Washington, D. C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a todos
los Estados a adoptar medidas inmediatas para asegurar el pleno
ejercicio de todos los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Estos derechos incluyen los pertinentes a la no discriminación, la
vida, la integridad personal, la salud, la dignidad, y el acceso a la
información, entre otros. En este sentido, una obligación fundamental de
los Estados es garantizar el acceso pronto y adecuado a servicios de
salud que sólo las mujeres, adolescentes y niñas necesitan en función de
su sexo/género y función reproductiva, libre de toda forma de
discriminación y de violencia, de conformidad con los compromisos
internacionales vigentes en materia desigualdad de género.
En la región, las mujeres, niñas y adolescentes continúan
enfrentando serios desafíos para el pleno respeto y la protección de sus
derechos fundamentales, en un contexto profundamente marcado por la
violencia y la discriminación contra ellas. En el caso de sus derechos
sexuales y reproductivos, estos obstáculos incluyen la negación del
acceso a bienes y servicios que sólo las mujeres necesitan, sometimiento
de su acceso a servicios de salud a la autorización de terceros,
obteniendo servicios de salud reproductiva de mala calidad e incluso
clandestinos; así como la realización de procedimientos sin su debido
consentimiento informado. La información recibida por la Comisión indica
que algunos grupos de mujeres, particularmente las mujeres en situación
de pobreza, las que habitan en zonas rurales, las mujeres indígenas y/o
afrodescendientes, así como las niñas y adolescentes, son quienes más a
menudo ven vulnerado sus derechos al acceso a servicios de salud sexual
y reproductiva en condiciones de igualdad y libre de toda forma de
discriminación.
En términos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la
Organización Panamericana de la Salud (OPS), los derechos sexuales y
reproductivos forman parte del derecho humano a la salud integral,
comprendida como un estado general de bienestar físico, mental y social,
y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias. El derecho a la
salud reproductiva trata de todos los aspectos relacionados con el
sistema reproductivo así como la capacidad de disfrutar de una vida
sexual satisfactoria y sin riesgos, y de tener la libertad para decidir
si procrear o no, cuándo hacerlo y con qué frecuencia. Para mantener su
salud sexual y reproductiva, las mujeres, niñas y adolescentes necesitan
tener acceso a información veraz y a un método anticonceptivo de su
elección que sea seguro, eficaz, asequible y aceptable y deben estar
informadas y empoderadas para auto-protegerse de las infecciones de
transmisión sexual.
“Es importante visibilizar las dificultades que siguen
enfrentando las mujeres, niñas y adolescentes para acceder a los
diversos servicios de salud sexual y reproductiva”, afirmó la
Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora sobre los Derechos de las
Mujeres. “Estos obstáculos son aún más profundos para las mujeres en
situación de riesgo por diversos factores como raza, etnia, edad y
posición económica. Desde la CIDH hemos obtenido información consistente
que subraya la estrecha relación entre la pobreza, los abortos
inseguros y las altas tasas de mortalidad materna, por ejemplo. La
desigualdad, el racismo, la discriminación y la violencia son algunos de
los factores estructurales que afectan particularmente a las mujeres y
les impiden el goce efectivo de sus derechos fundamentales, como el
derecho a la salud,” agregó.
Por otra parte, la violencia sexual está ampliamente extendida
en la región y tiene un impacto irreparable en las mujeres, niñas y
adolescentes. Estas formas de violencia, su magnitud y su impunidad –
tal como se ha visto reflejado en los casos individuales procesados por
la CIDH - tienen efectos negativos en su salud reproductiva y
frecuentemente resultan en embarazos no deseados y de alto riesgo, en
abortos ilegales e inseguros, y en un aumento del riesgo de enfermedades
de transmisión sexual. Es fundamental que los Estados diseñen y actúen
de conformidad con protocolos de salud adecuados para atender a mujeres,
niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual y para disponer de la
interrupción legal y segura de los embarazos resultantes de violencia
sexual, con miras a impedir que se desarrollen embarazos indeseados y de
alto riesgo para la vida de las mujeres.
