El
objetivo central de esta investigación fue analizar distintas dimensiones de la
infancia y la adolescencia afrodescendiente en Uruguay desde 2006, año en que
la ascendencia étnico-racial empezó a ser relevada de forma sistemática en las
principales encuestas del país. Si bien en los últimos años la mayoría de los
indicadores muestra una mejora, aún se siguen percibiendo brechas entre los
niños, niñas y adolescentes que tienen ascendencia afro y los que no.
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30 sept 2020
UNICEF Uruguay: Aprendizajes en cuarentena
El tiempo pasa y "quédate en casa" se extiende para todos, pero muy especialmente para niñas, niños y adolescentes, quiénes están viviendo una experiencia imprevista, extraña y extraordinaria sobre la que poco sabemos y mucho tenemos para comprender y aprender.
Este tiempo distinto nos ha dejado mucho para pensar sobre niños, niñas y adolescentes,
la relación con padres y familiares, el lugar de la escuela, el rol que cumplen
los amigos y compañeros, el tiempo al aire libre, la relación con la
tecnología, la autonomía y la dependencia en relación con los aprendizajes.
No son temas nuevos pero se han vuelto visibles de una manera novedosa durante el confinamiento por la pandemia del Covid-19 y seguramente seguirán resonando entre nosotros una vez finalizada la medida de quedarse en casa
Por eso, UNICEF Uruguay y ASSE presentan "Para enteder a niños, niñas y adolescentes: aprendizajes de cuarentena".
Para Entender a Niños Niñas y Adolescentes. UNICEF Uruguay on Scribd
Fuente UNICEF Uruguay.20 ago 2020
UNICEF: Efectos inmediatos de la implementación del rotulado nutricional frontal en Uruguay
Estudio realizado por UNICEF y la UDELAR sobre el impacto del etiquetado nutricional frontal en el comportamiento de consumo por parte de la población uruguaya.
El estudio sobre el impacto inmediato en los consumidores de la implementación del etiquetado nutricional frontal de alimentos envasados. El objetivo del trabajo fue evaluar los efectos de la implementación de la medida en uruguay en términos de conocimiento y percepción de la política, uso en el momento de compra y capacidad de interpretar la información nutricional incluida en las etiquetas de alimentos .
2 mar 2020
Uruguay: Política de protección infantil
Para el personal desplegado en las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
La Política de Protección Infantil es un documento del Estado uruguayo que consolida e institucionaliza el compromiso de proteger a la infancia y la adolescencia en el marco de las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas, de las que Uruguay forma parte a través del envío de contingentes desplegados en el área de misión.
La Política de Protección Infantil es un documento del Estado uruguayo que consolida e institucionaliza el compromiso de proteger a la infancia y la adolescencia en el marco de las misiones de paz de la Organización de las Naciones Unidas, de las que Uruguay forma parte a través del envío de contingentes desplegados en el área de misión.
Uruguay Politica de Proteccion Infantil on Scribd
Fuente UNICEF Uruguay: https://www.unicef.org/uruguay/politica-de-proteccion-infantil2 feb 2020
UNICEF Uruguay: Conoce tus derechos, libro de actividades
Libro de actividades para realizar con los niños y niñas y aprender todos sobre sus derechos. Realizado por UNICEF en el marco de los 30 años de la Convención sobre los Derechos del Niño.
28 ene 2020
UNICEF Uruguay: Protocolo abordaje de niños y niñas en el sistema de salud
Protocolo para el abordaje de situaciones de maltrato a niñas, niños y adolescentes en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud, este documento expresa cómo las diferentes formas de violencia repercuten de forma directa y negativa sobre la salud y el bienestar de las personas.
Ver también "Protocolo para el abordaje de situaciones de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes en el marco del sistema nacional integrado de salud", vía Ministerio de Salud y Unicef Urguay.
Ver también "Protocolo para el abordaje de situaciones de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes en el marco del sistema nacional integrado de salud", vía Ministerio de Salud y Unicef Urguay.
Unicef Uruguay Protocolo Maltrato NNA on Scribd
Fuente UNICEF Uruguay: 27 ene 2020
UNICEF Uruguay: Guía para padres y madres sobre el buen trato
Trato bien, guía para la puesta de límites no violentos en el ámbito familiar, dirigida a madres, padres y adultos al cuidado de niños, niñas y adolescentes.
UNICEF Uruguay Trato Bien Guia on Scribd
Fuente UNICEF Uruguay: https://www.unicef.org/uruguay/publicaciones30 dic 2019
UNICEF: Protocolo para el abordaje de situaciones de violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud

La violencia sexual repercute de forma directa y negativa sobre la salud y el bienestar de
las personas. Su magnitud y relevancia en la
realidad nacional, así como los compromisos
internacionales asumidos por el país, definen
su integración en el plan de gobierno considerando la incidencia de los determinantes sociales
que contribuyen a que las personas puedan tener
una vida saludable.
Protocolo Violencia Sexual NNA on Scribd
Fuente Unicef Uruguay: https://www.bibliotecaunicef.uy/
19 dic 2019
UNICEF Uruguay: Adolescentes mujeres: delito y respuesta penal

La preocupación global sobre el efectivo ejercicio
del acceso a la justicia no solo se ve reflejada en los tratados de derechos
humanos, sino que forma parte de las preocupaciones de la comunidad
internacional en su conjunto. Así se evidencia en los objetivos de desarrollo sostenible
recientemente aprobados.
