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10 nov 2016

CRIN: Delitos continuados sobre los abusos a niños por parte de los religiosos

En el Primer Boletín de Child Rights International Network (CRIN), exploramos algunos de los anuncios que hizo la Iglesia durante los últimos dos años, con la intención aparente de luchar contra los abusos de niños perpetrados. También vimos como esos anuncios quedaron en la nada, y como a pesar de los anuncios, la Iglesia continúa con sus prácticas de relocalización de curas apenas surgen acusaciones. 

En esta segunda parte, el CRIN analiza algunas de las razones de por qué resulta tan dificultoso avanzar en con las investigaciones tanto judiciales como eclesiásticas, y también veremos un relevo de algunos de los nuevos casos surgidos en los últimos años.

La Influencia de la Iglesia no es ficción

En la última ceremonia de los Oscars, la película En Primera Plana” (Spotlight) se alzó con el premio a mejor película. Allí se muestra una versión ficcionalizada de la investigación realizada por periodistas en Boston, Estados Unidos, que desenmascaró a los responsables detrás del ocultamiento de casos de abuso perpetrados por sacerdotes, y también el lobby, la presión que ejerció la Iglesia para que las historias de las víctimas no salgan a la luz. Tanto como las denuncias no son ficción, tampoco lo es la influencia que la Iglesia continúa ejerciendo para evitar que la nueva información sobre el tema llegue a las tapas de los diarios.

En Paraguay,  un grupo de periodistas encabezó una protesta debido a que una serie de reportes sobre abuso clerical preparada por periodistas de un diario no fue publicada debido al pedido expreso de Monseñor Eliseo Ariotti.Entre las historias que no llegaron a publicarse, está la de un cura argentino acusado de abuso que escapó a Paraguay y vivió allí varios años sin ser descubierto, desempeñándose en una diócesis. Los argumentos del obispo: los reportes eran poco convenientes para la Iglesia. 

Las víctimas del cura Karadima en Chile, idearon una película llamada “El Bosque de Karadima”, en referencia a El Bosque, la parroquia del cura en la que se hacía rodear de jóvenes de la alta sociedad. Allí las víctimas cuentan no sólo que Karadima abusaba de ellos sino que ejercía un control férreo sobre la vida personal de cada uno de ellos aún luego siendo adultos. Actualmente, se emite una serie basada en la película.

Curas en el Banquillo

En el reporte del CRIN de 2014, "El abuso sexual de niños y la Santa Sede: la necesidad de justicia, rendición de cuentas y reformas”, incluimos una vasta recolección de denuncias de abuso de niños por parte de clérigos en todo el mundo. Ahora en 2016, CRIN realizó un nuevo relevamiento. Nos hemos limitado a nuevas denuncias, algunas por hechos ocurridos tiempo atrás, o por nuevos hechos, surgidas en los últimos dos años en América Latina. De esa revisión, surgió que las causas en contra de curas rara vez llegan a una condena por varias razones.

Fuente CRIN: https://www.crin.org/es/crin-mail/863

8 sept 2015

Chile. Fallo completo con que el Vaticano condenó a Karadima y lo acusó de crear “súbditos sicológicos”

Hasta ahora sólo se habían conocido extractos de la sentencia canónica que condenó en 2010 al sacerdote Fernando Kardima por abuso sexual, entre otros delitos. Hoy The Clinic Online revela la condena completa de la Santa Sede a uno de los curas favoritos de la elite. En un documento de cinco páginas, al que accedio la defensa de las víctimas del ex párroco de El Bosque, se establece la credibilidad de los testimonios en contra de Kardima y su tendencia a crear "súbditos psicológicos". También se habla de la existencia de otras personas que fueron abusadas siendo menores y que entregaron su testimonio a Errázuri.

El 18 de febrero de 2011, el obispo de Santiago, Ricardo Ezzati, citó a una conferencia de prensa en que informó que la Congregación para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede, había declarado culpable al ex párroco de El Bosque, Fernando Karadima (84), de abuso sexual, y definido, tras seis años de investigación, condenarlo a una vida de oración y penitencia.

El contenido del fallo de la Santa Sede fue entregado a Karadima, según detalló Ezzati, y permaneció, hasta ahora, en secreto. 

