Mediante ORDENANZA N° 021-2019, se declaran como prioridad pública la
prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes
del grupo familiar y aprueban la creación de la Instancia Provincial de
Concertación para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las
mujeres y los integrantes del grupo familiar en la municipalidad provincial del
Callao
La municipalidad provincial del Callao declara como
prioridad pública en la Provincia Constitucional del Callao, prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo
familiar, implementándose de manera transversal, políticas, planes, proyectos,
programas, mecanismos y todo tipo de medidas necesarias, en la Municipalidad
Provincial del Callao, así como entidades públicas y del sector privado de la
jurisdicción provincial, que hagan viable lograr una vida libre de violencia y
se garantice el ejercicio pleno de los derechos de las personas.
La Instancia Provincial de Concertación – IPC, tiene las siguientes
funciones:
- Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP), metas, indicadores y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas, y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley.
- Informar a la Instancia Regional de Concertación periódicamente sobre las acciones desarrolladas para el cumplimiento de la Ley.
- Desarrollar campañas de sensibilización provincial, sobre la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y las causas que la generan en coordinación con la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, promoviendo la participación de los medios de comunicación.
- Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesaria al contexto Distrital.
- Aprobar su Reglamento Interno en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación.
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Fuente El Peruano: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas
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