La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la
Capital Federal absolvió a un hombre acusado de intentar hurtar dos
desodorantes y un jabón de una cadena de farmacias, con el argumento de
que “no reviste la entidad suficiente para demandar la intervención
penal del Estado” (vía Diario Judicial).
El hecho ocurrió en 2014, cuando el acusado intentó sustraer dos
desodorantes en polvo y un jabón marca un local perteneciente a la
empresa “Farmacity”. El personal de seguridad del establecimiento,
observó que el imputado, que había ingresado al local varios minutos
antes y luego pasado la línea de cajas, se dirigía a la salida cargando
una bolsa con mercadería. El hombre le requirió que exhibiera los
productos que llevaba en la bolsa y que se abriera la campera, tras lo
cual el imputado comenzó a correr, haciendo sonar las alarmas emplazadas
al ingreso del local en su huida.
En los autos “C., P. A. s/hurto en tentativa”, el Juzgado Nacional en lo Correccional
N° 6 condenó al imputado a la pena de 15 días de prisión de efectivo
cumplimiento y costas por considerarlo autor penalmente responsable del
delito de hurto en grado de tentativa.
En este escenario, el máximo tribunal penal de la Capital Federal opinó que mantener la
pena “conduciría a acentuar la selectividad del sistema penal,
orientado de ordinario al castigo de los sectores empobrecidos de la
sociedad y por ello más vulnerables, corriendo el eje de los delitos
complejos que afectan de manera significativa a la sociedad y lesionan
gravemente los bienes jurídicos elementales”.
Para los jueces, “en casos como este no es posible soslayar la descomunal desproporción
que implica la respuesta punitiva frente a la insignificante afectación
de bienes jurídicos”, por lo que sostuvieron que “se impone desechar del
sistema penal casos como el que se plantea en estos actuados”.
Los magistrados, además, consideraron la situación del imputado, quien se encuentra
desempleado, posee un nivel de instrucción elemental y es portador de
VIH en control en un hospital público, en razón de lo cual percibe una
pensión por discapacidad del Gobierno porteño.
También señalaron el hecho de que el encausado se hizo cargo de la imputación y contribuyó
a su esclarecimiento, que la sustracción se efectuó sin violencia y que
los elementos fueron recuperados por el establecimiento ni el daño
concreto en relación a la víctima. Y añadieron: “El hurto de dos
desodorantes y un jabón mal pudieron lesionar significativamente el
patrimonio de la empresa”.
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