Los gobiernos del mundo se han propuesto trabajar hacia el 2030 con el propósito de “promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles”. El efectivo ejercicio del derecho a la justicia es una preocupación para todos, pero especialmente para los niños, niñas y adolescentes. Ellos se enfrentan a más dificultadas que los adultos por la falta de especialización de los sistemas de justicia para atenderlos. Desde 2006, viene sosteniendo su apoyo técnico y financiero al proyecto Observatorio del Sistema Judicial, con el fin de generar información relevante sobre el funcionamiento del sistema de justicia penal juvenil y justicia de familia a través del releva-miento y la sistematización de expedientes judiciales. La información producida en este proyecto complementa los indicadores que genera regularmente el Poder Judicial y permite monitorear en profundidad la aplicación de la legislación nacional y la adecuación de las prácticas judiciales a los estándares establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Confiamos en que esta información contribuirá a cumplir dos objetivos: colocar en su justa dimensión el fenómeno de la justicia penal de adolescentes varones y mujeres y mejorar las prácticas judiciales para que sean justas con los niños, niñas y adolescentes uruguayos.
Los gobiernos del mundo se han propuesto trabajar hacia el 2030 con el propósito de “promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles”. El efectivo ejercicio del derecho a la justicia es una preocupación para todos, pero especialmente para los niños, niñas y adolescentes. Ellos se enfrentan a más dificultadas que los adultos por la falta de especialización de los sistemas de justicia para atenderlos. Desde 2006, viene sosteniendo su apoyo técnico y financiero al proyecto Observatorio del Sistema Judicial, con el fin de generar información relevante sobre el funcionamiento del sistema de justicia penal juvenil y justicia de familia a través del releva-miento y la sistematización de expedientes judiciales. La información producida en este proyecto complementa los indicadores que genera regularmente el Poder Judicial y permite monitorear en profundidad la aplicación de la legislación nacional y la adecuación de las prácticas judiciales a los estándares establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Confiamos en que esta información contribuirá a cumplir dos objetivos: colocar en su justa dimensión el fenómeno de la justicia penal de adolescentes varones y mujeres y mejorar las prácticas judiciales para que sean justas con los niños, niñas y adolescentes uruguayos.
Fuente UNICEF Uruguay:
18 dic 2019
UNICEF Uruguay: Guía de monitoreo al sistema de protección de tiempo completo de niños, niñas y adolescentes
El Comité de los
Derechos del Niño y otros órganos dedicados al monitoreo de los derechos de
niños, niñas y adolescentes han subrayado en reiteradas ocasiones la necesidad de
avanzar en la generación de nuevas modalidades de protección para garantizar el
derecho a vivir en familia de aquellos que han sido temporalmente privados del
cuidado parental.
El Código de la
Niñez y la Adolescencia vigente en Uruguay establece que la internación debe
entenderse como el último recurso para la protección de los niños, niñas y
adolescentes en dichas condiciones. La evidencia indica que quienes se
encuentran a cargo del Estado, especialmente en instituciones, suelen estar
expuestos a situaciones de vulnerabilidad y se dificulta el ejercicio integral
de sus derechos. Por otra parte, la etapa del desarrollo en que se encuentren
las niñas, niños y adolescentes, su edad, el grado de madurez, el género, si
poseen alguna discapacidad física o mental, su situación familiar y los traumas
vividos, entre otros factores, pueden acrecentar la vulnerabilidad y la
discriminación en la situación de institucionalización.
Los niños, niñas o
adolescentes no ingresan o egresan de las instituciones por voluntad propia. En
este sentido puede entenderse, como señala el Protocolo Facultativo de la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (opcat),
de las Naciones Unidas, que esta situación constituye un “contexto de
encierro”. Su artículo 4 establece:
[…] por privación
de libertad se entiende cualquier forma de detención o encarcelamiento o de
custodia de una persona por orden de una autoridad judicial o administrativa o
de otra autoridad pública, en una institución pública o privada de la cual no
pueda salir libremente. (APT-IIDH, 2010)
En consecuencia, es
relevante contar con un sistema de monitoreo independiente, que contribuya a
propiciar las condiciones para la protección integral de los derechos de los niños,
niñas y adolescentes que están al cuidado del Estado, incluyendo su derecho a
vivir en familia. El monitoreo debe contribuir a proteger a los niños, niñas y
adolescentes internados, a prevenir y reparar las vulneraciones de sus
derechos.
La guía que se
presenta a continuación busca aportar orientaciones para la planificación e
implementación de un monitoreo a las instituciones de protección de niños,
niñas y adolescentes, en el marco de la normativa nacional e internacional y de
las funciones de los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP) u otros abocados al
monitoreo de los derechos humanos. Se hace hincapié en las estrategias y la
metodología, y se brindan los enfoques y las herramientas que orientan la
mirada sobre los sistemas de protección.
Su elaboración se
nutre de la experiencia llevada a cabo por el Mecanismo Nacional de Prevención
de la Tortura de la Institución Nacional de Derechos Humanos de Uruguay (MNP-INDDHH),
así como de las orientaciones y los aprendizajes de UNICEF y otros organismos
vinculados a la temática en otros países. Esta guía se realizó en el marco del
convenio entre UNICEF Uruguay y Defensa de Niñas y Niños Internacional (DNI),
ONG especializada en justicia penal juvenil.
El documento
comienza con una presentación de los objetivos de la guía, a quién está dirigida,
y continúa con el marco normativo que impulsa el monitoreo del sistema de
protección. El capítulo 4 presenta los objetivos del monitoreo, realiza un
acercamiento al sistema y detalla los criterios transversales y principios
orientadores para el desarrollo de esta tarea. El capítulo 5 despliega la metodología,
las etapas del proceso de monitoreo y las principales áreas y dimensiones a
considerar. Finalmente se incluyen los instrumentos para monitorear el sistema
de protección.
