El Comité Europeo para la prevención de la Tortura, publicó una declaración de principios sobre el actual escenario de COVID-19 y el resguardo de los derechos de las personas privadas de libertad.
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22 mar 2020
18 dic 2019
UNICEF Uruguay: Guía de monitoreo al sistema de protección de tiempo completo de niños, niñas y adolescentes
El Comité de los
Derechos del Niño y otros órganos dedicados al monitoreo de los derechos de
niños, niñas y adolescentes han subrayado en reiteradas ocasiones la necesidad de
avanzar en la generación de nuevas modalidades de protección para garantizar el
derecho a vivir en familia de aquellos que han sido temporalmente privados del
cuidado parental.
El Código de la
Niñez y la Adolescencia vigente en Uruguay establece que la internación debe
entenderse como el último recurso para la protección de los niños, niñas y
adolescentes en dichas condiciones. La evidencia indica que quienes se
encuentran a cargo del Estado, especialmente en instituciones, suelen estar
expuestos a situaciones de vulnerabilidad y se dificulta el ejercicio integral
de sus derechos. Por otra parte, la etapa del desarrollo en que se encuentren
las niñas, niños y adolescentes, su edad, el grado de madurez, el género, si
poseen alguna discapacidad física o mental, su situación familiar y los traumas
vividos, entre otros factores, pueden acrecentar la vulnerabilidad y la
discriminación en la situación de institucionalización.
Los niños, niñas o
adolescentes no ingresan o egresan de las instituciones por voluntad propia. En
este sentido puede entenderse, como señala el Protocolo Facultativo de la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (opcat),
de las Naciones Unidas, que esta situación constituye un “contexto de
encierro”. Su artículo 4 establece:
[…] por privación
de libertad se entiende cualquier forma de detención o encarcelamiento o de
custodia de una persona por orden de una autoridad judicial o administrativa o
de otra autoridad pública, en una institución pública o privada de la cual no
pueda salir libremente. (APT-IIDH, 2010)
En consecuencia, es
relevante contar con un sistema de monitoreo independiente, que contribuya a
propiciar las condiciones para la protección integral de los derechos de los niños,
niñas y adolescentes que están al cuidado del Estado, incluyendo su derecho a
vivir en familia. El monitoreo debe contribuir a proteger a los niños, niñas y
adolescentes internados, a prevenir y reparar las vulneraciones de sus
derechos.
La guía que se
presenta a continuación busca aportar orientaciones para la planificación e
implementación de un monitoreo a las instituciones de protección de niños,
niñas y adolescentes, en el marco de la normativa nacional e internacional y de
las funciones de los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP) u otros abocados al
monitoreo de los derechos humanos. Se hace hincapié en las estrategias y la
metodología, y se brindan los enfoques y las herramientas que orientan la
mirada sobre los sistemas de protección.
Su elaboración se
nutre de la experiencia llevada a cabo por el Mecanismo Nacional de Prevención
de la Tortura de la Institución Nacional de Derechos Humanos de Uruguay (MNP-INDDHH),
así como de las orientaciones y los aprendizajes de UNICEF y otros organismos
vinculados a la temática en otros países. Esta guía se realizó en el marco del
convenio entre UNICEF Uruguay y Defensa de Niñas y Niños Internacional (DNI),
ONG especializada en justicia penal juvenil.
El documento
comienza con una presentación de los objetivos de la guía, a quién está dirigida,
y continúa con el marco normativo que impulsa el monitoreo del sistema de
protección. El capítulo 4 presenta los objetivos del monitoreo, realiza un
acercamiento al sistema y detalla los criterios transversales y principios
orientadores para el desarrollo de esta tarea. El capítulo 5 despliega la metodología,
las etapas del proceso de monitoreo y las principales áreas y dimensiones a
considerar. Finalmente se incluyen los instrumentos para monitorear el sistema
de protección.
Fuente UNICEF Uruguay
y DNI Uruguay.
Guia de Monitoreo_web[7058] by Anonymous 4yA7DsPrD on Scribd
26 may 2019
APT: Hacia la efectiva protección de las personas lgbti privadas de libertad

Históricamente sujetas a la discriminación y el abuso en todas las regiones del mundo, las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) están particularmente expuestas al riesgo de ser maltratadas e incluso torturadas en contextos de encierro. Frente a la falta de directrices diseñadas para ayudar a los órganos de monitoreo en particular, esta guía busca reducir dicha brecha y ofrecer orientaciones prácticas, en particular sobre aspectos específicos de la metodología de monitoreo.
