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19 may 2022

CIDH presenta ante la Corte IDH caso de Brasil por desaparición forzada y violencia sexual

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió el 22 de abril de 2022 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el Caso de Cristiane Leite De Souza y otros respecto de Brasil, sobre la desaparición forzada de diez personas, algunas de las cuales fueron víctimas de violencia sexual, y la falta de debida diligencia en la investigación y sanción del asesinato de Edméa da Silva Euzébio y Sheila da Conceição.

Las diez víctimas fueron secuestradas en 1990 en Magé por parte de policías civiles y militares, algunas de ellas sometidas a violencia sexual, asesinadas y lanzadas al Río Estrela. La investigación policial fue archivada luego de varios años por la prescripción del delito y la falta de pruebas materiales del delito, ya que nunca se encontraron los cuerpos.

El caso también da cuenta del asesinato de las señoras Edméa da Silva Euzébio y Sheila da Conceição, familiares de una de las víctimas, el cual ocurrió luego de que la señora Da Silva testificara en un tribunal sobre la participación de policías en las desapariciones.

La Comisión consideró suficientemente acreditado que las víctimas sufrieron una desaparición forzada, dado que ocurrió a manos de agentes estatales y la falta de investigación del Estado obró en el encubrimiento de los autores de los hechos, que a la fecha siguen sin esclarecerse.

El Estado incumplió su obligación de investigar, juzgar y sancionar, en plazo razonable y con diligencia las desapariciones. La investigación que duró casi 20 años tuvo serias demoras en las diligencias, en las técnicas utilizadas y en la evaluación de las pruebas y se archivó sin identificar el paradero de alguna de las víctimas o sus responsables y sin investigar la denuncia de violencia sexual.

En este sentido la Comisión concluyó que el Estado violó el derecho a las garantías y protección judiciales y el derecho a la igualdad ante la ley de las víctimas e incumplió con la obligación de adoptar disposiciones de derecho interno, como la tipificación de la desaparición forzada en su legislación.

La CIDH también consideró que existió un vínculo entre el asesinato de Edméa da Silva Euzébio y de Sheila Conceição con la desaparición de las víctimas y su labor en "Madres de Acarí", movimiento de madres de víctimas de violencia institucional. Señaló además que Edméa Euzébio estaba expuesta a una situación de especial riesgo en virtud de su calidad de defensora de derechos humanos y de su participación activa en la denuncia y búsqueda de justicia por la desaparición de su hijo. Por lo anterior, el Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, la libertad de expresión, libertad de reunión, y garantías y protección judicial de las señoras da Silva Euzébio y Conceição.

 

La Comisión determinó que el Estado de Brasil es responsable por violar los artículos II, XVIII y XXIII de la Declaración Americana; los artículos 3, 4, 5, 8, 13, 16, 19, 24 y 25 de la Convención Americana en relación con sus artículos 1.1 y 2; así como los artículos I.a, b y d, y III de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas; y 7.b) y 7.f) de la "Convención de Belém do Pará".

 

En su informe de fondo recomendó:

 

Reparar las violaciones de derechos humanos de forma material e inmaterial.

Disponer medidas de atención en salud física y mental para los familiares de las víctimas en acuerdo con ellas.

Investigar los hechos de forma diligente, efectiva y en plazo razonable para dar con el paradero de las víctimas y, de ser el caso, entregar sus restos mortales; identificar las personas responsables e imponer sanciones.

Proteger y promover la labor de defensa de los derechos humanos realizada por las madres de Acarí.

Tipificar el delito de desaparición forzada según los estándares interamericanos.

Disponer mecanismos de no repetición: Investigar, diagnosticar y desarticular la participación de "milicias" y agentes del Estado en Rio de Janeiro y Magé y promover el enfoque de género y de interseccionalidad en las investigaciones, evitando la estigmatización de personas, particularmente jóvenes afrodescendientes como "marginales" o "delincuentes".

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

26 ago 2019

ONU: Los militares de Myanmar cometieron violencia sexual sistemática contra las minorías étnicas

La violencia física extrema y la manera abierta en que la infligen las fuerzas militares refleja una cultura generalizada de tolerancia de la humillación y un propósito deliberado de causar dolor o sufrimiento físico y mental a los civiles de las minorías étnicas en Myanmar, señalaron los expertos en derechos humanos integrantes de la Misión Investigadora de la ONU para ese país.

En un informe,  la Misión describió las tácticas brutales empleadas en los estados de Kachin y Shan y destacó las “operaciones de limpieza” de 2017 que obligaron a 700.000 rohinyás a huir a Bangladesh, subrayando que las atrocidades registradas en el estado de Rakhine son un indicador de los intentos genocidas del ejército contra esa minoría.

La Misión halló que los soldados practicaron rutinaria y sistemáticamente violaciones, algunas de ellas masivas, y otros actos de violencia sexual contra mujeres, niñas, niños, hombres y transgénero, transgrediendo de manera flagrante las leyes humanitarias internacionales .

Rendición de cuentas 
"La comunidad internacional debe pedir a los militares de Myanmar que rindan cuentas por el tremendo dolor y sufrimiento causado a personas de todos los géneros en el país”, dijo Marzuki Darusman, presidente de la Misión.