Fuente UNICEF Uruguay
y DNI Uruguay.
Guia de Monitoreo_web[7058] by Anonymous 4yA7DsPrD on Scribd
8 jul 2019
Italia confirma cadena perpetua para Morales Bermúdez por plan Cóndor

La misma pena se le impuso al ex primer ministro del gobierno militar Pedro Richter Prada, muerto en julio de 2017; el ex militar peruano Germán Ruiz.
La justicia italiana condenó hoy a cadena perpetua a 24 militares de Bolivia, Chile, Uruguay y Perú acusados de la desaparición de italianos en la Operación Cóndor, el plan represor en América Latina en las décadas de 1970 y 1980.
De este modo el Tribunal de Apelación de Roma cambia la sentencia en primera instancia de enero de 2017 y que estableció ocho cadenas perpetuas y 19 imputados absueltos por haber prescrito los delitos .
Entre los condenados hoy está el ex militar uruguayo Jorge Néstor Troccoli, el único que se ha personado en el proceso ya que reside en libertad en Italia desde que se escapara de la justicia de su país en 2007 y que en principio quedó absuelto .
La Fiscalía había reclamado cadena perpetua para todos los imputados.
En la primera instancia fueron condenados a cadena perpetua ocho personas, todos en contumacia, sin personarse en Roma, como el dictador boliviano Luis García Meza, fallecido en abril de 2018, y su ministro del Interior, Luis Arce Gómez.
Y también el ex presidente peruano Francisco Morales Bermúdez; su primer ministro Pedro Richter Prada, muerto en julio de 2017; el ex militar peruano Germán Ruiz; los chilenos Hernán Ramírez y Rafael Ahumada Valderrama, y el excanciller uruguayo, Juan Carlos Blanco .
La justicia italiana confirmó la cadena perpetua para Morales Bermúdez.
Ahora a estos condenados se suman los exmilitares chilenos Pedro Octavio Espinoza Bravo, Daniel Aguirre Mora, Carlos Luco Astroza, Orlando Moreno vásquez y Manuel Abraham Vásquez Chauan .
Asimismo los exmilitares uruguayos José Ricardo Arab, José Horacio Gavazzo, Juan Carlos Larcebeauy, Pedro Antonio Mato, Luis Alfredo Maurente, Ricardo José Medina, Ernesto Avelino Ramas Pereira, José Santa Lima, Jorge Alberto Silveira, Ernesto Soca y Gilverto Vázquez .
Todos han sido condenados por los delitos de homicidio voluntario y deberán también pagar las costas del juicio.
Este proceso comenzó con la denuncia hace exactamente veinte años en Italia de algunos familiares de desaparecidos, en 1999, un año después de que se ordenara la detención del dictador chileno Augusto Pinochet tras la investigación del juez español Baltasar Garzón.
Ha tratado de depurar responsabilidades por la desaparición de una veintena de ciudadanos latinoamericanos con orígenes italianos, opositores políticos y activistas de izquierdas que desaparecieron en las redes de la conocida como Operación Cóndor (Fuente EFE).
- "Italia da el ejemplo", por Ronald Gamarra.
- Sentencia que condenó a Morales Bermúdez.
24 oct 2018
Uruguay aprueba una histórica ley integral que coloca a ese país a la vanguardia mundial en materia de protección a las personas trans

Uruguay, de nuevo en vanguardia mundial en derechos LGBTI. El Parlamento de ese país acaba de aprobar la ley integral para personas trans, cuyo proyecto fue presentado hace año y medio por el Gobierno del Frente Amplio, la coalición de fuerzas de izquierda que gobierna Uruguay desde 2004 y que ha convertido a este país en uno de los más avanzados del mundo en materia de igualdad jurídica de las personas LGBTI.
Uruguay aprobó en 2013 el matrimonio igualitario. Pero ya antes se había adelantado a sus vecinos al elaborar en 2007 una ley de uniones concubinarias, y en 2009 una ley de adopción abierta a todas las parejas con independencia de su orientación sexual y una ley de identidad de género. Esta última sin embargo, tenía como objeto principal los aspectos relacionados con la modificación tanto del nombre como del sexo en los documentos oficiales y había quedado ya obsoleta.
De ahí que los colectivos LGBTI uruguayos hayan luchado para conseguir la aprobación de un marco legislativo más ambicioso para las personas trans, que actualice el procedimiento para acceder a la modificación de los datos pero que además contemple medidas contra la discriminación de este colectivo a nivel educativo, laboral o sociosanitario. Una demanda escuchada por el Gobierno de Tabaré Vázquez, que en mayo de 2017 presentaba un proyecto de ley integral para personas trans. «Las personas trans que habitan el territorio nacional han sido históricamente víctimas de estigma, discriminación y violencia social y estatal, lo que ha conllevado importantes dificultades para el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Es por eso que se considera imprescindible aprobar una ley integral que incluya una pluralidad de dimensiones y que permita atender en forma simultánea distintos problemas y exclusiones que interactúan en esta población tan duramente castigada y excluida, que conforman una realidad en sí misma diferente a cualquier otra y que necesita herramientas específicas para su superación», reza la exposición de motivos de la ley.
