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24 ene 2022
CIDH publica el informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Chile
18 nov 2021
Corte IDH: Chile es responsable por la violación de los derechos a la niñez, vida y salud de una niña con discapacidad
La Corte determinó que los derechos de Martina, una niña que sufre el “Síndrome de Leigh”, que es una enfermedad progresiva que genera secuelas neurológicas y musculares graves, se vieron afectados como consecuencia de la decisión de la aseguradora privada Isapre MasVida, la cual determinó el retiro del régimen de hospitalización domiciliaria (RHD) del que gozaba la niña. Este régimen de atención resultaba indispensable para el adecuado tratamiento médico de Martina, quien además requiere cuidados especiales que responden a su condición de niña con discapacidad. El Tribunal advirtió que la decisión de la aseguradora fue tomada sobre la base de una disposición reglamentaria contraria a los derechos humanos, particularmente respecto de la obligación de regulación de los servicios de salud prestados por particulares. Asimismo, la Corte advirtió que, si bien posteriormente el RHD fue restituido a Martina en virtud de una decisión arbitral, y la disposición aplicada fue modificada, el riesgo de afectación a los derechos de la niña continúa hasta la fecha. Por lo tanto, el Estado fue declarado responsable por el incumplimiento de su obligación de prevenir la violación de derechos humanos, y de sus obligaciones de desarrollo progresivo a la salud y la seguridad social.
Al analizar el caso, la Corte destacó que, dado que la salud es un bien público, cuya protección está a cargo del Estado, este tiene la obligación de prevenir que terceros interfieran indebidamente en el goce de los derechos de las personas. Los Estados tienen el deber de regular y fiscalizar toda la asistencia de salud prestada a las personas bajo su jurisdicción, como deber especial de protección a la vida y la integridad personal, independientemente de si la entidad que presta tales servicios es de carácter público o privado. De manera particular, el Tribunal resaltó que los tratamientos de rehabilitación por discapacidad y los cuidados paliativos son servicios esenciales respecto a la salud infantil. Por esta razón, los Estados deben garantizar los servicios sanitarios referidos a la rehabilitación y cuidados paliativos pediátricos conforme a los estándares de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, tomando en consideración las particularidades del tratamiento médico que requieren los niños y niñas que sufren discapacidades.
Los hechos del caso constituyeron una violación a los derechos a la vida, la vida digna, la integridad personal, la niñez, la salud y la seguridad social, en relación con la obligación de garantizar los derechos sin discriminación, y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, contenidos en los artículos 4.1, 5.1, 19 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento.
Corte IDH Vera Rojas Chile Seriec_439_esp on Scribd
Fuente Corte IDH.3 ago 2021
Chile: PNUD entrega documento de recomendaciones sobre normas de conducta a la Convención Constitucional
El documento, que también recoge la experiencia de PNUD en el apoyo prestado a instituciones públicas chilenas en la construcción y adopción de códigos de ética y sistemas de integridad, contiene recomendaciones en torno a la conformación de una comisión u órganos internos con responsabilidades en la promoción y observancia de los estándares de integridad, mecanismos de control externo de las normas de conducta, la adopción de canales de denuncia y medidas de protección a denunciantes, y mecanismos que favorezcan la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana, entre otros.
Entendiendo que los procesos de elaboración de constituciones son soberanos y a cargo de actores nacionales, la Organización de las Naciones Unidas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) pueden responder a solicitudes de apoyo y prestar la asistencia necesaria, promoviendo valores democráticos y estándares internacionales como la participación, la transparencia y la inclusión.
PNUD Elementos Para Normas de Conducta de La Convencion on Scribd
Fuente PNUD Chile.1 feb 2021
Poder Judicial Chile: CORTE de TEMUCO ORDENA a la PDI dar cumplimiento a leyes y tratados internacionales de protección de niños y niñas
En fallos unánimes (causas rol 2-2021 y 10-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional interpuesta por el INDH en representación de la menor G.P.C.A. –de 7 años de edad–, rechazándola en la parte que accionó en favor de la madre y abuela de la niña, por no encontrarse acreditadas las circunstancias en que ambas fueron detenidas.