Darusman ha insistido desde que la Misión empezó sus indagaciones en la importancia de que haya una rendición de cuentas que “no sólo concierne al pasado, sino también al futuro”.
“Myanmar está destinado a repetir su ciclo de violencia y violaciones a los derechos humanos a menos que se ponga fin a la impunidad”, ha alertado en repetidas ocasiones.

Los expertos entrevistaron a cientos de sobrevivientes y testigos de la violencia sexual en el norte del país, en Kachin y Shan, y en el occidente, en el estado de Rakhine.
Denuncia de atropellos
La mayor parte de los asaltos estuvieron dirigidos contra mujeres y niñas e incluyeron golpizas, quemaduras con cigarrillos, apuñalamientos, violaciones y esclavitud sexual en las bases militares. La Misión documentó también casos de violación y tortura sexual a hombres y niños.
Christopher Sidoti, el otro integrante de la Misión, refirió que por primera vez se enfatiza la violencia contra las personas transgénero. “Hablamos con mujeres rohinyás transgénero y encontramos que son doblemente víctimas, una por ser rohinyás y otra por ser transgénero”, explicó.
La Misión afirmó que la conclusión que puede hacerse tras oír los relatos es que la violencia sexual perpetrada por los militares birmanos fue parte de una estrategia deliberada y bien planeada para intimidar, aterrorizar y castigar a la población civil.
La Misión Investigadora para Myanmar presentará su informe final al Consejo de Derechos Humanos en septiembre de 2019.
Marzuki Darusman fue el fiscal general de Indonesia; Radhika Coomaraswamy trabajó como representante especial de la ONU para niños y conflictos armados y fue relatora especial sobre violencia contra mujeres y niñas; y Christopher Sidoti ocupó el cargo de comisionado de derechos humanos en Australia.


18 dic 2018

Corte Suprema aprobó II Pleno Casatorio Penal – Sentencias Plenarias 1-2018/CIJ-433 y 2-2018/CIJ-433


La Corte Suprema de Justicia de la República del Poder Judicial del Perú, aprobó el I Pleno Jurisdiccional Casatorio de las Salas Penales Permanente, Transitoria y especial.
Sentencia Plenaria Casatoria N° 1-2018/CIJ-433.
Base Legal: Artículo 433.4 del Código Procesal Penal.
Asunto: Alcances de la determinación de la pena en los delitos sexuales.


Fuente Poder Judicial del Perú. 

3 dic 2018

Elvia Barrios: "En delitos de violación el testimonio de la víctima es clave"

Evaluación. Pleno Casatorio Penal revisa dos sentencias que fijaron jurisprudencia sobre delitos sexuales contra menores. Ambas fueron emitidas por la sala que integraba César Hinostroza. Se busca establecer criterios para juzgar con enfoque de género.

La red de corrupción instalada en el sistema de justicia, conocida en julio pasado, permitía que se negocien sentencias para favorecer a distintos acusados, incluso a violadores de menores.

A meses de ese escándalo, los magistrados que integran el Pleno Casatorio Penal se encuentran revisando dos fallos que fijaron jurisprudencia sobre la materia, ambos emitidos por una sala que integraba el exjuez supremo César Hinostroza.

De modo general, explica la jueza suprema Elvia Barrios, quien preside la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, lo que se busca es establecer criterios interpretativos para que, desde una perspectiva libre de estereotipos, los operadores de justicia conduzcan sus procesos de forma adecuada.

En ese marco, añade, los jueces deben tener claro que, mediante acuerdos plenarios previos, se ha determinado que el testimonio de la víctima “se erige como una prueba fundamental” para acreditar los delitos de violencia sexual, siempre que cumpla con algunos supuestos, entre ellos la verosimilitud y la ausencia de ánimo espurio.

Esta declaración, además, debe realizarse una sola vez dentro de una cámara Gesell para evitar la revictimización.

La primera casación revisada es la N° 292-2014-Áncash. trata de un caso de violación con posterior embarazo. En ella se estableció que los jueces no pueden sentenciar a los acusados sin antes valorar la prueba de ADN, pues de lo contrario se limitaría su derecho a defenderse.

Según explica Barrios, la prueba de ADN no siempre funciona como elemento definitivo para demostrar la responsabilidad del abusador. La jueza propone un ejemplo para ilustrar este punto:
"Una mujer es víctima de una agresión sexual. Hace la denuncia. A las semanas puede haber tenido relaciones consensuadas. Como consecuencia de alguno de los actos queda embarazada. Allí la prueba de ADN no puede descartar per se que ella no haya sido víctima de violación", explica.

La segunda casación aludida es la N° 335-2015-Del Santa, en la que se determinó que los juzgadores pueden atenuar la sanción a los violadores cuando son "sujetos de responsabilidad restringida", es decir, cuando tienen entre 18 y 21 años; o cuando la víctima está cerca de cumplir 14 años.

Al respecto, Barrios señala que "es un tema bastante sensible" que deberá debatirse entre los magistrados, pero es enérgica al señalar que "ningún consntimiento de una menor de 14 años es válido, absolutamente ninguno".