Por lo que se refiere al procedimiento para solicitar la adecuación del nombre y sexo en documentos oficiales, este se simplifica, desapareciendo la necesidad de acreditar la estabilidad y persistencia de la "disonancia" entre el sexo biológico y la identidad reclamada durante dos años que incluía la ley de 2009. La solicitud ya no se tramitará ante el juzgado de familia, sino directamente a instancia personal ante el Registro Civil, aunque se introduce como requisito una entrevista presencial ante una comisión de tres funcionarios que certificará «la existencia de la solicitud». El Registro Civil deberá emitir una respuesta en el plazo de 30 días hábiles. Además, el procedimiento se hace extensivo a las personas menores de 18 años, aunque en ese caso deberán contar con el acuerdo de los representantes legales (los padres, en la mayoría de los casos). Solo en caso de que estos se opongan entra en juego la vía judicial, que deberá tener en cuenta en cualquier caso «el interés superior del menor».
También merece la pena destacar que la ley fuerza a incorporar la variable «identidad de género» en todos los sistemas oficiales de información estadística de Uruguay, incluidos los censos, encuestas continuas de hogares, los informes de la Oficina Nacional del Servicio Civil y otras mediciones públicas.
Importantes medidas contra la discriminación
Uruguay aprobó en 2013 el matrimonio igualitario. Pero ya antes se había adelantado a sus vecinos al elaborar en 2007 una ley de uniones concubinarias, y en 2009 una ley de adopción abierta a todas las parejas con independencia de su orientación sexual y una ley de identidad de género. Esta última sin embargo, tenía como objeto principal los aspectos relacionados con la modificación tanto del nombre como del sexo en los documentos oficiales y había quedado ya obsoleta.
De ahí que los colectivos LGBTI uruguayos hayan luchado para conseguir la aprobación de un marco legislativo más ambicioso para las personas trans, que actualice el procedimiento para acceder a la modificación de los datos pero que además contemple medidas contra la discriminación de este colectivo a nivel educativo, laboral o sociosanitario. Una demanda escuchada por el Gobierno de Tabaré Vázquez, que en mayo de 2017 presentaba un proyecto de ley integral para personas trans. «Las personas trans que habitan el territorio nacional han sido históricamente víctimas de estigma, discriminación y violencia social y estatal, lo que ha conllevado importantes dificultades para el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Es por eso que se considera imprescindible aprobar una ley integral que incluya una pluralidad de dimensiones y que permita atender en forma simultánea distintos problemas y exclusiones que interactúan en esta población tan duramente castigada y excluida, que conforman una realidad en sí misma diferente a cualquier otra y que necesita herramientas específicas para su superación», reza la exposición de motivos de la ley.
Por lo que se refiere al procedimiento para solicitar la adecuación del nombre y sexo en documentos oficiales, este se simplifica, desapareciendo la necesidad de acreditar la estabilidad y persistencia de la "disonancia" entre el sexo biológico y la identidad reclamada durante dos años que incluía la ley de 2009. La solicitud ya no se tramitará ante el juzgado de familia, sino directamente a instancia personal ante el Registro Civil, aunque se introduce como requisito una entrevista presencial ante una comisión de tres funcionarios que certificará «la existencia de la solicitud». El Registro Civil deberá emitir una respuesta en el plazo de 30 días hábiles. Además, el procedimiento se hace extensivo a las personas menores de 18 años, aunque en ese caso deberán contar con el acuerdo de los representantes legales (los padres, en la mayoría de los casos). Solo en caso de que estos se opongan entra en juego la vía judicial, que deberá tener en cuenta en cualquier caso «el interés superior del menor».
También merece la pena destacar que la ley fuerza a incorporar la variable «identidad de género» en todos los sistemas oficiales de información estadística de Uruguay, incluidos los censos, encuestas continuas de hogares, los informes de la Oficina Nacional del Servicio Civil y otras mediciones públicas.
Importantes medidas contra la discriminación
Por lo que se refiere a las medidas para combatir la discriminación de las personas trans, la nueva ley contempla medidas como la reserva de un porcentaje del 1% de vacantes en la administración pública, así como incentivos fiscales a empresas que contraten a trabajadores trans y cursos de inserción laboral. El colectivo trans pasa a ser además uno de los grupos considerados prioritarios en los pogramas de acceso a la vivienda. Se contempla también la reserva de un cupo del 2% en becas y ayudas estudiantiles, entre otras medidas inclusivas en el ámbito de la educación, y se refuerza el derecho de las personas trans a la cobertura sanitaria sin ningún tipo de discriminación y/o patologización por su identidad de género.
También se garantiza el acceso a los tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa y sin tener que acreditar la voluntad de someterse a cirugía de reasignación. Los menores de edad, y este ha sido uno de los puntos que más debate ha generado durante el proceso de aprobación, podrán también acceder a tratamiento hormonal. Eso sí, para acceder a intervenciones quirúrgicas genitales irreversibles con el fin de adecuar su cuerpo a su identidad de género deberán contar forzosamente con la autorización de los representantes legales. de la misma forma que con la adecuación del nombre y sexo en los documentos, en caso de que los padres se opongan deberá mediar una decisión judicial.
Reparación a las víctimas de la dictadura
Otra medida específica que merece la pena destacar es la inclusión de un régimen reparatorio en forma de pensión vitalicia para las personas trans nacidas antes del 31 de diciembre de 1975 y que hayan sido víctimas de violencia institucional, discriminación o privadas de su libertad. Hay que recordar, en este sentido, que Uuruguay sufrió una dictadura militar entre 1973 y 1985 que castigó duramente a las personas trans, especialmente a las mujeres trans que ejercían el trabajo sexual.
