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6 nov 2013

ASFC: Preocupación ante la posible amnistía al exjefe de Estado José Efraín Ríos Montt dentro del juicio por genocidio

Abogados sin fronteras Canadá (ASFC) emite el siguiente comunicado sobre Ríos Montt en Guatemala.

Ciudad de Guatemala - Abogados sin fronteras Canadá (ASFC) manifiesta su preocupación ante la posibilidad de otorgar amnistía a los acusados de crímenes de graves violaciones a los derechos humanos en Guatemala. Particularmente, ASFC reitera que no se puede otorgar amnistía a José Efraín Ríos Montt, exjefe de Estado de facto, por los graves crímenes de los cuales está acusado. El general Ríos Montt fue condenado el 10 de mayo de 2013 por el Tribunal de mayor riesgo de Guatemala a 80 años de prisión por genocidio y crímenes contra los deberes de humanidad, condena que la Corte de constitucionalidad del Guatemala anuló el 21 de mayo de 2013 por motivos procesales técnicos contestables.
El día 22 de octubre, la misma Corte de constitucionalidad resolvió una apelación de amparo promovido por la Asociación justicia y reconciliación. La Corte de constitucionalidad ordenó a la Sala primera de apelaciones “fundamentar su decisión” por haberse aplicado la Ley de reconciliación nacional sin citar o fundamentarse en el Decreto Ley 8-86.
El Decreto Ley 8-86 confirió amnistía general a toda persona responsable o sindicada de haber cometido “delitos políticos” y comunes conexos dentro del período del 23 de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986 en la época del conflicto armado interno en Guatemala.
El 14 de noviembre de 2012, ASFC presentó una argumentación jurídica escrita (amicus curiae) a la Corte de constitucionalidad dentro del expediente 1933-2012 en el cual se manifiesta que “calificar los crímenes de lesa humanidad, incluyendo el de genocidio, o crímenes de guerra como « delitos políticos » resulta incompatible con el derecho internacional, convencional y consuetudinario”. Organismos y tribunales internacionales como la Corte interamericana de derechos humanos se han pronunciado a través de jurisprudencia afirmando que la amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad están prohibidos por contravenir a derechos inderogables reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos. Este criterio fue compartido por la misma Corte de constitucionalidad con respecto al acusado señor Héctor Mario López Fuentes en un fallo anterior.
La posible aplicación de amnistía al general Ríos Montt y a toda otra persona acusada de crímenes de graves violaciones a los derechos humanos en Guatemala supondría una sensible amenaza al Estado de derecho, a la certeza jurídica y a la reconciliación nacional. Es también una constituyente de impunidad que desfavorece a la incansable búsqueda de justicia por más de treinta años por parte de las víctimas. 

A propósito de Abogados sin fronteras Canadá: ASFC (www.asfcanada.ca) es una organización internacional que tiene por misión sostener la defensa de los derechos de las personas más vulnerables a través del fortalecimiento del acceso a la justicia y a la representación legal. Activa en más de 15 países en el curso de los últimos 10 años, ASFC trabaja en Guatemala desde 2009 para fortalecer la representación jurídica de las víctimas de casos emblemáticos de violación de derechos humanos.
 

19 may 2013

Guatemala. Sentencia contra Efrían Ríos Montt (completa)

Esta octava parte de la sentencia se refiere a las pruebas testimoniales sobre los Ixiles y la defensa de los militares.


Esta novena parte se refiere ala prueba documental científica y material.



Esta décima parte se refiere a la responsabilidad penal de los acusado.


Esta onceava y última parte de la sentencia, se refiere la reparación digna.

Fuent: http://paraqueseconozca.blogspot.com/2013/05/blog-post_18.html

Guatemala. Sentencia contra Efraín Ríos Montt (Continúa...)

Esta cuarta parte de la Sentencia se refiere a la prueba pericial; Antopólogos forenses, ADN y genéticos.


Esta quinta parte de la sentencia se refiere a la prueba pericial sobre la defensa de los militares. 

 
Esta sexta parte de la sentencia se refiere a la prueba testimonial número 1: Testigos Ixiles. 