La vigencia efectiva de los derechos de las mujeres, niñas y
adolescentes a su vez requiere de garantías para la accesibilidad de
información y la educación integral necesaria para adoptar decisiones
libres sobre el número y espaciamiento de sus hijos y aspectos
vinculados con la planificación familiar, particularmente en niñas y
adolescentes. Ello es fundamental para avanzar en la autonomía
reproductiva de las mujeres y prevenir los embarazos indeseados.
“Sabemos que en los casos de embarazos, las presiones familiares
y sociales empujan frecuentemente a las adolescentes a matrimonios o a
uniones precoces con impacto en sus oportunidades de desarrollo
personal, educativo, profesional. Por ejemplo, las niñas y adolescentes
embarazadas son todavía discriminadas en centros educativos donde no se
les permite asistir a clases durante su embarazo. La educación sexual y
reproductiva es fundamental para evitar los embarazos precoces y no
deseados, y empoderar así a las niñas y adolescentes en la construcción
de sus proyectos de vida,” expresó la Relatora sobre los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes, Esmeralda Arosemena de Troitiño.
La Comisión a su vez subraya el impacto negativo de las leyes
que criminalizan el aborto de forma absoluta sobre la dignidad y los
derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud, como en
general al derecho de las mujeres a vivir libre de violencia y de
discriminación. La criminalización absoluta del aborto, incluyendo casos
en donde la vida de la mujer se encuentra en riesgo y cuando el
embarazo es producto de una violación sexual o de incesto, impone una
carga desproporcionada en el ejercicio de los derechos de las mujeres, y
crea un contexto facilitador de abortos inseguros y de altas tasas de
mortalidad materna.
“La interrupción del embarazo es una decisión difícil para
cualquier mujer”, afirmó Soledad García Muñoz, Relatora Especial sobre
los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de
la CIDH. “De forma particular, las víctimas de violencia sexual o de
incesto se encuentran de por sí en situación de especial vulnerabilidad,
aún más si son niñas o adolescentes. Por lo tanto, las mujeres, niñas y
adolescentes deben tener garantizada la posibilidad de tomar esta
decisión de manera oportuna e, informada en un marco legal y seguro, con
miras a salvaguardar su salud, su integridad física e incluso su vida.
Negar el acceso de mujeres y niñas a servicios de aborto legal y seguro o
de atención post-aborto, puede causar un prolongado y excesivo
sufrimiento físico y psicológico a muchas mujeres especialmente cuando
se trata de casos de riesgo a la salud, inviabilidad del feto o en
embarazos resultantes de incesto o violación. Sin efectivo disfrute de
sus derechos sexuales y reproductivos, las mujeres no pueden ver
realizado su derecho a vivir libres de violencia y de discriminación”.
Los Estados de la región tienen la obligación de emprender una
revisión detallada de todas las leyes, normas, prácticas y políticas
públicas cuya redacción o implementación práctica pueda tener
repercusiones discriminatorias en el acceso de las mujeres a todos los
servicios de salud reproductiva. Asimismo, tienen el deber de eliminar
todos los obstáculos de jure y de facto que impiden el acceso de las
mujeres a los servicios de salud materna que ellas requieren. Estas
medidas han de tener en cuenta la situación de especial riesgo,
desprotección y vulnerabilidad de niñas y de adolescentes, así como de
las mujeres en particular situación de exclusión.
De la misma forma, la CIDH insta a los Estados de la región que
aún no cuentan con un marco normativo adecuado a adoptar legislación
dirigida a garantizar a las mujeres el ejercicio efectivo de sus
derechos sexuales y reproductivos, en el entendido que la denegación de
la interrupción voluntaria del embarazo en determinadas circunstancias
constituye una vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres,
niñas y adolescentes.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo
mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de
promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la
región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH
está integrada por siete miembros independientes que son elegidos y
elegidas por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no
representan sus países de origen o residencia.
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