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6 may 2018

Argentina: La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de los genocidas del Plan Cóndor


La Cámara de Casación confirmó las condenas a los genocidas

Los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos rechazaron los recursos presentados por los abogados de los genocidas y confirmaron las penas del Tribunal Oral N°1.

En una sentencia histórica, de más de mil páginas, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de los genocidas en el marco del denominado Plan Cóndor de represión interamericana durante las dictaduras del continente, entre los años setenta y ochenta. La sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Mariano Borinsky, como presidente, los vocales Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos resolvió rechazar los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por las defensas de Santiago Omar Riveros, Rodolfo Emilio Feroglio, Luis Sadí Pepa, Néstor Horacio Falcón, Eduardo Samuel De Lio, Antonio Vañek, Humberto José Román Lobaiza, Felipe Jorge Alespeiti, Eugenio Guañabens Perelló, Carlos Humberto Caggiano Tedesco, Manuel Juan Cordero Piacentini, Federico Antonio Minicucci y Miguel Ángel Furci. Así quedaron confirmadas las condenas dictadas por el tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 en el marco de la megacausa que unificó todos los procesos referidos a los delitos de lesa humanidad cometidos por las dictaduras de seis países de la región.

En el 2016, catorce ex jefes militares y de inteligencia argentinos y uno uruguayo fueron condenados a penas de entre 8 y 25 años de prisión por los delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del Plan Cóndor.

Dos de las mayores condenas recayeron sobre el es jefe de la guarnición militar de Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros (a 25 años) y el último dictador y antes jefe de Institutos Militares, Reynaldo Bignone (20 años), que murió en marzo de ese año. también condenaron a 25 años el ex agente de la SIDE, Miguel Angel Furci y el represor uruguayo Cordero Piacentini por su rol en el centro clandestino Automotores Orletti, epicentro de la persecucción a uruguayos en la Argentina. 

"Ha quedado demostrada la existencia de una organización internacional constituida por los más altos funcionarios de los Estados de la región, sus subalternos y quienes ejecutaron por cuenta propia las decisiones que estos tomaban, que actuaron coordinadamente, con rotación de sus miembros ocupando distintos cargos y roles, de modo tal que garantizaron la permanencia de la organización y la concreción de los procedimientos de secuestro, alojamiento en centros clandestinos al efecto y práctica de la tortura como método para la obtención de información. Del estudio de los hechos tenidos por ciertos se observa que cada uno de los condenados realizó los aportes efectivos y concretos como producto de su cargo y función", escribieron los camaristas.

En las conclusiones indicaron que "ello fue hecho en forma coordinada con los demás miembros de la asociación delictual estable, que actuó en el marco de un plan elaborado previamente. Todo esto fue aprobado claramente por los condenados que a través de sus actos demostraron la intención de permanecer en esa sociedad y por la naturaleza de los mismos el conocimiento de la ilicitud de lo que estaban llevando a cabo".

Este acuerdo de carácter clandestino instauró una asociación ilícita entre las fuerzas represivas de la Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, con el propósito de coordinar y maximizar las acciones de las dictaduras. El plan se aplicó desde coordinar y maximizar las acciones de las dictaduras. El plan se aplicó desde 1975 con el intercambio de información sobre dirigentes políticos, sindicalistas y estudiantes con el objetivo de eliminar actividades denominadas "terroristas". La segunda fase del plan consistió en la conformación de equipos especiales transnacionales para el secuestro y detención de los "objetivos" que eran sometidos a interrogatorios y sesiones de tortura. De acuerdo con un informe del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos de Unesco de 2015, las víctimas fueron 376: 117 uruguayos, 72 argentinos, 64 chilenos, 25 paraguayos, 15 peruanos, 12 bolivianos, cinco brasileños, tres cubanos, dos estadounidenses y un español. Todavía permanecen desaparecidos 219 y 38 fueron hallados sin vida. Entre los sobrevivientes está el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel.


Por Adriana Meyer.

