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15 sept 2020

CIDH exhorta a los Estados a garantizar los servicios de salud sexual y reproductiva de mujeres y niñas durante la pandemia por Covid-19

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhorta a los Estados a garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios de salud sexual y reproductiva a mujeres y niñas en el contexto de la pandemia de la COVID-19. La Comisión reitera la naturaleza esencial y carácter imprescindible de estos servicios para la efectividad de los derechos de las mujeres y niñas a la vida, igualdad y no discriminación, integridad personal, salud, dignidad, acceso a la información, entre otros.

Como ha sido señalado anteriormente por la CIDH, la pandemia ha profundizado la discriminación estructural y la desigualdad histórica a la que distintos grupos en situación de vulnerabilidad están expuestos. En particular, en cuanto a los derechos de las mujeres y niñas, ha profundizado las desigualdades existentes, resultando en la afectación a sus derechos sexuales y de salud reproductiva debido a las distintas medidas de contención y prevención del contagio de la COVID-19.

Al respecto, entre estas medidas, la Comisión destaca el recorte presupuestal de políticas de salud con perspectiva de género; la ausencia de personal, recursos humanos y materiales y tecnológicos debido a la reubicación hacia áreas médicas directamente relacionadas a la pandemia; el cierre de clínicas especializadas en la materia y el desabastecimiento de métodos anticonceptivos y medicinas específicas relacionadas a la salud reproductiva de las mujeres y niñas. Asimismo, la Comisión toma nota, con preocupación, de la suspensión temporal de programas de atención prenatal y programas educativos de prevención de infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH.

En esta oportunidad, la Comisión reitera que los Estados tienen el deber de eliminar todos los obstáculos de jure y de facto que impiden el acceso de las mujeres a servicios de salud materna, salud sexual y salud reproductiva que ellas requieren, incluyendo información y educación en el ámbito de la salud sexual y reproductiva. Estas medidas han de tener en cuenta la situación de particular exclusión y alinearse con los estándares interamericanos en la materia.

Por su vez, la CIDH considera que el enfoque de derechos humanos exige que la asignación y ejecución presupuestaria responda a los principios de disponibilidad, continuidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios, lo cual implica que decisiones sobre la cuantía y los destinatarios, tomen en cuenta que el objetivo debe ser la disminución de las brechas de desigualdad, la priorización de los grupos históricamente discriminados y la remoción de obstáculos para la realización de los derechos. En este sentido, los Estados deben adoptar todas las medidas que resulten necesarias, desde una perspectiva de género, para asegurar que los recursos disponibles se utilicen,de manera prioritaria, para evitar retrocesos en el disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de grupos en situación de vulnerabilidad.

Adicionalmente, la CIDH subraya que el incremento de la violencia de género que se ha registrado durante los procesos de contención de la COVID-19, -incluidas la violencia intrafamiliar y la violencia sexual - demandan la oferta de atención de salud integral hacia las mujeres sobrevivientes, incluida la atención psicológica, la anticoncepción de emergencia y la interrupción voluntaria del embarazo, cuando sea aplicable.

En este sentido, la Comisión refuerza el llamado que realizó en la Resolución 01/20, respecto a la obligación de los Estados de adoptar medidas integrales e inmediatas para respetar y garantizar los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres, reforzando la disponibilidad y continuidad en la oferta de los servicios de esta naturaleza en el contexto de emergencia. En particular, la CIDH insta los Estados a que garanticen el acceso a salud materna y de calidad; aseguren el acceso seguro a la anticoncepción, incluida la anticoncepción de emergencia; faciliten el acceso a información veraz y sin censura, así como a la educación con perspectiva de género integral necesaria para que mujeres y niñas puedan adoptar decisiones libres y autónomas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

9 jul 2020

Defensoría del Pueblo: cada dos horas, una mujer adulta o menor de edad fue reportada como desaparecida

En un semtestre Hun semestre marcado por la emergencia sanitaria por COVID-19, la Defensoría del Pueblo advirtió que la problemática de las mujeres reportadas como desaparecidas, tanto adultas como menores de edad, ha ido en aumento, en especial en los meses en que las medidas se han flexibilizado. Ante ello y en el marco de la reanudación de diversas actividades, urge que los operadores de justicia asuman medidas para una búsqueda efectiva que garantice la integridad de las víctimas.

De acuerdo al reporte realizado por esta institución, de enero a junio, se registraron 2457 mujeres como desaparecidas (737 adultas y 1720 menores de edad). Es decir, cada día, fueron reportados un promedio de 14 casos (aproximadamente 1 cada dos horas). Esta situación resulta preocupante puesto que, a excepción de los primeros días de la cuarentena, las cifras han ido en aumento mes a mes, siendo febrero el periodo en que más denuncias se presentaron (663).

Asimismo, durante la cuarentena, 1100 mujeres fueron reportadas como desaparecidas: 309 adultas, y 791 niñas y adolescentes. Cabe advertir que, tanto en cuarentena como en los días anteriores al 16 de marzo, los factores etarios y de género originan una prevalencia de la problemática que afecta principalmente a la población femenina y menor de 18 años. Además, Lima (408), Arequipa (55) y el Callao (47) son las regiones en donde se presentaron más reportes.

Por otro lado, durante el primer semestre, se perpetraron 65 feminicidios, 124 tentativas y 31 muertes violentas de mujeres. Si bien mes a mes no se registró un aumento de casos, salvo en abril, cabe indicar que un factor clave para entender las cifras fue el inicio de la cuarentena, ya que la capacidad de denuncia y el acceso a la justicia se vieron mermados por la situación de emergencia. Esto evidencia una reducción en el registro de casos, mas no una disminución de la problemática.