Además, el manual provee orientación sobre la situación de las personas LGBTI en lugares específicos de privación de la libertad, específicamente en prisiones, estaciones de policía, e instalaciones de detención migratoria. Si bien la guía ha sido diseñada principalmente para integrantes de órganos de monitoreo, también está dirigida a autoridades, personas encargadas de formular políticas públicas, centros de capacitación, academia y organizaciones de la sociedad civil. Fruto de años de investigación, esta publicación ha beneficiado de la valiosa experiencia y pericia de numerosas expertas de diversas regiones y perfiles.
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Además, el manual provee orientación sobre la situación de las personas LGBTI en lugares específicos de privación de la libertad, específicamente en prisiones, estaciones de policía, e instalaciones de detención migratoria. Si bien la guía ha sido diseñada principalmente para integrantes de órganos de monitoreo, también está dirigida a autoridades, personas encargadas de formular políticas públicas, centros de capacitación, academia y organizaciones de la sociedad civil. Fruto de años de investigación, esta publicación ha beneficiado de la valiosa experiencia y pericia de numerosas expertas de diversas regiones y perfiles.
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Fuente Asociación para la Prevención de la Tortura APT: https://www.apt.ch/
7 may 2019
CIDH saluda pasos adoptados para implementar Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Chile
Washington D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebra los pasos adoptados por el Estado de Chile para implementar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes. Asimismo, llama al Estado a continuar con la adopción de las medidas necesarias que permitan concluir este proceso de implementación, tales como la modificación de estatutos para el funcionamiento y procesos de toma de decisión del Mecanismo, y la designación de sus integrantes, quienes tendrán la calidad de expertos independientes.
Según información de público conocimiento, el 25 de abril de 2019 se publicó la Ley No. 21.154, que designa al Instituto Nacional de Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. De acuerdo con la normativa en referencia, entre las funciones que dicha entidad realizará, se encuentran el examen periódico de las condiciones de detención de las personas privadas de libertad, visitas periódicas y no programadas a los centros de privación de libertad, solicitudes de información para el ejercicio de su mandato, emisión de recomendaciones a las autoridades respectivas, y propuestas reglamentarias en materia de tortura y malos tratos. De igual forma, la CIDH destaca que este Mecanismo Nacional tendrá la atribución de reunirse con las personas privadas de su libertad en condiciones que garanticen la confidencialidad de sus testimonios, sin supervisión del personal respectivo, y en caso de ser necesario, contará con la asistencia de un intérprete o facilitador intercultural.
En este contexto, la CIDH reitera que los centros de privación de la libertad deben ser espacios sujetos a constante monitoreo y fiscalización independientes. La forma en que se trata a las personas privadas de libertad debe estar sujeta al escrutinio más estricto, tomando en cuenta la situación especial de riesgo que enfrentan en el contexto de privación de libertad. En particular, la Comisión ha sostenido que los mecanismos de monitoreo creados en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas –en este caso, ratificado por Chile el 12 de diciembre de 2008– resultan especialmente importantes para garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, en particular de su integridad física y psicológica, así como para cumplir con las obligaciones internacionales de Chile en materia de derechos humanos.
La Presidenta de la CIDH, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, señaló: "Además de visibilizar las condiciones en que se encuentran las personas bajo la custodia del Estado, el mandato del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura permitirá prevenir la comisión de tortura y otros malos tratos".
Por su parte, el comisionado Joel Hernández, Relator para los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y para la Prevención y Combate contra la Tortura, dijo: “Las medidas adoptadas por el Estado chileno para poner en funcionamiento un mecanismo que realice visitas y monitoreo independientes en centros de detención, constituye un avance esencial para proteger los derechos de las personas que se encuentran en recintos penitenciarios y también en otros tipos de centros privación de libertad, tales como instituciones psiquiátricas y albergues".
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
11 ene 2019
México: Retos en la implementación de las nuevas leyes generales para prevenir y combatir la tortura y desaparición
México: "Retos en la implementación de las nuevas leyes generales para prevenir y combatir la tortura y desaparición".
