un año después del inicio de la crisis, la migración forzada de personas nicaragüenses ha alcanzado más de 70,000 personas; de las cuales, 55.000 se han desplazada a Costa Rica.

Para la realización del presente Informe, la CIDH realizó una visita de trabajo a Costa Rica entre el 14 al 18 de octubre de 2018. En dicha visita, realizó 259 entrevistas y recabó 152 testimonios de personas nicaragüenses solicitantes de asilo y con necesidades de protección internacional. Con base en el análisis de la información colectada, la CIDH preparó el presente Informe que analiza las causas que llevaron estas personas a huir de Nicaragua, los riesgos y obstáculos que enfrentaron al salir del país, y la situación que viven actualmente en Costa Rica 
Al respecto, la CIDH pudo verificar los perfiles de los principales grupos de personas que se vieron forzadas a migrar de Nicaragua y solicitar protección internacional en Costa Rica: (i) estudiantes que participaron en las manifestaciones y protestas en un 23%; (ii) defensores y defensoras de derechos humanos y líderes de movimientos sociales y campesinos en un 22%; (iii) personas que apoyaron a quienes participaron en las protestas a través de la provisión de alimentos, casas de seguridad y medicinas en un 18%; (iv) médicos en un 8%; (v) periodistas en un 2%; y (vi) ex militares y ex policías que se negaron a participar en actos represivos ordenados por el gobierno nicaragüense en un 2%. Asimismo, la CIDH identificó los principales actores responsables de la persecución y el desplazamiento forzado de personas nicaragüenses: (i) grupos parapoliciales en un 46%; (ii) Policía Nacional en un 37%; y (iii) grupos de vigilancia y control, como los Consejos de Poder Ciudadano en un 17%. Los testimonios recabados evidenciaron también que la mayoría de las personas nicaragüenses se desplazaron internamente antes de salir de su país, dejando sus hogares y resguardándose en casas de seguridad, amigos o familiares.
Con la publicación del Informe, la CIDH reconoce el importante rol del Estado costarricense en favor de la protección de los derechos humanos de la población nicaragüense tras los hechos de represión violenta de las protestas en Nicaragua, así como las acciones que ha impulsado en el marco de la OEA para tal fin. Durante su visita a Costa Rica, la CIDH constató y saludó las medidas adoptadas por el Estado costarricense para brindar protección, tales como la política de fronteras abiertas; la normativa progresista en materia de protección internacional adoptada por el Estado costarricense; la promulgación de la Directriz sobre la Atención Integral del Fenómeno Migratorio; la elaboración de un Plan para el Flujo de Migrantes; la próxima incorporación de la figura de protección complementaria al sistema legal de protección de Costa Rica; y el funcionamiento del Tribunal Administrativo Migratorio de Costa Rica, que constituye el único organismo jurisdiccional especializado en materia de migración y asilo en América Latina.
Además, el Informe se enfoca en los desafíos pendientes para el goce efectivo de los derechos humanos de las personas nicaragüenses con necesidades de protección internacional. Entre ellos, destacan el costo significativo de acceder al procedimiento de asilo mediante el sistema de llamadas para quienes requieren protección; la larga duración de los procedimientos, que pueden extenderse hasta un año y medio sin recibir una respuesta a la solicitud; la falta de mayor información relativa a sus derechos y al procedimiento de asilo; la falta de asesoría y representación jurídica; y el rechazo en frontera de algunas personas nicaragüenses, sin analizar las necesidades de protección internacional o situaciones de vulnerabilidad.
Al Estado de Nicaragua, la CIDH realizó en el Informe recomendaciones relativas a cesar los actos de persecución que generan desplazamiento forzado; respetar los derechos a salir de territorio nicaragüense y buscar y recibir asilo, y brindar asistencia humanitaria a personas desplazadas. Asimismo, al Estado de Costa Rica, la CIDH formuló recomendaciones relativas a las medidas para la protección de personas nicaragüenses, en especial lo relativo a su procedimiento de asilo, así como a garantizar los derechos de las personas nicaragüenses en su territorio, tales como el derecho a la no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales.
Con ocasión a la publicación del presente informe, el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes y Personas Desplazadas, indicó: “En el contexto que desarrolla esta informe, es crucial tener presente que el rol de los Estados de origen, tránsito y destino es mitigar los efectos generadores de desplazamiento forzado, tanto para garantizar los derechos de las personas durante y después de los movimientos migratorios, como para brindar la protección debida, acceso a documentos y a servicios que permitan su rápida inclusión social”.

Por su parte, el Comisionado Joel Hernández García, Relator para Costa Rica de la CIDH, señaló: “La CIDH urge a que continúen los esfuerzos de protección internacional brindados a todas las personas migrantes y refugiadas que buscan su territorio huyendo de crisis, inseguridad y violencia, a través de respuestas integrales y coordinadas, en particular, la personas desplazadas en virtud de la situación presente en Nicaragua”. Asimismo, la Comisionada Antonia Urrejola, Relatora para Nicaragua, apuntó: “La situación que enfrenta Nicaragua hoy en día –y que ha sido de especial atención para la CIDH y la comunidad internacional– obliga a otros Estados a brindar una respuesta fundada en los principios de responsabilidad compartida y solidaridad, mediante la adopción de medidas que permitan que Costa Rica cuente con las medidas para proveer la protección que requieren aquellas personas nicaragüenses que se desplazan de manera forzada.