En cualquier caso, lo que corresponde es buscar las "pruebas periféricas" que permitan corroborar la declaración de las víctimas, como el reconocimiento médico legal y las pericias psicológicas, considerando que dichos elementos tanpoco son concluyentes.

"¿Qué pasa si el reconocimiento médico legal dice que hay ausencia de lesión física, que la menor tiene himen dilatable o que no hay circunstancia médica que pruebe la agresión? Por eso no necesariamente se debe exigir la presencia de lesiones vinculadas a la violencia sexual", explica.

La magistrada añade que tampoo se puede exigir precisión en el relato del delito, pues, al ser la violación una experiencia traumática, la mente puede "borrar" o confundir detalles. Lo mismo ocurre con las víctimas de violaciones sistemáticas, que suelen presentarse en ámbitos familiares.

Fecha fija
El Pleno Casatorio penal emitirá sus sentencias el próximo 18 de diciembre, según anunció su coordinador, el juez supremo César San Martín.

- Dicha fecha es "inaplazable", según dijo Elvia Barrios. La sesión inaugural se realizó el pasado 7 de noviembre en el Palacio de Justicia.

Es necesario "deconstruir" a los jueces
- Para la presidenta de la Comisión de Justicia de Género es necesario que los jueces dejen de lado sus prejuicios al administrar justicia. "Tenemos una cultura patriarcal y machista en nuestro país. El juez o la jueza que transmite una decisión indudablemente tiene una carga personal. Lo que tratamos es de deconstruir esos estereotipos. Sin ello, no hay ninguna posibilidad de mejorar el sistema de administración de justicia para aplicar el enfoque de género", señala.

- Entre enero y octubre de este año, según datos de la misma comisión, el Poder Judicial ha recibido 3.609 denuncias por violencia sexual. Si se suman los casos ingresados desde 2015, la cifra se eleva a más de 16mil. Entre las regiones con mayor incidencia se cuenta Lima (602 casos), La Libertad (210), Lambayeque (209), Cusco (198) y Puno (137).


17 nov 2018

Perú: Falló absuelve a violador de menor de edad argumentando "error de tipo" porque cuerpo desarrollado de la agraviada no parecía de 13 años

En el siguiente recurso de nulidad de la Sala Penal Permanente utiliza el "erro de tipo" para absolver a un presunto violador porque la víctima, menor de edad (13 años), aparenta ser mayor de la edad que tiene. Creemos que el "error de tipo" se refiere al posible desconocimiento de que el hecho delictivo era tal y no al hecho de que la víctima "aparentaba" ser uno o dos años mayor a su edad. Adjuntamos el lamentable fallo. 

El recurso de nulidad formulado por la defensa de Carlos Eduardo Gutierrez Rosas contra la sentencia emitida el 31 de enero de 2018 por los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones Especializada y de la Sala Penal Liquidadora del Distrito Judicial de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, que lo condenó como autor del delito de violación sexual de menor de edad, prevista en el numeral 2 del artículo 173 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales J.M.C.B; le impusieron la pena de diez años de privación de la libertad y la obligación de pago de cuatro mil soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.

La versión del abogado del imputado se baso en la apariencia física de la víctima -que era bajita pero de contextura gruesa y pesaba alrededor de sesenta y cuatro kilos, por lo que no parecía de trece años-, más la declaración rectificatoria, de la agraviada, la cual reúne los requisitos establecidos en el considerando vigésimo sexto del  Acuerdo Plenario número uno-dos mil nce/CJ-ciento dieciséis aún en el extremo de lo declarado respecto a la edad que dice le manifestó tener al acusado y la apariencia física que refiere ostentaba a la fecha de comisión de los hechos, tiene pleno valor probatorio y desvirtúa las conclusiones derivadas de los indicios circunstanciales que sustentaron la condena del procesado, por lo que lo absolvieron. 


4 ago 2018

Ley que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales


El día de hoy se publicó la Ley N° 30838, Ley que modifica el Código Penal y el Código de ejecución penal para fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
Modificaciones de los siguientes artículos del Código Penal: 
Artículo 15.- Error de comprensión culturalmente condicionado.
Artículo 46, B. Reincidencia
Artículo 46, C. Habitualidad
Artículo 69.- Rehabilitación automática
Artículo 92.- La reparación civil: Oportunidad de su determinación
Artículo relacionados a la violación sexual 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 176-A, 177.
Artículo 178.- Responsabilidad especial
Artículo 178-A.- Tratamiento terapéutico
Artículo 183-B.- Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales. 

23 may 2018

Corte IDH: Nicaragua no garantizó el acceso a la justicia de una niña víctima de violación sexual

Nicaragua no garantizó el acceso a la justicia de una niña, víctima de violación sexual, y ejerció violencia institucional en su contra

San José de Costa Rica, 23 de mayo de 2018.- El Estado de Nicaragua es responsable por no garantizar el acceso a la justicia de la niña V.R.P.1.; quien a lo ocho años de edad fue víctima de abusos y violación sexual por actos supuestamente cometidos por su adre, concluyó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Sentencia notificada el 08 de marzo de 2018.

