El Comité de los Derechos del Niño de la ONU aprobó la Observación General Nº 19 (2016) sobre "El Gasto Público para la Realización de los Derechos de los Niños", con el objetivo de ayudar y garantizar que los Estados Partes apliquen el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU y sus tres Protocolos Facultativos en relación con el presupuesto público.
El artículo 4º de la Convención señala que "Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole para implementar los derechos reconocidos en la Convención".
La Observación general Nº 19 identifica las obligaciones de los Estados Partes y realiza recomendaciones para garantizar la realización de todos los derechos reconocidos en la Convención, en especial de aquellos niños en situación de vulnerabilidad, a través del presupuesto público, éste gasto deberá ser eficaz, eficiente, equitativa, transparente y sostenible.
El presente documento ha sido elaborado por los miembros del Comité de los Derechos del Niño de la ONU en consulta con los representantes de Estados miembros de la ONU, ONG, expertos individuales y niños, niñas y adolescentes de diferentes orígenes, edad, género, capacidad, contexto socioeconómico, idioma, origen étnico, experiencia en presupuestos participativos y otros. El mensaje de los niños a los responsables de toma de decisiones en los presupuestos públicos incluye:
(a) Planificar bien para que haya suficiente dinero en el presupuesto público para que alcance a todos los niños, niñas y adolescentes;
(b) ¿Cómo va invertir en nosotros si no nos pregunta?;
(c) No olvidar incluir en el presupuesto público a los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales;
(d) Gaste el dinero de manera justa y sabia;
(e) Invertir en la niñez es una inversión a largo plazo, e invertir en nuestras familias asegura nuestros derechos también;
(f) Asegurar que no haya corrupción;
(g) Transparencia: publicar un registro de cómo se gasta el dinero;
(h) Proporcionar información presupuestaria a todos los niños, niñas y adolescentes de manera que sea comprensible, difundirla por medios de comunicación para niños.
La Observación general Nº 19 identifica las obligaciones de los Estados Partes y realiza recomendaciones para garantizar la realización de todos los derechos reconocidos en la Convención, en especial de aquellos niños en situación de vulnerabilidad, a través del presupuesto público, éste gasto deberá ser eficaz, eficiente, equitativa, transparente y sostenible.
El presente documento ha sido elaborado por los miembros del Comité de los Derechos del Niño de la ONU en consulta con los representantes de Estados miembros de la ONU, ONG, expertos individuales y niños, niñas y adolescentes de diferentes orígenes, edad, género, capacidad, contexto socioeconómico, idioma, origen étnico, experiencia en presupuestos participativos y otros. El mensaje de los niños a los responsables de toma de decisiones en los presupuestos públicos incluye:
(a) Planificar bien para que haya suficiente dinero en el presupuesto público para que alcance a todos los niños, niñas y adolescentes;
(b) ¿Cómo va invertir en nosotros si no nos pregunta?;
(c) No olvidar incluir en el presupuesto público a los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales;
(d) Gaste el dinero de manera justa y sabia;
(e) Invertir en la niñez es una inversión a largo plazo, e invertir en nuestras familias asegura nuestros derechos también;
(f) Asegurar que no haya corrupción;
(g) Transparencia: publicar un registro de cómo se gasta el dinero;
(h) Proporcionar información presupuestaria a todos los niños, niñas y adolescentes de manera que sea comprensible, difundirla por medios de comunicación para niños.
Lea también: "Niñas, niños y adolescentes opinaron sobre inversión en la infancia ante Jorge Cardona, miembro del Comité de los Derechos del Niño de la ONU".
Fuente Comité Derechos del Niño: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
Fuente Comité Derechos del Niño: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
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