Análisis de necesidades presupuestales.
Jaime López Arnda, Alejandro Hope y Elsy Alcalá.
Fondos de USAID, EnfoqueDH y Fundación GEA.
Análisis de necesidades presupuestales.
Jaime López Arnda, Alejandro Hope y Elsy Alcalá.
Fondos de USAID, EnfoqueDH y Fundación GEA.
Mexico Retos Implementación... by on Scribd
Fuente Fundación GEA: https://www.cuantoparaencontrarlos.org/
21 dic 2018
APT: "Hacia la efectiva protección de las personas LGBTI privadas de libertad"

La Asociación para la Prevención de la Tortura (APT) ha emitido un nuevo informe "Hacia la efectiva protección de las personas LGBTI privadas de libertad".
Fuente APT : https://apt.ch/
9 dic 2018
Perú examinado por el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas
El Comité ONU contra la tortura (CAT), por sus siglas en inglés se reunió en Ginebra el 12 de noviembre al 7 de diciembre de 2018 para examinar a los siguientes países: Canadá, Guatemala, Maldivas, Países Bajos, Perú y Vietnam.
Dichos países se encuentran entre los 165 Estados que han ratificado la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, por lo que deben someterse a revisiones periódicas sobre implementación de la Convención y las recomendaciones anteriores del Comité.
Adjuntamos el informe del Comité contra la Tortura con las observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Perú y las sesiones públicas.
Dichos países se encuentran entre los 165 Estados que han ratificado la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, por lo que deben someterse a revisiones periódicas sobre implementación de la Convención y las recomendaciones anteriores del Comité.
Adjuntamos el informe del Comité contra la Tortura con las observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Perú y las sesiones públicas.
CAT g 1834034 by Summary record
Fuente CAT de la ONU: https://www.ohchr.org/sp/hrbodies/cat/pages/catindex.aspx
8 jul 2018
"Te recordamos, Víctor Jara", por Ronald Gamarra
"La sentencia que acabn de emitir condenan a prisión a nueve militares, cuyas edades oscilan entre los 70 y los 90 años".
El 13 de julio de esta misma semana, 45 años después de su infame tortura y asesinato, el Poder Judicial de Chile dio a conocer una sentencia contundente contra los asesinos directos del recordado compositor y cantante Víctor Jara, artista extraordinariamente querido en su país y en el mundo entero, cuyas canciones conmovieron nuestra adolescencia y se siguen escuchando aún hoy con emoción.
Artículo de opinión de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus Trece el viernes 06 de julio de 2018.
Notas relacionadas: "Chile, condenaron a nueve militares por la muerte del cantautor Víctor Jara".
27 jun 2018
CIDH: El Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura”
Declaración conjunta
El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura, el Fondo Voluntario de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura,
junto con
el Comité para la Prevención de la Tortura en África, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes,
hacen un llamado a la acción en "El Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura".
"Setenta años después, la tortura sigue estando muy extendida: se requieren más acciones para lograr un mundo libre de torturas para todas las personas".
Hace siete décadas, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer texto internacional que prhohibía la tortura en términos absolutos. Su artículo 5, aprobado por unanimidad, dice de forma inequívoca que "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes".
Desde entonces, con la movilización del movimiento de derechos humanos, la comunidad internacional ha hecho progresos notables hacia la erradicación de la tortura. La prohibición de la tortura y otros malos tratos se ha integrado en una extensa red de tratados de derechos humanos internacionales y regionales. Desde entonces, la prohibición de la tortura se ha elevado al nivel de jus cogens: se reconoce que es tan fundamental que deja sin efecto cualquier tratado o norma del derecho consuetudinario.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, que la Asamblea General adoptó en 1984 y que han ratificado hasta la fecha 163 Estados, es el instrumento más completo del derecho internacional que prohíbe la tortura en cualquier circunstancia. Los principios que contiene siguen siendo muy pertinentes hoy en día: la tortura es un delito. Nunca está permitida ni justificada, ni siquiera en casos de emergencia, inestabilidad política, amenaza de guerra o incluso estado de guerra. Los Estados tienen la obligación de tomar medidas eficaces para prevenir los actos de tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción. Quienes cometan actos de tortura serán llevados a juicio, en cualquier lugar. Además, las víctimas de torturas tienen derecho a rehabilitación y compensación.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, que la Asamblea General adoptó en 1984 y que han ratificado hasta la fecha 163 Estados, es el instrumento más completo del derecho internacional que prohíbe la tortura en cualquier circunstancia. Los principios que contiene siguen siendo muy pertinentes hoy en día: la tortura es un delito. Nunca está permitida ni justificada, ni siquiera en casos de emergencia, inestabilidad política, amenaza de guerra o incluso estado de guerra. Los Estados tienen la obligación de tomar medidas eficaces para prevenir los actos de tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción. Quienes cometan actos de tortura serán llevados a juicio, en cualquier lugar. Además, las víctimas de torturas tienen derecho a rehabilitación y compensación.
