
Washington, D.C. – La Relatoría Especial sobre
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica el Informe “Empresas
y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos”. Dicho Informe parte de la
identificación de las obligaciones internacionales de los Estados en materia de
derechos humanos en supuestos en los que las empresas se encuentran de alguna
manera involucradas con la realización o vulneración de dichos derechos.
El informe sistematiza diversos pronunciamientos
que se han dado dentro del sistema interamericano en relación con el tema;
también proporciona un análisis sistemático y evolutivo que busca clarificar,
organizar y desarrollar los deberes estatales y los efectos que se pueden
generar sobre las empresas en su cumplimiento a partir de la experiencia
jurídica interamericana.
En ese marco, consciente de las altas expectativas
y utilidad que este Informe puede llegar a tener, la REDESCA considera
importante recordar la Resolución 2887 aprobada por la Asamblea General de la
OEA, en junio de 2016, mediante la cual se solicitó a la CIDH “reali[zar] un
estudio sobre los estándares interamericanos en materia de empresas y derechos
humanos a partir de un análisis de las convenciones, jurisprudencia e informes
emanados del sistema interamericano”, con el fin de que sirva de insumo y parámetro
para los esfuerzos realizados por los Estados miembros en varias iniciativas
nacionales e internacionales en tal esfera. En dicho marco, la CIDH encomendó a
esta Relatoría Especial la realización de dicho estudio y el desarrollo de
estándares sobre “Empresas y Derechos Humanos” a través de la preparación de un
informe temático. La temática forma parte además del mandato y marco de
actuación de la REDESCA, conforme el Plan Estratégico 2017-2021 de la Comisión.
La REDESCA, en cumplimiento del encargo recibido de
la CIDH, llevó a cabo un conjunto de actividades conducentes a la elaboración
de este Informe, velando por mantener un proceso de amplio nivel de diálogo y
colaboración multi actores. Así, con el fin de recolectar información y
fomentar la participación de una amplia gama de actores de la región. La
REDESCA organizó y participó de talleres, eventos, reuniones de trabajo,
audiencias públicas; realizó cuestionarios abiertos, así como consultas de
expertas y expertos. En dichas actividades han participado representantes de
los Estados y organismos públicos autónomos, organizaciones de la sociedad
civil, representantes de la academia y del sector empresarial, entre otros
actores interesados.
Cabe resaltar que tanto la CIDH, como su REDESCA, a
través de los distintos mecanismos de la Comisión, han recibido información
constante sobre el desempeño de los Estados respecto de sus obligaciones en
materia de derechos humanos a la luz de actividades y operaciones empresariales
de distinta naturaleza, como de diversos sectores industriales o productivos.
Tal información ha reflejado distintas situaciones: bien una intervención
estatal más directa o alguna forma de complicidad; efectos a nivel local o
transnacional; situaciones enmarcadas en hechos actuales o relacionados con
conflictos armados y contextos represivos del pasado; y situaciones sobre todos
los derechos humanos y poblaciones en situación de vulnerabilidad.
El sistema interamericano de derechos humanos no ha
sido ajeno a estas situaciones y sus órganos han reconocido reiteradamente que
bajo ciertos supuestos puede generarse responsabilidad internacional del Estado
en relación con actos cometidos por empresas que hayan involucrado la
afectación a los derechos humanos.
Para estos efectos, resulta fundamental reiterar
que en los últimos lustros, la comunidad internacional ha venido discutiendo el
tratamiento del creciente rol de las empresas nacionales y transnacionales en
la realización de los derechos humanos y las correspondientes obligaciones de
los Estados en materia de prevención y respuesta frente a tales problemáticas.
En ese marco, los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y
Derechos Humanos se han venido consolidando como una base mínima de referencia
de gobernanza mundial en la materia. Con tal premisa, en lugar de considerarlos
como conceptos aislados, el Informe sostiene que dichos Principios representan
una base conceptual dinámica y evolutiva, que impregna los aspectos del
discurso y de la acción en el ámbito de las empresas y los derechos humanos en
coexistencia con otros estándares jurídicos de carácter vinculante.
La Presidenta de la Comisión, Esmeralda Arosemena
de Troitiño, reconoció en nombre de la CIDH el valor del trabajo realizado por
la REDESCA en la elaboración del Informe, recordando que: “La CIDH ya ha
subrayado que las normas del sistema interamericano de derechos humanos no
impiden ni desalientan el desarrollo, pero exigen que el mismo tenga lugar en
condiciones tales que se respeten y se garanticen los derechos humanos de los
individuos y comunidades afectadas. Las recomendaciones de este informe buscan
asegurar un desarrollo con enfoque de derechos”.
En dicha línea, la REDESCA también recuerda que
tanto la CIDH como la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconocen que
los Estados tienen el deber de asegurar la efectividad de los derechos humanos
protegidos por los instrumentos interamericanos en las relaciones interindividuales,
así como prevenir con la debida diligencia las violaciones de tales derechos e
investigar, sancionar y reparar sus consecuencias.
