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9 dic 2015

Saludo del Doctor Eduardo Vega, Defensor del Pueblo, a los Familiares de la masacre de Santa Bárbara

El Defensor del Pueblo, Eduardo Vega Luna, saludo a los pobladores y familiares de la masacre del Caso Santa Bárbara, hace 24 años, dónde miembros del Ejército peruano desaparecieron a 15 personas, entre ellas, 7 niños y niñas. Aqui su discurso.
 


Fuente Defensoría del Pueblo: http://www.defensoria.gob.pe/
Fotos: Iprodes.

8 dic 2015

Hoy: Realizan Homenaje a niños y niñas Desaparecidos de Huancavelica

Familiares de las víctimas del caso de la Comunidad campesina de Santa Bárbara, en Huancavelica, llegarán a Lima para participar en el homenaje que representantes de diversas instituciones realizarán, a pocas semanas de publicarse la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que declara al Estado peruano internacionalmente responsable por la violación de los derechos a la libertad personal, integridad personal, vida, reconocimiento de la  personalidad jurídica, garantías judiciales y protección judicial, en perjuicio de 15 pobladores de la referida comunidad huancavelicana.

La sentencia de la CIDH se refiere a los hechos ocurridos el 4 de julio de 1991, cuando una patrulla militar detuvo en la comunidad campesina de Santa Bárbara a 15 personas, entre ellas 7 niños y niñas de muy corta edad: Yesenia (6 años), Miriam (3 años), Edith (8 meses), Wilmer (3 años), Alex (6 años), Raúl (1 año), y Héctor (6 años) de edad respectivamente, y 5 mujeres adultas, una de ellas con seis meses de embarazo.

Roger Mendoza, director ejecutivo de Paz y Esperanza, una de las instituciones que representó a las víctimas tanto en el fuero nacional como en el sistema interamericano, señaló que es importante que como sociedad reconozcamos aquellas familias y a toda una comunidad que experimentó uno de los episodios más trágicos y dolorosos ocurridos durante el conflicto armado interno en el Perú, al tiempo de instar a las autoridades del Estado para que hagan lo propio cumpliendo la sentencia de la justicia interamericana.

En el mismo sentido se pronunció Yvon Arroyo, abogada y directora de la Asociación ÁGAPE, institución que trabaja por los derechos de la niñez, quien resaltó que la Corte haya subrayado la violación del derecho a la especial protección de niñas y niños en el caso Santa Bárbara. Arroyo consideró paradójico que el crimen se perpetrara cuando el Perú ya había ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, habiendo asumido el compromiso de hacer todo lo que precisamente no hizo en Santa Bárbara. “Esperemos que el Estado peruano se reivindique y actúe dignamente, atendiendo con prontitud lo dispuesto en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, indicó.

De igual modo, el Defensor del Pueblo, Eduardo Vega, saludó este acto de reconocimiento porque “se trata de un caso terrible que compromete la responsabilidad del Estado, no solo por la comisión de un crimen tan execrable como lo es la desaparición forzada, sino por la ausencia de una debida diligencia para garantizar el acceso a la verdad y justicia de los familiares durante todos estos años”.

El homenaje a las niñas, los niños, y todas las víctimas de Santa Bárbara se realizará en el memorial El Ojo que Llora, el miércoles 9 de diciembre, a las 10.30 horas.

Nota de Prensa
Fuente Paz y Esperanza: http://www.pazyesperanza.org/

13 nov 2015

Corte IDH: Sentencia sobre desaparición forzada de campesinos en el Perú (7 niñas y niños)

San José, Costa Rica, 13 de noviembre de 2015.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó el día de hoy la Sentencia sobre Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas en el Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú, sometido a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 8 de julio de 2013. 

El caso se relaciona con la desaparición forzada de 15 personas pertenecientes, en su mayoría, a dos familias y entre las que se encontraban siete niñas y niños de entre ocho meses y seis años de edad y una mujer embarazada. Los hechos fueron cometidos el 4 de julio de 1991 por miembros del Ejército peruano, en la ejecución de un operativo militar que tenía como fin incursionar en la localidad de Rodeopampa, comunidad de Santa Bárbara, y “capturar y/o destruir” elementos terroristas, todo ello en el contexto del conflicto armado peruano y una práctica sistemática de violaciones de los derechos humanos, entre ellas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas de personas sospechosas de pertenecer a grupos armados al margen de la ley. 

