25 may 2015

Declaración conjunta sobre el 15 aniversario de la aprobación de los Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño

Hoy, lunes 25 de mayo, el mundo celebra el 15 aniversario de la aprobación de los Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) sobre la venta de niños, la prostitución infantil y el niño y la pornografía (OPSC) y sobre la participación de niños en los conflictos armados (OPAC).

Expertos en derechos del niño de las Naciones Unidas (ONU) dan la bienvenida al progreso constante realizado desde mayo de 2010, cuando el Secretario General de la ONU lanzó la Campaña Mundial para la ratificación universal y la implementación de los Protocolos Facultativos de la Convención (CRC). Gracias a los esfuerzos significativos realizados entre las regiones en los últimos cinco años, la OPSC está ahora en vigor en 169 países, mientras que el OPAC ha sido ratificado por 159 Estados.

"A medida que nos acercamos al objetivo de la ratificación universal y que las discusiones sobre el programa de la agenda de desarrollo post-2015 se están intensificando, la protección de los niños contra todas las formas de violencia en todos los contextos, puede llegar a ser verdaderamente una prioridad para todos!", dijo la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños, Marta Santos Pais.

"La ratificación es un paso crucial para promover la adopción efectiva y la implementación de leyes y políticas para realizar los derechos de todos los niños. Pero la implementación de los Protocolos Facultativos requiere mucho más que eso - se necesitan continuos esfuerzos y compromisos de los gobiernos", destacó Benyam Dawit MEZMUR, Presidente del Comité de Derechos del Niño de la ONU.

El Protocolo sobre la venta de los niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil proporciona una guía detallada para ayudar a los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones para prohibir, penalizar, prevenir y garantizar la rendición de cuentas por los delitos de violencia sexual y la explotación. Además, los Estados deben facilitar el acceso a una justicia sensible al niño, así como la recuperación, la reintegración y la indemnización de los niños víctimas de la explotación sexual y la venta con fines de trabajo forzoso o la adopción ilegal, entre otros.

"Estos crímenes aborrecibles de la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil llama a los Estados miembros a consolidar un marco legal que penalice estos delitos y ponga en marcha un sistema de protección infantil con el fin de erradicarlos", subrayó Maud de Boer-Buquicchio, Relatora Especial de la ONU sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil.

El Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados prohíbe que los niños participen en las hostilidades, alienta a todos los Estados para establecer su edad mínima de reclutamiento a los dieciocho años y crea conciencia de la obligación de los Estados a tipificar como delito el reclutamiento y uso de niños y niñas. También prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años por parte de grupos armados, quiénes son los principales reclutadores de niños.

"Hace quince años, con la adopción de la OPAC, los gobiernos acordaron que los niños no pertenecen a las fuerzas de seguridad nacionales. Sin embargo, el reclutamiento y utilización de niños sigue siendo motivo de preocupación y aún queda mucho por hacer para proteger a los niños que crecen en los países afectados por los conflictos", enfatizó Leila Zerrougui, Representante Especial del Secretario General de la ONU para Niños y Conflictos Armados. En línea con la campaña "Niños no soldados" que tiene como objetivo poner fin al reclutamiento y utilización de niños por las fuerzas armadas del gobierno para el año 2016, la Representante Especial insto a todos los Estados miembros a cumplir la promesa hecha a los niños, asegurándose de que los marcos jurídicos nacionales sean adecuados con los estándares internacionales y garantizando la rendición de cuentas de quienes violan los derechos de los niños.


Con la base normativa sólida proporcionada por la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, y la orientación por el Comité de los Derechos del Niño, y las lecciones aprendidas en los últimos años de implementación, con ocasión del aniversario de los Protocolos Facultativos se aprovecha el momento para salvaguardar los derechos de todos los niños del mundo entero.

Proteger a los niños de la violencia, incluida la explotación sexual y el abuso, en todos los ámbitos y contextos, incluso en situaciones de conflicto armado, es un fuerte imperativo moral y legal donde los Estados miembros están obligados a respetar y defender. Además, sólo se logrará el desarrollo sostenible y la paz duradera en un mundo en el que los niños puedan crecer y desarrollar todo su potencial en un ambiente libre de violencia, del miedo y de la discriminación. Por esta razón, hacemos un llamado a todos los países que no hayan ratificado y/o implementado efectivamente los primeros dos Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño como una cuestión de prioridad urgente, y considerar la posibilidad de ratificar el Tercer Protocolo Facultativo relativo a un Procedimiento de comunicaciones para garantizar el acceso a la justicia para los niños cuyos derechos han sido violados (
Fuente SRSG: http://srsg.violenceagainstchildren.org/).


En ese sentido, llamamos al Estado peruano a que ratifique el Tercer Protocolo Facultativo de la CDN (OP3). Vea, "Todo lo que nuestros congresistas deben saber sobre el OP3".



Traducción libre del Equipo de Incidencia en Derecho.

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