29 ago 2017

RFI: Cientos de marroquíes se movilizan contra la "cultura de la violación"

- "Casi 2 de cada 3 marroquíes son víctimas de violencia según cifras oficiales. 

- El 63% de las mujeres en Marruecos sufrió algún tipo de violencia en los espacios públicos, según el Alto Comisionado del Plan sobre la Violencia contra las Mujeres".

"¡Las leyes para los hombres, la violación para las mujeres!", "¡No tenemos miedo, liberen el espacio público!". Son algunos de los mensajes que gritaron los 300 manifestantes reunidos en Casablanca, la capital económica de Marruecos, dos días después de la difusión en internet de un video que mostraba la agresión sexual que sufrió una joven de 26 años en un bus a plena luz del día.

Varios centenares de personas manifestaron este miércoles en ciudades marroquíes como Casablanca y Rabat para denunciar la violencia sexual de la que son víctimas las mujeres a diario en espacios públicos. El último caso -de una jóven agredida por seis adolescentes en un bus durante el día- fue filmado y difundido por las redes sociales, causando mucha conmoción y debate.

"Seis chicos se abalanzaron a ella, le quitaron su ropa y le tocaron en sus partes íntimas", reporta la corresponsal de RFI, Beatriz Mesa, desde Rabat. En la capital, unas 200 personas también se movilizaron. Los agresores, todos menores, fueron detenidos.

Aunque la protesta fue bastante reducida en comparación con las miles de reacciones en las redes sociales, Mesa destaca que "se trataría de la primera protesta sobre acoso sexual en las calles que todavía no está recogido en las leyes de Marruecos". "Son muchas las mujeres que sufren acoso diariamente en un país marcado por la represión sexual, la separación entre sexos y las diferencias sociales y castas", agrega la periodista.

Los manifestantes reclamaron una respuesta securitaria por parte de las autoridades pero también en materia de educación. Las imágenes de la agresión de la jóven en Casablanca suscitaron muchas expresiones de repudio pero también comentarios que culpaban a la chica por su ropa.

"Hace unos años, cuando el movimiento de mujeres lo denunciaba, parecía que eramos charlatanes pero ahora cada vez más nos damos cuenta de que es un fenómeno grave ", dijo a RFI Nadia Nair, profesora de comunicación en la Universidad de Tetuán, al norte del país.

Resurge en Marruecos el problema del maltrato a las mujeres

Desde hace unos días Marruecos está conmocionado y avergonzado tras publicarse un video en las redes sociales que ha dado la vuelta al mundo. Unas imágenes en las que se divisa a un grupo de adolescentes acosando sexualmente a una mujer en un autobús de Casablanca, a plena luz del día y ante la atónita y pasiva reacción de los demás viajeros.

Este escandaloso video no ha hecho más que volver a denunciar y destapar fuera de las fronteras marroquíes la dura realidad que sufren muchas mujeres en un país clasificado entre los diez peores del mundo en cuanto a la igualdad de género.  

Apesar de las reformas judiciales implantadas en los últimos años, en Marruecos continúa existiendo una legislación discriminatoria sobre la herencia y que criminaliza las relaciones sexuales de mutuo acuerdo entre personas solteras. Tampoco existe un marco legal que proteja a las mujeres de la violencia en el ámbito familiar.

En términos de violencia de carácter sexual o sexista, Marruecos presenta un triste balance: casi dos de cada tres mujeres marroquíes son víctimas de violencia, según cifras oficiales. Y los sitios públicos son los lugares donde la violencia física contra ellas es más evidente: el 63% de las mujeres en Marruecos sufrió algún tipo de violencia en los espacios públicos, según el Alto Comisionado del Plan sobre la Violencia Contra las Mujeres.

Entrevistadas: Zohra Kubea, activista de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos en la ciudad de Lucimar, y Nadia Naïr, profesora de Comunicación en la Escuela Nacional de Ciencias Aplicadas de la Universidad de Tetuán.

7 ago 2017

España: "Preguntar 'si cerró las piernas' a una violada es lamentable, es un golpe a la igualdad desde la justicia"

Este 27 de julio, el CGPJ consideró ante recurso que la magistrada realizó una pregunta adecuada a la presunta víctima de violación. Por segunda vez –ya lo hizo en 2016- tomó la decisión de archivar el expediente impulsado por la Asociación Clara Campoamor y el Consejo General de la Abogacía. 

  • ¿Le forzó?
  • ¿Opuso resistencia a las agresiones?
  • ¿Cerró las piernas? ¿Cerró toda la parte de los órganos femeninos?
  • … Sí
Así se dirigió el 16 de febrero de 2016 la titular del Juzgado de Violencia Nº1 de Vitoria-Gasteiz, María del Carmen Molina Mansilla, a una denunciante de violación violencia de género por maltrato habitual y agresiones sexuales. El 7 de marzo del mismo año, la Asociación Clara Campoamor interpuso una queja al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para la suspensión de la mencionada jueza. A esta se unió el  Consejo General de la Abogacía, que a través de su presidenta Filomena Peláez Solís, consideraron el acto una "falta de sensibilidad absolutamente imprescindible".