Específicamente, durante la emergencia, ocurrieron 28 feminicidios, 32 tentativas y 15 muertes violentas. En este periodo, Lima fue la región que registró más casos: 5 feminicidios, 11 tentativas y 6 muertes violentas. En relación a estos delitos, reiteramos que es necesario que se agilicen las investigaciones para que las víctimas, tanto directas como indirectas, puedan obtener justicia y reparación; en el caso de las muertes violentas, urge también que se tipifiquen adecuadamente.

Ante este escenario de violencia, la Defensoría del Pueblo reitera la necesidad de garantizar una búsqueda exhaustiva, inmediata y célere de las mujeres reportadas como desaparecidas, activando todos los protocolos necesarios y asegurando una absoluta diligencia.

Asimismo, la institución insiste en solicitar un adecuado registro y portal de personas desaparecidas que coadyuven a un tratamiento apropiado de la problemática, además de incluir esta forma de violencia ejercida por particulares en nuestra legislación actual, ya que permitirá que sea abordada de manera integral. También, es necesario fortalecer la atención a través de la línea 114, además de ampliar el servicio para que no solo se brinde orientación, sino que se reciban denuncias mediante este canal.

De la misma forma, ante la flexibilización de las medidas restrictivas y la reanudación de las actividades económicas, la capacidad de denuncia de las personas irá en aumento, por lo que la Defensoría del Pueblo demanda una priorización de la atención de los casos de violencia contra las mujeres. En ese sentido, los operadores de justicia deben estar preparados y deben asegurar, además, una atención virtual efectiva en el marco del D.L.1470, ya que esto permitirá prevenir cualquier contagio de COVID-19.


3 jul 2020

Defensoría del Pueblo: Problemática en la atención de casos de VIOLACIÓN SEXUAL de NIÑAS, NIÑOS y ADOLESCENTES en el contexto COVID-19

Serie de Informes Especiales N° 021-2020-DP de la Defensoría del Pueblo, sobre la problemática en la atención de casos de violación sexual de niñas, niños y adolescentes en el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19.

De acuerdo al informe, la DP ha señalado que en casos de violación sexual en el Perú:
- En el 2019, el Programa Aurora registró 12,364 casos de violencia sexual, 5,140 casos fueron de violación sexual y, el 92% fueron contra niñas y adolescentes mujeres (4,739 casos).
- En el 2019, hubo 5,140 casos de violación sexual a niñas, niños y adolescentes (8% o 401 casos contra niños y 92% o 4,739 casos contra niñas y adolescentes mujeres).
- De enero a marzo de 2020, el Programa Aurora registró 1,105 casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes. El 92% de los casos, las víctimas fueron niñas y adolescentes mujeres (1,018).


Adjuntamos el informe.

27 abr 2020

Perú: Establecen medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar durante la emergencia por Covid-19

El día de hoy se publicó el Decreto Legislativo N° 1470 que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria declarada por el Covid-19.
Disponiendo: el respeto irrestricto de los derechos humanos y el uso de la fuerza; dicatdo de medidas de protección y/o cautelares durante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19; atención en salud de las víctimas de violencia; habilitación del uso de sistemas de mensajería; mecanismos para prevenir y atender la violencia hacia niñas, niños y adolescentes en riesgo o desprotección familiar durante la emergencia.

Respecto al financiamiento del mencionado Decreto Legislativo, se finaciará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados sin demandar recursos adicionales (subrayado nuestro).


DL Mujer 1865791-1  on Scribd
Fuente El Peruano:  https://elperuano.pe/

1 oct 2019

Argentina: Muse Chemes, el juez que no escuchaba a las niñas víctimas


"No respetaba ni lo más elemental"
Por Juan Carlos Tizziani.
Página 12.

Lo dice el fallo que destituyó al magistrado del norte santafesino que no escuchaba a las niñas y adolescentes víctimas de abusos sexuales y violencia de género.

El Juez penal de Vera Nicolás Muse Chemes es el primero en la provincia que un Tribunal de Enjuiciamiento destituyó del cargo por incumplir el bloque constitucional qie ampara a niñas y adolescentes víctimas de abusos y violencia de género y desconocer hasta la "norma más elemental" que lo obligaba a escucharlas y valorar sus testimonios como "prueba fundamental" en las investigaciones. "Muse Chemes ignoró e incumplió la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer" y las leyes nacionales y provinciales de "protección integral de los derechos" de la infancia y la adolescencia, lo que "demuestra cabalmente su desconocimiento del derecho", dice el fallo del Tribunal al que tuvo acceso Rosario 12. El "modelo" Muse Chemes -como lo calificó el jury- era "continuo" y "sistemático", tenía en la "mira" "proscribir el testimonio de las niñas víctimas" sin ningún fundamento jurídico y eso se llama "incumplimiento reiterado de las obligaciones legales del cargo".

El Tribunal destituyó al magistrado por las dos causas que le imputó el procurador de la Corte Suprema Jorge Barraguirre: "ignorancia manifiesta del derecho" e "incumplimiento reiterado de las obligaciones del cargo". La decisión la adoptó por mayoría: 6 a 4. La presidenta de la Corte, María Angélica Gastaldi y sus colegas Daniel Erbetta y Roberto Falistocco, más el diputado radical Santiago Mascheroni y dos abogados del foro votaron la cesantía. Mientras que los otros ministros de la Corte: Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y el subrogante Alejandro Román (que reemplaza a Mario Netri) y el senador del PJ Raúl Gramajo se pronunciaron a favor del juez.

El voto de la mayoría revela cómo operaba el juez al analizar cinco casos de niñas y adolescentes abusadas en los que absolvió a los abusadores. En todos, "desconoció el testimonio de las víctimas". "Un error gravísimo y reiterado", dijo el Tribunal. Porque "no se trata de un criterio jurídico distinto" o "cuestiones opinables". "Es un modelo continuo de error judicial de manera sistemática y de llamativa frecuencia que tiene en miras proscribir el testimonio de las niñas víctimas sin ninguna justificación validada por la comunidad jurídica y que importa un incumplimiento reiterado de las obligaciones legales del cargo.