La Corte determinó que las 15 víctimas del caso fueron privadas de libertad por agentes estatales y permanecieron bajo custodia estatal mientras fueron trasladadas a la mina abandonada llamada “Misteriosa” o “Vallarón”. En dicho lugar, fueron introducidas al interior del socavón y acribilladas con fusiles por los efectivos militares y casi de inmediato fueron inmolados sus cuerpos mediante la detonación de cargas de dinamita, provocando su fraccionamiento. Las actuaciones posteriores de las autoridades y agentes estatales permitieron al Tribunal determinar que dichos actos tuvieron el propósito de eliminar las evidencias de lo sucedido y ocultar lo que realmente había ocurrido o borrar todo rastro de los cuerpos para evitar su identificación o que su destino y paradero fuera establecido. La Corte determinó que existió una negativa del Estado de reconocer la detención, así como de proporcionar información sobre su destino y a revelar su suerte, con el propósito de generar incertidumbre acerca de su paradero, vida o muerte, y provocar intimidación y supresión de derechos. En consecuencia, la Corte consideró que el Estado violó los derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y personalidad jurídica reconocidos en los artículos 7, 5.1, 5.2, 4.1, y 3 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio de las 15 personas desaparecidas forzosamente, y en relación con el artículo 19 relativo a los derechos del niño, en perjuicio de las siete niñas y niños. 

Asimismo, la Corte concluyó que dichas violaciones ocurrieron también en relación con el artículo I.a y II de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, a partir del 15 de marzo de 2002, fecha de su entrada en vigor para el Perú.

14 oct 2015

Videos de Caso Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú

El caso se relaciona con la alegada desaparición forzada de 15 personas pertenecientes, en su mayoría, a dos familias y entre las que se encontraban siete niños y niñas entre ocho meses y siete años de edad. Estos hechos, presuntamente fueron cometidos por miembros del Ejército peruano y habrían tenido lugar el 4 de julio de 1991 en la comunidad de Santa Bárbara, provincia de Huancavelica. A pesar que en el marco de las investigaciones internas, habría quedado demostrada la responsabilidad penal de los militares denunciados, e incluso, en la jurisdicción militar se habría encontrado como responsables de los hechos denunciados a seis miembros de las fuerzas militares, el 14 de enero de 1997 la Corte Suprema de Justicia aplicó la Ley de Amnistía N° 26479. Se alega que, tras la reapertura del proceso penal en el año 2005, los hechos se encuentran en la impunidad.

Video de la Audiencia realizada en la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Fuente CEJIL: https://www.cejil.org/

12 oct 2015

Germán Vargas sobre el caso Santa Bárbara

Job, Zenón, y las apuestas
Por Germán Vargas Farías
Si se nos preguntara cuál ha sido la experiencia más dolorosa que hemos vivido, o qué es lo más triste que nos ha ocurrido en la vida, es posible que nuestra respuesta aluda a la pérdida de un ser querido. Ocurre conmigo y con mucha gente que conozco. Si usted no ha pasado por esa situación, podría recitar el verso de Vallejo: el momento más grave de mi vida no ha llegado todavía.

Pero si de sufrimiento se trata, es la historia de un rico ganadero llamado Job la que encarna el drama humano - permítanme la expresión- en grado superlativo. Perder bienes, hijos, salud, reputación, y acabar rascándote compulsivamente en medio de la basura, con amigos que recelan de ti, y tu mujer - o marido- diciéndote muy quedo al oído "olvídate de tu integridad, maldice a Dios y muérete" es sin duda, la ruina total.
El sufrimiento de Job no tiene causa que se le pueda atribuir a él mismo. Según el relato bíblico es el resultado de la apuesta que Dios hace con Satán sobre la integridad del profeta. Admito que es difícil entenderlo. Bastante se ha reflexionado y escrito sobre esta impresionante historia y no hay que añadirle otra desgracia para hacerla más dramática.

Sin embargo, hay en este tiempo historias tan amargar como aquella. No sé si por alguna celeste apuesta, pero quiero dar testimonio que se trata de personas inocentes, de seres que no merecen sufrir. He relatado estos hechos antes, me conmueve contarlos otra vez.