En los últimos 70 años, el uso de la tortura se ha penalizado en numerosas legislaciones nacionales, y la responsabilidad por actos de tortura se ha incorporado a muchos códigos penales. Hemos avanzado mucho en la aceptación de la jurisdicción universal en relación con los actos de tortura, más allá de quién los cometa y dónde. Se ha ampliado la definición de la tortura mediante jurisprudencia, para subir el umbral de protección en el derecho nacional e internacional. Para prevenir la tortura y otros malos tratos, se ha establecido un sistema de visitas periódicas por parte de mecanismo independientes (nacionales e internacionales) a lugares en los que hay personas privadas de libertad. También se ha creado mecanismos preventivos a nivel regional.
Sin embargo, el cumplimiento de esas promesas no ha llegado a todas las personas. La tortura sigue existiendo, y el hecho de que haya tantas víctimas sobrevivientes de torturas (muchas de ellas sin reconocimiento ni apoyo) supone un testimonio dramático de la persistencia de la tortura en todo el mundo. Sigue habiendo mucha impunidad. En muchos países, la justicia aún admite lo que algunos consideran "pruebas" obtenidas bajo tortura. Cada vez se aceptan más las prácticas de tortura "en ciertas circunstancias", especialmente en el contexto de la lucha antiterrorista. Y demasiadas personas defensoras de los derechos humanos deben hacer frente a amenazas y represalias en su vida cotidiana por combatir la impunidad y por la noble labor que realizan en apoyo de las víctimas.
Hoy, con motivo del Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, todos los mecanismos contra la tortura de Naciones Unidas y los mecanismos regionales de África y las Ámericas se unen para reiterar que la tortura nunca está justificada, ni siquiera como último recurso. Instan con una sola voz a que los actos de tortura se juzguen con eficacia y a que se tomen más medidas para prevenir que esos actos se repitan.
Hoy, los abajo firmantes expresan su solidaridad con los miles de víctimas de torturas y con las familias de esas personas y recuerdan que, según el derecho internacional, esas víctimas tienen un derecho exigible a recursos eficaces, que incluyen la compensación y la rehabilitación.
Los firmantes conmemoran la promesa inequívoca de prosperidad colectiva consagrada hace 70 años en la Declaración Universal de Derechos Humanos, pero también instan a todos los Estados a renovar sus esfuerzos por hacer realidad esa promesa: un mundo libre de torturas para todas las personas.
25 may 2018
ONU: Argentina viola la Convención contra la Tortura en las prisiones
El Relator Especial de la ONU sobra la Tortura señala en una declaración que Argentina "ha recorrido un largo camino en el abordaje de su pasado" y destaca que "desde el juicio de las Juntas en 1985, hasta los veredictos en la causa de "los vuelos de la muerte" el año pasado, la sociedad argentina ha ganado muchas batallas contra la impunidad, y con coraje ha defendido la democracia, la rendición de cuentas y la dignidad humana.
No obstante, Nils Melzer asegura que aún queda muchos por hacer a fin de evitar la impunidad de los crímenes cometidos durante la última dictadura, con el fin de asegurar verdad, justicia y reparación para las víctimas y sus familias.
Más allá del pasado
"Sin embargo, a la sombra de estos logros ejemplares, sobreviven algunos remanentes estructurales, culturales e institucionales del pasado, que aún se encuentran enquistados en los sistemas penitenciarios y de seguridad del país", expresa Melzer.