Por su parte, la Relatora Especial sobre Derechos
Económicos, Sociales , Culturales y Ambientales, Soledad García Muñoz, resaltó
la importancia de este Informe y afirmó que “al ser la primera vez que se
aborda esta temática de manera comprehensiva, directa y en términos generales
desde el sistema interamericano, el informe constituye una herramienta de
enorme potencialidad para mejorar y fortalecer la legislación, las prácticas y
las políticas públicas que buscan enfrentar las violaciones y abusos de
derechos humanos en el contexto de las operaciones empresariales, ayudar a
fortalecer acciones de prevención y debida diligencia, mejorar la rendición de
cuentas por parte de los Estados y las empresas involucradas en tales
situaciones, así como para asegurar el acceso a reparaciones efectivas hacia
las víctimas”.
La Relatora Especial resaltó también sus
agradecimientos “por el apoyo recibido por parte de la CIDH y del equipo de la
REDESCA, como de todas las personas, instituciones y donantes que han
contribuido con su realización, en particular el valioso apoyo financiero del
pueblo de España mediante la cooperación de su Gobierno”.
A su vez, el Secretario Ejecutivo de la CIDH, Paulo
Abrão, indicó: “Este informe es de gran relevancia para la protección y defensa
de los derechos humanos respecto de un tema en creciente evolución y con
repercusiones vigentes en el hemisferio. Esperamos que los estándares
recopilados y desarrollados como las recomendaciones efectuadas en este Informe
sean considerados e implementados en lo que corresponda por los Estados y las
empresas, así también que, contribuya al trabajo que llevan a cabo las
organizaciones de la sociedad civil en la materia”.
El Informe publicado se encuentra estructurado en
nueve capítulos, el capítulo I contiene una introducción, la metodología de
trabajo y los objetivos del Informe, el capítulo II establece 12 criterios
utilizados transversalmente en el informe, mismos que deben ser tenidos en
cuenta como elementos fundamentales e indispensables en el abordaje de la
temática dentro de los sistemas jurídicos y políticos nacionales y regionales.
El capítulo III desarrolla las obligaciones que los Estados deben cumplir en
estos contextos desde la perspectiva del sistema interamericano. Partiendo de
las obligaciones estatales derivadas de los instrumentos interamericanos, dicha
sección identifica las obligaciones de los Estados en el contexto específico de
las actividades empresariales y los derechos humanos.
El capítulo IV desarrolla el alcance
extraterritorial de las obligaciones de los Estados en esta materia en función
de los capítulos precedentes. El capítulo V analiza los efectos jurídicos que
se pueden desprender sobre las empresas a partir de las obligaciones generales
de los Estados de respetar y garantizar los derechos humanos. El capítulo VI
visibiliza determinados contextos o esferas de especial prioridad o atención
para la CIDH y su REDESCA en este ámbito, tales como justicia transicional y
rendición de cuentas de actores económicos; servicios públicos esenciales y
contextos de privatización; cambio climático en el contexto de empresas y
derechos humanos; empresas, políticas fiscales e influencia en la toma de
decisiones públicas; empresas y tecnologías de la información, entre otros.
El capítulo VII se refiere a algunos impactos
diferenciados sobre poblaciones en situación de vulnerabilidad en la región.
Posteriormente, el capítulo VIII menciona, a título ejemplificativo, algunas
iniciativas que destacan como referencias positivas en la materia. Finalmente,
el capítulo IX recoge la formulación de una serie de recomendaciones con el
objetivo de guiar los esfuerzos de los Estados del hemisferio en este ámbito.
Finalmente, el Informe subraya que las empresas
pueden ser agentes positivos para el respeto y garantía de los derechos
humanos, así como generar o motivar con sus acciones y comportamiento cambios
claves no sólo para transformar aquellas experiencias de impunidad y abuso
sobre los derechos humanos, sino también para alcanzar los Objetivos de
Desarrollo Sostenible hacia el año 2030.
En ese sentido, el compromiso público y de buena fe
es esencial para fortalecer las iniciativas que se lleven adelante, así como la
construcción de confianza entre las empresas, autoridades y la población, de
forma que se trascienda la visión de responsabilidad social empresarial
tradicional, hacia una práctica de efectivo respeto y de debida diligencia en
materia de derechos humanos. La voluntad política de las autoridades en todos
sus niveles también será una herramienta muy poderosa para avanzar esfuerzos
nacionales, regionales y universales en la materia al brindar oportunidades de
prevención, y asegurar el acceso a la justicia y reparación para las personas o
comunidades afectadas. En ese marco, la REDESCA de la CIDH se pone a
disposición de los Estados miembros de la OEA y otros actores relevantes en la
materia, para brindar asesoría técnica en las iniciativas desarrolladas en este
ámbito.
La REDESCA es una Oficina de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.
Fuente CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/014.asp
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