Asimismo, aseguraban, evidenciaba una "total falta de empatía con la presunta víctima y una ausencia de formación especializada". Con esta idea coincide la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y presidenta de la Asociación de Mujeres Juezas de España, Glòria Poyatos Matas. "Hay una gran falta de formación dentro de la justicia en general, en todos los operadores de la justicia, y esa actuación evidenció esa grave falta de formación", ha contado en conversación con Vozpópuli

Este 27 de julio, el CGPJ consideró ante recurso que la magistrada realizó una pregunta adecuada a la presunta víctima de violencia de género. Por segunda vez –ya lo hizo en 2016- tomó la decisión de archivar el expediente impulsado por ambas entidades. Peláez Solís ha afirmado que respetan la decisión tomada pero, desde el Consejo General de la Abogacía, discrepan. "Nos remitimos a lo expuesto en nuestro recurso considerando que las expresiones de la magistrada eran injustificadas, gratuitas e innecesarias para la consecución de los fines propios de la instrucción", asegura.



"Esa pregunta es muy lamentable, es un golpe a la igualdad desde las instituciones, desde la propia Justicia"

Por su parte, la magistrada afirma que desde su asociación tienen "una posición muy crítica". "Esa pregunta es muy lamentable, es un golpe a la igualdad desde las instituciones, desde la propia Justicia", añade. Además, afirma, hay tres características que se plasman en la cuestión realizada por la jueza de Vitoria. "Esa pregunta resume la estereotipación, la falta de formación y, lamentablemente, un desconocimiento muy profundo de lo que es la jurisprudencia internacional en esta materia", señala. 

Peláez Solís asevera que "la pregunta fue atentatoria contra la dignidad de la denunciante". En su escrito, se lee que  no solo se planteó ese interrogante a la denunciante, sino que la cita estaba prevista para las 11.00 horas de la mañana, no comenzó hasta las 15.00 horas y la magistrada "efectuó constantes preguntas sin dejar terminar las respuestas". 

En el momento en el que se celebró el juicio, la presidenta de la Asociación Clara Campoamor, Blanca Estrella Ruiz, comunicó a los medios que trataron de solventar la situación de todas las maneras posibles antes de llegar a la judicial, pero se quedaron sin medios. Lo consideró humillante, ofensivo y degradante, sin rigor profesional.



"Quien tiene la competencia de la formación exclusiva de jueces y juezas en este país es quien tiene la responsabilidad"

La presidenta de la asociación de juezas afirma que la culpa no es concretamente de Molina Mansilla. "Yo no cargo tanto contra esta magistrada en concreto, lo que ella ha hecho es hacerse eco de un prejuicio social", asevera. "No es la propia jueza, es el CGPJ (...) Quien tiene la competencia de la formación exclusiva de jueces y juezas en este país es quien tiene la responsabilidad de formarnos para que podamos mostrarlo a través de nuestras resoluciones y que, por tanto, sean igualitarias", añade. 

Solo un voto en contra del archivo

La presidenta del Consejo de la Abogacía afirma que la decisión de la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y Violencia de Género del CGPJ, Ángeles Carmona Vergara -a quién Peláez dirigió su escrito-, debe ser aplaudida. Fue la única de siete votos que lo hizo en contra del archivo de la causa, mediante un voto particular disidente con la decisión mayoritaria.

"En su voto discrepante, Ángeles Carmona afirma que los jueces y magistrados han de observar los deberes de protección de la dignidad e intimidad de las víctimas, particularmente cuando se recibe declaración en juicio y cuando se trata de una víctima de un delito contra la libertad sexual o de violencia de género", cuenta. "Parece que subyace que es muy difícil remover esa falta de sensibilización y concienciación necesaria para estos asuntos", añade.

Peláez Solís ha facilitado el escrito de queja y el recurso contra el archivo en el que se leen los derechos de la víctima vulnerados en dicho juicio. Entre ellos, lo acordado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal asevera que se han de garantizar la integridad física y psíquica, libertad, seguridad, libertad e indemnidad sexual, así como proteger su intimidad y su dignidad, particularmente cuando se les reciba declaración o deban testificar en un juicio. "Hay que juzgar con perspectiva de género", señala Poyatos. 



"Nuestro esfuerzo queda burlado cuando vemos que hay juzgados en los que se sigue una práctica que contraviene lo dispuesto de forma expresa en nuestro ordenamiento jurídico"

No obstante, la jueza del Tribunal Superior de Justicia de Canarias analiza la pregunta y por qué se ha llegado a plantear así a una persona que denuncia una violación. "El siglo XX fue el de la conquista de la igualdad formal entre hombres y mujeres. El gran desafío que tenemos en el siglo XXI es la conquista de la igualdad real", dice. "¿Por qué no se logra esta igualdad real? Los estereotipos y los prejuicios son la respuesta, son inmunes a la ley, son resistentes y dominantes y es muy difícil erradicarlos", añade.

