26 feb 2015

Colombia. Corte Constitucional dispone que Transmilenio debe garantizar el acceso a las personas con discapacidad al Sistema Integrado de Transporte Público

Sentencia T-192/14 de la Corte Constitucional de Colombia ordenó al al Distrito Capital y a Transmilenio S.A. que en el término máximo de dos años, a partir de la notificación de la presente providencia, diseñe y ponga en ejecución un plan orientado a garantizar el acceso de personas en condición de discapacidad, como la actora, al Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, sin tener que soportar limitaciones que supongan cargas excesivas. El diseño de dicho plan de acción debe llevarse a cabo dentro de los primeros seis meses del término mencionado y, deberá atender las necesidades reales de esa población.


 

Subrayado nuestro.
Fuente Corte Constitucional Colombiana: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/t-192-14.htm

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