Es más, Muse Chemes no sólo ignoraba "los testimonios de las niñas víctimas" sino que los tenía en cuenta "al sólo efecto de desmerecerlos. No por pruebas que importen restarle convencimiento, sino con consideraciones exclusivamente voluntaristas", explicó el Tribunal. Y citó un caso de explotación sexual de chiquitas vulnerables de 12 a 17 años en el que el juez deslizó: "No se puede corromper lo corrompido". La Cámara de Apelaciones revocó ese fallo. El juez "realiza una elucubración de lo que es corrupción totalmente errónea -lo retó-, sostiene que es posible que una niña de 12 años esté corrompida, cuando eran mayores" los que se aprovecharon de su "vulnerabilidad para corromperlas, prostituirlas y tenerlas siempre a mano para sus bajos instintos. Es inaceptable que un juez diga que una niña de 12 años está corrompida en un sentido jurídico moral. Es insostenible que niñas que el Estado no les brinda protección suficiente y los organismos específicos no tienen recursos para el abordaje integral como sostiene la legislación argentina, sean desoídas y menospreciadas" por el juez. "Es increíble que no se valorice las acciones contra menores por corrupción como violencia de género cometida contra niñas", retrucó la Cámara.

El tribunal coincidió que "era difícil distinguir entre la negligencia y la desidia" de Muse Chemes. "Lo concreto es que en causas de niñas (de 10, 12, 13 y 15 años) con signos de abusos físicos comprobados, informes de equipos interdisciplinarios que avalaban la veracidad" de los hechos, el juez desconociera "la prueba de cargo" y descreyera de los "testimonios" de víctimas que son "prueba fundamental del proceso, en franca contradicción a la comunidad jurídica aceptada" y a partir de argumentos "mutilados", "fuera de contexto" o "directamente falsos".

La "ignorancia del derecho" de Muse Chemes es inexcusable, palmario, contundente. No admite matices ni disculpas" y revela su "falta de idoneidad" para juzgar casos de "niñas, niños, adolescentes-víctimas" con un "profundo desconocimiento y desapego a normas y tratados que protegen a aquel colectivo vulnerable", concluyó el Tribunal.


Página12: https://www.pagina12.com.ar/222017-no-respetaba-ni-lo-mas-elemental

12 sept 2019

Perú: Más de seis mil partos prematuros son de niñas y adolescentes de 12 a 17 años

Durante la última semana, el número de muertes de neonatos prematuros alarmó a más de una persona. No obstante, entre las explicaciones que exigió el Congreso a la Ministra de Salud y los reclamos por la falta de incubadoras, se esconde una realidad perpetua e ignorada que no despierta la indignación que debería: las niñas y adolescentes obligadas a asumir el rol de madres.

Si la prematuridad es la primera causa de muerte en recién nacidos, la maternidad no deseada se está posicionando como el principal factor que pone en peligro la vida e integridad de las niñas. Según el Ministerio de Salud (Minsa), en 2019, se han registrado 17 mil nacimientos prematuros, de los cuales cerca de siete mil recién nacidos son de niñas y adolescentes cuyas edades van entre 12 a 17 años.

Además de los recién nacidos prematuros, la vida de las niñas también está en constante peligro. Debido a su corta edad, ellas tienen cuatro veces más probabilidades de morir durante la gestación o el parto.

“En esta etapa la niña aún no ha terminado de desarrollarse físicamente. Su normal crecimiento se interrumpe por un embarazo que su cuerpo no está en la capacidad de llevar. Los embarazos en toda mujer presentan un riesgo, pero en las niñas mucho más”, advierte el médico ginecólogo-obstetra, Miguel Gutiérrez, director de la Cooperación Técnica en Salud Pathfinder International.

Una niña embarazada tiene más posibilidades de padecer preeclampsia, un mal que suele desarrollarse durante el embarazo y que incluye síntomas como aumento de la presión arterial. Si la preeclampsia se complica, la niña desarrollará eclampsia, afectando su función cerebral y con riesgo de tener convulsiones o dejarla en coma.

De igual forma, pueden sufrir ruptura de membranas, diabetes gestacional y parto prematuro. Muchas de ellas no tienen el piso pélvico formado, aumentando el peligro de fallecer durante el parto. Todos estos embarazos son de alto riesgo.

La data obtenida por el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) revela que, durante los últimos 5 años, más de 14 mil niñas tuvieron partos. Esta cifra confirma que el embarazo infantil y adolescente son problemáticas que el Estado no ha logrado contrarrestar en tantos años y que pone en riesgo la vida de las niñas.

Se denomina embarazo infantil a las gestaciones que llevan las niñas menores de 14 años. El Código Penal Peruano especifica que estos embarazos son producto de violación y los registros oficiales lo confirman. Según RENIEC, el año pasado, 1 856 hombres adultos fueron inscritos como padres de recién nacidos que tienen consignadas como madres a niñas entre 7 y 14 años.

La recopilación de estadística y las políticas de atención y prevención, suelen estar enfocadas mayoritariamente en el embarazo en adolescentes (15 a 18 años). A pesar de que se le otorga esta prioridad, la tasa de embarazo adolescente se ha mantenido en el rango de 13% durante los últimos cinco años.

Esta situación no es nueva; sin embargo, parece que el Perú ha aceptado convivir con estas problemáticas mientras las niñas y adolescentes siguen quedando embarazadas a la sombra de una sociedad que no parece entender que son niñas, no madres.


8 jul 2019

El País: Empoderar a las niñas contra el matrimonio infantil


De Argentina a México, uno de cada 4 jóvenes se casa o empareja informalmente antes de los 18 años, a pesar de que cada vez más países en Latinoamérica tienen leyes contra las uniones tempranas.