El relator señala que a lo largo y ancho del país parece haber un endurecimiento de la política penal, en respuesta a las inquietudes populares en relación con el delito violento y la seguridad pública, lo que produce un incremento en los niveles de reclusión y un deterioro dramático de las condiciones de detención.
"Aun cuando aprecio genuinamente el sistema sofisticado de salvaguardas y mecanismos existentes para prevenir la tortura, asegurar condiciones adecuadas de detención y la dedicación personal de innumerables funcionarios/as en todos los niveles, la realidad es que dichas salvaguardas no han sido suficientemente traducidas en resultados prácticos", añade el relator.
Sobre población de los centros penitenciarios
Al Parlamento: Brindar los fundamentos legales para permitir el alivio de la presión que se ejerce sobre el sistema de detención.
No obstante, Nils Melzer asegura que aún queda muchos por hacer a fin de evitar la impunidad de los crímenes cometidos durante la última dictadura, con el fin de asegurar verdad, justicia y reparación para las víctimas y sus familias.
Más allá del pasado
"Sin embargo, a la sombra de estos logros ejemplares, sobreviven algunos remanentes estructurales, culturales e institucionales del pasado, que aún se encuentran enquistados en los sistemas penitenciarios y de seguridad del país", expresa Melzer.
El relator señala que a lo largo y ancho del país parece haber un endurecimiento de la política penal, en respuesta a las inquietudes populares en relación con el delito violento y la seguridad pública, lo que produce un incremento en los niveles de reclusión y un deterioro dramático de las condiciones de detención.
"Aun cuando aprecio genuinamente el sistema sofisticado de salvaguardas y mecanismos existentes para prevenir la tortura, asegurar condiciones adecuadas de detención y la dedicación personal de innumerables funcionarios/as en todos los niveles, la realidad es que dichas salvaguardas no han sido suficientemente traducidas en resultados prácticos", añade el relator.
Sobre población de los centros penitenciarios
Las cárceles y comisarías de Argentina se encuentran crónicamente sobrepobladas, y las condiciones en varios lugares de detención son claramente incompatibles con la dignidad humana.
"Aunque existen diferencias importantes entre las diversas instituciones, me sorprende realmente que, en algunos lugares, las personas privadas de libertad se encuentran encerradas en celdas infestadas con ratas y cucarachas. Una gran cantidad de reclusos disponen solamente de un metro cuadrado de espacio, algunos durmiendo sin colchones, en cemento o camas metálicas, otros no cuentan con acceso a luz artificial, con instalaciones eléctricas y sanitarias rotas, sin acceso a los baños durante la noche, y en casos extremos, sin acceso a la luz del sol durante períodos de hasta seis meses", observa el experto.
Además, en varios lugares, las personas detenidas se ven privadas de nutricción, higiene y salud adecuada o reportan haber estado expuestas a violencia o corrupción por parte de otros reclusos y agentes penitenciarios.
Adolescentes y enfermos
El relator también expresó su preocupación ante el hecho de que adolescentes privados de libertad residen en condiciones de seguridad excesivamente duras. Por otro lado, algunos pacientes psiquiátricos están institucionalizados en condiciones completamente inaceptables.
Mi opinión ponderada es que al permitir que esta situación surja, continué y se exacerbe, a pesar de los reiterados pedidos por parte de la sociedad civil y los mecanismos internacionales, la Argentina ha pasado a ser responsable de una generalizada y persistente violación de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes".
"Aunque existen diferencias importantes entre las diversas instituciones, me sorprende realmente que, en algunos lugares, las personas privadas de libertad se encuentran encerradas en celdas infestadas con ratas y cucarachas. Una gran cantidad de reclusos disponen solamente de un metro cuadrado de espacio, algunos durmiendo sin colchones, en cemento o camas metálicas, otros no cuentan con acceso a luz artificial, con instalaciones eléctricas y sanitarias rotas, sin acceso a los baños durante la noche, y en casos extremos, sin acceso a la luz del sol durante períodos de hasta seis meses", observa el experto.
Además, en varios lugares, las personas detenidas se ven privadas de nutricción, higiene y salud adecuada o reportan haber estado expuestas a violencia o corrupción por parte de otros reclusos y agentes penitenciarios.