"Que, el hecho denunciado por las amparadas, dice relación con el actuar de personal de la Policía de Investigaciones el día 7 de enero de 2021 en Ercilla, alrededor de las 14:30 horas, consistente en la detención de la menor de iniciales G.P.C.A., de siete años de edad, de su madre Katherine Yesenia Antín Soto y, de su abuela paterna, Teresa Guillermina Marín Melinao quienes se encontraban al interior de un vehículo particular, del que fueron sacadas haciendo uso de fuerza desmedida, lo que afectó especialmente a la citada menor, la que, igual sucedió a su madre y abuela, habría sido arrojada contra el pavimento y presionada contra dicha superficie por a lo menos un funcionario policial. Que el informe de la Policía de Investigaciones relata que los hechos del recurso, sin perjuicio de disentir en la forma en que se desarrollaron, habrían tenido lugar en momentos en los que, aproximadamente a dos cuadras del lugar, en las afueras del CESFAM de Ercilla, tenían lugar disturbios entre civiles y personal de la misma Institución Policial", plantea el fallo.
La resolución agrega: "(…) que, del informe evacuado por la Policía de Investigaciones, no es posible extractar hechos diversos a los precisados en el motivo anterior, ya que, en mayor medida, se extiende en el relato de circunstancias de contexto relacionados con un operativo que, el mismo día, se había realizado por un gran contingente policial en la comunidad Temucucui y las consecuencias que de él se derivaron, que obligaron a trasladar al personal herido e, incluso un policía fallecido, hasta el CESFAM de Ercilla, lugar en el que fueron atacados con piedras y palos. Que, así las cosas, el hecho que debe ser atendido se limita a la detención de la menor, de su madre Katherine Yesenia Antín Soto y, de su abuela paterna, Teresa Guillermina Marín Melinao, el que no se encuentra debatido por los intervinientes, encontrándose incluso graficado en fotografía acompañada en estos autos y no desvirtuada por los recurridos, como a las circunstancias en la que se produjo y, si se hizo uso de fuerza excesiva y desproporcionada, como si la detención de una menor de siete años está autorizada por nuestra legislación".
Para el tribunal de alzada: "(…) establecido que se produjo la detención de la menor y, sin perjuicio de las medidas de contención que con posterioridad se desplegaron por personal policial para separarla del procedimiento que se llevaba a cabo respecto de las demás ocupantes del vehículo, con los antecedentes aportados, tanto por la recurrente como por los recurridos, se debe tener como cierto que la detención de la menor de iniciales G.P.C.A. se produjo el día de los hechos, a la hora y en el lugar señalado por las recurrentes, con uso excesivo y desproporcionado de la fuerza ejercida contra la menor, hecho que no se ve modificado ni porque el procedimiento contra la menor se hubiera extendido por breves instantes, ni por el lugar ni las circunstancias de contexto esgrimidas por la Policía de Investigaciones".
"Que,
respecto de la detención de doña Katherine Yesenia Antín Soto y de doña Teresa
Guillermina Marín Melinao, de los antecedentes tenidos a la vista con ocasión
del conocimiento de este arbitrio constitucional, no se ha podido advertir
actuaciones que se puedan haber desarrollado al margen de la normativa vigente,
por no encontrarse suficientemente acreditadas las circunstancias de la
detención de la que fueron objeto, desconociéndose, por ejemplo, si las
amparadas se resistieron de algún modo a su detención u otros antecedentes
relacionados", añade.
16 feb 2020
CIDH presenta caso sobre Chile a la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Washington,
D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el 6 de
septiembre de 2019 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
el Caso 13.039, Martina Rebeca Vera Rojas vs. Chile.15 feb 2020
Ronald Gamarra: Antimemoria en Chile
Artículo de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus trece el viernes 14 de febrero de 2020.
Fuente: http://www.hildebrandtensustrece.com/
1 feb 2020
CIDH culmina visita in loco a Chile y presenta sus observaciones y recomendaciones preliminares

27 ene 2020
Chile: Herramienta lúdica que representa una sala de audiencias para una justicia amigable para niñas, niños y adolescentes

14 dic 2019
ONU: Informe sobre la Misión de la ONU en Chile
13 nov 2019
CIDH Audiencias: "Derechos humanos en la protesta social en Chile"
Fuente CIDH: https://www.youtube.com/watch?v=uZo9d7YcCfg
10 nov 2019
ONU: Naciones Unidas preocupadas por la continua violencia en Chile y sus efectos en los niños

31 ago 2019
Chile: Estudio de afectación de niñas, niños y adolescentes por contaminación
Análisis multinivel de afectación abordaje y soporte normativo de la emergencia.
Estudio encargado por la Defensoría de los Derechos de la Niñez a la Pontificia Universidad católica de Valparaíso, presentado el 02 de agosto de 2019.
8 jul 2019
Italia confirma cadena perpetua para Morales Bermúdez por plan Cóndor

- "Italia da el ejemplo", por Ronald Gamarra.
- Sentencia que condenó a Morales Bermúdez.
7 may 2019
CIDH saluda pasos adoptados para implementar Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Chile
28 mar 2019
RFI: Justicia chilena condena la Iglesia a indemnizar a tres víctimas de Karadima