La magistrada planteó una reflexión en un artículo sobre este tema: "¿En el caso de una víctima por intento de homicidio se preguntaría 'Intentó usted esquivar con todas sus fuerzas la trayectoria de la bala disparada?'". Poyatos asevera que no se diagnostica como un problema que requiere remedio. "Los jueces y juezas tienen banalizados los estereotipos y los vuelcan en las sentencias. Se banaliza la violencia de género", narra. "La pregunta sobre si cerró las piernas es cuestionar a las mujeres sobre el consentimiento sexual implícito", añade.

"Nuestro esfuerzo queda burlado cuando vemos que hay juzgados en los que se sigue una práctica que contraviene lo dispuesto de forma expresa en nuestro ordenamiento jurídico", afirma la presidenta del Consejo de la Abogacía. "Va a costar cambiar esta situación por un motivo: porque llevamos 40 años de Constitución y aunque las mujeres estamos integradas en todas las carreras jurídicas, en las fotos de los poderes que mueven el mundo tenemos una representación anecdótica", añade Poyatos. La magistrada concluye con una idea clara: "Es la patología de la democracia del siglo XXI".



29 may 2016

El País: Indignación por la violación colectiva que sufrió una menor en Rio de Janeiro a manos de una treintena de hombres

La abogada de la víctima de violación en Brasil acusa de machismo a la policía que investiga el caso.
Por Flávia Marreiro

Eloisa Samy, la abogada de la adolescente de Río de Janeiro cuya violación fue divulgada en imágenes distribuidas por Internet ha anunciado que va a pedir que Alessandro Thiers, titular de la Comisaría de Represión a los Delitos de Informática (DRCI, por sus siglas en portugués), de la Policía Civil de Río de Janeiro, salga del caso, con el argumento de que adopta una conducta inadecuada. “Hay machismo del propio comisario. Le preguntó si tenía la costumbre de hacer sexo grupal. Durante el testimonio, él mete a tres hombres más en la sala, exponiendo a la victima. Incluso con la conmoción que rodea al caso, eso ha ocurrido”, dijo a El PAÍS este sábado, cuando la policía ha anunciado haber detenido un sospechoso tras operativo en la zona del crimen.

Activista de los derechos humanos, la abogada le ofreció asistencia legal a la chica y a su familia. Para Samy, la insistencia de Thiers en que es necesario un examen de cuerpo del delito para hablar de violación no es aceptable. “La palabra de la víctima ya basta, en el caso de la violación de una mujer. Si hubiera sido un robo de un teléfono móvil, de un reloj, eso no ocurriría. ¿Qué se necesitaba,más allá del video que muestra a la chica inconsciente, desnuda, para que se reconociese y se legitimase la palabra de la víctima? Las imágenes son cristalinas”.

En el vídeo publicado en Internet, la chica aparece inconsciente en una cama, mientras varios hombres la graban. Uno de ellos muestra su pelvis ensangrentada. “Mira cómo está. Sangrando. Mira por dónde pasó el tren. Por donde pasó el tren bala, por encima de todo”. La divulgación de las imágenes, en la que los involucrados también comentan que “más de 30” la “dejaron embarazada”, dio lugar a la investigación del caso.

La policía no ha identificado el sospechoso detenido el sábado. El viernes tres sospechosos de estar implicados en el caso declararon y fueron puestos en libertad. Uno de ellos, Lucas Perdomo Duarte Santos,de 20 años, que tuvo una relación con la adolescente el año pasado, le dijo a la policía que no mantuvo con ella relaciones sexuales. Según el diario Estado de S. Paulo, el abogado de Santos, Eduardo Antunes, admitió que Souza expuso la foto de la joven en WhatsApp. Raí de Souza, de 18 años, admitió haber mantenido relaciones sexuales “consentidas" con la adolescente y afirmó que las imágenes fueron hechas con su teléfono móvil, pero aseguró que él no es responsable de su divulgación.

“La policía solo va a pedir algún tipo de prisión si se demuestra la existencia del delito y si hay necesidad", afirmó el comisario Thiers, según el periódico Folha de S.Paulo. “Estamos investigando si ella dio su consentimiento, si estaba drogada y si realmente los hechos ocurrieron. La policía no puede ser liviana y dar por válida la idea de violación en grupo, cuando en realidad no lo sabemos todavía”,dijo.

La abogada Samy ha criticado la liberación de los que declararon a la policía. “¿Cómo llegaron esas imágenes a Internet, por arte de magia? Ellos confesaron que las compartieron”, argumenta la abogada. Divulgar imágenes de menores de edad —la chica tiene 16 años— es un delito previsto en el Estatuto del Niño y del Adolescente (ECA, por sus siglas en portugués) con pena de cárcel, de tres a seis años. En 2009 la ley 12.015 del Código Penal brasileño sufrió una alteración y pasó a considerar,además de la conjunción carnal, actos libidinosos no consentidos como delito de violación.

Versiones
Santos y Souza afirman que la chica no fue violada —refiriéndose a la práctica sexual con penetración— y afirman que un grupo llegó a la casa en la que se cometió el crimen, en la Zona Oeste de Río, después de un baile funk, género popular en Río. Ambos dijeron que la referencia a “los 30” del video que humilla la joven es un funk.

La adolescente dice que, después de encontrarse con Souza, se despertó en aquel inmueble, rodeada de hombres armados. Al diario O Globo, la joven ha dicho que se sentía “una basura” y ha reiterado su versión y anadido que ha sido violada también con objetos. “Hay un video de eso también”.

