Washington D.C. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la
tipificación del crimen de femicidio en Uruguay. La CIDH considera que
esta decisión es un paso positivo para prevenir, sancionar y erradicar
la violencia contra las mujeres en Uruguay.
De acuerdo a la información recibida, el 12 de septiembre de 2017, la
Cámara de Diputados de Uruguay aprobó por mayoría el proyecto de ley
sobre Actos de Discriminación y Femicidio, modificando el artículo 312
del Código Penal. Esta modificación tipifica la figura de femicidio como
una circunstancia agravante muy especial del homicidio cuando sea
cometido hacia una mujer por motivos de odio o menosprecio en razón de
su género.
Con esta modificación se podrá considerar que existen motivos de odio contra la
mujer cuando a su muerte hubieran precedido incidentes de violencia;
cuando la víctima se hubiera negado a establecer o a reanudar con el
autor del homicidio una relación de pareja; o si el homicidio se hubiera
cometido en presencia de niños, niñas y adolescentes con algún vínculo
de parentesco con el autor o con la víctima. El femicidio como agravante
propone sanciones de entre 15 y 30 años de prisión, frente a la pena
máxima de 12 años prevista en caso de homicidio simple.
“La adopción de este tipo de medidas es una de las múltiples formas de
las que disponen los Estados para promover el derecho de las mujeres a
vivir una vida libre de violencia y para combatir la alarmante situación
de impunidad”, dijo el Comisionado Francisco Eguiguren, Relator de la
CIDH para Uruguay.
“Los asesinatos de mujeres no son un problema aislado, son
sintomáticos de un patrón que afecta a toda la región”, dijo la
Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora de la CIDH sobre los
Derechos de las Mujeres. “Existen aún múltiples factores estructurales
que promueven la repetición de asesinatos contra las mujeres, como el
machismo, el patriarcalismo, y los estereotipos sexistas. La
tipificación del femicidio contribuye a visibilizar esta situación y
representa un avance positivo en los esfuerzos del Estado uruguayo por
desarrollar una legislación encaminada a prevenir, sancionar, y
erradicar la violencia contra las mujeres”, añadió.
Actualmente
Uruguay ocupa el quinto lugar - entre 23 países de América Latina y el
Caribe - en cuanto a la cifra de mujeres asesinadas por su pareja o
expareja, según los datos de la Comisión Económica para América Latina y
el Caribe (CEPAL). Otros 16 países de la región han incorporado la
figura del femicidio a sus legislaciones, ya sea tipificándola como
crimen o como agravante, convirtiendo a Uruguay en el 17º país de
América en hacerlo. Esta tendencia constituye un fuerte mensaje social
de que la violencia contra las mujeres no será tolerada y será
sancionada cuando ocurra.
“El asesinato de una mujer por el hecho
de ser mujer representa la forma más grave y extrema de discriminación y
de violencia de género. La tipificación del femicidio responde a la
necesidad de equilibrar la desigualdad estructural que existe entre
hombres y mujeres ante la prevalencia de la violencia motivada por
razones de género”, explicó la Comisionada Margarette May Macaulay.
La Comisión reconoce al Estado de Uruguay por los avances
realizados en materia de promoción de los derechos de las mujeres.
Asimismo, invita al Estado a continuar sus esfuerzos en la adopción de
leyes integrales relativas a la violencia contra las mujeres y a
promover la modificación de normas que pudieran ser discriminatorias
contra las mujeres, en especial en lo relativo al Código Penal, en
conformidad con los estándares interamericanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de
los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa
de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de
la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros
independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a
título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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