20 sept 2019

ACNUR, OIM y UNICEF instan a los estados europeos a que impulsen la educación para la niñez refugiada y migrante

Algunos de los principales desafíos son la falta de espacio en las escuelas, la falta de formación adecuada del profesorado, las barreras lingüísticas y un acceso limitado a servicios de apoyo psicosocial.

Tres agencias de Naciones Unidas piden a los estados europeos que aumenten los recursos y el apoyo operativo a sus sistemas educativos para garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes refugiados, solicitantes de asilo y migrantes puedan acceder a la escuela y recibir una educación de calidad.

ACNUR, la OIM y UNICEF han publicado hoy un informe en el que se detallan los obstáculos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes que han nacido fuera de Europa cuando tratan de continuar sus estudios en un país europeo.

Actualmente, el número de niños y adolescentes que han nacido fuera de Europa (incluyendo los refugiados y migrantes recién llegados) que abandonan los estudios es casi el doble, en comparación con los niños que han nacido en Europa. La niñez migrante, además, obtiene peores resultados si no se le ha proporcionado un apoyo adecuado.  Por ejemplo, alrededor de 3 de cada 4 estudiantes nativos logran dominio en ciencias, lectura y matemáticas, pero solo 3 de cada 5 estudiantes con pasado migratorio lo hacen.
El informe destaca como principales desafíos:
  • Recursos financieros insuficientes.
  • La falta de espacio en las escuelas o maestros capacitados para trabajar con niños refugiados y migrantes.
  • Barreras lingüísticas.
  • Falta de apoyo psicosocial y clases limitadas de recuperación. Estas últimas son vitales para los niños que han perdido períodos prolongados de escolarización o que provienen de diferentes sistemas educativos.
Los niños y niñas en edad preescolar (entre 3 y 5 años) y secundaria superior (de 15 años en adelante) son especialmente vulnerables al abandono escolar, ya que a menudo están más allá del alcance de la legislación nacional sobre educación obligatoria.
Para ayudar a los Estados a abordar estos desafíos y la falta de datos clave, el documento ofrece ejemplos de buenas y prometedoras prácticas en educación en toda Europa y hace una serie de recomendaciones.

“Para la niñez refugiada, la educación no es solamente esencial para su propios futuros, sino también para el de las comunidades en las que viven. Una educación de calidad aumenta las oportunidades vitales, facilita la integración y es una situación en la que todos ganan, los estudiantes y las sociedades. Invertir en educación para todos es una de las mejores inversiones que puede hacer un gobierno”, insiste Pascale Moreau, directora de la oficina de ACNUR para Europa.

El informe insta a los Estados a fortalecer los vínculos entre las escuelas y otros servicios públicos clave, como salud y protección de la infancia, para garantizar que se abordan las barreras para matricularse y el resto de factores que contribuyen al abandono escolar. El informe recomienda además incrementar el acceso a los servicios de educación infantil y la promoción de la integración de los jóvenes en los niveles superiores de educación secundaria y formación profesional.

“Con voluntad política e inversiones adicionales, los gobiernos de toda Europa pueden construir sistemas públicos de educación inclusivos, que garanticen que toda la niñez, sin importar su estatus migratorio, pueda ejercer su derecho de acceso a una educación, al tiempo que se construyen comunidades más inclusivas y exitosas”, señala Afshan Khan, directora regional de UNICEF y coordinadora especial para la crisis de migrantes y refugiados en Europa.

Las tres agencias también hacen un llamamiento a los Estados para que aumenten los esfuerzos y realicen más inversiones a nivel nacional y regional para recopilar datos estandarizados y unificados de calidad sobre los niños refugiados, solicitantes de asilo y migrantes sobre educación, para informar el desarrollo de políticas y la asignación de recursos.

“Eliminar las brechas en la educación de la niñez refugiada y migrante es fundamental para su desarrollo y bienestar, y esto puede tener un efecto positivo para la sociedad en general. La educación también tiene el poder cohesivo de ayudar a los niños refugiados y migrantes y sus familias a establecer vínculos con las comunidades locales y contribuir en ellas. Invertir en una educación inclusiva y de calidad nos ayudará a cumplir con nuestra responsabilidad de garantizar que ninguna generación se quede atrás”, señala Manfred Profazi, asesor regional principal de la OIM para Europa y Asia Central.


Fuente ACNUR: https://www.acnur.org

19 sept 2019

ONU: La cifra de migrantes internacionales crece más rápido que la población mundial

Un informe de la ONU que evalúa las últimas tendencias en migración internacional señala el aumento de ese número de personas durante la última década, el liderazgo de Europa y América del Norte como regiones con un mayor número de receptores y que la mayoría de ellos se desplazan entre países situados dentro de la misma región.