La defensa de las víctimas de Karadima, tuvo acceso a este documento queThe Clinic Online publica hoy de forma íntegra. Se trata de una sentencia de cinco páginas y 24 puntos que refleja uno de los escándalos más graves del clero nacional.

El texto está firmado el 10 de noviembre de 2010, por el profesor de Derecho canónico y asesor de la Congregación para el Clero Davide Cito; el jurista Manuel Jesús Arroba Conde, quien es desde 2011 asesor del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos; y el canonista Domingo Javier Andrés Gutierrez.

En el documento se establece que después de las denuncias presentadas desde el año 2004 contra el sacerdote Fernando Karadima Fariña, del clero de la Arquidiócesis de Santiago de Chile (Chile), la investigación se realizó de parte de la misma institución respecto de tres ilícitos: 1) abuso de menores. 2) otros delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo tipificados en el mismo canon, de violación del sigilo sacramental. 3) otros comportamientos delictuosos, cometidos tanto en el ejercicio del ministerio de cura de almas como en la administración patrimonial, en el decreto de conclusión de la investigación previa del 17 de junio de 2010.
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Se consigna que “con motivo de la notoriedad del acusado y del clamor mediático suscitado por el caso en cuestión”, la Congregación para la Doctrina de la Fe decidió designarse la causa e instruir para la indagatoria a Cito, Arroba Conde y Andrés Gutiérrez.
Se específica que para el derecho canónico un delito se considera recurrente en determinadas circunstancias: “es necesario y suficiente que el autor del delito sea un clérigo, que la víctima, o sujeto pasivo del abuso, sea un menor de dieciocho años, con consentimiento o menos, del mismo sexo o de diverso sexo respecto al reo”.

En cuanto a la conducta penalmente ilícita, destaca que “no es necesario que haya una real y verdadera relación sexual, siendo suficiente aunque la simple ejecución de actos impuros que impliquen la violación del sexto mandamiento del Decálogo, peculiarmente grave para los clérigos (…) como por ejemplo, tocamientos, besos libidinosos o contactos de órganos sexuales sin que, por otra parte, sea necesario que tales gestos sean percibidos por la víctima como delictuosos o moralmente ilícitos”.

Se cita sobre la violación del sigilo sacramental que “se trata de un delito doloso que el confesor comete cuando revela aquello que constituye el objeto del sigilo y, al mismo tiempo, la persona que ha cometido el pecado. Objeto esencial del sigilo son todos los pecados mortales y veniales, públicos y ocultos, ya sea del penitente como de otras personas manifestadas en orden a la absolución y por lo tanto, conocidas por el confesor a través del sacramento”.

Respecto de Karadima Fariña, precisa que las denuncias y los testimonios recogidos “aunque hayan comenzado por iniciativa de las presuntas víctimas constituidas por los Sres. José Andrés Murillo Urrutia, James Hamilton Sánchez (y más específicamente por las denuncias de su esposa y de su madre) y de Juan Carlos Cruz Chellew, se ampliaron sucesivamente no sólo con los testimonios de Fernando José Battle Lathrop y de Luis Antonio Lira Campino, también ellos víctimas de los abusos perpetrados por el acusado, sino que fueron corroborados recientemente por un gran número de testimonios directos de tales acciones”.

La sentencia da validez a lo relatado por las víctimas respecto de las conductas de Karadima ya que precisa que “la certeza moral sobre la veracidad de los hechos atribuidos al imputado en esta clase de delitos se deduce esencialmente de las pruebas testimoniales (…) ofrece los criterios de valoración de la fuerza probatoria de los testimonios y a éstos es necesario recurrir a fin de alcanzar la certeza moral necesaria para emitir una sentencia o un decreto de condena, teniendo presente la presunción de la inocencia del acusado”.

Destacta que “los testimonios son sorprendentemente concordes al describir también en modo preciso los comportamientos del Reverendo Karadima y lo que es útil subrayar son sólo algunas de las posibles manifestaciones del delito de sexto, es decir sobre todo besos, tocamientos, lenguaje vulgar y autoritario. Estos testimonios provienen de personas sólo ocasionalmente relacionadas entre sí y, sobre todo, que han presentado sus denuncias en diversos momentos durante varios años. Son todos testimonios directos, ya sea por haber sufrido tales acciones, o por haberlas visto cometer sobre otro”.