No más escuela, amigos ni la experimentación típica de la juventud; cuando una adolescente se casa, los sustituye por la responsabilidad con el hogar, el marido y los hijos.

Así es la historia hoy de unos 650 millones de mujeres y jóvenes en todo el mundo que se casaron cuando eran niñas. América Latina y el Caribe alberga cerca del 10% de ellas, de acuerdo con datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef). También en la región, el 25% de las jóvenes se casan o entran en una unión doméstica informal antes de los 18 años

De hecho para 2030,  si las tendencias actuales continúan, 20 millones de niñas latinoamericanas y caribeñas más estarán en esa misma condición. Entre las posibles consecuencias están el aumento en los riesgos a la salud, más hijos, evasión escolar, salarios bajos en la edad adulta, menor autonomía y mayor riesgo de violencia a manos de su pareja

A pesar de estas sombrías perspectivas, América Latina y el Caribe es una de las regiones que más avanzó para proteger a las niñas contra el matrimonio infantil. Según el Banco Mundial, desde 2015, países como Brasil, Costa Rica, El Salvador, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá y Trinidad y Tobago hicieron reformas para mejorar la legislación.

Erradicar el matrimonio infantil Hel matrimonio infantil está entre las metas previstas en el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5 de las Naciones Unidas para el año 2030. Por lo tanto, una serie de estudios recientes se han centrado en el tema, examinando, entre otros factores, el poder de las leyes.

Aunque la edad legal para el matrimonio de niñas es de 18 años (o más) en todos los países de América Latina y el Caribe, en muchos hay excepciones que permiten a las niñas casarse a los 16 años o antes, con el consentimiento de los padres o una autorización judicial. En Venezuela y Guyana, por ejemplo, todavía se permite la boda a cualquier edad si la joven está embarazada 

En Brasil, aunque una reforma implementada en marzo de 2019 ha eliminado permisos que permitían el matrimonio antes de los 16 años, es posible casarse entre los 16 y los 18 años con autorización de los padres o de un juez. "Además, no existen sanciones legales para los involucrados en matrimonios infantiles y la ley no prevé la opción de anular esas relaciones", informa el reciente estudio Matrimonio en la Niñez y la Adolescencia: La Educación de las Niñas y la Legislación Brasileña , del Banco Mundial. 

Otra ausencia en la legislación de Brasil,y de otros países de América Latina y el Caribe, es la que contempla la vida en concubinato de las chicas. "Las uniones tempranas no matrimoniales son más frecuentes que el matrimonio formal y legal. Según los datos disponibles, la proporción de uniones no matrimoniales representa más de 60% de todos los matrimonios y uniones tempranas en la región", según el informe Acelerar las Acciones para Erradicar el Matrimonio Infantil y las Bodas Precoces en América Latina y el Caribe, , de UNICEF. 

Además de las leyes, falta concientización

"Para que la ley sea eficaz, es fundamental que las jóvenes y sus familias la conozcan. Incluso en países con leyes adecuadas, las uniones informales ocurren por debajo de la edad mínima y muchas veces las propias familias no saben que están cometiendo una violación. Esto ocurre, en parte, debido a la falta de información y fiscalización, pero también a factores económicos y a normas culturales y sociales que perpetúan la práctica", comenta la abogada Paula Tavares, del Banco Mundial, e integrante del equipo de autores del informe Matrimonio en la Niñez y la Adolescencia: La Educación de las Niñas y la Legislación Brasileña . 

Educación y más
Existe, por ejemplo, una relación entre los casamientos precoces y la pobreza. Algunas jóvenes y sus familias todavía ven el matrimonio como una forma de garantizar seguridad, incluso económica .

Las uniones prematuras también están directamente ligadas al embarazo en la adolescencia. "El matrimonio es visto como una forma de proteger a la niña de esa situación fuera de una relación estable, o, en caso de que ya haya ocurrido, velar por su reputación y la de la familia. En la práctica, el matrimonio no protege y, muchas veces, acentúa esas cuestiones" evalúan Paula.

Varios de los factores que influencian el matrimonio a edades tempranas, es necesario tomarlos todos en cuenta a la hora de elaborar medidas para corregir esta práctica. El informe presenta algunas de ellas y sorprende al revelar que, en el caso específico de Brasil -donde se basa el estudio-, a pesar de que en todos los estados ha aumentado el nivel de escolaridad de las niñas, solo cerca de la mitad registró una caída en las tasas de matrimonios. Y esta reducción no fue destacada . 

Esto nuevamente muestra la importancia de enfrentar las normas sociales limitantes y la falta de oportunidades económicas. El estudio del Banco Mundial cita algunos programas realizados en África y América Latina con el objetivo de desarrollar habilidades cognitivas, socioemocionales y técnicas, transformar normas sociales y ampliar el conocimiento sobre perspectivas de trabajo y oportunidades económicas para las adolescentes. Todas las iniciativas podrían ser replicadas en Brasil.


"Algunos programas funcionan mejor que otros para aplazar el matrimonio y la maternidad y aumentar el nivel de escolaridad de las niñas, pero todas las categorías ofrecen beneficios", según el reporte. "Acciones basadas en la comunidad, con la participación de hombres y líderes comunitarios, además de las mujeres, también pueden ser útiles en el enfrentamiento de este desafío ", agrega la experta.

Sin inversiones en esas áreas, la adolescencia seguirá siendo un tiempo de pocas oportunidades y muchos riesgos para las niñas de Brasil y del resto de América Latina.

3 jul 2019

UNFPA Perú: Las adolescentes peruanas en matrimonio o unión

Las adolescentes peruanas en matrimonio o unión: tradiciones, desafíos y recomendaciones.

