La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de cárcel a una madre, de Senegal, por someter a su hija a una ablación en su país, que fue detectada en una revisión médica a la niña en Cataluña cuando la mujer y sus hijos llegaron a España en el 2010 para reencontrarse con el marido.
En una sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, los magistrados consideran a la madre autora de un delito de lesiones en su modalidad de mutilación genital y le obligan a indemnizar a su hija con 10.000 euros.
La resolución impone a la mujer una pena menor a la pedida por el Ministerio Fiscal al entender que desconocía que la ablación fuera delito en España, ya que tras ser informada durante la revisión médica de que su hija había sido mutilada reaccionó con "totalnormalidad, con indiferencia y sin sorpresa".
Por ello, el tribunal le rebaja la pena en dos grados en aplicación de un "error de prohibición", ya que no cabe la menor duda de que la respuesta del ordenamiento penal no puede ser la misma a quien, a sabiendas, infringe una norma penal. (Vía Poder Judicial España: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial).
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