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El Vaticano descarta que las acusaciones tengan un trasfondo de venganza en contra de Karadima y aclara que “no se tiene nunca la impresión que las acusaciones sean motivadas por el rencor o por otros fines, sino el de liberarse de un peso que atormentaba sus conciencias, aunque obviamente con diferente graduación, dependiendo del hecho si uno había sido testigo o víctima”.

En el punto 13 se explica que no es suficiente la “buena fama” de Karadima para desacreditar los testimonios en su contra. “No se puede olvidar que, a favor de la inocencia del Reverendo Karadima, se manifestaron muchas personas, entre ellos Obispos, sacerdotes y fieles laicos, sobre la base del hecho de no haber visto nunca nada de indecente en el comportamiento del imputado en el transcurso de los años, manifestando también cierta perplejidad sobre las motivaciones de los denunciantes. De parte suya, el colegio de la defensa del Reverendo Karadima, si por un lado centra su atención sobre la dudosa minoría de edad del denunciante Fernando José Battle Lathrop y sobre la insuficiente prueba de la violación directa del sigilo sacramental denunciada por Juan Carlos Cruz Chellew, se apoya principalmente sobre la buena fama que, en los más de cincuenta años de ministerio sacerdotal, el Reverendo Fernando Karadima había adquirido como pastor cuidadoso y director espiritual de un gran número de fieles de todas las condiciones. Sin embargo, no logra disminuir la credibilidad y la veracidad de las acusaciones, aunque se detenga a buscar en evidenciar la fragilidad emotiva y del carácter de los denunciantes que, además, justo por esta condición, aparecen vulnerables y, por lo tanto, víctimas preferenciales”.

Sobre Karadima, el fallo recoge que “el imputado ha rechazado siempre cualquier culpa, negando no sólo los delitos de los cuales es acusado, sino también de haber tenido comportamientos directos para crear una dependencia psicológica por parte de las personas que tuviesen con él una relación de dirección espiritual”, pero que frente a ello pesa más “la enorme cantidad de testimonios recogidos, su credibilidad y concordancia”.

Según el documento, las declaraciones de las víctimas “muestran de modo inequívoco que el Reverendo Fernando Karadima Fariña es culpable del delito de abuso de menores. Tal vez hay dudas sobre el hecho que el denunciante Fernando José Battle Lathrop fuese menor de edad en el momento en el cual fue víctima de acciones delictuosas por parte del imputado, sin embargo, en relación a la pena (…) equipara la violencia a la minoría de edad, pero además de él hay otros menores edad víctimas de tales acciones, tales como Juan Luis Edwards Velasco, Luis Antonio Lira Campino y otros, que han dado su propio testimonio al Cardenal Arzobispo”. 

Karadima, prosigue la condena “es juzgado culpable también de otros delitos (…) por haber cometido con violencia actos contra el sexto mandamiento del Decálogo con víctimas adultas, abusando también de su dependencia psicológica como, entre otros, es el caso de José Andrés Murillo Urrutia, James Hamilton Sánchez y también de Fernando Battle Lathrop. Las víctimas, además, son más numerosas, como resulta de los testimonios dados en el curso de la investigación previa”.

En el apartado 17 se señala que “aunque no aparezca suficientemente demostrada la violación del sigilo sacramental denunciada por Juan Carlos Cruz Chellew y por Luis Antonio Lira Campino, se advierte un uso impropio del ministerio de la confesión y de la dirección espiritual (…) De hecho, son numerosos los testimonios de un uso autoritario de su fuerte personalidad, que tiende a ligar a sí mismo las personas en el ámbito del ministerio pastoral, con la finalidad de crear súbditos psicológicos suyos. Esto parece hallarse también al interno de la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón”

“Con base en las pruebas producidas, el Reverendo Fernando Karadima Fariña es declarado culpable de los delitos mencionados anteriormente, y explícitamente del delito de abuso de menores contra varias víctimas (…) del delito contra el sexto mandamiento del Decálogo cometido con violencia (…), de abuso del ministerio”, dice la sentencia.