Según la abogada Eloísa Samy, el delito se produjo el domingo, y no el viernes, día 20,como la chica había dicho inicialmente. En la primera declaración, añade Samy, ella todavía estaba confusa, drogada.“Sigue siendo blanco de amenazas verbales en Facebook. Se sigue compartiendo el vídeo. Ella empieza a presentar señales del trastorno de pánico”, advierte la abogada.

Fuente El Pais: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/05/28/actualidad/1464460590_281633.html

12 mar 2016

ONU: Sudán del Sur, los soldados violan a mujeres como “salario”

Sudán del Sur permite a los combatientes "violar a mujeres a modo de salario", denunció este viernes un nuevo informe de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en el país.

El Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos dijo que se trata de uno los panoramas más espantosos del mundo pero que, sin embargo ha permanecido prácticamente desapercibido en los radares internacionales.

El documento enumera detalladamente numerosas violaciones, cometidas en particular por las fuerzas gubernamentales, incluyendo casos de civiles incendiados vivos o descuartizados o el de una adolescente violada por 10 soldados.

En un comunicado de prensa, Zeid Ra'ad Al Hussein dijo que la escala de la violencia sexual es especialmente alarmante. El informe fue llevado a cabo por un equipo de investigación del Alto Comisionado que visitó el país más joven del mundo de octubre de 2015 a enero de 2016.

A su vez, UNICEF advirtió que decenas de miles de niños en Sudán del Sur están riesgo debido al conflicto y a una grave escasez de fondos. En conferencia de prensa en Ginebra, el portavoz de la agencia señaló que a pesar de un llamamiento de 155 millones de dólares para atender a más de 5 millones de niños este año, apenas se han recibido 27 millones.

"El financiamiento humanitario para el país más joven del mundo ha colapsado. Por primera vez desde que empezó esta violenta crisis los niños están bajo amenaza, pero no por la falta de acceso o capacidad sino por la falta de fondos", dijo Christophe Boulierac.

Sudán del Sur, que se independizó de Sudán en julio de 2011 tras décadas de conflicto, se encuentra inmerso en una guerra civil desde diciembre de 2013.


7 mar 2016

ONU Mujeres llama a abordar el alto índice de niñas violadas que dan a luz en Paraguay

La violencia contra la mujer es un fenómeno muy extendido en Paraguay, lamentó la oficina de ONU Mujeres en ese país.

El organismo de la ONU expresó gran preocupación por el alto índice de casos que incluyen situaciones extremas como el homicidio de mujeres por sus parejas y un fenómeno alarmante de niñas entre 10 y 14 años que han dado a luz producto de abusos sexuales.

Carmen Echauri es experta de esa agencia de la ONU. En una reciente visita a Paraguay nos dijo que se han presentado 684 de esos casos en 2014, según cifras del ministerio de salud.

"Cuando nos enfrentamos a un dato como ése, inmediatamente surge la presunción y certeza de que se trata de un caso de abuso sexual, no puede haber consentimiento en una niña de 10 años para una relación sexual, el perpetrador es una persona muy cercana a su familia, se dan casos muy elevados de padrastros, de padres incluso, de tíos, del entorno familiar de la niña y/o del entorno comunitario muy próximo", dice Echauri.

Una agravante es la actitud que rodea esos casos, dónde se pone en duda el testimonio de la víctima. Como por ejemplo, el caso pasado de una niña paraguaya de 10 años que quedo embarazada producto de violación de su padrastro, y que tuvo un bebé a los 11 años.

"Hubo una seguidilla de situaciones previas, en el que ella llego al servicio de salud y que no se pudo detectar hasta que el embarazo estaba muy avanzado, se trato como un caso de parasitosis. La Fiscalía un año antes de que se diagnosticara que estaba embarazada, dijo que no tenía pruebas para decir que era abuso sexual, entonces termino el caso con el embarazo y parto de una niñas de 10 a 11 años". 

Este caso fue condenado por un grupo de expertos de la ONU en derechos humanos, que señaló que el Gobierno de Paraguay no actuó con la debida diligencia, negando acceso seguro a tratamientos incluído el aborto seguro en el momento oportuno.

Una niña de 10 años no tiene el cuerpo muy desarrollado. Siempre es una situación de riesgo para la salud. El Estado paraguayo no prohíbe la interrupción del embarazo salvo que la vida de la madre corra peligro. Pero, las personas encargadas de aplicar la ley consideraron que la niña no corría peligro, entonces el embarazo llegó a término.



Fuente Radio ONU:  http://www.unmultimedia.org/radio/spanish/2016/03/onu-mujeres-llama-a-abordar-el-alto-indice-de-ninas-violadas-que-dan-a-luz-en-paraguay/#.Vt3zRvnhDIU

22 ene 2016

India: La historia de una víctima de violación forzada a casarse con su violador

El crimen se repite de nuevo
La historia de una víctima de violación en Mathura, es forzada a casarse con su violador, demuestra lo poco que se ha avanzado en este lugar.