Estudio sobre uniones tempranas y forzadas en el Perú. Forma parte de una iniciativa regional de Plan Internacional y UNFPA para América Latina y el Caribe. La publicación visibiliza los efectos negativos de las uniones tempranas en la situación socio económica de las adolescentes, así como en su salud y su educación, además de aumentar el riesgo de sufrir violencia. El estudio cuantitativo-cualitativo se realizó con datos de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES 2017) e información proveniente de entrevistas en cuatro departamentos del Perú: Piura, Cusco, Loreto y Lima Metropolitana.

Fuente UNFPA: https://peru.unfpa.org/es/publications/las-adolescentes-peruanas-en-matrimonio-o-uni%C3%B3n-tradiciones-desaf%C3%ADos-y-recomendaciones

10 jun 2019

#NiñasNoMadres: Un llamado de emergencia por las niñas de América Latina




EDITORIAL. Mientras que en la mayoría de países de la región la impunidad de los violadores parece generalizada, se criminaliza a las niñas que pasan por un aborto, espontáneo o inducido, sin importar la causa de su embarazo.


NIÑAS MADRES. Cepal estimó el 2010 que más de 60 mil niñas menores de 14 años son madres cada año.
En los últimos días Ojo-publico.com junto a un grupo de medios latinoamericanos ha presentado evidencia de un número creciente de niñas de esta región, menores de 14 años, que han sido violadas, en sus espacios más cercanos y familiares, y luego forzadas a llevar embarazos y partos, sin que a la gran mayoría se le haya ofrecido la opción de decidir sobre su presente y futuro.
No son casos aislados. Aunque con frecuencia las cifras son imprecisas, incompletas y desactualizadas —primera muestra de lo poco que preocupa este problema—, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) estimó el 2010 que más de 60 mil niñas menores de 14 años son madres cada año. La cifra sigue en aumento y el Fondo de Naciones Unidas para la Población (Unfpa) estima que no hay indicios de que se detenga antes del 2030.

Estamos hablando de niñas que no solo tienen que soportar el trauma de ser agredidas en su más profunda y frágil intimidad, sino que también tienen que exponerse a embarazos y partos de alto riesgo, violencia obstétrica, y a efectos en su salud mental como depresión, estrés postraumático e intentos de suicidio.

Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) han señalado que esta tragedia a cuentagotas se podría mitigar, entre otras, con políticas sólidas de educación sexual y, en especial, con la implementación adecuada del derecho al aborto, una decisión siempre difícil, pero que, realizada de forma legal y segura, garantizaría el derecho a la salud y a la vida a miles de niñas en la región.

PERÚ. Un reciente reportaje de Ojo-Publico.com, como parte de una investigación regional, evidenció casos en que niñas que pasan por esta traumática experiencia sufren un segundo abuso al ser denunciadas y condenadas, a pesar de los atenuantes.

Diversos sectores conservadores, incluyendo colectivos católicos y evangélicos, han respondido a estas propuestas haciendo una intensa campaña contra los esfuerzos por establecer cualquier programa de educación sexual que promueva y reconozca los derechos de las mujeres menores de edad sobre su cuerpo. En simultáneo, cuestionan toda iniciativa por el aborto legal, seguro e informado, con el argumento de la defensa de la vida, apelando incluso a celebrar la maternidad infantil, como lo hiciera en febrero el diario argentino La Nación.

Entre tanto, las autoridades latinoamericanas han reaccionado a esta situación con prohibiciones, obstáculos e indiferencia. Mientras que en la mayoría de países de la región la impunidad de los violadores parece generalizada, en Nicaragua y Perú se criminaliza a las niñas que abortan sin importar la causa de su embarazo; en Guatemala el Estado las retira de la casa donde fueron abusadas para llevarlas a un hogar de protección social para dar a luz; y en Ecuador y Colombia, pese a vivir en contextos donde el aborto está despenalizado bajo ciertas causales, las niñas están sujetas a la voluntad de médicos, oficiales de protección social y operadores de justicia que interponen diversos argumentos para impedirles decidir.

Frente a esta realidad, la semana pasada cuatro mujeres jóvenes de Guatemala, Nicaragua y Ecuador, que fueron violadas y embarazadas cuando eran niñas, compartieron sus historias y demandaron a sus Estados —dos de ellas de manera presencial— ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Es urgente llevar adelante una discusión abierta en cada país por la integridad, conciencia, autonomía y capacidad de tomar decisiones respecto a lo que será el proyecto de vida de estas niñas, en vez de mantenerlas en una situación que no las reconoce como víctimas en sociedades que no las protegieron lo suficiente.

[Este editorial es parte de #NiñasNoMadres, una conversación regional sobre el impacto del embarazo forzado de niñas en América Latina, a la que se unen Ojo-Publico.com(Perú), GK y Wambra Medio Digital Comunitario (Ecuador), Mutante (Colombia), Nómada (Guatemala) y Managua Furiosa (Nicaragua)]


9 may 2019

CIDH: Violencia sexual contra adolescentes en Bolivia

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante el 172° Periodo de sesiones, se  llevó a cabo una audiencia pública de Bolivia sobre la "Violencia sexual contra adolescentes".

Las ponentes de la sociedad civil señalaron que la Organización Mundial de la Salud ha dicho que Bolivia tiene los índices más altos en violencia sexual contra adolescentes. En ese sentido, el Defensor del Pueblo en Bolivia ha señalado que: "el 70% de las mujeres han sufrido violencia sexual en Bolivia"

Las solicitudes de la sociedad civil para el Estado de Bolivia fueron:
- Que el Estado enfoque la ley en el consentimiento,
- Abolir la ley sobre el estrupo,
- Capacitar a operadores de justicia y oficiales de gobierno en el tratamiento a adolescentes víctimas de violencia,
- Capturar a los agresores sexuales,
- Cada niño necesita recibir servicios de reparación y restitución de derechos.