Adolescentes y enfermos
El relator también expresó su preocupación ante el hecho de que adolescentes privados de libertad residen en condiciones de seguridad excesivamente duras. Por otro lado, algunos pacientes psiquiátricos están institucionalizados en condiciones completamente inaceptables.
Mi opinión ponderada es que al permitir que esta situación surja, continué y se exacerbe, a pesar de los reiterados pedidos por parte de la sociedad civil y los mecanismos internacionales, la Argentina ha pasado a ser responsable de una generalizada y persistente violación de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes".
Melzer sostiene que “no existe justificación alguna, sea económica, política, legal o de otra índole, para exponer a seres humanos a condiciones tan intolerables”.
El experto señala que también ha recibido numerosas denuncias sobre el uso excesivo de la fuerza durante las manifestaciones, y sobre acoso, corrupción y violencia policial arbitraria durante las requisas, los desalojos y los arrestos.
"Algunas víctimas alegaron haber recibido tiros, cachetazos, patadas, amenazas con armas de fuego y haber sido sofocadas con bolsas plásticas", afirma.
"Estos abusos parecen estar dirigidos principalmente a los sectores marginados de la sociedad como, por ejemplo, los habitantes de los barrios más carenciados, migrantes afrodescendientes, pueblos indígenas y minorías sexuales, entre otros", agrega.
Violencia sin investigar
Esta violencia institucional no parece ser efectivamente investigada en la práctica, de acuerdo con el relator que insta urgentemente a las autoridades argentinas, en todos sus niveles y poderes, a comprometer los recursos necesarios para mejorar las concidiones de detención en el país.
Medidas urgentes
El experto señala que también ha recibido numerosas denuncias sobre el uso excesivo de la fuerza durante las manifestaciones, y sobre acoso, corrupción y violencia policial arbitraria durante las requisas, los desalojos y los arrestos.
"Algunas víctimas alegaron haber recibido tiros, cachetazos, patadas, amenazas con armas de fuego y haber sido sofocadas con bolsas plásticas", afirma.
"Estos abusos parecen estar dirigidos principalmente a los sectores marginados de la sociedad como, por ejemplo, los habitantes de los barrios más carenciados, migrantes afrodescendientes, pueblos indígenas y minorías sexuales, entre otros", agrega.
Violencia sin investigar
Esta violencia institucional no parece ser efectivamente investigada en la práctica, de acuerdo con el relator que insta urgentemente a las autoridades argentinas, en todos sus niveles y poderes, a comprometer los recursos necesarios para mejorar las concidiones de detención en el país.
Medidas urgentes
El relator insta a las autoridades del país a tomar una serie de medidas urgentes:
A los jueces:
- Evitar todo ingreso innecesario de internos en el sistema de detención existente
- Facilitar su liberación o la aplicación de medidas alternativas para cualquier recluso cuya detención no sea imprescindible
Al Ejecutivo: Prevenir y sancionar todo acto de corrupción, extorsión o maltrato por parte de los agentes penitenciarios o las fuerzas de seguridad.
"En las últimas tres décadas, se ha comprobado en repetidas ocasiones que la sociedad argentina ha sido capaz de expresarse contra la violencia, la tortura y el abuso. Hoy insto al pueblo argentino a honrar esa promesa en nombre de la humanidad".
"En marzo de 2019, el relator especial presentará ante el Consejo de Derechos Humanos, un informe sobre el país con sus observaciones y recomendaciones.
"En marzo de 2019, el relator especial presentará ante el Consejo de Derechos Humanos, un informe sobre el país con sus observaciones y recomendaciones.
El Consejo de Derechos Humanos nombra a los relatores especiales de la ONU y expertos independientes para examinar e informar sobre un tema específico de derechos humanos o una situación en el país. Los puestos son honorarios.
Fuente ONU Noticias: https://news.un.org/es/story/2018/04/1431862
Fuente ONU Noticias: https://news.un.org/es/story/2018/04/1431862
11 abr 2018
CIDH celebra la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Argentina

De acuerdo con información oficial, el 28 de diciembre de 2017 se constituyó el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, que constituye un mecanismo de monitoreo respecto de lugares de detención donde se encuentran personas privadas de libertad, tales como recintos penitenciarios, comisarías, e instalaciones de fuerzas de seguridad. Al respecto, la CIDH insta al Estado argentino a adoptar las medidas necesarias para que el mecanismo establecido cuente con los recursos financieros suficientes y el apoyo institucional necesario para ejercer sus funciones de manera efectiva y con la autonomía e independencia que demandan la naturaleza de sus funciones.