Esta séptima parte de la sentencia se refiere a la prueba testimonial número 2: Testigos Ixiles.

Guatemala. Sentencia contra Efraín Ríos Montt por delito de genocidio y contra los deberes de humanidad en contra del pueblo maya ixil

La Sentencia contra Ríos Montt por genocidio y contra los deberes de la humanidad en contra del pueblo maya Ixil, cuenta con 718 folios, divididos en 11 partes. Cada parte se refiere a un hecho concreto. 
Esta primera parte se refiere a la identificación de los acusados y la enunciación de los hechos

Esta segunda parte, se refiere a la determinación precisa de los hechos que el tribunal estima acreditados.



Esta tercera parte se refiere a la prueba pericial, sociólogos y científicos.

 

Fuente Coordinación Genocidio Nunca Más, Para que se conozca: http://paraqueseconozca.blogspot.com/2013/05/blog-post_18.html 

La sentencia completa en un momento.

12 may 2013

Guatemala. ¡Se hizo justicia!

GUATEMALA: ¡SE HIZO JUSTICIA!

Por: Ronald Gamarra

El 10 de mayo fue un día histórico para Guatemala y el mundo porque el dictador Efraín Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión inconmutable: 50 años por crimen de genocidio y 30 años por crimen contra los deberes de humanidad, cometidos durante la feroz dictadura que presidió entre 1982 y 1983.

Sus víctimas fueron al menos 1 771 personas de la comunidad ixil, rama del gran pueblo maya que forma la mayoría de la población guatemalteca, asesinadas en operativos militares de tierra arrasada efectuados en el denominado triángulo ixil, región que habita la etnia, donde se aplicó sistemáticamente el asesinato, la desaparición forzada, la tortura, la violación de mujeres, la quema de aldeas y cosechas, y el desplazamiento forzado, implantándose el terrorismo de estado ante las acciones de grupos guerrilleros no indígenas.

Después de siglos de marginación y abuso desde la conquista española y durante toda la república criolla, y después de la brutal represión, contaminada de racismo, sufrida bajo las dictaduras militares de las últimas décadas, esta es la primera vez en que se hace justicia al pueblo maya ixil. Por eso es un día doblemente histórico.

La Comisión para el Esclarecimiento Histórico, creada para investigar el período 1962-1996, estableció en su informe “Guatemala: Memoria del silencio” que 132 mil personas fueron asesinadas y 40 mil fueron víctimas de desaparición forzada; que el 93% de las atrocidades fueron cometidas por las dictaduras militares y el 7% por las guerrillas; y que el 83% de las víctimas fueron indígenas de las comunidades mayas, como el pueblo ixil. Como represalia, el obispo Juan Gerardi, gran impulsor de este informe, fue asesinado por elementos vinculados al ejército en 1999.

El juicio ha resistido la presión de sectores que apoyan al dictador y no dudan en manifestar su desprecio a los derechos humanos. Un abogado de Ríos Montt no dudó en burlarse como un patán: “¡Tengo derecho humano a ir a ingerir mis sagrados alimentos! ¡Me expongo a una gastritis por el capricho del tribunal! ¡Es una violación de derechos humanos no dejarnos ir a almorzar! ¡Voy emitir mis conclusiones en un estado de hambre total! Por lo menos me podría pasar agua, si es tan fina, su Señoría”.

La defensa de Ríos Montt se propuso deslegitimar y abortar el juicio, de allí la constante provocación grosera, así como la maniobra tramposa de valerse de una juez para declarar la nulidad del juicio, pretensión rechazada enérgicamente por el tribunal presidido por la jueza Yassmín Barrios, cuya integridad ante las dificultades hay que destacar, así como su conducción imparcial y firme.

Al pronunciarse la sentencia, hubo un largo momento de tensión por la extraña falta de la policía, que se pretendió aprovechar para propiciar la fuga del genocida. Pero la presidenta del tribunal conjuró el peligro con decisión, ordenando repetidamente: “Nadie mueve de aquí a Ríos Montt hasta que llegue la policía. ¡Esta es una sentencia condenatoria! ¡El señor Ríos Montt tiene prohibido salir de esta sala! ¡Que la Procuraduría de Derechos Humanos cubra a Ríos Montt hasta que llegue la policía!”.

