¿Debe un Estado laico permitir el matrimonio homosexual?
Ronald Gamarra: "El Perú es un Estado pluricultural, plurilingüe, pluriconfesional, multiracial, con diversidad sexual y diversidad biológica, en el que se reconoce la identidad en la pluralidad y se predica que todos los seres humanos - únicos, singulares y diversos - tenemos derecho a la libertad y a la dignidad, en condiciones de igualdad. Por lo mismo, es un contrasentido afirmar la universalidad de tales derechos si al mismo tiempo se excluye de su goce a un grupo de personas, como la población LGTB".
Un
derecho LGTB
La separación entre Estado e Iglesia es fundamental en un país que se
pretenda democrático y respetuoso de las diferencias. Los gobernantes
deben administrar y conducir al país no en función de particulares
confesiones o doctrinas religiosas, sino en base a los derechos humanos
y al Estado de derecho. El Perú es un Estado pluricultural,
plurilingüe, pluriconfesional, multirracial, con diversidad sexual y
diversidad biológica, en el que se reconoce la identidad en la
pluralidad y se predica que todos los seres humanos –únicos, singulares
y diversos– tenemos derecho a la libertad y a la dignidad, en
condiciones de igualdad. Por lo mismo, es un contrasentido afirmar la
universalidad de tales derechos si al mismo tiempo se excluye de su
goce a un grupo de personas, como la población de lesbianas, gays,
transexuales y bisexuales (LGTB); exclusión que, por lo demás, promueve
la marginación, condenando a los y las integrantes de este valioso
colectivo a vivir en situaciones de injusticia, violencia, prejuicio y
discriminación. La población LGTB es parte de la sociedad y tiene
derecho a la plena igualdad, sin restricción alguna. El Estado, en
tanto garante de los derechos de todos, tiene la obligación de legislar
y promover los mecanismos que garanticen la igualdad ciudadana para
este sector de la población, y de remover todo obstáculo que le impida
el goce de los derechos en condiciones de igualdad.
Es
decir, debe abrir paso a la normalización del estatus de la población
homosexual, debe reconocerle acceso a los mismos derechos que a los
demás, entre ellos al matrimonio, como sucede cada vez más en los
países civilizados. Tal obligación emana de la Constitución, los
tratados sobre derechos humanos, las resoluciones de la OEA y las
sentencias de la Corte Interamericana. No hacerlo, o prohibir el
matrimonio civil de la pareja del mismo sexo, constituye una
discriminación estatal basada en la orientación sexual. Ningún
ciudadano debe sorprenderse por la extensión del matrimonio a parejas
de la población LGTB. Es su derecho.
Además, dicho matrimonio es una
institución sujeta a constante evolución (habiendo superado situaciones
discriminatorias como la prohibición del rito entre personas de
distintas razas, de exclusión de derechos a la mujer, de distinción
entre hijos), que se renueva con tal ampliación. Se dice que tal
matrimonio pone en riesgo a la familia. Perdón, pero hoy en día ésta no
se limita a la unión entre un hombre y una mujer. Ampliar el matrimonio
civil a la población LGTB sólo importaría reconocer una situación que
tenemos delante nuestro. En esta época no existe un solo concepto de
familia sino diversas manifestaciones de ella.
La unión civil es insuficiente y permite la continuación de las
condiciones de discriminación. Pero, claro está, es un estado
intermedio entre la nada y el acceso al conjunto de todos los derechos.
La plena igualdad de la población LGTB es una meta inevitable hacia la
cual marcha toda sociedad civilizada. No lo olvidemos, son seres
humanos orgullosos de ser lo que son, espontáneamente dignos y
rebeldes, vocacionalmente resistentes, que ejercen el derecho a ser
diferente, como parte de la comunidad y la condición humana. Seres que
enriquecen la fantástica pluralidad del género humano.
Fuente: El Comercio, viernes 25 de mayo del 2012.
Fuente El Comerci: http://elcomercio.pe/
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