Participaron Equality Now / Rutgers Law School / Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) / Coordinadora de la Mujer / Oficina de la Mujer / FUBE / Breeze of Hope/ FAMISAL. Y, el Estado de Bolivia.



 

Fuente CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/ 


26 feb 2019

Argentina: Niñas y adolescentes menores de 15 años embarazadas


El presente trabajo fue elaborado por el Programa Nacional de Salud Integral en la Adolescencia (PNSIA), dependiente de la Dirección Nacional de Maternidad, Infancia y Adolescencia. Se realizó en articulación con el Programa Nacional de Salud de la Nación, y con UNICEF junto al apoyo de OPS/OMS y UNFPA.

Su propósito fue el de elaborar un diagnóstico de los abordajes institucionales desde los sistemas de educación y de salud en algunas localidades argentinas, en relación a los organismos de protección de derechos de NNA frente a casos de embarazadas menores de 15 años.

Los resultados de la investigación ponen de manifiesto las numerosas barreras de acceso y situaciones de vulneración que existen por parte de las propias instituciones, lo que obliga a redoblar el esfuerzo para garantizar el derecho de las y los adolescentes al pleno ejercicio de la sexualidad.

Fuente : 

18 dic 2018

Corte Suprema aprobó II Pleno Casatorio Penal – Sentencias Plenarias 1-2018/CIJ-433 y 2-2018/CIJ-433


La Corte Suprema de Justicia de la República del Poder Judicial del Perú, aprobó el I Pleno Jurisdiccional Casatorio de las Salas Penales Permanente, Transitoria y especial.
Sentencia Plenaria Casatoria N° 1-2018/CIJ-433.
Base Legal: Artículo 433.4 del Código Procesal Penal.
Asunto: Alcances de la determinación de la pena en los delitos sexuales.


Fuente Poder Judicial del Perú. 

17 nov 2018

Perú: Falló absuelve a violador de menor de edad argumentando "error de tipo" porque cuerpo desarrollado de la agraviada no parecía de 13 años

En el siguiente recurso de nulidad de la Sala Penal Permanente utiliza el "erro de tipo" para absolver a un presunto violador porque la víctima, menor de edad (13 años), aparenta ser mayor de la edad que tiene. Creemos que el "error de tipo" se refiere al posible desconocimiento de que el hecho delictivo era tal y no al hecho de que la víctima "aparentaba" ser uno o dos años mayor a su edad. Adjuntamos el lamentable fallo. 

El recurso de nulidad formulado por la defensa de Carlos Eduardo Gutierrez Rosas contra la sentencia emitida el 31 de enero de 2018 por los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones Especializada y de la Sala Penal Liquidadora del Distrito Judicial de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, que lo condenó como autor del delito de violación sexual de menor de edad, prevista en el numeral 2 del artículo 173 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales J.M.C.B; le impusieron la pena de diez años de privación de la libertad y la obligación de pago de cuatro mil soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.

La versión del abogado del imputado se baso en la apariencia física de la víctima -que era bajita pero de contextura gruesa y pesaba alrededor de sesenta y cuatro kilos, por lo que no parecía de trece años-, más la declaración rectificatoria, de la agraviada, la cual reúne los requisitos establecidos en el considerando vigésimo sexto del  Acuerdo Plenario número uno-dos mil nce/CJ-ciento dieciséis aún en el extremo de lo declarado respecto a la edad que dice le manifestó tener al acusado y la apariencia física que refiere ostentaba a la fecha de comisión de los hechos, tiene pleno valor probatorio y desvirtúa las conclusiones derivadas de los indicios circunstanciales que sustentaron la condena del procesado, por lo que lo absolvieron. 


7 nov 2018

Colombia: ¿Voluntaria o forzada? La maternidad de las niñas colombianas

El Espectador.
El año pasado 5,950 niñas menores de 14 años estuvieron embarazadas. A pesar de tener el derecho a terminar su embarazo, tan solo 146 abortaron. ¿Estará el Estado aplicando los protocolos o más bien infligiendo maternidades?

Lucía fue violada cuatro veces por un vecino que acababa de mudarse a su vereda, al sur de Córdova. Él tenía 18 años y ella 14. La amenazó con matar a su mamá y a su hermano si contaba.

Muerta de miedo, la nina tardó en hablar. Al enterarse, su madre la llevó a un hospital en Montería, donde les notificaron que ten{ia cuatro meses de gravidey z que contaba con tres opciones: interrumpir voluntariamente el embarayo (IVE), dar al bebé en adopción o ser mamá. Luc{ia vio la ecografía z le impresionó que el feto se viera tan formado. Su madre le dijo: "si lo quieres tener, te apoyo".

"Al principio le dije a mi mamá que no quería tenerlo”, cuenta ella mientras arrulla en sus brazos a su hijo recién nacido. “Luego me arrepentí. Era una personita que no tenía la culpa de lo que me hicieron. Pensaba que se volvería un delito abortar, aunque me iba a doler porque lo veía grande".

 Para denunciar y a la vez protegerse de revictimizaciones, Lucía abandonó su colegio, su familia y su tierra en el sur de Córdoba, y se desplazó a Bogotá donde hoy vive con su abuela.

Una de cada diez aborta 
En Colombia 5.804 niñas menores de 14 años fueron madres en 2017. Técnicamente, todas abusadas sexualmente, pues el Código Penal colombiano prohíbe las relaciones sexuales con menores de esta edad. En teoría, todas tenían derecho a terminar voluntariamente su embarazo, gracias a la sentencia C-355 de 2006 que despenalizó el aborto en tres causales: cuando el embarazo es producto de una violación, la salud de la madre está en riesgo o el feto tiene malformaciones.