6 ago 2017

Argentina: La familia judicial y el terror

Por Carlos Rozanski
Ex Juez Federal
El primer golpe de Estado en nuestro país tuvo lugar el 6 de septiembre de 1930, cuando fue derrocado el gobierno constitucional de Hipólito Yrigoyen. Cuatro días después, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en una escueta Acordada, convalidaba el inicio de una saga de afrentas a la democracia y sobre todo a la integridad física y psicológica de los sectores más vulnerables de nuestra comunidad. 

Se consumaba de esta forma una “sociedad” que continuaría indisoluble hasta la última dictadura surgida a partir del golpe del 24 de marzo de 1976 –y en muchos casos hasta nuestros días–. Sociedad integrada por sectores civiles representantes del poder económico, incluida una parte importante de la justicia federal del país, algunos sectores de la Iglesia católica y una parte numerosa de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad. El objetivo específico de esa asociación ilegal fue la puesta en marcha de un plan económico que en lo esencial consistía en la transferencia de recursos de los sectores más vulnerables de la sociedad hacia los más poderosos. 

El gurú técnico de este proceso se llamaba Milton Friedman, economista de la conocida escuela de Chicago, que, además de haber sido contratado por el dictador Augusto Pinochet durante esa época, inspiró el resto de las economías de la región, puestas en marcha gracias al conocido Plan Cóndor, que liberaba las fronteras para la actividad represiva y de exterminio, imprescindible para el modelo económico que marcó esas décadas. Hace apenas unos días, en la provincia de Mendoza, se produjo un hecho jurídico-social de enorme trascendencia para nuestro país. Se alteró un pacto mafioso tácito y muy prolongado en el tiempo entre los sectores más recalcitrantes de la justicia Federal y el poder económico que llevó adelante el genocidio 1976-1983. Cuatro jueces federales fueron sentenciados a la pena máxima prevista en nuestra legislación penal. Sus conductas durante los años del terrorismo de Estado fueron calificadas como de “partícipes primarios” de homicidios, desapariciones forzadas, apropiaciones y torturas agravadas. En esta histórica decisión no sólo se abandonó la inicial calificación en cuanto a que estos magistrados “omitieron” deberes a su cargo, sino que además se consideró que participaron activamente en el plan criminal de exterminio. Fueron “necesarios”. Y cometieron esos crímenes en el “contexto del delito internacional de genocidio”. 

Así se expresa el fallo que será, a no dudarlo, una hito en este proceso de verdad, justicia y memoria que transita nuestro país desde el año 2003. Ello porque atribuir a esa parte de la justicia federal el verdadero rol imprescindible que cumplieron en esa época nos recuerda una vez más que sin esa participación activa y entusiasta hubiera sido imposible -al menos en esa dimensión-, el genocidio llevado a cabo. Sólo como ejemplo de lo señalado sirva recordar que los hoy condenados a prisión perpetua así como numerosos jueces federales de todo el país rechazaban habeas corpus de familiares de desaparecidos, aplicándole las costas del proceso. Es decir, haciéndole pagar dinero por haber recurrido a la justicia para conocer el paradero de sus seres queridos. Esa particular forma de “sancionar” a los familiares no era otra cosa que parte del terror implantado por el régimen y una de las maneras más perversas de desalentar nuevas presentaciones. Claro está que, además, era de su pleno conocimiento la existencia de centros clandestinos de detención, y la aplicación de tormentos a miles y miles de víctimas. Si bien estas conductas de magistrados criminales las hemos ido conociendo a lo largo de los numerosos juicios llevados a cabo en el país por crímenes de lesa humanidad –miles de testigos han aludido a esas conductas judiciales–, es esta la primera vez que se expresó un tribunal en esos términos. 

Es la primera vez que no se condenó a jueces por “mirar para otro lado” o descuidar sus obligaciones funcionales. Se los responsabilizó por ser parte necesaria en el plan genocida y por cumplir un rol primario específico y sistemático en ese plan. Esa es la verdad jurídica que nos asegura el ascenso de un escalón más en la búsqueda de justicia, que nos ayuda a reparar, a cultivar la memoria y a lograr avanzar en la búsqueda de una justicia verdaderamente democrática sin espacio para familias mafiosas de jueces como los hoy condenados.