La CIDH acoge con satisfacción la adopción de esta medida, que da cumplimiento a recomendaciones de diversos organismos internacionales de derechos humanos, tales como el COmité de Derechos Humanos de la ONU, el Comité Contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención de la Tortura, y la propia Comisión Interamericana. En particular, durante la visita de la Relatoría de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en septiembre de 2016, se recibieron diversas alegaciones por parte de entidades públicas autónomas y organizaciones de la sociedad civil respecto de supuestas prácticas de tortura y malos tratos en centros de detención argentinos. En este sentido, y considerando la falta de un mecanismo nacional, la Comisión llamó al Estado a adoptar las medidas necesarias para su implementación.
La Comisión reitera que los centros de privación de la libertad deben ser espacios a constante monitoreo y fiscalización independientes, La forma en que se trata a las personas detenidas debe estar sujeta al escrutinio más estricto, tomando en cuenta la especial situación de riesgo que enfrentan en el contexto de privación de libertad. En este sentido, la gestión penitenciaria en general debe regirse por criterios estrictos de transparencia, apertura y monitoreo independiente.
"Considerando las constantes denuncias de tortura o de malos tratos durante la detención que recibe la comisión en la región, el establecimiento
del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Argentina
representa una medida positiva para garantizar el derecho a la
integridad personal de las personas privadas de libertad, que debe ser
imitada por los Estados que no cuenten con uno”, señaló el Relator sobre
los Derechos de las Personas Privadas de libertad, Comisionado Joel
Hernández. “Tengo la convicción que mediante la evaluación constante,
efectiva e independiente de este mecanismo, se podrá evitar la comisión
de malos tratos o tortura contra personas que se encuentran bajo la
custodia estatal”, añadió.
"El establecimiento del Mecanismo es una buena noticia", dijo el Relator de la CIDH para Argentina, Luis Ernesto Vargas. "Vamos a dar seguimiento monitoreando su implementación y su efectividad", agregó.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
7 feb 2018
El País: "Rendirse no es una opción" declara Linda Loaiza víctima de secuestro, tortura y violación
Fui secuestrada, torturada y violada por un desconocido durante casi cuatro meses. Después de mi rescate, confié en que alcanzaría justicia. Sin embargo, no fue así.
En 2011, con 18 años, fui secuestrada por un desconocido durante casi cuatro meses. Me torturó, me golpeó con brutal ensañamiento y me violó de múltiples maneras, humillándome hasta lo indecible. Después de mi rescate, confié en que lograría justicia. Sin embargo, no solo prevaleció la ausencia de sensibilización y capacitación de los magistrados, jueces, fiscales, defensores públicos, policías, médicos forenses, encargados de proteger y garantizar mis derechos humanos, sino que, además, el sistema de justicia mostró un deliberado interés en proteger al agresor, por ser hijo de una importante figura pública en Venezuela.
En 2011, con 18 años, fui secuestrada por un desconocido durante casi cuatro meses. Me torturó, me golpeó con brutal ensañamiento y me violó de múltiples maneras, humillándome hasta lo indecible. Después de mi rescate, confié en que lograría justicia. Sin embargo, no solo prevaleció la ausencia de sensibilización y capacitación de los magistrados, jueces, fiscales, defensores públicos, policías, médicos forenses, encargados de proteger y garantizar mis derechos humanos, sino que, además, el sistema de justicia mostró un deliberado interés en proteger al agresor, por ser hijo de una importante figura pública en Venezuela.
Finalmente, después de librar una intensa lucha para realizar un juicio condenatorio, el sistema de justicia invisibilizó los actos de violencia sexual y tortura de los que fui objeto y al agresor solo le aplicaron una ínfima pena de seis años y un mes. Agotadas las instancias nacionales, acudí a las internacionales, hasta llegar a la Corte Interamericana, donde denuncié la actuación del sistema de justicia del Estado venezolano.