El número de migrantes internacionales a nivel global ascendió en la actualidad a 272 millones, un registro que indica un incremento de 51 millones de personas desde el año 2010.
Pese a que el número de migrantes internacionales en todo el mundo representan una proporción bastante pequeña respecto a la población total, esta ha aumentado del 2,8% en 2000 al 3,5% en 2019, lo que significa que en los últimos años el número de migrantes internacionales ha crecido más rápidamente que la población mundial.
Todas estas nuevas estimaciones forman parte del estudio de población de migrantes internacionales 2019, un conjunto de datos compilado por el Departamento de Asuntos Económicos y sociales de las Naciones Unidas (DESA), donde se publican las estimaciones de ese conjunto de población por edad, sexo y origen para todos los países y zonas del mundo.
El secretario general adjunto de DESA, Liu Zhenmin, destacó la relevancia de contar con estos datos “para comprender el importante papel de los migrantes y la migración en el desarrollo tanto de los países de origen como de destino”.
Zhenmin destacó que favorecer la migración y la movilidad de las personas de una forma “ordenada, segura, regular y responsable”  servirá de gran ayuda a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Orden regional y nacional
La distribución regional de los migrantes internacionales está liderada por Europa que alberga a 82 millones de personas, seguidas por América del Norte con 59 millones, mientras que África del Norte y Asia Occidental hospedan a 49 millones.
Sin embargo, los datos recopilados demuestran que, pese a que Europa y Norteamérica alojan al mayor número de migrantes, la población que se desplazó al norte de África, el Asia occidental y el África subsahariana creció más rápidamente.
Del mismo modo, y contrariamente a la opinión popular, la mayoría de los migrantes internacionales se desplazan entre países situados dentro de la misma región.
Así un 80% de los migrantes internacionales en el África subsahariana, el 83% de Asia oriental y sudoriental, el 73% de América Latina y el Caribe (73%) y el 63% de Asia central y meridional  proceden de la región en la que residen.
En cambio, la mayoría de los que vivían en América del Norte, un 98%, Oceanía un 88%, y África del Norte y Asia Occidental, un59% nacieron fuera de su región de residencia.
El país que recibió a más migrantes fue Estados Unidos con 51 millones, seguidos por Alemania y Arabia Saudita con unos 13 millones respectivamente, Rusia con 12 millones, el Reino Unido con 10 millones y los Emiratos Árabes Unidos con 9 millones.
Distribución por países de origen, edad y sexo
En cuanto a su lugar de nacimiento, un tercio de todos los migrantes internacionales proceden de sólo diez países. El país líder en este apartado es India con 18 millones de personas, seguidos a una distancia considerable por los 12 millones de mexicanos que viven en el extranjero, junto a 11 millones de chinos y 10 millones de rusos.
En términos de edad, uno de cada siete migrantes internacionales es menor de 20 años. Durante este año, el conjunto de datos indica que 38 millones de migrantes internacionales, una cifra equivalente al 14% de la población migrante mundial, tenían menos de 20 años. La mayor proporción de jóvenes de todos los migrantes internacionales la acogió el África subsahariana, en torno a un 27%, seguida de América Latina y el Caribe, y África septentrional y Asia occidental, alrededor del 22% cada una.
Además, tres de cada cuatro migrantes internacionales, o unos 202 millones, están en edad laboral, fijada entre los 20 y los 64 años.
En la distribución por sexos, las mujeres representan algo menos de la mitad de todos los migrantes internacionales en 2019 y disminuyó ligeramente, del 49% en 2000 al 48% en 2019. La mayor proporción de mujeres migrantes se registró en América del Norte (52%) y Europa (51%), y la más baja en el África subsahariana (47%) y en el África septentrional y Asia occidental (36%).
Crece el número de desplazamientos forzados
Otro apunte destacado del estudio es que los desplazamientos forzados a través de las fronteras internacionales siguen aumentando.
Entre los años 2010 y 2017, el número mundial de refugiados y solicitantes de asilo aumentó en unos 13 millones, lo que representa cerca de la cuarta parte del aumento del número total de migrantes internacionales.  África septentrional y Asia occidental acogieron alrededor del 46% del número mundial de refugiados y solicitantes de asilo, seguidos por el África subsahariana (21%).

Las cifras del estudio del Departamento de Asuntos Económicos y sociales de las Naciones Unidas se basan en estadísticas oficiales nacionales a partir de censos de población, registros de población o encuestas representativas a nivel nacional.