Fuente Página12: https://www.pagina12.com.ar/53142-la-familia-judicial-y-el-terror

14 jun 2015

Argentina. El exjuez tucumano Manlio Martínez fue condenado a 16 años de prisión por delitos de lesa humanidad

La pata judicial de la última dictadura. Es el primer condenado por delitos de lesa humanidad que fue juez durante la última dictadura. Fue considerado culpable de encubrir el asesinato de cinco jóvenes y participar en el secuestro de una persona, asociación ilícita y abuso de autoridad, entre otros delitos.

El tucumano Manlio Torcuato Martínez se convirtió en el primer argentino en ser condenado por haber cometido crímenes de lesa humanidad en el ejercicio de sus funciones como juez federal durante la última dictadura cívico-militar. El Tribunal Oral Federal de Tucumán lo sentenció ayer a 16 años de prisión por los delitos de asociación ilícita, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público, prevaricato, encubrimiento del asesinato de cinco militantes populares y privación ilegítima de la libertad de otra persona en mayo de 1976. Los familiares de las víctimas y querellantes en el juicio, así como quienes en ese debate representaron al Ministerio Público Fiscal, celebraron el veredicto y lo analizaron como “un paso adelante”, tanto para la Justicia local cuanto para la nacional. “Es una vergüenza menos para la sociedad tucumana”, entendió Agustín Chit, fiscal ad hoc.

Si bien las partes acusadoras exigieron penas más altas durante sus alegatos, evaluaron positivamente el fallo de los jueces Hugo Cataldi, José Asis y Mario Garzón, que resolvieron condenar a Martínez. El debate oral y público en el que se evaluó la responsabilidad del ex juez en los homicidios de María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra, Eduardo González Paz, Juan Carlos Meneses y Atilio Brandsen, asesinados en lo que en Tucumán se conoce como la Matanza de la Calle Azcuénaga, y en la privación ilegítima de la libertad de Miguel Romano, duró poco más de tres meses y contó con el testimonio de alrededor de 60 personas.

Martínez es el primer ex magistrado que resulta condenado por haber cometido delitos de lesa humanidad en el marco de sus funciones. El ex juez Víctor Brusa fue condenado a 21 años de prisión hace algunos años. La diferencia es que cuando torturó a casi una decena de jóvenes, durante la última dictadura, era secretario, no magistrado. Los mendocinos Luis Miret, Otilio Romano, Guillermo Petra Recabarren y Rolando Carrizo aún están siendo juzgados por su rol durante el terrorismo de Estado. El resto de los casos que mantienen bajo la mirada de la Justicia a ex miembros del Poder Judicial por delitos de lesa humanidad permanecen, aún, en investigación o no llegaron a juicio. “Martínez fue el juez federal más importante de la provincia durante la dictadura, gozó de los privilegios que la magistratura le dio desde entonces, fue profesor universitario y caminó impune por las calles de la ciudad durante 40 años. Que se lo haya condenado es algo con lo que soñábamos y un procedente de peso para avanzar en causas similares en el resto del país. Detrás de él vienen Miret, Romano, los secretarios de Bahía Blanca y los funcionarios de Chaco y Santiago del Estero”, analizó Chit.

El TOF consideró que Martínez cometió abusó de la autoridad que tenía como juez, incumplió los deberes que esa función le dictaba y encubrió el asesinato de los cinco militantes populares que se hallaban en una vivienda de Azcuénaga al 1600, en la ciudad capital de la provincia, perpetrado por una patota el 20 de mayo de 1976. Según consta en registros y tal como él mismo reconoció en la primera audiencia del debate, el ex juez estuvo en el sitio de la matanza, pero no la investigó. El hecho ya cuenta con otros dos condenados: el entonces jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y Roberto “Tuerto” Albornoz, el jefe del centro clandestino de detención tucumano conocido como Jefatura.