Durante la campaña para reformar las leyes relativa a violaciones al principio de los años 80, después del fallo de la Corte Suprema en el caso de violación de Mathura en el cual dos agentes de policía que habían violado una menor tribal de 15 o 16 años en la comisaría de policía fueron absueltos por motivos que la menor no tenía "buen carácter" y que tenía más de 16 años, un eslogan acuñado por movimiento de mujeres para captar sucintamente la ironía en este fallo, "Mathura ha sido violada dos veces, primera vez por los agentes de policía y después por las cortes," es todavía pertinente como lo era en esos años.


A pesar del hecho que, en los últimos años, la atención pública haya sido sobre este tema, nada parece haber cambiado para las víctimas. Todo lo que hemos logrado pese a varias enmiendas a la ley relativa a la violación es hacerla más estricta que disuasiva. No ha aumentado las tasas de condenas, las cuales siguen siendo lamentables, un mero 10-15%. En todos los demás casos, la víctima es considerada con sospecha y llamada mentirosa.



Aunque hayamos cambiado la nomenclatura de "víctimas" por el término "sobreviviente", los juicios por violaciones siguen siendo desgarradores, y las víctimas siguen siendo humilladas, no sólo por los abogados abogados de defensa sino también por los jueces.  En raras ocasiones, si se obtiene una condena en primera instancia, esta condena es a menudo revocada en apelación.



En lugar de empoderar la víctima y ayudarla a devenir una sobreviviente, el juicio penal disminuye sus condiciones sociales. La menor de una zona pobre es forzada de dejar la escuela y su familia se traslada para evitar la estigmatización. La mayoría de las campañas terminan cuando se promulga la ley y la rehabilitación muy pocas veces es una preocupación. Se cree generalmente por activistas y partes interesadas que prescribir una pena disuasoria se transforma en justicia para la víctima. 


Esta situación predominante impide la mayoría de las víctimas a presentar cargos por violación, especialmente si el violador es una persona conocida, poderosa y influyente, o si es un miembro de la familia. La mayoría de las víctimas están conscientes de la humillación que sufrirían y que, últimamente, serían las única a pagar el precio de presentar una queja.

La humillación que sufre la víctima no se limita al tribunal de primera instancia, sino sigue hasta la etapa de apelación. Si la violación resuelta en un embarazo, su situación deviene aún más precaria. Varias veces el violador ofrece a la víctima de casarse, y los jueces la convencen de aceptar tal oferta como única solución viable por motivos que es difícil de criar sola a un niño y sufrir la estigmatización social.

Esto es terriblemente evidente en el caso de una mujer joven en Cuddalore, Tamil Nadu. El incidente ocurrió en 2008. En 2014, la corte condenó el acusado y le ordenó pagar una compensación de Rs 2,000,000. En julio de 2015, durante la apelación, el juez D. Devadass de la Alta Corte de Madras pidió a la víctima de considerar la oferta de matrimonio del acusado y refirió el caso para mediación, por motivos que el hijo necesita un padre y que es difícil criar a un niño como madre soltera. No obstante, la víctima rechazó la oferta y comentó, "¿Sabe el juez la humillación y estigma que atravesé durante los años desde el incidente?"

Luego, en octubre, el caso llegó ante otro juez, el juez A. Selvam, quién dejó de lado la condena y refirió el caso para nuevo juicio por motivos que no había prueba clara que la víctima tenía menos de 16 años cuando el incidente ocurrió, y que la condena era basada solamente sobre su prueba testimonial. El juez también ordenó a la víctima devolver la compensación ordenada por el tribunal. Concluyó que la víctima tenía más de 16 años, que fue una relación sexual consensual y no violación. Aunque la alta corte tuviera el poder de verificar los documentos para averiguar su edad, en lugar de dejar de lado la condena y ordenar nuevo juicio 7 años después del incidente, declinó esta opción.

Esto era precisamente la situación en el caso de Mathura. A pesar de que la persecución hubiera alegado que la niña tenía menos de 16 años, como no clara prueba de edad estaba disponible porque era una niña tribal analfabeta sin acta de nacimiento o certificado escolar probando su edad, el acusado fue absuelto por motivos de la doctrina del beneficio de la duda para en favor del acusado.

Parece que se repitió la historia con la alta corte dejando de lado la condena por solo motivo de la edad, a pesar de que las pruebas de ADN probaran la paternidad. Incapaz de soportar esta humillación y también las dificultades económicas, cuando vino el momento del juicio, la víctima informó el tribunal de Mahila de Cuddalore, el 29 de diciembre, que se había casado con el acusado y que vivían juntos. Puso fin a este litigio tortuoso, donde una mujer de 22 años ha sido dejado sin ninguna protección. No hubo instrucción por parte del tribunal según la cual los Rs 2,000,000 de compensación deberían ser reservados como futura seguridad para el niño o como aseguramiento que el hombre no vaya a ser vengativo y crual como represalias por haber hecho una denunciación de violación contra él.

Esta preocupante tendencia no es rara pero sino una ocurrencia de rutina en nuestros tribunales.

 
Fuente The Indian Express "Crime repeats itself": http://indianexpress.com/article/opinion/columns/crime-repeats-itself/