17 sept 2019

CIDH realizó visita a la frontera sur de Estados Unidos de América

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una visita de trabajo a la frontera sur de Estados Unidos de América, entre los días 19 y 23 de agosto de 2019. El objeto de la visita fue observar la situación de los derechos humanos respecto de las condiciones de recepción en la frontera, acceso al asilo y procedimientos de protección internacional; condiciones de detención migratoria y prácticas asociadas con la misma; procedimientos de migración y asilo; y garantías procesales y la protección judicial. Todo ello, a la luz de los principios de unidad familiar y del interés superior de la niñez.
La visita fue conducida en seguimiento de la Resolución No. 1106 (2168/18) del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), la cual recomienda a la Comisión Interamericana la realización de una visita a fin de observar las consecuencias de las políticas migratorias, de refugio y de asilo implementadas por Estados Unidos y a que, en el marco de sus facultades, implemente las medidas que estime pertinentes.
La delegación estuvo compuesta por la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Presidenta de la CIDH y Relatora sobre los Derechos de la Niñez; el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes; la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora sobre los Derechos de las Mujeres, Relatora sobre los Derechos de las Personas Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial y Relatora de País para Estados Unidos. Asimismo, la delegación estuvo acompañada por Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo; María Claudia Pulido, Secretaria Ejecutiva Adjunta, y especialistas de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH.
En el marco de esta visita, la Comisión Interamericana estuvo en las ciudades de San Diego y Laredo, y sostuvo reuniones de trabajo con autoridades de Customs and Border Protection (CBP) y con autoridades consulares de México, Guatemala, Honduras y El Salvador. Asimismo, visitó las cortes de migración y el centro de detención Otay Mesa, donde obtuvo amplio acceso a las instalaciones y pudo entrevistarse con personas detenidas. De igual forma, la CIDH se reunió con organizaciones de la sociedad civil, actores académicos, personas migrantes y solicitantes de asilo, y víctimas de violaciones a sus derechos humanos.
Contexto General
En los años recientes, a través de sus distintos mecanismos de monitoreo, la CIDH ha observado la continuidad de una tendencia creciente en el aumento de solicitantes de asilo en la región. En Estados Unidos, dicha tendencia no es la excepción. Tan solo entre 2017 y 2018, la CIDH advierte un aumento de 11.9% en el número de solicitantes de asilo y de 9% en el reconocimiento de personas refugiadas. En este sentido, según cifras del informe Tendencias Globales: Desplazamiento Forzado del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para finales de 2018 había un total de 718.994 personas solicitantes de asilo con casos pendientes y 313.241 personas refugiadas en Estados Unidos. En 2017, el ACNUR informó que el país contaba con un total de 642.721 personas solicitantes de asilo con casos pendientes y 287.129 personas refugiadas. Adicionalmente, de conformidad con la información suministrada por Estados Unidos, para abril de 2017 se registraron 16.000 llegadas, en tanto que para mayo de 2019 este número se elevó a 144.000 llegadas de personas migrantes.
Asimismo, la CIDH ha venido observando el aumento de la migración de personas provenientes de Guatemala, Honduras y El Salvador, quienes buscan llegar a los Estados Unidos y, en menor medida, a México. Uno de los factores que ha incidido en este aumento son las denominadas “caravanas de migrantes”, las cuales incluyen a personas con necesidades de protección, como solicitantes de asilo, refugiados, familias, madres, mujeres, niños, niñas y adolescentes, en particular cuando estas personas viajan solas. En cuanto a la magnitud del fenómeno, el informe Tendencias Globales: Desplazamiento Forzado del ACNUR evidencia que a finales de 2018 se registraban 314.946 solicitantes de asilo y 72.229 refugiados de estos países a nivel mundial, y reconoce las complejidades y desafíos que plantea la llegada masiva de personas en el contexto de movimientos migratorios mixtos.
En relación con Estados Unidos, la Comisión ha observado con preocupación tanto la implementación de políticas tendientes a la securitización de las fronteras como a la criminalización de la migración, las cuales han derivado en un creciente uso de la detención migratoria y de rechazos en frontera. Al respecto, información proporcionada por Customs and Border Protection (CBP) a la CIDH en su visita, da cuenta de un aumento de 91.7% en el número de detenciones realizadas por la Patrulla Fronteriza en la frontera suroeste de Estados Unidos. De las 760.370 personas detenidas en lo que va del 2019, CBP identifica entre ellas a 69.157 niños, niñas o adolescentes no acompañados y a 432.838 personas que ingresaron al país en familias (family units). En lo relativo a rechazos en la frontera suroeste de Estados Unidos, CBP informó que entre enero y julio de 2019 un total de 102.415 personas han sido rechazadas, mientras que un total de 124.511 personas fueron rechazadas durante el 2018. De las personas rechazadas en 2019, CBP identifica 3.838 como niños, niñas y adolescentes no acompañados, 793 como niños, niñas o adolescentes acompañados y 41.949 como personas en familias (family units).
En el transcurso de la visita la CIDH también recibió información sobre la detención migratoria en la frontera sur de Estados Unidos. Las estadísticas de CBP reportan que en el periodo de ocho meses se presentó un aumento de 124% en detenciones. De las personas detenidas hasta mayo de 2019, CBP identificó a 23.944 niños, niñas y adolescentes no acompañados y a 135.812 en familias (family units).
La CIDH recuerda que las obligaciones internacionales de protección de derechos humanos que Estados Unidos ha adoptado voluntariamente emanan de una serie de instrumentos internacionales y regionales. Entre estos instrumentos, destacan la Carta de la Organización de los Estados Americanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La CIDH también enfatiza la aplicabilidad de convenciones generales que contienen garantías fundamentales y disposiciones específicas de protección de derechos humanos, como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
La CIDH entiende que los Estados tienen el derecho a controlar sus fronteras, definir los requisitos de ingreso, estancia y expulsión de los extranjeros de su territorio y, en general, de establecer sus políticas migratorias. En todo caso, las políticas, leyes y prácticas que implementen en materia migratoria deben respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas migrantes, los cuales son derechos y libertades que se derivan de su dignidad humana y que han sido ampliamente reconocidos por los Estados a partir de las obligaciones internacionales que han contraído en materia de derechos humanos conexas resultantes de los instrumentos internacionales derecho de los refugiados y derecho de los apátridas.
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Políticas migratorias en Estados Unidos
Desde 2018, Estados Unidos ha adoptado una serie de políticas en materia migratoria que han derivado en cambios significativos para el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas en ese país. Entre dichas políticas, la CIDH destaca la adopción en abril de 2018 de la política Cero Tolerancia y la publicación en enero de 2019 de los Protocolos de Protección de Migrantes (MPP), conocidos también como la política Permanecer en México. En virtud de la política Cero Tolerancia el Departamento de Seguridad Nacional se encuentra autorizado a remitir al Departamento de Justicia a las personas migrantes que ingresen a Estados Unidos de manera irregular, para su procesamiento penal. Por otro lado, con base en los Protocolos de Protección de Migrantes (MPP), personas que solicitan asilo en Estados Unidos son devueltas a México y obligadas a permanecer ahí en tanto esperan la notificación de sus fechas de audiencia ante un juez de migraciones y el desarrollo de sus procesos de asilo en Estados Unidos.
Durante el transcurso de su visita, la CIDH constató que la implementación del cúmulo de políticas migratorias y, especialmente de las antes referidas, tiene un serio impacto para el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y otras personas que buscan recibir protección internacional en Estados Unidos. Entre las afectaciones a las que estas personas se enfrentan, la CIDH destaca principalmente: i) la imposición de restricciones a los mecanismos administrativos y de justicia disponibles para el acceso efectivo al derecho a buscar y recibir asilo; ii) un aumento drástico del uso de la detención migratoria, de manera inmediata y en ocasiones prolongado, como herramienta para separar a las familias, desincentivar la continuación de los procedimientos de asilo y en general, la migración hacia sus fronteras; iii) la ejecución de deportaciones expeditas a través de procesos simplificados sin las debida garantías judiciales; y iv) las devoluciones forzosas de personas al lado mexicano de la frontera, aun cuando se encuentren sujetas a procesos migratorios en Estados Unidos.
En este contexto, la CIDH recuerda que migrar no es un delito y que muchas de las personas que integran a los movimientos migratorios tienen necesidades de protección internacional y muchas otras se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y requieren de protección especial. Asimismo, reitera que el derecho a buscar y recibir asilo comprende el derecho a ingresar al territorio y presentar una solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado. En este sentido, los Estados tienen el deber de contar con los mecanismos adecuados para hacer efectivo el acceso al derecho a buscar y recibir asilo y garantizar que el desarrollo de dichos mecanismos con las garantías del debido proceso. Aunado a lo anterior, la CIDH reitera que el principio de no devolución mandata a los Estados a no devolver o expulsar a una persona que solicita asilo cuando hubiera posibilidad de que sufra algún riesgo de persecución; riesgo de recibir un trato cruel, inhumano o degradante; riesgo de ser objeto de tortura; o bien riesgo de que ese país, a su vez, la devuelva a un país donde será perseguido o torturado.
En lo concerniente a la política de Cero Tolerancia, si bien en 2018 el mandato judicial preliminar dictado por la Corte del distrito sur de San Diego en el asunto Ms. L frenó las separaciones familiares como un efecto directo de dicha política, durante su visita, la Comisión recibió información sobre la continuidad de las separaciones de familias en la práctica. Al efecto, la CIDH ha identificado que los elementos recurrentes en la determinación sobre la separación de familias se basan en intentar desvirtuar el parentesco del padre o madre, de familiares en distintos grados o de los tutores legales. También, en algunos casos parten del señalamiento de la presunta participación en actividad criminal del padre o la madre. Este último aspecto, según las autoridades estadounidenses, se ha permitido bajo los términos de la orden judicial preliminar en el caso Ms. L.
Durante la visita, la CIDH recibió información referente al sistema de medición o dosificación (metering) consistente en el establecimiento de cuotas diarias de recepción de solicitudes de asilo en puertos de entrada de la frontera sur de Estados Unidos. La implementación de este sistema ha derivado en la creación y utilización de listas informales en las que se registran los nombres de personas migrantes que solicitan protección internacional. Si bien las listas no son elaboradas por el Gobierno estadounidense, en la práctica son utilizadas para organizar el ingreso de personas que buscan presentar la solicitud de asilo en el territorio. Un informe actualizado sobre el sistema de medición o dosificación realizado por el Robert Strauss Center y el Center for U.S.–Mexican Studies indica que para agosto de 2019, aproximadamente 26.000 personas estarían inscritas en las listas o en espera de registrarse en ellas en doce ciudades fronterizas en México. La CIDH destaca que puertos de entrada ubicados en la frontera cuentan con una lista que es manejada por distintos actores. Al respecto, la CIDH advierte que el manejo del sistema no es uniforme y adopta particularidades prácticas en cada lugar de la frontera. Entre los efectos derivados de la implementación de este sistema, la CIDH destaca las importantes restricciones al derecho a solicitar asilo, así como la incertidumbre y la mayor vulnerabilidad a las que son sometidas, debido a las largas esperas en condiciones restrictivas, siendo incluso objeto de prácticas de corrupción.