También señala que “en consideración a la edad y al estado de salud del Reverendo Fernando Karadima Fariña, se retiene oportuno imponer al reo de retirarse a una vida de oración y de penitencia, en reparación también de las víctimas de sus abusos. Corresponde al Arzobispo de Santiago, de acuerdo con esta Congregación, valorar si es preferible un lugar protegido dentro o fuera de la diócesis, de modo que de todas formas se evite absolutamente la frecuentación con sus exparroquianos o con miembros de la Unión Sacerdotal o personas que se dirijan a él para la dirección espiritual”.

Se impone además “la pena expiatoria de prohibición perpetua del ejercicio público de cualquier acto de ministerio, en particular de la confesión y de la dirección espiritual con cualquier categoría de personas” y “la prohibición de desempeñar y de asumir, también en el futuro, encargos en la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón”.

Como advertencia se establece que “en caso de inobservancia de las medidas antes indicadas, se podrá imponer al reo penas más graves, sin excluir la dimisión del estado clerical” y se conmina al Arzobispo de Santiago a que predisponga “mediante acuerdo con esta Congregación, una visita canónica a la Unión Sacerdotal del Sagrado Corazón, con la finalidad de verificar la eclesialidad de los programas formativos y la transparencia en la administración económica”.

23 may 2014

Comité de la ONU: Vaticano es responsable de abusos cometidos por sacerdotes fuera de su territorio

El Comité de la ONU contra la Tortura (CAT) sostuvo hoy que el Estado Vaticano es responsable de los abusos de menores de edad cometidos por sacerdotes, así sea fuera de su territorio.

En las conclusiones presentadas hoy en Ginebra tras la primera revisión al Vaticano como Estado parte de la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, el Comité señaló que el argumento de la Santa Sede de que no tiene jurisdicción sobre los delitos cometidos por sus ministros en terceros países no es consecuente con el instrumento internacional.

El Comité recordó que la Convención estipula que "todos los funcionarios públicos o personas que actúen en una capacidad oficial" deben cumplir con las obligaciones contraídas por el Estado Vaticano en virtud de ese tratado.

Asimismo, indicó que la Santa Sede debe detener esas conductas y sancionar a quienes violen los principios de la Convención e instó a ese Estado a investigar las denuncias y a suspender inmediatamente de sus labores a los presuntos responsables de atropellos para evitar que continúen los abusos o intimiden a las víctimas.

Agregó que cuando se encuentre responsable a algún ministro se le deberá sancionar adecuadamente, incluyendo la expulsión del servicio clerical.

Además, el Vaticano deberá notificar a las autoridades civiles del lugar donde se hayan cometido los presuntos delitos para que éstas investiguen y procesen a los perpetradores cuando sea el caso.

Finalmente, el Comité pidió una reparación para las víctimas, independientemente de que el responsable haya sido o no juzgado.

Adjuntamos la versión aún no editada de las Observaciones Finales del CAT, en inglés:

Fuente Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas.

9 feb 2014

Los pecados del Vaticano

Esta semana, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas formuló muy graves observaciones sobre la conducta de la Santa Sede (nombre oficial del estado Vaticano) con relación a los derechos de la niñez. Específicamente, el comité examinó la actitud del Vaticano en relación a miles de casos de pedofilia denunciados en el mundo, cometidos por sacerdotes católicos, en los cuales la actitud de la Iglesia católica consistió en proteger de diversas maneras a los sacerdotes acusados, obstaculizar las investigaciones y preocuparse más de proteger su propia imagen antes que atender a las demandas y necesidades de los niños y niñas víctimas de abuso sexual.

La declaración del Comité de los Derechos del Niño era un paso que las víctimas de abuso sexual esperaban con gran ansiedad y que la experta diplomacia del Vaticano pretendía neutralizar. No obstante, el comité se pronunció en términos tan claros y contundentes que obligan a la Santa Sede a afrontar el problema de la pedofilia en rigurosa confrontación con las obligaciones que le corresponde asumir a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño, cosa que había evitado hasta ahora.