Mi historia es el primer caso hes el primer caso de violencia de género en Venezuela que llega al Tribunal Interamericano, y una condena contra el Estado venezolano sentaría jurisprudencia a favor de mujeres que han vivido experiencias similares, tanto dentro del país como a nivel regional. Una condena contra el Estado de Venezuela mostraría a las mujeres de América Latina que la lucha por erradicar los privilegios y vicios con los que los sistemas de justicia favorecen a los agresores y revictimizan a las víctimas pueden ser sancionados.

En el contexto de crisis que atraviesa ese país, esto resulta particularmente preocupante. Si bien se han dado avances legales dentro del país, que buscan abordar la violencia de género, impera una falta de información y transparencia sobre el número de víctimas de violencia de género y la efectividad de los procesos para tratar estos crímenes. Como consecuencia, miles de mujeres continúan viviendo en orfandad jurídica, la tragedia de ser víctimas de violencia, que en numerosos casos terminan en muertes.
Cuando en 2013 el Gobierno de Venezuela decidió salir de la Convención Americana, el sistema de derechos humanos interamericano, se cerró a las víctimas la oportunidad de acudir a la justicia internacional. Mi caso logró llegar a la Corte Interamericana antes de esta decisión. Gracias a esto y a la lucha tanto personal como de decenas de venezolanas que veían la Corte como una luz de esperanza, se celebrará este juicio en el mayor tribunal de derechos humanos del continente.
Más allá de Venezuela deseo que mi historia impulse a que diferentes países Latinoamericanos adopten medidas de prevención, investigación y sanción, para que las mujeres puedan reivindicar que se las trate con respeto y dignidad.
En todas las familias del mundo, y concretamente en las de América Latina, hay historias deplorables. En todas hay algo que duele y algo que recordar, pero también, siempre, hay algo por lo que luchar. Quiero que mi historia ayude a esas mujeres a quienes la vida ha intentado quebrantar y que, al escucharla, entiendan que hat que ser fuertes, tenaces, incansables. Rendirse no es una opción.
En todas las familias del mundo, y concretamente en las de América Latina, hay historias deplorables. En todas hay algo que duele y algo que recordar, pero también, siempre, hay algo por lo que luchar. Quiero que mi historia ayude a esas mujeres a quienes la vida ha intentado quebrantar y que, al escucharla, entiendan que hat que ser fuertes, tenaces, incansables. Rendirse no es una opción.
Linda Loaiza es una abogada defensora de derechos humanos. Ella y sus prepresentantes - El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Comité de Familiares de las Víctimas de Febrero y Marzo de 1988 (COFAVIC) y en instancias nacionales por el abogado Juan Bernanrdo Delgado - presentaron su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 6 de febrero, aquí el video de la Audiencia pública Caso López Soto vs. Venezuela:
Linda Loaiza López Soto.
Fuente El País - Blog Mujeres: https://elpais.com/elpais/2018/02/05/mujeres/1517862466_207091.amp.html?__twitter_impression=true
27 mar 2017
Protegiendo a los niños frente a la tortura en centros de detención

Fuente American University: http://antitorture.org/
9 feb 2017
APT: El Monitoreo de las Instituciones Psiquiátricas
La Asociación para la Prevención de la Tortura - (APT) lanzó informe sobre la prevención de abusos en instituciones psquiátricas. Las personas con discapacidad mental que se encuentran privadas de libertad en instituciones psquiátricas, suelen encontrarse en situaciones particularmente vulnerables. Están expuestas a un alto riesgo de abusos. El simposio Jean-Jacques Gautier se centró en el monitoreo de éstas instituciones.
"Monitoring Psychiatric Institutions" (APT, versión en inglés).
Fuente APT: http://www.apt.ch/content/files_res/report-jjg-symposium-2016-es.pdf
Fuente APT: http://www.apt.ch/content/files_res/report-jjg-symposium-2016-es.pdf
6 oct 2016
Sala Penal Nacional emitió sentencia en Caso Gerson Falla

Expediente N° 00501-2011-13-5001-JR-PE-01
"Los miembros de la Sala Penal Nacional, falló: condenando a Alfredo Huaman Alvarez como autor del delito de tortura agravada por resultado de lesiones graves (con consecuente muerte) en agravio de Gerson Alexis Falla Marreros; sancionando e imponiendo 10 años de pena privativa de la libertad (vencerá el 8 de febrero de 2025)".
Foto El Comercio.
Fuente Poder Judicial.
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