En la historia de Zenón Cirilo Osnayo Tunque, un campesino de la comunidad de Santa Bárbara, Huancavelica, al que un 4 de julio de 1991 le arruinaron la vida totalmente. Había ido días antes a trabajar a otra provincia, pero sintió que debía regresar a su pueblo y a su familia, y llegó para ver como ardía su casa, como se habían llevado su ganado y, lo peor, como su esposa y tres pequeñas hijas, que otras veces le esperaban, ya no estaban.

Se las habían llevado, amarradas, una patrulla militar que andaba por allí buscando y atrapando subversivos. Las habían capturado un grupo de asesinos uniformados convencidos que tras la aparente inocencia de Antonia (31 años), Yesenia (6 años), Miriam (3 años) y Roxana (8 meses de edad), se ocultaban peligrosas terroristas

A ellas, y a otras once personas, las fusilaron dinamitando luego sus cuerpos. Todo ocurrió en una mina abandonada llamada “Misteriosa”, a varios kilómetros de la comunidad. Cuando Zenón llegó al lugar encontró ropita, restos esparcidos, la mitad de un cráneo, un brazo, y la mano de una de sus hijitas. Sé que no maldijo a Dios pero, como comprenderán, quiso morirse.

De hecho lo intentó. Por buscar justicia Zenón estuvo recluido injustamente. Allí intentó matarse tres veces. Se sobrepuso. Recuperó su libertad tras ser absuelto luego de 11 años, 7 meses y 14 días. Salió de la cárcel para hacer lo que pretendieron  impedirle al encarcelarlo, luchar por justicia. Justicia para su esposa, sus hijas y su comunidad.

En los próximos días, la Corte Interamericana de Derechos Humanos publicará la sentencia del Caso Comunidad Campesina Sta. Bárbara vs. Perú. Quién sabe si el sufrimiento de Zenón tenga que ver con una apuesta, pero estoy seguro que pronto ganará la que hizo en medio del dolor y la esperanza. La apuesta por la justicia, la apuesta por la verdad.

Fuente Paz y Esperanza: http://www.pazyesperanza.org/

26 ene 2015

Corte Interamericana celebra 107 Período de Sesiones

La lista de audiencias públicas sobre casos contenciosos:

a. Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú
b. Caso Galindo Cárdenas Vs. Perú
c. Caso López Lone y otros Vs. Honduras
d. Caso del Pueblo Kaliña y Lokono Vs. Suriname
e. García Ibarra y familiares Vs. Ecuador

Caso Comunidad Santa Bárbara:
Entre las 15:00 y 19:00 horas del 26 de enero, así como entre las 9:00 y 13:00 horas del 27 de enero de 2015, la Corte escuchará a una presunta víctima y un perito propuestos por los representantes y un testigo propuesto por el Estado. Igualmente, la Corte escuchará los alegatos finales orales de las partes, así como las observaciones finales de la Comisión, respectivamente sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas. El caso se relaciona con la alegada “desaparición forzada de 15 personas pertenecientes, en su mayoría, a dos familias y entre las que se encontraban siete niños y niñas entre ocho meses y siete años de edad. Estos hechos, [presuntamente] fueron cometidos por miembros del Ejército peruano y [habrían tenido] lugar el 4 de julio de 1991 en la comunidad de Santa Bárbara, provincia de Huancavelica”. A pesar de que en el marco de las investigaciones internas, habría quedado demostrada la responsabilidad penal de los militares denunciados, e incluso, en la jurisdicción militar se encontró como responsables de los hechos denunciados a seis miembros de las fuerzas militares, el 14 de enero de 1997 la Corte Suprema de Justicia aplicó la Ley de Amnistía N° 26479. Según la Comisión, tras la reapertura del proceso penal en el año 2005, los hechos se encuentran en la impunidad. 
El caso es patrocinado por la Asociación Paz y Esperanza y CEJIL.

Siga en vivo la audiencia del caso Santa Bárbara vs. Perú: http://www.corteidh.or.cr/sitios/stream/


 

Subrayado nuestro.
Fuente Corte IDH: http://www.corteidh.or.cr/