La senadora de la Nación, Sigrit Kunath, presentó un proyecto de ley, para que los delitos sexuales contra menores sean imprescriptibles. La legisladora también propone la inhabilitación especial en caso que el abusador posea algún oficio o cargo.
En junio de este año, la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná determinó que pese a que los delitos sexuales cometidos por el cura Justo José Ilarraz contra menores de edad sucedieron en las décadas de 1980 y 1990, la causa debía ser llevada a cabo de todas formas. Esta iniciativa sentó un importante precedente en torno a este tipo de situaciones.
Siguiendo esta idea, la senadora nacional Sigrid Kunath presentó un proyecto de ley en el que prevé que los delitos sexuales llevados a cabo contra menores de edad no podían prescribir. A su vez, también establece la inhabilitación especial cuando el hecho se lleve a cabo gracias al cargo, ocupación o profesión del abusador.
En concreto, la iniciativa propone que “en los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, cuando la víctima fuere menor de edad la acción será imprescriptible. (…) En caso de los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, la inhabilitación especial será perpetua cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho para la comisión”.
En sus fundamentos, la legisladora reconoce que la Ley 26.705, que incorporó el segundo párrafo del artículo 63 del Código Civil aplicando la prescripción a partir de los 18 años de edad, pero afirmó que “la realidad nuevamente nos impone un cambio, tal como además lo han entendido autores de iniciativas similares en este sentido”.
“Si bien ha habido avances legislativos en este sentido, como “la ley Piazza”(26.705), que plantea que la prescripción comienza a correr cuando la victima cumple 18 años, sabemos que no siempre al cumplirse los 18 ya se está en condiciones de poder hablar de esto. Más aún cuando se trata de abusos que se llevan a cabo dentro de instituciones y por personas que, estando habilitadas para sus funciones de educación o guarda, someten y abusan sistemáticamente de niños y niñas", expresó la integrante de la Cámara Alta.
Por estos motivos, la senadora entrerriana consignó que “nos pareció necesario, fundamentalmente teniendo en cuenta lo que está pasando en nuestra comunidad con estos casos tan resonantes donde se ha planteado la prescripción como una posible defensa, plantear esta discusión en términos legislativos”.
Kunath señaló que “son temas sumamente delicados, complejos en los cuales las víctimas por lo general optan por el silencio frente a las dificultades que se plantean para poder expresar y contar las situaciones por las que han pasado, especialmente en estos casos en los cuales hay una situación de aprovechamiento de un determinado rol de autoridad frente a las víctimas. No solamente es difícil hablar de estos temas, sino que es mucho más complejo llegar a su judicialización”.
“Estos casos presentan particularidades propias que resultan - al menos- discutibles con los principios generales de la prescripción en materia penal”, aseveró la legisladora, siguiendo esta misma línea de razonamiento.
Fuente Diario Judicial: http://diariojudicial.com/noticias/Hay-abusos-que-no-deben-olvidarse-20140729-0003.html
En junio de este año, la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná determinó que pese a que los delitos sexuales cometidos por el cura Justo José Ilarraz contra menores de edad sucedieron en las décadas de 1980 y 1990, la causa debía ser llevada a cabo de todas formas. Esta iniciativa sentó un importante precedente en torno a este tipo de situaciones.
Siguiendo esta idea, la senadora nacional Sigrid Kunath presentó un proyecto de ley en el que prevé que los delitos sexuales llevados a cabo contra menores de edad no podían prescribir. A su vez, también establece la inhabilitación especial cuando el hecho se lleve a cabo gracias al cargo, ocupación o profesión del abusador.
En concreto, la iniciativa propone que “en los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, cuando la víctima fuere menor de edad la acción será imprescriptible. (…) En caso de los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, la inhabilitación especial será perpetua cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho para la comisión”.
En sus fundamentos, la legisladora reconoce que la Ley 26.705, que incorporó el segundo párrafo del artículo 63 del Código Civil aplicando la prescripción a partir de los 18 años de edad, pero afirmó que “la realidad nuevamente nos impone un cambio, tal como además lo han entendido autores de iniciativas similares en este sentido”.
“Si bien ha habido avances legislativos en este sentido, como “la ley Piazza”(26.705), que plantea que la prescripción comienza a correr cuando la victima cumple 18 años, sabemos que no siempre al cumplirse los 18 ya se está en condiciones de poder hablar de esto. Más aún cuando se trata de abusos que se llevan a cabo dentro de instituciones y por personas que, estando habilitadas para sus funciones de educación o guarda, someten y abusan sistemáticamente de niños y niñas", expresó la integrante de la Cámara Alta.
Por estos motivos, la senadora entrerriana consignó que “nos pareció necesario, fundamentalmente teniendo en cuenta lo que está pasando en nuestra comunidad con estos casos tan resonantes donde se ha planteado la prescripción como una posible defensa, plantear esta discusión en términos legislativos”.
Kunath señaló que “son temas sumamente delicados, complejos en los cuales las víctimas por lo general optan por el silencio frente a las dificultades que se plantean para poder expresar y contar las situaciones por las que han pasado, especialmente en estos casos en los cuales hay una situación de aprovechamiento de un determinado rol de autoridad frente a las víctimas. No solamente es difícil hablar de estos temas, sino que es mucho más complejo llegar a su judicialización”.
“Estos casos presentan particularidades propias que resultan - al menos- discutibles con los principios generales de la prescripción en materia penal”, aseveró la legisladora, siguiendo esta misma línea de razonamiento.
Fuente Diario Judicial: http://diariojudicial.com/noticias/Hay-abusos-que-no-deben-olvidarse-20140729-0003.html
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