Como todos sabemos, el Vaticano ha buscado silenciar los casos allí donde ha podido hacerlo o ha buscado arreglos económicos cuando las víctimas en algunos países han podido arrinconar a la jerarquía, pero en ningún caso ha seguido una línea consistente de búsqueda de justicia para las víctimas. Por ello mismo, evita por todos los medios poner a los culpables a disposición de las autoridades para la investigación y sanción de sus delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

Por todo ello, el comité censuró a la Santa Sede “por no adoptar medidas adecuadas para poner fin a los abusos sexuales de niños cometidos por miembros del clero”, según la nota de prensa distribuida este 5 de febrero por las Naciones Unidas. La misma nota reproduce la declaración hecha por la presidenta del comité, Kirsten Sandberg, quien dijo claramente: “La Santa Sede sistemáticamente ha puesto la preservación de la reputación de la Iglesia y la protección de los autores de los abusos por encima del mejor interés de los menores. La Iglesia ha impuesto un código de silencio a los niños y la presentación de informes a las autoridades policiales y judiciales nacionales nunca ha sido obligatoria”.

Se calcula que no menos de 10 mil niños, niñas y adolescentes han sido víctimas de abuso sexual por parte de miembros del clero católico en diversos países, considerando solamente los casos conocidos en las últimas décadas. El pronunciamiento del Comité de los Derechos del Niño significa una condena inequívoca de la conducta de las administraciones vaticanas de por lo menos los dos últimos papas, Juan Pablo II y Benedicto XVI, bajo quienes se ejecutaron estas medidas que solo cabe calificar de encubrimiento de las responsabilidades de abusadores sexuales solo por ser miembros del clero. El papa Francisco ha formulado desde su nombramiento una condena muy clara al abuso sexual de los sacerdotes contra la niñez y ha tomado medidas al respecto. Ahora le toca el desafío de disponer acciones más amplias y claras para erradicar de la Iglesia católica todo vestigio de complicidad con los autores de abuso sexual.

El pronunciamiento del Comité de los Derechos del Niño tiene importante eco en el Perú, donde el abuso sexual de niños por parte de sacerdotes ha sido encubierto y silenciado por la jerarquía. Todos recordamos al cardenal Cipriani, en un reciente caso de abuso sexual de un menor por parte de un sacerdote, reclamar comprensión para el presunto perpetrador, mientras olvidaba olímpicamente a la víctima.
 
Artículo de Ronald Gamarra en el Diario16, publicado el domingo 9 de febrero de 2014.

Más notas sobre el tema: 
ii) Observaciones finales del Comité Derechos del Niño - ONU al Vaticano: http://kausajusta.blogspot.com/2014/02/el-comite-de-los-derechos-del-nino.html

5 feb 2014

Comité de la ONU censura al Vaticano por no adoptar medidas adecuadas para poner fin a los abusos sexuales de menores

El centro de notícias de las Naciones Unidas.  Comité de la ONU sobre los Derechos del Niño censuró hoy a la Santa Sede por no adoptar medidas adecuadas para poner fin a los abusos sexuales de niños cometidos por el clero.

La presidenta de ese Comité, Kristen Sandberg, afirmó que al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, la Santa Sede debe ponerla en práctica en el territorio de la Ciudad del Vaticano y hacer que todas las personas e instituciones subordinadas a ella en el mundo la cumplan.

En declaraciones a la prensa en Ginebra para ofrecer las observaciones finales de la última sesión del Comité, Sandberg expresó varias preocupaciones con respecto a la Santa Sede, entre ellos el abuso sexual de más de 10 mil niños en todo el mundo.

"La Santa Sede sistemáticamente ha puesto la preservación de la reputación de la Iglesia y la protección de los autores de los abusos por encima del mejor interés de los menores. La Iglesia ha impuesto un código de silencio a los niños y la presentación de informes a las autoridades policiales y judiciales nacionales nunca ha sido obligatoria", dijo.

Sandberg añadió que esas prácticas han contribuido a la permanencia de los abusos y a la impunidad de los perpetradores.

Inglés:  Child Rights precede reputation of the Catholic Church, says UN Committee

The Vatican has been told by a United Nations Committee to immediately remove all clergy within the catholic church known or suspected of involvement in child sex abuse.

The UN Committee on the Rights of the Child heavily censured the Vatican for failing to put in place measures to address cases of child sex abuse by the clergy and for adopting policies which have led to the continuation of the abuse and impunity of the perpetrators.

The Vatican, also known as the Holy See, was accused of attempting to cover up such crimes by sanctioning the transfer of priests known to be child sexual abusers from parish to parish or to other countries.