Por otra parte, la CIDH observa que los Protocolos de Protección de Migrantes (MPP) han restringido el acceso al derecho a buscar y recibir asilo. La CIDH también recibió información del estudio Preliminary Data: “Remain in Mexico”, elaborado por el U.S. Immigration Policy Center de la Universidad de California en San Diego, que señala que para el 19 de agosto de 2019, un total de 31.800 personas con procesos migratorios pendientes en Estados Unidos habían sido retornados a México en espera de sus audiencias en Estados Unidos. El informe determina que la edad promedio de los participantes de los MPP es de 33 años, siendo un 59.9% mujeres y 40.1% hombres. En cuanto al origen de las personas, el estudio encuentra que 46.9% son de Guatemala, 44.5% provienen de Honduras y 3.6% son de El Salvador. Finalmente, el estudio muestra que el 93.3% de estas personas viajan con miembros de sus familias y 97.4% viajan con niños menores a los 18 años de edad y que 96.7% de ellas tienen familiares o amigos cercanos en Estados Unidos. A pesar de estas alarmantes cifras, la CIDH advierte con preocupación que la mayoría de los casos está pendiente; hasta el 23 de agosto de 2019, solo se tiene información sobre un único caso en todo el territorio estadounidense en el que una persona obtuvo el reconocimiento de su condición de refugiada bajo este programa. Por último, la CIDH subraya que en su visita pudo constatar la instalación de un espacio de procesamiento en el puerto de entrada de Laredo, compuesto por carpas y unidades móviles, que comenzará a operar en las próximas semanas y estará destinado a servir a este programa.
a. Acceso a la justicia
Con respecto al derecho de acceso a la justicia, la Comisión identificó que las políticas migratorias estadounidenses imponen barreras para el ejercicio de este derecho por parte de personas migrantes, solicitantes de asilo o refugiadas. En particular, la Comisión ha observado: i) obstáculos para la presencia física de las personas en sus audiencias en Estados Unidos al ser forzadas a permanecer en México; ii) imposición de nuevas modalidades y condiciones para la entrevista de temor creíble (credible fear interview); iii) barreras para acceder a la asistencia jurídica y acompañamiento para las personas migrantes y solicitantes de asilo en sus entrevistas de temor creíble (credible fear interview), en audiencias en cortes, y en el desarrollo de los procesos administrativos y judiciales relativos a su situación migratoria; iv) afectación de la independencia judicial en la estructura de cortes de migración; y, v) obstáculos para la identificación, investigación y sanción de los casos relativos a personas migrantes desaparecidas o fallecidas.
Entre las principales causas que originan la situación anterior, la CIDH ha recibido información relacionada con: i) corto lapso de tiempo previsto por ley para que las personas identifiquen y designen a sus representantes legales; ii) requisito de establecer una dirección en Estados Unidos para la notificación de los procesos; iii) dilación en los procesos de asilo y la larga espera para la determinación de una fecha de audiencia, en ocasiones en ciudades distintas a las que se encuentra la persona; iv) ubicación de cortes de migración en centros de detención con acceso restringido dada su administración por empresas privadas; v) insuficiencia en la disponibilidad de recursos para brindar asistencia jurídica a las personas migrantes y solicitantes de asilo, y la falta de traductores e intérpretes; vi) procesos de nombramiento de jueces de migración que previamente habrían fungido como fiscales por parte del Departamento de Seguridad Interna; vii) dependencia jerárquica de las cortes de migración con el Fiscal General de la Nación, a cuyas pautas o guías deben ajustar sus actuaciones; y, viii) falta de mecanismos nacionales y transnacionales diseñados específicamente para la búsqueda e identificación de personas migrantes desaparecidas, la recolección de datos forenses y la colaboración interinstitucional para facilitar la búsqueda.
Si bien la CIDH recibió información de que se proporciona una lista de profesionales dispuestos a dar asistencia a las personas migrantes y solicitantes de asilo de forma gratuita o con honorarios accesibles, también obtuvo testimonios que describen obstáculos para contactar a los representantes legales o les es requerido a ellos y a las personas migrantes o solicitantes de asilo estar en los Estados Unidos para evaluar la posibilidad de asistencia, lo cual no siempre es posible debido a que las personas son obligadas a esperar en México como consecuencia de los Protocolos de Protección de Migrantes. La CIDH destaca que la situación es aún más difícil para las personas migrantes que se encuentran privadas de su libertad, ya que las condiciones de detención crean más barreras para acceder a la asistencia jurídica y, por ende, a la justicia.
b. Condiciones de detención
El U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) cuenta con un total de 132 centros de detención, algunos de ellos son administrados por empresas privadas, principalmente CoreCivic y GEO Group. Según información de ICE, hasta el 24 de agosto de 2019 había un total de 54.344 personas migrantes detenidas en Estados Unidos; de ellas, 18.439 bajo custodia de ICE y 35.905 bajo custodia de CBP.
La Comisión visitó el centro de detención Otay Mesa, que es administrado por la empresa privada Core Civic y presta servicios a U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) y al United States Marshals Service (USMS). El centro Otay Mesa actualmente tiene una población de 981 personas migrantes detenidas por ICE; de ellas, 804 hombres y 177 mujeres. Durante la visita al centro la CIDH recibió con preocupación la información de que ambas poblaciones detenidas están sometidas al mismo régimen intramural. La Comisión valora el amplio acceso otorgado por el Gobierno de los Estados Unidos a las instalaciones del centro y la posibilidad que tuvo de entrevistarse con las personas migrantes detenidas. La CIDH entrevistó a más de 30 personas que informaron sobre las circunstancias que derivaron en la privación de su libertad con motivo de su situación migratoria. Asimismo, la Comisión recibió denuncias sobre la prolongación injustificada de la detención, negligente atención médica, alimentación insuficiente e inadecuada, barreras a la comunicación telefónica y de Internet, ausencia de contacto con familiares, y falta de acceso a asistencia legal.
