Mostrando entradas con la etiqueta Niños. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Niños. Mostrar todas las entradas

8 sept 2021

Corte Constitucional Colombia advierte que los testimonios que rinden los niños y las niñas en los procesos judiciales deben ser valorados adecuadamente

La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales de una ciudadana que interpuso una acción de tutela contra el Juzgado Tercero Administrativo de Armenia y el Tribunal Administrativo del Quindío. Lo anterior con ocasión de la decisión de dichas autoridades judiciales de negar el reconocimiento y pago de los perjuicios que le fueron ocasionados por el homicidio de su compañero permanente por parte de un patrullero de la Policía Nacional.

La accionante indicó que a los catorce años sostuvo una relación sentimental estable con un joven de dieciséis años y con quien convivió bajo el mismo techo. La actora narró que en diciembre de 2014, se desplazaba en una motocicleta con su pareja por el sector de la vereda Murillo, jurisdicción del municipio de Armenia (Quindío). Al pasar por la Estación de Policía del sector, un patrullero de la Policía les disparó por la espalda y le causó la muerte a su compañero. Pese a que se declaró la responsabilidad administrativa de las autoridades, el juez accionado negó la indemnización que ella solicitó.

La demandante adujo que el juez invocó varias razones para respaldar su decisión. Por una parte, la peticionaria aportó varias referencias de documentos y testigos. No obstante, para el operador judicial no se logró probar que entre los jóvenes existiera una relación de convivencia singular y permanente. Por otra parte, el despacho accionado señaló que no se comprobó la afectación ni la congoja. Por último, para el operador jurídico no fue admisible la convivencia entre los dos menores de edad porque, en su criterio, es un argumento que desconoce la realidad social del país y la jurisprudencia en la materia.

La peticionaria enfatizó en que fue discriminada por su edad porque, para la fecha en que ocurrieron los hechos, su compañero tenía dieciséis años y ella catorce. En criterio de la ciudadana, la negativa del juez contencioso para reconocer el derecho a que fuera indemnizada por falta de consolidación de la  relación sentimental, basada en su edad, desconoció su derecho fundamental a una familia. A su vez, la tutelante hizo hincapié en que su unión con su compañero no se encuentra prohibida por la ley.

En sede de tutela, el Consejo de Estado negó la solicitud de amparo y le dio la razón a los jueces en primera y segunda instancia.

Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, la Sala Octava de Revisión concluyó que los jueces incurrieron en un defecto fáctico por tres razones. En primer lugar, las autoridades judiciales se abstuvieron de dar valor al testimonio de la ciudadana. En segundo lugar, los despachos accionados omitieron su deber de explicar los fundamentos para excluir de la valoración probatoria los testimonios. Esto aun cuando su obligación como jueces era garantizar el interés superior de los derechos de la ciudadana, quien para el momento de los hechos tenía catorce años. Por último, tanto el Juzgado como el Tribunal valoraron defectuosamente los testimonios aportados por la parte demandante.

La decisión hizo énfasis en la protección especial a los niños y las niñas en el Estado colombiano y la promoción de su interés superior como sujetos de especial protección constitucional reforzada. A su vez, el fallo invocó el estándar interamericano frente a la protección de los niños y las niñas en la aplicación del derecho al debido proceso. Por último, la decisión destacó la protección interamericana a los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. A partir de lo anterior, la Corte Constitucional fijó parámetros para la valoración de los testimonios que rinden los niños y las niñas en los procesos judiciales (subrayado nuestro).

Para el tribunal, los testimonios que rinden los niños y las niñas en los procesos judiciales deben ser valorados adecuadamente. Esto en función de su edad y de la madurez que denote su comportamiento. Asimismo, las autoridades judiciales deben garantizar de manera progresiva que los niños y las niñas ejerzan sus derechos a medida que estos desarrollan un mayor nivel de autonomía personal y desarrollo.

En igual sentido, la Sala determinó que el principio de interés superior de las niñas y los niños es un concepto que transformó el tradicional enfoque que  concebía las relaciones de los niños, las niñas y los adolescentes. Esto es así porque permitió abandonar la visión que los catalogaba como seres humanos incapaces para, en su lugar, reconocer la potencialidad de que se involucren en la toma de decisiones que les conciernen.

La sentencia revocó los fallos de tutela del Consejo de Estado y protegió los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la ciudadana. Asimismo, la decisión revocó parcialmente los fallos del Tribunal Administrativo del Quindío y del Juzgado Tercero Administrativo de Armenia únicamente en lo referente al reconocimiento de la indemnización. Finalmente, se le ordenó a este último que, en un término máximo de quince días, profiriera una nueva decisión en la que tuviera en cuenta las consideraciones expuestas por la Corte.