Pero la pena de 16 años de cárcel que recibió Martínez no sólo comprende esos hechos: también fue condenado por prevaricato, abuso de autoridad y la privación ilegítima de la libertad de Miguel Romano, el dueño de la casa en la que sucedió la matanza. Días después de los asesinatos, Romano se presentó en el juzgado de Martínez con la intención de desligarse de las víctimas, quienes le alquilaban la vivienda. Martínez lo detuvo y lo dejó a disposición de la policía provincial. Romano, por entonces paciente psiquiátrico, “paseó por diferentes centros clandestinos”, señaló Chit. Su esposa y su hija reclamaron ante Martínez, quien no movió un dedo, tal como testimoniaron ante los jueces.

Por último, el ex magistrado fue condenado por integrar una asociación ilícita en la que su rol era “ejercer la magistratura para permitir y asegurar el plan sistemático de tortura y exterminio”, remarcó el fiscal ad hoc, quien trabajó junto con Diego Velasco: “Formó parte de una organización criminal destinada a cometer delitos en el marco del terrorismo de Estado”, completó.

La hija de Niklison, que se llama igual que su mamá, integró una de las querellas junto a Emilio Guagnini. “Recibimos esta sentencia como mucha alegría, si bien habíamos solicitado una pena de 25 años estamos conforme con la resolución”, evaluó. “La sentencia era un momento muy esperado por toda la familia, llevamos muchos años de lucha esperando un juicio justo para Manlio Martínez y muchos otros que hicieron tanto daño a toda la sociedad”, sostuvo.

Bernardo Lobo Bougeu, quien junto con Pablo Gargiulo querelló a Martínez en nombre de la Secretaría de Derechos Humanos y parte de la familia de Romano, sopesó la importancia del fallo a nivel general. “Es una sentencia de máxima importancia, sobre todo por el rol que cumplieron las instituciones civiles durante la última dictadura militar”, indicó. De la misma manera lo analizó Chit, quien además de indicar que “es un precedente muy importante en Tucumán, que implica una vergüenza menos para la sociedad tucumana”, lo postuló como “un hecho histórico que ojalá siente precedentes en todo el país. 

4 abr 2015

Colombia: Caso homicidio Luis Carlos Galán Sarmiento es delito de lesa humanidad

Corte Suprema de Justicia de Colombia, a través de la Sala de Casación Penal, declaró el crimen de Luis Carlos Galán como de lesa humanidad, reiteró que sí lo fue y que hizo parte de un plan de narcotraficantes para desestabilizar el país.

De esa manera, negó la nulidad planteada por el abogado defensor del General en retiro Maza Márquez, y por ende la cesación de procedimiento por prescripción de la acción penal, así como su libertad provisional.


Resolución aqui:

27 nov 2013

Argentina. Crímenes de lesa humanidad: son 1.701 las víctimas judicializadas en la causa Primer Cuerpo de Ejército

La cifra surge del análisis de todas las líneas invetsigativas que instruye el juez Daniel Rafecas, títular del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3.

Tomando en cuenta todas las líneas de investigación que sigue el juez federal Daniel Rafecas, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3, desde que se inició la megacausa Primer Cuerpo de Ejército, son 1701 las víctimas en la causa donde se instruyen crímenes contra los derechos humanos cometidos en esa jurisdicción durante la última dictadura.

Se trata de todas las víctimas que fueron tratadas en las resoluciones que dictó el juez desde el inicio de la causa hasta el momento, que incluye la investigación de los centros clandestinos de detención y tortura "Atlético, Banco y Olimpo", "Vesubio", "Automotores Orletti", "Hospital Posadas", "Coordinación Federal", "Garage Azopardo", circuito "Subzona 1.3", circuito de la "Subzona 1.4", "Brigada Güemes-Cuatrerismo", "Sheraton", "Mansión Seré" y circuito represivo de Zona Oeste, entre otros.