Gracias a un derecho de petición radicado en el Ministerio de Salud, pudimos constatar que 146 niñas menores de 14 años tuvieron abortos en 2017: tan solo el 2,5% de las niñas que quedaron embarazadas ese año. El ministerio, sin embargo, no mide cuántos de ellos corresponden a terminaciones voluntarias ni cuántos fueron producto de complicaciones. Un punto problemático, si se tiene en cuenta que la mayoría no se hicieron madres por elección. Según datos del 2014 de la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer y UNICEF, el 66% de las madres adolescentes encuestadas no querían quedar embarazadas en ese momento de su vidaH 

¿Por qué, cuando se supone que una niña menor de 14 años embarazada puede interrumpir su embarazo legalmente, hay un índice tan alto de niñas madre y tan bajo de abortos? En Colombia resulta altamente difícil responder esta pregunta. No hay forma de verificar cuántas de ellas lograron realmente acceder a información veraz, completa y oportuna sobre sus derechos sexuales y reproductivos. Esto no lo monitorea ni lo mide el Ministerio de Salud, como nos lo confirmó su oficina de prensa, ni tampoco el ICBF, pese a que parte de su misión es la “protección integral de la primera infancia y la adolescencia”. (Lea también: El costo de denunciar un agresor sexual).

Los efectos de ser una niña madre 
Para lograr tener a su hijo, Lucía esperó casi 30 horas en el hospital de Fontibón, conectada a un suero intravenoso que le inducía las contracciones. Le rompieron fuente manualmente y nunca le dieron opción de cesárea, aunque ese suele ser el tratamiento recomendado para una niña de su edad y condición física, según lo establece el Protocolo de Atención a la Embarazada Menor de 15 años expedido por el Ministerio de Salud en 2014. Cuando apenas se recuperaba del parto, los doctores le avisaron que estaba en “código rojo”: “Me sentía mareada. Cuando le estaba dando de comer al bebé por primera vez me di cuenta que sangraba bastante. Ahí se me empezaron a ir las luces”. Si la hemorragia no paraba, podría perder el útero y su vida estaría en riesgo.

Dicho protocolo,  diseñado para orientar a funcionarios públicos y privados que atienden casos como este, busca proteger a niñas como Lucía y a sus hijos, pues según estudios nacionales e internacionales, estas no cuentan con la madurez física para parirlos ni psicológica para hacerse cargo de ellos. Según el Fondo de Población de Naciones Unidas, presentan doble riesgo de muerte materna frente mujeres de más edad, y como lo reconoce el mismo protocolo, sus hijos tienen mayor chance de nacer prematuros y con bajo peso. También, especialmente cuando se ven obligadas a continuar con un embarazo no deseado, se ve comprometida su salud mental, según ha dicho la Organización Mundial de la Salud (OMS), e igualmente, como lo mostró un estudio de Profamilia basado en la Encuesta de Demografía y Salud de 2015: nueve de cada diez niñas que quedan en embarazo en Colombia abandonan su colegio. Frustrados sus estudios, luego tienen menos posibilidades de encontrar trabajo, lo que reduce su capacidad de generar ingresos en la adultez, según la OMS.  El año pasado, el  informe del Estado de la Población Mundial del Fondo de Población de las Naciones Unidas (Unfpa), concluyó que “los embarazos no planeados se relacionan con el aumento de la pobreza y la reducción de las perspectivas de movilidad económica de las mujeres". 

Atendiendo a este tipo de alertas, el Ministerio de Salud expidió el protocolo: una ruta de manejo para este tipo embarazos que se consideran de alto riesgo, que se asumen en gran parte de los casos como producto de una violación, y que obliga a los funcionarios del sector salud, protección y justicia a brindarle a las niñas una atención integral, además de información completa, veraz y oportuna sobre las tres opciones disponibles que se le dieron a Lucía.

Entre barreras y derechos
La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres ha denunciado persistentemente que las mujeres, niñas y adolescentes colombianas enfrentan barreras que les impiden o dilatan el acceso a esta información . “Las barreras son sistemáticas y generalizadas entre distintos actores y operadores del sistema de salud, del sector justicia o de instancias administrativas”, asegura la organización.

Su denuncia encuentra eco en algunos sectores estatales. “Las niñas abusadas sexualmente que acuden a ejercer su derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo terminan revictimizadas, llevando el embarazo a un punto donde es peligroso. Adicionalmente, las denuncian penalmente por aborto porque están en un estado de gestación muy avanzado, cuando la Corte no ha determinado un límite para la interrupción”, dijo dos meses atrás María Paula Suárez, quien recientemente dejó su cargo como asesora de Restablecimiento de Derechos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). (Lea también: En Colombia, la violencia sexual comienza por casa)H.

Una funcionaria que trabaja en el Centro Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual (Caivas) y una activista, nos compartieron un caso reciente que ilustra la dimensión de este problema. Hace unos meses, una niña de 14 años llegó al lugar embarazada, producto de la violación de la pareja de su mamá. A la niña no solo le negaron la denuncia, poniendo en duda que se trataba de un crimen, sino que luego funcionarios del ICBF se negaron a darle información completa sobre la IVE, y la persuadieron para que no abortara. La niña y su madre persistieron en su decisión de abortar y lo lograron; sin embargo, cuando terminó el procedimiento, se encontraron con que un grupo de funcionarios del CTI de la Fiscalía las esperaba en el hospital para decirles “que reclamaran el feto y que le dieran cristiana sepultura”, según cuenta la activista. Ambas fuentes pidieron la reserva de su nombre.

Según el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cadem), este tipo de barreras promueve el “embarazo infantil forzado”, producido cuando una niña menor de 14 años “queda embarazada sin haberlo buscado o deseado y se le niega, dificulta, demora u obstaculiza la interrupción del embarazo".