Aunado a lo anterior, la Comisión expresa especial preocupación por los numerosos testimonios recibidos en torno a las condiciones de los centros de procesamiento de CBP, coloquialmente llamados "hieleras", que consisten en unidades de procesamiento a las que son trasladadas en un primer momento las personas bajo custodia de CBP. Según la información proporcionada a la Comisión durante la visita, las "hieleras" llevan este nombre debido a las bajas temperaturas que se mantiene en las unidades con el objetivo prevenir la transmisión de enfermedades infecciosas. Sin embargo, la CIDH fue informada de que las bajas temperaturas terminan siendo en muchos casos la causa principal de enfermedades respiratorias para quienes ingresan a dichos centros, especialmente para niños y niñas.
Aunque no tuvo acceso a los centros de procesamiento de CBP, la Comisión fue ampliamente informada sobre el hacinamiento que prevalece en estos espacios, en los que las personas detenidas duermen en el piso sin colchones o con cobertores inadecuados para las bajas temperaturas. Asimismo, se informó a la CIDH que la alimentación en estas instalaciones es inadecuada al componerse principalmente de jugos y burritos congelados, y que la higiene es deficiente, al no proporcionarse artículos de higiene básica tales como pasta dental y cepillo de dientes. Asimismo, los baños están abiertos y se ubican en el mismo espacio en que duermen las personas. Por último, la CIDH fue informada de que la detención en los centros de procesamiento de CBP usualmente se prolonga más de las 72 horas, afectando de manera significativa la salud mental y física de las personas ahí detenidas. De igual forma, la CIDH expresa su preocupación por un nuevo reglamento adoptado el pasado 21 de agosto, que autoriza la detención de familias por tiempo ilimitado en centros de detención.
Además de las condiciones físicas, la Comisión recibió numerosas denuncias de trato discriminatorio, abusivo y violencia física y psicológica en los centros de procesamiento de CBP y otros centros de detención. Al efecto, la CIDH desea subrayar que en los casos de niños, niñas y adolescentes el impacto de este trato se ve agravado por su especial condición de vulnerabilidad. Los datos del U.S. Immigration Policy Center de la Universidad de California en San Diego indican que se reportaron 232 casos de abuso verbal y 40 casos de violencia física en esa zona. También se informó a la CIDH sobre 18 casos de robo de pertenencias y aprehensión de documentos, incluyendo identificación y otros documentos esenciales para el desarrollo de los casos de asilo. La CIDH observa que el estudio elaborado por la Universidad plantea que el 61% de las denuncias se relaciona con la calidad en el suministro de alimentos o agua, el 34% con las condiciones de la higiene, y el 46% con la falta de sueño debido a las bajas temperaturas y al permanente encendido de luces al interior de las instalaciones.
Impacto de las políticas migratorias para grupos en situación especial de riesgo
Durante la visita, la CIDH también identificó que la implementación de las políticas de migración estadounidenses afecta de manera especial y diferenciada a grupos en situación especial de riesgo, tales como personas indígenas; mujeres; niños; niñas, y adolescentes, y defensores de derechos humanos.
Respecto de las personas indígenas, según los datos del estudio Seeking Asylum: Part 1 realizado por el U.S. Immigration Policy Center de la Universidad de California en San Diego, al menos 20.2% de los solicitantes de asilo encuestados hablan idiomas o lenguas indígenas y no se comunican en español. Sin embargo, la CIDH documentó la insuficiencia de traductores e intérpretes, lo que obstaculiza la posibilidad de expresarse en el idioma propio y la capacidad de comprender los documentos y procedimientos administrativos y judiciales. De tal forma, las personas indígenas se ven perjudicadas en el acceso a los procedimientos y el ejercicio de su derecho de defensa al no contar los servicios de interpretación que requieren, ni con funcionarios y operadores judiciales comprensivos de las representaciones socioculturales y diversidad lingüística de estas personas. En este sentido, la CIDH recuerda que de conformidad con estándares internacionales, los Estados deben tomar las medidas para garantizar que las personas indígenas puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales –incluyendo procedimientos migratorios administrativos–, proporcionando intérpretes u otros medios necesarios para tal efecto.
En relación con la situación específica de las mujeres, la CIDH expresa su preocupación por la información recibida en torno a la inclusión de mujeres embarazadas en el programa MPP. Asimismo, se recibieron denuncias sobre la ausencia de servicios de salud sexual y reproductiva adecuados para mujeres en los centros de detención. De igual forma, de la información recabada se desprende que las mujeres no cuentan con acceso a productos de higiene necesarios en razón de su género. En este contexto, la Comisión recuerda que según los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, las mujeres privadas de libertad tienen derecho de acceso a una atención médica especializada, que responda adecuadamente a sus características físicas y biológicas, así como a sus necesidades en materia de salud reproductiva. Además, los Estados deben brindar regularmente a las mujeres, los artículos indispensables para las necesidades sanitarias propias de su sexo.
La Comisión también observó serios desafíos para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. A pesar de diversas decisiones judiciales que han determinado que la separación solo debe ocurrir en situaciones específicas y siempre en función del principio de interés superior de la niñez, la separación familiar continúa como práctica común. De acuerdo con datos provistos por el Gobierno de Estados Unidos, al 15 de octubre de 2018, por lo menos 2,814 niños y niñas migrantes habrían sido separados de sus familias. Por otra parte, según datos de la American Civil Liberties Union (ACLU), para julio de 2019, más de 900 padres e hijos han sido separados desde la resolución del mandato judicial preliminar Ms. L en 2018. Además, a través de testimonios presentados durante la visita, la CIDH recibió información indicativa sobre cómo la implementación de la política de separación conlleva al establecimiento de barreras para el contacto entre la niñez y los miembros de la familia, aspectos fundamentales para su desarrollo integral y la preservación de la unidad familiar, e incluso, cruciales para la localización del niño o la niña y su reunificación.