Entre los acusados se encuentran Miguel Etchecolatz, Reynaldo Bignone, Jorge Rafael Videla (fallecido), Raúl Antonio Guglielminetti, Albano Eduardo Harguindeguy (fallecido), Jorge Carlos Olivera Róvere, Juan Bautista Sasiañ, Carlos Guillermo Suárez Mason (fallecido), Omar Domingo Rubens Graffigna y Juan Alfredo Etchebarne.
Fuente CIJ de Argentina: http://www.cij.gov.ar/

1 oct 2013

Argentina: Prisión preventiva de un ex fiscal federal por delitos de lesa humanidad

La Cámara Federal de Apelaciones del Mar del Plata - Argentina, confirmaron el procesamiento con prisión preventiva de Gustavo Modesto Demarchi, ex Fiscal Federal, en una causa por delitos de lesa humanidad cometidos en 1975 y 1976 por la organización denominada Concentración Nacional Universitaria - CNU, grupo paramilitar.

22 ago 2013

Estados Unidos. La justicia sentencia que la persecución generalizada y/o sistemática contra las personas LGTB es un crimen contra la humanidad

"La persecución generalizada y sistemática de los individuos en base a su identidad de género y orientación sexual incluye constituye un crimen de lesa humanidad".
"... la existencia actual e histórica de discriminación contra las personas LGBTI es precisamente lo que los califica como un grupo objetivo distinto, con derecho a protección en virtud del derecho internacional".

19 may 2013

Guatemala. Sentencia contra Efraín Ríos Montt por delito de genocidio y contra los deberes de humanidad en contra del pueblo maya ixil

La Sentencia contra Ríos Montt por genocidio y contra los deberes de la humanidad en contra del pueblo maya Ixil, cuenta con 718 folios, divididos en 11 partes. Cada parte se refiere a un hecho concreto. 
Esta primera parte se refiere a la identificación de los acusados y la enunciación de los hechos

Esta segunda parte, se refiere a la determinación precisa de los hechos que el tribunal estima acreditados.



Esta tercera parte se refiere a la prueba pericial, sociólogos y científicos.

 

Fuente Coordinación Genocidio Nunca Más, Para que se conozca: http://paraqueseconozca.blogspot.com/2013/05/blog-post_18.html 

La sentencia completa en un momento.

12 may 2013

Guatemala. ¡Se hizo justicia!

GUATEMALA: ¡SE HIZO JUSTICIA!

Por: Ronald Gamarra

El 10 de mayo fue un día histórico para Guatemala y el mundo porque el dictador Efraín Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión inconmutable: 50 años por crimen de genocidio y 30 años por crimen contra los deberes de humanidad, cometidos durante la feroz dictadura que presidió entre 1982 y 1983.

Sus víctimas fueron al menos 1 771 personas de la comunidad ixil, rama del gran pueblo maya que forma la mayoría de la población guatemalteca, asesinadas en operativos militares de tierra arrasada efectuados en el denominado triángulo ixil, región que habita la etnia, donde se aplicó sistemáticamente el asesinato, la desaparición forzada, la tortura, la violación de mujeres, la quema de aldeas y cosechas, y el desplazamiento forzado, implantándose el terrorismo de estado ante las acciones de grupos guerrilleros no indígenas.

Después de siglos de marginación y abuso desde la conquista española y durante toda la república criolla, y después de la brutal represión, contaminada de racismo, sufrida bajo las dictaduras militares de las últimas décadas, esta es la primera vez en que se hace justicia al pueblo maya ixil. Por eso es un día doblemente histórico.

La Comisión para el Esclarecimiento Histórico, creada para investigar el período 1962-1996, estableció en su informe “Guatemala: Memoria del silencio” que 132 mil personas fueron asesinadas y 40 mil fueron víctimas de desaparición forzada; que el 93% de las atrocidades fueron cometidas por las dictaduras militares y el 7% por las guerrillas; y que el 83% de las víctimas fueron indígenas de las comunidades mayas, como el pueblo ixil. Como represalia, el obispo Juan Gerardi, gran impulsor de este informe, fue asesinado por elementos vinculados al ejército en 1999.