Como bien explica la exposición de motivos de la ley, «durante la última dictadura cívico-militar (1973-1984), y en el período inmediatamente posterior (1985-1989) bajo el amparo tanto de la vigencia del Decreto Nº 680/980 (que permitía la detención para averiguación de antecedentes y la realización de razzias) como del hecho de que todavía era ilegal el comercio sexual callejero, las personas trans sufrieron una dura y sistemática persecución estatal por su identidad de género, que implicó largos y arbitrarios períodos de detención en comisarías (semanas o meses enteros), y un agravamiento importante de las condiciones de detención (tortura, maltrato, violencia sexual, chantaje, etc.). Además, las detenciones no solo se realizaron en los lugares públicos donde se desarrollaba el trabajo sexual: muchas veces la policía irrumpió en los hogares de las personas que tenía identificadas para detenerlas por el hecho de ser trans. Los testimonios de personas trans que vivieron en ese período son ilustrativos de las particularidades y la contundencia con que operó la represión policial sobre sus cuerpos, y confirman su presencia recurrente en los calabozos de las comisarías y de la Jefatura de Policía de Montevideo donde tuvieron que enfrentar durante el tiempo de detención torturas, abuso, maltrato, violencia sexual y trabajos forzosos».
Pese al ruido generado por los opositores a la ley, se estima que las personas receptoras de esta pensión ascenderán solo a unas pocas decenas.
También se garantiza el acceso a los tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa y sin tener que acreditar la voluntad de someterse a cirugía de reasignación. Los menores de edad, y este ha sido uno de los puntos que más debate ha generado durante el proceso de aprobación, podrán también acceder a tratamiento hormonal. Eso sí, para acceder a intervenciones quirúrgicas genitales irreversibles con el fin de adecuar su cuerpo a su identidad de género deberán contar forzosamente con la autorización de los representantes legales. de la misma forma que con la adecuación del nombre y sexo en los documentos, en caso de que los padres se opongan deberá mediar una decisión judicial.
Reparación a las víctimas de la dictadura
Otra medida específica que merece la pena destacar es la inclusión de un régimen reparatorio en forma de pensión vitalicia para las personas trans nacidas antes del 31 de diciembre de 1975 y que hayan sido víctimas de violencia institucional, discriminación o privadas de su libertad. Hay que recordar, en este sentido, que Uuruguay sufrió una dictadura militar entre 1973 y 1985 que castigó duramente a las personas trans, especialmente a las mujeres trans que ejercían el trabajo sexual.
Como bien explica la exposición de motivos de la ley, «durante la última dictadura cívico-militar (1973-1984), y en el período inmediatamente posterior (1985-1989) bajo el amparo tanto de la vigencia del Decreto Nº 680/980 (que permitía la detención para averiguación de antecedentes y la realización de razzias) como del hecho de que todavía era ilegal el comercio sexual callejero, las personas trans sufrieron una dura y sistemática persecución estatal por su identidad de género, que implicó largos y arbitrarios períodos de detención en comisarías (semanas o meses enteros), y un agravamiento importante de las condiciones de detención (tortura, maltrato, violencia sexual, chantaje, etc.). Además, las detenciones no solo se realizaron en los lugares públicos donde se desarrollaba el trabajo sexual: muchas veces la policía irrumpió en los hogares de las personas que tenía identificadas para detenerlas por el hecho de ser trans. Los testimonios de personas trans que vivieron en ese período son ilustrativos de las particularidades y la contundencia con que operó la represión policial sobre sus cuerpos, y confirman su presencia recurrente en los calabozos de las comisarías y de la Jefatura de Policía de Montevideo donde tuvieron que enfrentar durante el tiempo de detención torturas, abuso, maltrato, violencia sexual y trabajos forzosos».
Pese al ruido generado por los opositores a la ley, se estima que las personas receptoras de esta pensión ascenderán solo a unas pocas decenas.
Aprobación mayoritaria
Hablamos de una ley contra la que los sectores conservadores se han movilizado con especial ahinco (organizaciones vinculadas a las iglesias evangélicas) reunieron unas 40.000 firmas en contra, utilizando como argumento principal para movilizar a dus filas la supuesta invasión de los derechos de los padres sobre sus hijos menores de edad. De hecho, han sido los artículos que incluian menciones a los menores trans los que más debate político han suscitado en la tramitación parlamentaria.
En cualquier caso, lo cierto es que la ley ha conseguido ser aprobada por una mayoría significativa del Parlamento de Uruguay. El proyecto, ya con las modificaciones incluidas en comisión, recibió el pasado martes el visto bueno del Senado por 17 votos de los 29 senadores presentes (votaron a favor los senadores del Frente Amplio y un senador independiente). Y este jueves recibía el visto bueno de la Cámara de Representantes por 62 votos de 88 presentes, después de una larga discusión de 10 horas en la que intervinieron cerca de 40 diputados. Cabe destacar, además, que el proyecto recibió apoyos no solo de los representantes del Frente Amplio (que cuenta 5o escaños), sino de varios representantes de otras fuerzas políticas.
En cualquier caso, lo cierto es que la ley ha conseguido ser aprobada por una mayoría significativa del Parlamento de Uruguay. El proyecto, ya con las modificaciones incluidas en comisión, recibió el pasado martes el visto bueno del Senado por 17 votos de los 29 senadores presentes (votaron a favor los senadores del Frente Amplio y un senador independiente). Y este jueves recibía el visto bueno de la Cámara de Representantes por 62 votos de 88 presentes, después de una larga discusión de 10 horas en la que intervinieron cerca de 40 diputados. Cabe destacar, además, que el proyecto recibió apoyos no solo de los representantes del Frente Amplio (que cuenta 5o escaños), sino de varios representantes de otras fuerzas políticas.