16 jun 2015

Buenos Aires, Argentina: El mapa de las violencias contra niños, niñas y adolescentes

Entre 2009 y 2013, el programa Las Víctimas contra Las Violencias, registró 9727 casos de maltratos hacia los más chicos, en la Ciudad de Buenos Aires. Se detectaron cuatro tipos de violencia: emocional, física, sexual y económica. En la mayoría de los casos denunciados, los maltratadores son varones

Insultos, gritos, amenazas, golpes, patadas, manoseos, acosos: las violencias que sufren los niños, niñas y adolescentes adoptan diferentes formas. Esta semana los medios difundieron dos casos en los que la escalada de agresiones terminó con la vida de una nena de dos años en Pilar y un nene de cinco en el barrio porteño de Flores. El área de Investigación del Programa Las Víctimas contra Las Violencias, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en conjunto con el área de Protección de Derechos de Unicef Argentina, analizó la información de 12.426 intervenciones ante llamados de emergencia a la línea gratuita137 por violencia familiar entre 2009 y 2013, poniendo la lupa sobre los más chicos. La cifra de chicos maltratados en sus hogares, en Ciudad de Buenos Aires, alcanzó a los 9727.


La presencia de los especialistas en el territorio es la marca diferencial de la actuación de las Brigadas Móviles del Programa que dirige Eva Giberti. “Nosotros estamos presentes en el domicilio y eso hace que la situación sea menos traumática para los chicos. Les explicamos cómo es la figura del juez, por qué está la policía. Los adultos pensamos que ellos no perciben nada pero sí lo hacen” dijo a Infojus Noticias, Jimena Navas, coordinadora del Equipo de Atención a Víctimas de Violencia Familiar. Son los propios niños los que muchas veces agarran el teléfono y marcan 137 para pedir ayuda.

“Muchas veces las mujeres no denuncian porque creen que es una forma de proteger a la familia. Sin embargo, la denuncia no solamente protege a los niños sino que sirve como ejemplo para para que en el futuro ellos mismos condenen ciertas conductas”, desarrolló Navas.

El relevamiento hizo foco sobre cómo las modalidades de violencias cambian en relación al género de la víctima. “El 52% fueron niñas y el 48% eran varones.Hay igualdad numérica cuantitativa entre varones y mujeres. Eso invisibiliza desigualdad en la aplicación de esas violencia. Las víctimas son agredidas y vulnerabilizadas  de una manera distinta”, explicó a Infojus Noticias Kevin Wierzbinsky, uno de los integrantes del equipo de Investigación.

“El análisis demuestra una tendencia: las mujeres reciben violencia a lo largo de toda su vida. Mientras que los niños concentran las violencias de 0 a 10 hasta menguar a cero cuando van creciendo”, agregó Wierzbinsky.

Cuatro tipos de Violencias

El Equipo Móvil identifica y define cuatro tipos de violencias. La emocional se refiere a los  insultos, gritos, frases de menosprecio y humillación, apodos, chantajes emocionales, amenazas. Un chico que es testigo de la violencia entre sus padres es víctima de este tipo de vulneración. La violencia física engloba todo lo relacionado al daño físico, como golpes, patadas, rasguños, puñetazos, entre otros. En tanto que la sexual incluye manoseos, acoso, violaciones, abuso sexual, entre otros. También describe la violencia económica que es el control de dinero o bienes de la víctima, la amenaza o retención de bienes y objetos. En los niños se identifica mediante la rotura, ocultamiento o ausencia de bienes, entre otros.

La violencia emocional no presenta mayores diferencias según el género. Sin embargo, de acuerdo con el análisis publicado por el Programa, los varones entre 0 y 10 años fueron víctimas de violencia física en mayor medida que las niñas de esa misma edad. En ese mismo sentido, cuando se trata de violencia sexual, las niñas y adolescentes cuadruplican a las víctimas varones. Entre los 11 y 18, las niñas y las adolescentes que son víctimas de violencia casi duplican la cantidad de casos respecto de los de género masculino. Esto significa que a partir de los 11 años, las mujeres tienen mayor probabilidad de ser víctimas que sus pares de género masculino.

Según el informe, sobre el total de 9727 víctimas atendidas en los años que se tomaron como muestra, se determinó la existencia de 5215 agresores. Cada agresor produjo un promedio de dos víctimas niños, niñas o adolescentes. La mayoría de los violentos fueron hombres: un 88%. Sólo en el 12 por ciento de los casos se trató de mujeres violentas. Otro dato que se desprende del relevamiento es que el 76% de los agresores identificados son los varones padres.
 “Tanto la madre y como el padre ejercen la violencia de 0 a 10 años. A partir de los 11 aplican mayor violencia en el género femenino”, explicó Kevin Wierzbinsky. 

Mujeres adultas 

El estudio tiene un apartado en el que el interés está puesto en las mujeres adultas. Allí se desglosan datos sobre víctimas femeninas de entre 19 a 29 años comparándolos con la información sobre hombres vulnerabilizados. Se encontraron con preponderancia de la violencia de tipos físico y sexual contra ellas. En esa franja el informe detectó 2152 casos de violencia física contra las chicas y 147 contra los varones.

Otra de las conclusiones es que las parejas son los principales agresores de las mujeres. En la franja de los 19 a los 29 años, hubo 1832 víctimas por parte de su pareja. En el caso de los varones 13 fueron maltratados por sus compañeras mujeres.