"Sabemos que hay casos en los que una niña ha tomado la decisión de hacerse una IVE pero cuando habla con el defensor de familia, los procesos se hacen demasiados largos para que al final no aborte”, aseguró Marcia Castro, subdirectora Técnica de Restablecimiento de Derechos del ICBF, durante una plenaria reciente sobre el tema en el Congreso. La Mesa por La Vida ha clasificado las barreras en tres grupos: desconocimiento del marco legal, interpretación restrictiva de la ley y fallas en la prestación de servicios de salud y de profesionales administrativos.

¿Es posible que, además de lo anterior, también intervengan posturas morales y hasta religiosas de los funcionarios? En 2015, una encuesta formulada por la organización Médicos por el Derecho a Decidir a 273 ginecobstetras, reveló que el 76% de los encuestados profesa la religión católica y el 50% cree que las leyes sobre aborto en Colombia deberían ser más restrictivas. El estudio también arrojó que el 59% nunca había realizado una IVE en su vida. Una ginecóloga objetora de conciencia, quien aceptó hablar con nosotras de forma confidencial, contó que “bajo ninguna circunstancia” realizaría ese procedimiento porque va contra sus principios religiosos. “Yo soy médica, fui formada para salvar vidas, no para asesinar a nadie y menos para cometer un crimen tan vil como matar a un ser que no se puede defender”H.

Sumado a las barreras de funcionarios de las ramas de protección, salud y justicia que se resisten a la idea del aborto, algo de lo que poco se habla es que estas barreras se trasladan de lo institucional a lo familiar. Para el profesor Luis Bermúdez, famoso por haber reducido a cero los embarazos en el colegio Gerardo Paredes de Bogotá, cuando una niña queda en embarazo, condiciona su decisión a lo que digan el novio o sus papás. "Si la familia le dice que la va a apoyar, entonces decide tener el bebé. Si ve que es muy difícil, empieza a contemplar la IVE. Esta última no la toma entendiendo que es un derecho, sino como última opción".

El DANE señala que el 70% de los hombres que embarazan a las niñas son mayores de 18 años y el 41% vive con ellas, en un contexto de alta asimetría de poder. Se trata de hombres que no son sus pares, según Carlos Pacheco, docente de la Universidad de Antioquia y una de las personas que más ha investigado el embarazo infantil. Para el experto, estos hombres son “responsables de su propio accionar, con capacidad de reflexión, que saben lo que están haciendo y que tienen la responsabilidad de reparar penalmente a las niñas". 

Tumbando las barreras que impiden decidir
"En el momento que me explicaron las opciones, me sentí confundida y entonces lo que hice fue decir que no quería abortar”, explica Lucía, quien el próximo año espera volver al colegio mientras su abuela cuida de su hijo.

La OMS ha diseñado cinco estrategias para garantizar los derechos sexuales y reproductivos a las niñas:  crear leyes y políticas para prohibir el matrimonio antes de los 18 años; aumentar el acceso a información y servicios de anticoncepción; mejorar la cobertura en educación sexual; castigar a los violadores; permitir el acceso a un aborto seguro; y ampliar la atención prenatal especializada. Colombia, al menos en el papel, ya ha avanzado en esa dirección. La Corte Constitucional dejó en firme la semana pasada el derecho a la IVE sin límite de tiempo. Además, varias sentencias sobre el aborto ya sentaron un precedente sobre qué se debe hacer cuando hay un embarazo producto de una violación, como el de las niñas menores de 14 años.


En todo este proceso, la opinión de la niña es lo más importante. La sentencia C-355 les da a ellas la posibilidad de que tomen una decisión, así sus acudientes o representantes legales no estén de acuerdo. Hacer valer su voluntad evitaría, entre otras, el traumatismo de casos como los de Amalia, una niña de 14 años del Amazonas quien, embarazada y en medio de una profunda depresión, quiso practicarse un aborto, procedimiento que le fue negado por una clínica local. Cuando la Defensoría del Pueblo denunció su caso en octubre de 2015, la niña ya presentaba 22 semanas de gestación. Aún así, solo hasta 2016, y luego de la intervención del entonces ministro de Salud Alejandro Gaviria, quien llamó personalmente al gerente de un hospital de Bogotá para que la atendieran, Amalia pudo hacer su voluntad.

En Colombia, donde no existe educación sexual de calidad, fácil acceso a anticonceptivos, y se presentan evidentes restricciones para la IVE, el control de los cuerpos de las niñas parece seguir quedando en manos del Estado, según dice el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer: “se continúa ejerciendo sobre ellas la violencia patriarcal, hasta lograr que sean madres. Luego quedan libradas a su suerte” .

Las niñas parecieran vivir entre dos mundos. Uno, en que el Estado les dice que les garantiza el ejercicio de sus derechos y su proyecto de vida, y otro que considera que la maternidad, así sea a destiempo y prácticamente inflingida, “es una bendición”, como lo afirma la misma Lucía
En las primeras páginas de su diario, ella escribe algunas memorias de esa libertad que dejó en Córdoba: “La infancia es uno de los más bonitos recuerdos que he tenido. Allí es donde uno logra ser la persona que quiere, sin importar los motivos o problemas que tenga".
Vea las dos primeras entregas de #HablemosDeLasNiñas

- El costo de denunciar un agresor sexual

- En Colombia, la violencia sexual comienza por casa
HUna primera versión de este reportaje, publicada el lunes 22 de octubre en el impreso de El Espectador, llevaba por título: "¿Deseada o forzada? la maternidad de las niñas colombianas”. Para evitar confusiones, en la versión web la palabra "deseada" fue cambiada por "voluntaria", pues esta hace referencia con mayor precisión a un acto que "nace de la voluntad, y no por fuerza o necesidad extrañas a aquella", según la definición de la RAE.

* La identidad de la niña ha sido protegida.