Nuestra enhorabuena al activismo trans y LGBTI uruguayo por este fantástico logro. Os dejamos para acabar, con un tuit del Colectivo Ovejas Negras que recoge su inmensa alegría del momento en el que la Cámara de Representantes aprueba la ley.
Fuente Dos Manzanas: https://www.dosmanzanas.com/2018/10/uruguay-aprueba-una-historica-ley-integral-que-coloca-a-ese-pais-a-la-vanguardia-mundial-en-materia-de-proteccion-a-las-personas-trans.html#ESLEY 💛 Hicimos historia. Por primera vez a nivel mundial se aprueba una ley que incluye una batería de medidas de inclusión social, de reparación histórica y de reconocimiento de derechos para las personas trans.— 💛 Ovejas Negras 💛 (@ovejasnegras_uy) 20 de octubre de 2018
Por 62 votos en 88 @DiputadosUY aprobó finalmente la #LeyTrans. pic.twitter.com/rkF1MHibsw
1 ago 2018
UNICEF: ¿Mucho poquito o nada? Pautas de crianza
La guía ¿Mucho, poquito o nada? de Unicef Uruguay sobre pautas de crianza está dirigida a pádres, madres y cuidadores de niños y niñas de 0 a 5 años de edad. Su objetivo es brindar consejos y herramientas respecto a la crianza de los
niños con el fin de generar las condiciones para que tengan un desarrollo
saludable y fortalecerlos emocionalmente.
El material está dividido en tres partes, cada una de las cuales corresponde con los contenidos específicos de las etapas del desarrollo infantil: 0-12 meses, 1 a 3 años y 3 a 5 años. Y los temas son, cambios en la familia con la llegada de un niño, la importancia del apego y la comunicación, la sexualidad y los aprendizajes de los niños en cada una de las etapas mencionadas.
El material está dividido en tres partes, cada una de las cuales corresponde con los contenidos específicos de las etapas del desarrollo infantil: 0-12 meses, 1 a 3 años y 3 a 5 años. Y los temas son, cambios en la familia con la llegada de un niño, la importancia del apego y la comunicación, la sexualidad y los aprendizajes de los niños en cada una de las etapas mencionadas.
Fuente: UNICEF Uruguay: http://www.tratobien.org
31 jul 2018
UNICEF: Guía "Sin violencia se educa mejor"
Guía de UNICEF Uruguay para la puesta de límites no violentos en el ámbito familiar. Texto dirigido a madres, padres y adultos al cuidado de niños, niñas y adolescentes sobre cómo educar y poner límites sin pegar o insultar.
¿Qué es maltrato infantil? Es toda acción u omisión con la intención de hacer un daño inemdiato a la persona agredida. El maltrato puede ser: físico, emocional, psicológico, sexual, por negligencia o abandono. Estas formas de maltrato producen lesiones físicas y emocionales indelebles, muerte o cualquier daño severo.
Cuando se hace referencia al maltrato infantil en el ámbito familiar, se está indicando que quienes infringen violencia contra los niños, niñas y adolescentes son sus familiares en primer grado, es decir sus padres, madres, abuelo/as, hermano/as y tío/as.
¿Qué es maltrato infantil? Es toda acción u omisión con la intención de hacer un daño inemdiato a la persona agredida. El maltrato puede ser: físico, emocional, psicológico, sexual, por negligencia o abandono. Estas formas de maltrato producen lesiones físicas y emocionales indelebles, muerte o cualquier daño severo.
Cuando se hace referencia al maltrato infantil en el ámbito familiar, se está indicando que quienes infringen violencia contra los niños, niñas y adolescentes son sus familiares en primer grado, es decir sus padres, madres, abuelo/as, hermano/as y tío/as.
Fuentye UNICEF Uruguay.
30 jul 2018
UNICEF: Herramientas para la crianza sin violencia"
"Herramientas para la crianza", guía para padres y madres de familia, elaborada por UNICEF, sobre criar a los niños, niñas y adolescentes sin violencia.
La familia es el ámbito en el cual los niños se desarrollan plenamente,
en especial cuando en ellas se respira un clima de cariño,
comprensión, respeto y armonía. Este clima saludable no implica
que no existan problemas ni conflictos, sino que se encuentran las
maneras de atravesarlos sin pagar el precio de un mal clima familiar.
Siempre es posible discutir sin faltarse el respeto y no agredirse
cuando hay desacuerdo. Cuando los niños ven a sus mayores
tratándose con respeto, aprenden naturalmente a hacerlo ellos.
También necesitan ser tratados ellos mismos con respeto para crecer
sabiéndose valiosos y conociendo sus derechos. Los adultos somos
quienes tenemos la responsabilidad de cuidar, proteger y guiar a los
más indefensos del grupo, los niños. Ejercer esa autoridad implica
tomar decisiones, marcar rumbos y trasmitirles los valores y nuestra
cultura en un sentido amplio.
Herramientas Para La Crianza UNICEF
Fuente Unicef Uruguay: http://www.tratobien.org/familias.html
1 jul 2018
Uruguay convierte en sitio de memoria un centro de detención
Hace 45 años, iniciaba en Uruguay la dictadura cívico-militar que sumió al país en una de las épocas más oscuras de su historia reciente. Con motivo de la fecha, se inauguró un memorial en uno de los centros clandestinos ubicado en pleno Montevideo. Sputnik habló con Elba Rama, una de las mujeres que permanecieron desaparecidas en ese lugar.