Las tramas de agresión comienzan en la adolescencia. Entre los 13 y los 15 años hubo 13 casos de mujeres maltratadas por sus novios. Mientras que no se intervino en ningún caso donde el adolescente agredido por su pareja era un varón. 

Los números históricos de las violencias 

El Programa Las Víctimas Contra Las Violencias, a través de su Línea 137 recibió, desde su creación en octubre de 2006 a mayo de 2015, un total de 98.454 llamados. Víctimas, vecinos, allegados, familiares o una persona testigo de una situación de violencia que llamó para pedir ayuda. Del total de comunicaciones, 17.546 derivaron en intervenciones domiciliares en el territorio porteño. Esto es en la escena misma donde ocurrió la violencia. 23.404 víctimas fueron atendidas y acompañadas, de las cuales 13.359 fueron niños, niñas y adolescentes. 

¿Cómo funciona la línea 137? 

La línea gratuita 137 está formada por psicólogos, trabajadores sociales y abogados que, acompañados por dos suboficiales de la Policía Federal se acercan a la escena de la violencia y si la víctima quiere la acompañan a la comisaría, al juzgado y al hospital. Actúa en la Ciudad de Buenos Aires, Posadas, Oberá y El Dorado (en Misiones) y Resistencia (Chaco).


Fuente INFOJUS: http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/el-mapa-de-las-violencias-contra-ninos-ninas-y-adolescentes-8819.html

10 jul 2013

Argentina. Corte Suprema ordenó la restitución de tres niñas a su padre que vive en Italia

El Máximo Tribunal ratificó un fallo de la Suprema Corte Bonaerense de restituir a tres menores de edad a su padre que vive en Italia. Además, exhortó a los progenitores a evitar situaciones más conflictivas a las niñas y al Tribunal de Familia a que el proceso de restitución sea lo menos lesivo para ellas. 
Fuente: Centro de Investigaciones Judiciales de Argentina.

22 may 2013

Carta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre Plan Nacional de Derechos Humanos

El Instituto Promoviendo Desarrollo Social - IPRODES, Save the Children y 21 instituciones que trabajan en la promoción y defensa de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes en nuestro país, le recuerdan al Ministerio de Justicia, de acuerdo al anunció de la aprobación del Plan Nacional de Derechos Humanos 2013 - 2016, los compromisos asumidos por el Estado peruano en el último Examén Periódico Universal ante las Naciones Unidas, el 01 de noviembre del 2012, en materia de derechos de la niñez.


Las 21 instituciones que suscribieron la carta son: Acción por los Niños, Asociación Ciudadana de Prevención de Enfermedades Transmisibles (ACPET), Asociación ANAR, Asociación Nacional de Centros – ANC, Capital Humano Social y Alternativo – CHS Alternativo; Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – PROMSEX; Generación de Innovaciones para el Desarrollo – GID; Grupo de Iniciativa Nacional por los derechos del niño - GIN; Instituto Promoviendo Desarrollo Social – IPRODES; Asociación KALLPA; Centro de Estudios de Problemas Económicos y Sociales de la Juventud (CEPESJU),  Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo- PIDHDD; RED SIDA Perú; Movimiento de Adolescentes y Niños trabajadores Hijos de Obreros Cristianos – MANTHOC; Save the Children; terre des hommes-Alemania, Terre des Hommes Holanda;  Fondazione Terre des hommes Italia,  Terre Des Hommes Suisse-Perú , REDESS jóvenes y Servicio Ecuménico de Pastoral y Estudios de la Comunicación (SEPEC).

25 feb 2013

CRIN: Manual de Asistencia Jurídica para los Niños

Child Rights International Network, CRIN, ha publicado el informe en español "Manual de asistencia jurídica para los niños y las organizaciones de los derechos de los niños". 
El acceso de los niños a la justicia requiere que todos ellos puedan participar plenamente en los procedimientos judiciales, independiente de cómo entren en contacto con la ley. En general, la idea es que los niños sean capaces de utilizar el sistema y confiar en que éste proteja sus derechos, algo que no se cumple de forma regular porque los sistemas de justicia no tienen en cuenta su especial vulnerabilidad. De hecho, en vez de dar solución a las situaciones ya de por sí complicadas y preocupantes , a menudo, el proceso judicial supone para ellos un trauma adicional y una fuente de temor (CRIN: http://crin.org/resources/infodetail.asp?id=29959).

4 jun 2012

Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de Agresión

El 19 de agosto de 1982, en su período extraordinario de sesiones de emergencia sobre la cuestión de Palestina, la Asamablea General de las Naciones Unidas (ONU) consternada ante el gran número de niños, niñas y adolescentes palestinos y libaneses que han sido víctimas inocentes de los actos de agresión de Israel, decidieron conmemorar, los días 4 de junio de cada año, el Día Internacional de los niños víctimas unocentes de la agresión.

El propósito del día es reconocer el dolor que sufren los niños en todo el mundo que son víctimas de maltratos físicos, mentales y emocionales. Este dia afirma el compromiso de las Naciones Unidas de proteger los derechos del niño tal y como esta establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU. 

Puede ver la Resolución ES-7/8:
ONU 1982