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Además, la CIDH recibió testimonios sobre las difíciles situaciones a las que se enfrentan las personas defensoras de derechos de los migrantes y solicitantes de asilo en el ejercicio de su labor. Al efecto, la CIDH ha podido identificar que son comunes: i) restricciones para reunirse con las personas a las que asisten, especialmente si se encuentran en detención; ii) amenazas y hostigamientos, incluso en ocasiones a través de acusaciones formales que invocan trasgresiones a la ley; y, iii) la imposibilidad de establecer contacto telefónico y restricciones a la movilidad, incluyendo obstáculos en el retorno de defensores de derechos con nacionalidad estadounidense a su país, entre otras.
Finalmente, la Comisión destaca que el fenómeno de la migración forzada, ya sea por razones económicas o por búsqueda de protección, requiere de los Estados un abordaje a partir de los principios de solidaridad, cooperación y responsabilidad compartida que haga posible atender las causas estructurales de la migración forzada, a la vez de ampliar el acceso al asilo y garantizar la no devolución a personas cuya vida e integridad está en riesgo.
Recomendaciones
En atención al constante monitoreo de la situación por medio de sus diferentes mecanismos y, en particular, a la reciente visita realizada, la CIDH tuvo la oportunidad de constatar los graves efectos de las políticas migratorias estadounidenses representan para el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas que buscan recibir protección internacional, así como para el sistema mismo de asilo en Estados Unidos. En este contexto, la CIDH recomienda al Estado:
1. Garantizar el derecho a buscar y recibir asilo, adoptando las medidas necesarias para facilitar el acceso a los procedimientos disponibles para tal efecto. En este sentido, el Estado debe eliminar las barreras y las dilaciones injustificadas en el curso de los procedimientos, así como brindar la asistencia jurídica gratuita para las personas, que incluyan la interpretación y traducción.
2. Adecuar la legislación nacional a los estándares internacionales según los cuales migrar no es un delito, en el entendido de que muchas de las personas que integran los movimientos migratorios tienen necesidades de protección internacional y muchas otras se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y requieren de protección especial.
3. Adecuar las normas, políticas, procedimientos y protocolos migratorios internos, a las normas y estándares internacionales en materia migratoria; en particular, los Protocolos de Protección de Migrantes (MPP).
4. Dar fin a las deportaciones expeditas y a las devoluciones automáticas, ello debido a que no cuentan con una decisión individualizada y debidamente considerada con todas las garantías del debido proceso, priorizando la consideración del principio de no devolución.
5. Adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de defensa de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas en los procedimientos administrativos y judiciales relativos a su situación migratoria y a la protección internacional.
6. Poner fin a la detención migratoria prolongada y adoptar las medidas necesarias para la existencia de medidas alternativas a la privación de libertad que permitan la permanencia en el territorio de personas migrantes y solicitantes de asilo.
7. Garantizar las condiciones de detención en concordancia con los estándares internacionales en materia de privación de libertad. En particular, proporcionar el acceso a los servicios médicos y de salud, en especial para mujeres migrantes y solicitantes de asilo que se encuentran embarazadas, así como a una alimentación, acceso al agua e higiene adecuados para todas las personas. De igual manera, el Estado debe garantizar la protección contra los malos tratos y la discriminación contra las personas detenidas.
8. Cerrar los centros de procesamiento inicial bajo la supervisión de CBP.
9. Poner fin inmediato a la detención de niños, niñas y adolescentes en centros de detención.
10. Priorizar el interés superior de la niñez en toda decisión administrativa y judicial que se pronuncie sobre la situación del niño, la niña, adolescente o sus familiares.
11. Priorizar el principio de unidad familiar, y prescindir de la política Cero Tolerancia y de las políticas y prácticas que criminalizan a las personas migrantes y sus familias en cualquier circunstancia. Ello resulta crucial para garantizar el principio de interés superior de la niñez.
12. Continuar con la implementación de las acciones dirigidas a la reunificación de familias que han sido separadas. Para ello, el Estado debe promover el intercambio de información entre agencias gubernamentales que hagan posible la localización de los niños, niñas y adolescentes, y de sus padres, madres o familiares.
13. Adoptar medidas dirigidas a garantizar la protección de las personas defensoras de los derechos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas, así como el desarrollo del libre ejercicio de sus labores y el efectivo acceso a la justicia. Asimismo, poner fin inmediato a las amenazas y actos de hostigamiento en su contra.
14. Crear mecanismos nacionales y transnacionales que hagan posible la identificación eficaz y oportuna de personas migrantes desaparecidas o fallecidas, así como la investigación, sanción y reparación de sus casos.
15. Ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, a la Convención sobre Trabajadores Migratorios y sus Familiares y la Convención sobre los Derechos del Niño.
La Comisión agradece a las autoridades de Estados Unidos; a las autoridades consulares de México; Guatemala; Honduras y El Salvador; a las organizaciones de la sociedad civil; actores académicos; personas migrantes y solicitantes de asilo, y víctimas de violaciones a sus derechos humanos, su colaboración en la preparación y desarrollo de esta visita. La información recibida y recabada será crucial para fortalecer el trabajo de la CIDH en Estados Unidos, la frontera y en la región. A través de sus mecanismos, la CIDH continuará dando seguimiento a la situación de derechos humanos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas en Estados Unidos, así como a los efectos que la implementación de las políticas migratorias estadounidenses tengan para el goce efectivo de los derechos humanos de estas personas, y para el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por Estados Unidos en materia de derechos humanos.