Si bien existen varios monumentos y placas en recuerdo a las víctimas del terrorismo de Estado en todo el país, este nuevo punto se trata del primer 'sitio de la memoria', y está ubicado en el edificio donde operaba el Servicio de Información de la Defensa (SID) durante la dictadura uruguaya (1973-1985).
"La inauguración de este sitio de memoria en Uruguay es fundamental para nosotros. Tiene una particularidad, y es que a pesar de haber sido un centro clandestino de detención hoy alberga a la Institución Nacional de Derechos Humanos, la encargada de proteger los derechos de todos en nuestro país", dijo a Sputnik Elba Rama, una de las mujeres que permanecieron en el establecimiento clandestino.
Como Rama, permanecieron detenidos de manera irregular al menos 24 personas, en su mayoría militantes de grupos de izquierda secuestrados en el marco del Plan Cóndor, la coordinación represiva de las dictaduras militares de países de América del Sur en las décadas de 1970 y 1980.
Entre ellos, María Claudia García Iruretagoyena, nuera del célebre poeta argentino Juan Gelman, secuestrada en 1976 junto a su esposo Marcelo —ambos argentinos— en Buenos Aires y trasladada clandestinamente en un vuelo a Uruguay. En ese país la mujer de 19 años dio a luz a su hija, Macarena.
La niña fue dada en adopción y vivió 23 años sin conocer su verdadera identidad. El paradero de María Claudia aún se desconoce, mientras que el Equipo Argentino de Antropología Forense logró identificar los restos de Marcelo Gelman en 1989.
Elba Rama indicó a Sputnik que el edificio de la exSID ha sufrido modificaciones desde el año 1976, cuando comenzó a operar como un centro de detención clandestino, hasta el día de hoy. Ya restablecida la democracia, en el edificio funcionaba un centro de formación dependiente del Ministerio de Defensa.
Para lograr "reconstruir la memoria" fue necesario un "gran esfuerzo" de "ubicar lugares, obtener documentación, pruebas gráficas, testimonios y fotos", comentó la víctima, quien destacó la importancia de Enrique Rodríguez Larreta, uno de los detenidos que al igual que ella pasó por la SID y por Automotores Orletti, otro centro clandestino ubicado en Buenos Aires.
Rodríguez Larreta fue quien indicó en 1977 que en el edificio de la SID en Montevideo funcionaba un centro de detención clandestino. También fue el primero que indicó que detrás de la fachada de lo que parecía ser un taller mecánico de barrio en la capital argentina operaba Orletti, uno de los lugares de tortura y asesinatos más cruentos del régimen militar en ese país (1976-1983).
Este periodista fue secuestrado en Buenos Aires mientras procuraba a su hijo, quien estuvo desaparecido. Ambos fueron detenidos en los centros clandestinos y liberados posteriormente en diciembre de 1976.
Enseguida, Rodríguez Larreta viajó a Buenos Aires y a partir de su conocimiento de esa ciudad y de los pocos indicios que retuvo de aquel período de secuestro, señaló a la finca del barrio de Floresta como el sitio donde ocurrían las vejaciones.
Para lograr "reconstruir la memoria" fue necesario un "gran esfuerzo" de "ubicar lugares, obtener documentación, pruebas gráficas, testimonios y fotos", comentó la víctima, quien destacó la importancia de Enrique Rodríguez Larreta, uno de los detenidos que al igual que ella pasó por la SID y por Automotores Orletti, otro centro clandestino ubicado en Buenos Aires.
Rodríguez Larreta fue quien indicó en 1977 que en el edificio de la SID en Montevideo funcionaba un centro de detención clandestino. También fue el primero que indicó que detrás de la fachada de lo que parecía ser un taller mecánico de barrio en la capital argentina operaba Orletti, uno de los lugares de tortura y asesinatos más cruentos del régimen militar en ese país (1976-1983).
Este periodista fue secuestrado en Buenos Aires mientras procuraba a su hijo, quien estuvo desaparecido. Ambos fueron detenidos en los centros clandestinos y liberados posteriormente en diciembre de 1976.
Enseguida, Rodríguez Larreta viajó a Buenos Aires y a partir de su conocimiento de esa ciudad y de los pocos indicios que retuvo de aquel período de secuestro, señaló a la finca del barrio de Floresta como el sitio donde ocurrían las vejaciones.
El testimonio y la denuncia de esta figura —hoy fallecida— fue esencial "para que los militares uruguayos no lograran su objetivo de que se mantuviera la ayuda económica de EEUU", recordó Elba Rama. Las cúpulas castrenses pensaban "utilizar" a los secuestrados "para justificar que Uruguay seguía en riesgo, que era necesario el estado de guerra y apoyos económicos".
El sitio de la memoria estará abierto al público en general los días lunes y miércoles, pero también acogerá visitas especiales para estudiantes. En el recorrido, se pueden encontrar testimonios, información de contexto de los hechos que se narran. También, obras plásticas y fotográficas, así como recortes de prensa de la época.
Fuente Mundo: https://mundo.sputniknews.com/sociedad/201806281079952710-uruguay-sitio-memoria/
El sitio de la memoria estará abierto al público en general los días lunes y miércoles, pero también acogerá visitas especiales para estudiantes. En el recorrido, se pueden encontrar testimonios, información de contexto de los hechos que se narran. También, obras plásticas y fotográficas, así como recortes de prensa de la época.