The committee further criticized the Vatican for failing to treat child sexual abuse cases as criminal offences and conducting proceedings on such issues behind closed doors, a practice the committee says allows the vast majority of abusers to escape jail proceedings in the countries where the abuses were committed.

Kirsten Sandberg is the chairperson of the Committee on the Rights of the Child. 

"The Holy See has consistently placed the preservation of the reputation of the church and the protection of perpetrators above children's best interest. Another matter was the code of silence that was imposed by the church on children and the fact that reporting to national law enforcement authorities has never been made compulsory. We think that it's a horrible thing that's been kept silent both by the Holy See itself and also in the different local parishes. They strongly said that their attitudes have changed over the last few years. Let us hope that this is a new beginning for a more open attitude and more co-operation and removing this condition of silence." 

The Committee urged the Vatican to provide compensation to victims of sexual abuse committed by individuals and institutions under its authority without imposing any obligation of confidentiality on the victims.

Portugués: Comité da ONU pede ao Vaticano que afaste suspeitos de abusos contra menores.

Órgão sobre os Direitos da Criança quer que Santa Sé indenize vítimas de violações cometidas por pessoas ou instituições sob autoridade da Igreja Católica; comitê cita caso de brasileira que abortou as nove anos.

O Comitê sobre os Direitos da Criança apresentou esta quarta-feira, em Genebra, suas conclusões da análise feita sobre a Santa Sé. O órgão, que integra o Conselho de Direitos Humanos da ONU, expressou grande preocupação com casos de "abuso sexual cometidos por membros da Igreja Católica".
O relatório do Comitê cita "clérigos envolvidos no abuso sexual de dezenas de milhares de crianças em todo o mundo". O órgão da ONU pede ao Vaticano que "afaste imediatamente" todos os que cometeram o crime e também todos os suspeitos de abuso, e envie os casos para a Justiça.
Silêncio
O Comitê sobre os Direitos da Criança critica o "código de silêncio" imposto a todos os clérigos e na avaliação do órgão, esta é uma das razões pela falta de denúncia dos casos de abuso.
Outro apelo feito ao Vaticano é pela reforma das leis canônicas, para que passem a considerar crime o abuso sexual de menores e não apenas "delitos contra a moral." O Comitê pede à Santa Sé que forneça compensação a todas as vítimas desses crimes.
Pernambuco
Sobre a postura da Igreja Católica em relação a abortos, o relatório da ONU cita um caso ocorrido no Brasil em 2009, onde uma menina de nove anos realizou um aborto após ter sido estuprada pelo padrasto. Na época, o arcebispo de Pernambuco condenou a mãe da garota e o médico que realizou o aborto.
O Comitê apela à Santa Sé para que reveja sua posição em relação ao aborto, nos casos onde há sério risco de vida para as garotas grávidas. Outra preocupação é com as "consequências negativas" da posição sobre acesso dos adolescentes a métodos contraceptivos e informações de saúde reprodutiva.
Homossexuais
O documento sugere que a Santa Sé use sua autoridade moral para condenar todas as formas de discriminação ou de violência contra crianças, baseadas na orientação sexual dos menores ou de seus pais e para que apoie os esforços internacionais para a descriminalização da homossexualidade.
Outra recomendacao do Comité sobre os Direitos da Crianca {e para que seja listado o n{umero de menores que sao filhos de padres e seja garantido o direito desas criancas de receber apoio de seus pais.
Comité des droits de L'enfant: Le Vatican doit déférer à la justice les pédophiles

Le Comité des droits de l'enfant de l'ONU critique la manière dont le Vatican a traité les cas d'enfants abusé sexuellement, en faisant primer ses intérets au détriment de ceux de victimes.




El Comité de los Derechos del Niño presentó sus Observaciones Finales sobre la Santa Sede


Para Radio Francia Internacional, El Vaticano tienque que echar de sus cargos a quienes hayan abusado sexualmente de niños y denunciarlos a la policía. Este comité critica la práctica de movilidad de los sacerdotes pedófilos que no impide que éstos sigan abusando de los niños.
Además, "el Comité de la ONU sobre los Derechos del Niño urge a la Santa Sede a “apartar de inmediato de sus funciones a todos los autores conocidos y sospechosos de abusos sexuales a niños, y denunciarlos a las autoridades competentes para que los investiguen y los procesen”.
Aquí el documento del Comité, versión sin editar en inglés: