20 nov 2018

A 30 años de la Convención sobre los Derechos del Niño


Este año, la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (ONU),  el tratado con mayor número de ratificaciones, cumplió 29 años. 

A pesar de los avances en la realización de los derechos de la niñez y adolescencia, protección, inversión, políticas públicas, y otros: "urge que los Estados aseguren y prioricen la aplicación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como acelerar el proceso de implementación de la Convención".


En el Perú, aún quedan desafíos para garantizar un desarrollo integral y una vida libre de violencia para niñas, niños y adolescentes. Por ello, desde IPRODES recordamos algunas de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño al Estado peruano en materia de protección:




Comité de los Derechos del Niño de la ONU
Observaciones finales sobre los informes periódicos IV y V combinados del Perú
No Discriminación
Interés Superior del Niño
Respeto por las opiniones del Niño
Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia
Al Comité le preocupa:
La persistencia de actitudes patriarcales y estereotipos arraigados que discriminan a las niñas, lo que da lugar a una elevada prevalencia de la violencia contra ellas.
Le preocupa que no se aplique sistemáticamente en la práctica, sobre todo en las decisiones administrativas y judiciales, el interés superior del niño.
Le preocupa que los niños son rara vez consultados en los procedimientos administrativos o judiciales.
Profundamente preocupado por el elevado número de casos de violencia doméstica y sexual.
Y escaso número de denuncias, investigaciones efectivas e impunidad.
Recomienda al Estado peruano que:
Programas de sensibilización y campañas educativas, para eliminar las actitudes patriarcales y los estereotipos de género que discriminan a las niñas.

Se integre, interprete y aplique sistemáticamente en todas las actuaciones y decisiones legislativas, administrativas y judiciales, … que sean pertinentes y que tengan repercusiones en los niños.
Vele por la aplicación efectiva de la legislación que reconoce el derecho del niño a ser escuchado en las actuaciones judiciales pertinentes.
Investigue debidamente todos los casos de violencia contra los niños y vele por que los autores rindan cuentas de esos delitos.

Qué prohíba expresamente la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género.

Establezca procedimientos y criterios para orientar a todas las personas pertinentes con autoridad para determinar los intereses superiores del niño en cada esfera y ponderar esos intereses como consideración primordial.

Establezca directrices e indicadores para facilitar, evaluar y supervisar la aplicación del derecho del niño a participar en asuntos pertinentes y a ser escuchados en los procedimientos jurídicos y administrativos.

Garantice el acceso efectivo de los niños a la justicia.
Prestarles apoyo jurídico, velar por que los niños sean tratados como víctimas y establecer cauces accesibles, confidenciales, adaptado a los niños y eficaces para la presentación de denuncias.



Fuente IPRODES.

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