Fuente Mundo: https://mundo.sputniknews.com/sociedad/201806281079952710-uruguay-sitio-memoria/
10 oct 2017
CIDH saluda la aprobación del proyecto de ley que tipifica el femicidio en Uruguay

De acuerdo a la información recibida, el 12 de septiembre de 2017, la
Cámara de Diputados de Uruguay aprobó por mayoría el proyecto de ley
sobre Actos de Discriminación y Femicidio, modificando el artículo 312
del Código Penal. Esta modificación tipifica la figura de femicidio como
una circunstancia agravante muy especial del homicidio cuando sea
cometido hacia una mujer por motivos de odio o menosprecio en razón de
su género.
Con esta modificación se podrá considerar que existen motivos de odio contra la
mujer cuando a su muerte hubieran precedido incidentes de violencia;
cuando la víctima se hubiera negado a establecer o a reanudar con el
autor del homicidio una relación de pareja; o si el homicidio se hubiera
cometido en presencia de niños, niñas y adolescentes con algún vínculo
de parentesco con el autor o con la víctima. El femicidio como agravante
propone sanciones de entre 15 y 30 años de prisión, frente a la pena
máxima de 12 años prevista en caso de homicidio simple.
“La adopción de este tipo de medidas es una de las múltiples formas de
las que disponen los Estados para promover el derecho de las mujeres a
vivir una vida libre de violencia y para combatir la alarmante situación
de impunidad”, dijo el Comisionado Francisco Eguiguren, Relator de la
CIDH para Uruguay.
“Los asesinatos de mujeres no son un problema aislado, son
sintomáticos de un patrón que afecta a toda la región”, dijo la
Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora de la CIDH sobre los
Derechos de las Mujeres. “Existen aún múltiples factores estructurales
que promueven la repetición de asesinatos contra las mujeres, como el
machismo, el patriarcalismo, y los estereotipos sexistas. La
tipificación del femicidio contribuye a visibilizar esta situación y
representa un avance positivo en los esfuerzos del Estado uruguayo por
desarrollar una legislación encaminada a prevenir, sancionar, y
erradicar la violencia contra las mujeres”, añadió.
Actualmente
Uruguay ocupa el quinto lugar - entre 23 países de América Latina y el
Caribe - en cuanto a la cifra de mujeres asesinadas por su pareja o
expareja, según los datos de la Comisión Económica para América Latina y
el Caribe (CEPAL). Otros 16 países de la región han incorporado la
figura del femicidio a sus legislaciones, ya sea tipificándola como
crimen o como agravante, convirtiendo a Uruguay en el 17º país de
América en hacerlo. Esta tendencia constituye un fuerte mensaje social
de que la violencia contra las mujeres no será tolerada y será
sancionada cuando ocurra.
“El asesinato de una mujer por el hecho
de ser mujer representa la forma más grave y extrema de discriminación y
de violencia de género. La tipificación del femicidio responde a la
necesidad de equilibrar la desigualdad estructural que existe entre
hombres y mujeres ante la prevalencia de la violencia motivada por
razones de género”, explicó la Comisionada Margarette May Macaulay.
La Comisión reconoce al Estado de Uruguay por los avances
realizados en materia de promoción de los derechos de las mujeres.
Asimismo, invita al Estado a continuar sus esfuerzos en la adopción de
leyes integrales relativas a la violencia contra las mujeres y a
promover la modificación de normas que pudieran ser discriminatorias
contra las mujeres, en especial en lo relativo al Código Penal, en
conformidad con los estándares interamericanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de
los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa
de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de
la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros
independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a
título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
28 sept 2017
CIDH: Calendario de Audiencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
21 ago 2017
Uruguay. Documentos de espionaje militar en democracia

(se respeta el nombre original de lo documentos con el cual fueron obtenidos)
rollo 149 c Partes de Informaciones del Dpto. III de la D.G.I.D. – marzo 1987 (1 mb)
rollo 149 partes informes Dpto III DGID 1987 (1 mb)rollo 150 informantes abril mayo 1987 (10 mb)
rollo 152 Dpto III DGID informantes junio 1987 (5 mb)
rollo 153 r partes de informes del Dpto III (ReI) D.G.I.D. desde el Nº 161 al 223 del mes de junio (7 mb)
rollo 154 informantes Dpto III DGID (ReI) Nº 161 al 223 junio 1987 (4 mb)
rollo 154 r documentacion e informes de los informantes Dpto III (ReI) D.G.I.D. en el mes de julio (5 mb)
rollo 155 partes de informes del Dpto III (ReI) D.G.I.D. de julio 1987 desde el 224 al 296 (6 mb)
rollo 779 Informantes ´87 (3 mb)
rollo 783 – informantes febrero de 87 (3 mb)
rollo 854 – informantes de abril a octubre de 1988 (15 mb)
rollo 858 Documentos e informes proporcionados por los informantes DPTO III marzo octubre 1988 (30 mb)
rollo 861 Documentos e informes proporcionados por los informantes DPTO III D.G.I.D. abril mayo (18 mb)
rollo 902 (82 mb)
rollo 1020 DGID informantes DptoIII (44 mb)
rollo 1060 informantes marzo y set 1991 (33 mb)
rollo 1077 DPTO III DGDI (5 mb)
rollo 1178 informes proporcionados por informantes de III D.G.I.D. 2 semestre de 1991 (19 mb)
rollo 1278 informantes durante el año 1993 (18 mb)
rollo 1326 informantes desde marzo a diciembre de 1993 (9 mb)
rollo 1712 Documentos del Archivo B.X.X correspondientes al año 1997 con R.E. 007 al 5.280 (138 mb)
rollo 1713 Documentos del Archivo B.X.X correspondientes al año 1997 con R.E. 5.281 al 14.734 (77 mb)
rollo 1848 Documentos del Archivo B.XX correspondientes al año 1999 (98 mb)
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