Finalmente, la policía apareció para conducirlo a prisión, haciendo justicia a la invocación que Benjamín Gerónimo, ixil sobreviviente, hizo al tribunal: “Su Señoría: Dios creó al hombre y a la mujer a su imagen y semejanza, para poblar el mundo. La Constitución de Guatemala ordena al estado proteger a esa imagen de Dios. Sin embargo, el ejército hizo todo lo contrario. Vino a destruir. Yo lo vi. Con mis vistas. Entonces, quiero decirles, honorable tribunal, que se dicten unas sentencias condenatorias contra los responsables, que se conozcan por el pueblo de Guatemala”.

Artículo elaborado por Ronald Gamarra y publicado en Diario 16, el día 12 de mayo del 2013. Fuente: http://diario16.pe/noticia/27252-guatemala-aase-hizo-justicia

10 may 2013

Justicia en Guatemala. Ríos Montt, condenado por genocidio del pueblo maya ixil


Pronunciamiento del Equipo de Incidencia en Derecho de IPRODES

En una sentencia que no dudamos en calificar de histórica, el día de hoy el Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo A de Guatemala condenó al ex dictador Efraín Ríos Montt por el delito de genocidio y contra los deberes de humanidad, en contra del pueblo maya ixil, a  la pena de 50 y 30 años de privación de la libertad, respectivamente, las mismas que se suman y son inconmutables. El Tribunal ordenó su inmediata detención y su internamiento en un establecimiento penitenciario.

En un proceso caracterizado por el respeto a los derechos de los imputados –también se procesó a José Rodríguez Sánchez, quien fue absuelto- y las víctimas, el tribunal consideró probados los cargos imputados en la acusación fiscal. Ríos Montt “tuvo conocimiento" de las matanzas, bombardeos, persecuciones, asesinatos de mujeres embarazadas y bebés, de las continuas violaciones sexuales, del sometimiento a hambruna y del desplazamiento forzado perpetrados por las Fuerzas Armadas bajo su mando contra el pueblo ixil -al que se identificó como enemigo interno del estado- con el objetivo de exterminarlo, y "no lo detuvo a pesar de tener el poder para evitarlo".

Guatemala, ante los ojos del mundo, ha hecho justicia a las víctimas ixiles que por más de 30 años clamaron por ella sin ser escuchadas. Este episodio representa un hito en la lucha por la justicia y el respeto a la dignidad de los seres humanos.

La condena al ex dictador sienta un precedente histórico frente a los crímenes atroces perpetrados desde las más altas esferas del poder, que suelen quedar impunes. Debemos pues, saludar la decisión del Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo A de sancionar ejemplarmente a Efraín Ríos Montt.

Queremos resaltar la integridad de los magistrados que formaron parte del Tribunal, quienes a lo largo del juicio demostraron imparcialidad, transparencia y objetividad, garantizando un justo y debido proceso, en el cual Efraín Ríos Montt gozó de la mayor amplitud y garantías para ejercer su defensa.

Este proceso sienta un precedente histórico que reivindica al Poder Judicial de Guatemala por la reserva moral que representan no pocos magistrados como los que conformaron el Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo A. Lo mismo nos cabe decir sobre la representación del Ministerio Público.

Abrigamos la esperanza de que esta sentencia histórica marque una línea en relación con las investigaciones y los juicios pendientes por violaciones a derechos humanos en Guatemala, que no deben  quedar impunes, en aras de la verdad y la justicia a que tienen derecho las víctimas, sus familiares y toda la ciudadanía.


Equipo de Incidencia en Derecho.

16 abr 2013

Comunicado: Decenas de organizaciones y juristas respaldan proceso judicial contra Ríos Montt y Rodríguez Sánchez

En el proceso seguido por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, juristas, como Ronald Gamarra, nuestro Director del Equipo de Incidencia; y organizaciones como ASFC Canadá, CEJIL, Aprodeh, IPRODES y otras más respaldan el proceso judicial guatemalteco contra Ríos Montt y Rodríguez Sánchez por el delito de genocidio.