El juicio ha resistido la presión de sectores que apoyan al dictador y no dudan en manifestar su desprecio a los derechos humanos. Un abogado de Ríos Montt no dudó en burlarse como un patán: “¡Tengo derecho humano a ir a ingerir mis sagrados alimentos! ¡Me expongo a una gastritis por el capricho del tribunal! ¡Es una violación de derechos humanos no dejarnos ir a almorzar! ¡Voy emitir mis conclusiones en un estado de hambre total! Por lo menos me podría pasar agua, si es tan fina, su Señoría”.

La defensa de Ríos Montt se propuso deslegitimar y abortar el juicio, de allí la constante provocación grosera, así como la maniobra tramposa de valerse de una juez para declarar la nulidad del juicio, pretensión rechazada enérgicamente por el tribunal presidido por la jueza Yassmín Barrios, cuya integridad ante las dificultades hay que destacar, así como su conducción imparcial y firme.

Al pronunciarse la sentencia, hubo un largo momento de tensión por la extraña falta de la policía, que se pretendió aprovechar para propiciar la fuga del genocida. Pero la presidenta del tribunal conjuró el peligro con decisión, ordenando repetidamente: “Nadie mueve de aquí a Ríos Montt hasta que llegue la policía. ¡Esta es una sentencia condenatoria! ¡El señor Ríos Montt tiene prohibido salir de esta sala! ¡Que la Procuraduría de Derechos Humanos cubra a Ríos Montt hasta que llegue la policía!”.

Finalmente, la policía apareció para conducirlo a prisión, haciendo justicia a la invocación que Benjamín Gerónimo, ixil sobreviviente, hizo al tribunal: “Su Señoría: Dios creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza, para poblar el mundo. La Constitución de Guatemala ordena al estado proteger a esa imagen de Dios. Sin embargo, el ejército hizo todo lo contrario. Vino a destruir. Yo lo vi. Con mis vistas. Entonces, quiero decirles, honorable tribunal, que se dicten unas sentencias condenatorias contra los responsables, que se conozcan por el pueblo de Guatemala”.

Artículo elaborado por Ronald Gamarra y publicado en Diario 16, el día 12 de mayo del 2013. Fuente: http://diario16.pe/noticia/27252-guatemala-aase-hizo-justicia

23 nov 2011

Lesa humanidad: procesaron a Menéndez y otros tres acusados por violación sexual

Lo dictó la Cámara Federal de Mendoza. El tribunal se expidió sobre ese delito como crimen de lesa humanidad, confiriéndole además autonomía con relación a la figura de imposición de tormentos. Fueron imputados en calidad de autores mediatos.


La Sentencia señala: “La manera de infringir dolor habría tenido condimentos diferenciados cuando la víctima era una mujer. Se abría demostrado a través de numerosos testimonios que la violencia sexual y la violación eran una práctica permanente en los Centros Clandestinos de Detención, en el contexto de encierro o coacción extrema al que fueron sometidas las víctimas.”

(Centro de Información Judicial: Agencia de Noticias del Poder Judicial de Argentina)




Sentencia x Violación Sexual ARG2011

7 jun 2011

Argentina continúa investigando y procesando a ex represores de la época de la dictadura

El juez Alcindo Alvarez Canale, a cargo del Juzgado Federal de Bahía Blanca Nº 1, dispuso el procesamiento con prisión preventiva de cinco ex militares (Pedro Angel Cáceres, Miguel Angel Chiesa, Carlos Alberto Ferreyra, Jorge Horacio Rojas y Julio Manuel Santamaría), en el marco de una causa en la que se investigan delitos de lesa humanidad (delitos de privación ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencia con imposición de tormentos, y homicidio agravado por alevosía) cometidos durante el último gobierno militar en el ámbito del Quinto Cuerpo de Ejército. (Fuente: Centro de Información Judicial - Poder Judicial de Argentina).

Sentencia ARG Delito Lesa Humanidad