Sentencia T-192/14 de la Corte Constitucional de Colombia ordenó al al Distrito Capital y
a Transmilenio S.A. que en el término
máximo de dos años, a partir de la notificación de la presente providencia,
diseñe y ponga en ejecución un plan orientado a garantizar el acceso de personas en condición de
discapacidad, como la actora, al Sistema Integrado de Transporte Público
de Bogotá, sin tener que soportar limitaciones que supongan cargas excesivas.
El diseño de dicho plan de acción debe llevarse a cabo dentro de los primeros
seis meses del término mencionado y, deberá atender las necesidades reales de
esa población.
Subrayado nuestro.
Fuente Corte Constitucional Colombiana: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/t-192-14.htm
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