En junio de 2013 el Congreso de Colima, México, aprobó la reforma de la Constitución para dar paso en el Estado a la existencia de dos tipos de relaciones conyugales: el matrimonio: "aquel que se celebra entre un solo hombre y una sola mujer" y el alcance conyugal: "aquel que se celebra entre personas del mismo sexo". La votación fue mayoritaria, calificada. Sólo se opusieron los diputados del PRD. En adelante, quienes formalizaran una relación conyugal tendrían el título, indistinto, de cónyuges, consortes, esposos o casados. Supuestamente, gozarían de los mismos derechos.
Artículo de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus trece el viernes 26 de julio de 2015.
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