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27 oct 2022

Ronald Gamarra: Mafia en el Minsa

Hace tiempo que escribimos una y otra vez sobre el caos en el Ministerio de Salud y la 
consecuente negligencia en el cumplimiento de sus funciones y la desatención de las urgentes necesidades de los pacientes, incluyendo innumerables casos de grave riesgo para la vida. Que no hay medicinas para las personas con cáncer, que no hay fármacos básicos, que no hay atención para los pacientes de enfermedades raras o huérfanas, que las citas para consulta se demoran una eternidad, que existe desigualdad en el acceso a tratamientos debido a la fragmentación del sistema de salud, que FISSAL no resulta ser un verdadero fondo de alto costo, que las organizaciones de pacientes ni siquiera son recibidas para dialogar.

Sabíamos, como todo el mundo, que esto se debía a la incompetencia de los funcionarios nombrados, empezando por el propio ministro Jorge López, así como al imperio de las redes de corrupción en este sector.

Precisamente el domingo último, un programa periodístico reveló una investigación que claramente lo confirmaba al poner al descubierto al ministro de Salud como centro de una operación de lavado de dinero mediante la modalidad del “pitufeo”, utilizando para ello al personal del ministerio, a fin de comprar un departamento al contado para su expareja.

Claro, pues, qué atención le va a poner a los problemas del ministerio y los pacientes, qué diablos le va a importar mejorar la triste situación de la salud pública y las penalidades de los enfermos, si el señor ministro está más ocupado en hacer chanchullos y negocios personales nada santos, desde su propio despacho de la avenida Salaverry. Qué otras operaciones habrán urdido en los siete meses que llevaba en el cargo hasta que lo cogieron en una donde su responsabilidad es tan clara e innegable que el propio presidente Castillo, oh sorpresa, prefirió destituirlo de inmediato para evitar un mayor y nuevo escándalo.

Porque la responsabilidad por la llegada de un tipo como Jorge López al cargo de ministro de
una cartera tan sensible la comparten claramente Pedro Castillo, que lo nombró, y Vladimir Cerrón, que lo propuso pues pertenece a su entorno y el Ministerio de Salud es parte de su cuota en el gobierno, como quedó claro desde que puso allí al inefable doctor “Agüita” con la
bendición del profesor. Cuando éste debió ser reemplazado por incompetente y nulo, dada la
presión de la protesta ciudadana, dejaron en el puesto al mismo que “Agüita” había llevado
como viceministro, Jorge López, para que todo siga igual.

Pedro Castillo y su socio Vladimir Cerrón sabían bien a quién ponían al mando del ministerio.
Porque ya entonces era conocido públicamente que Jorge López tenía varias investigaciones y
procedimientos abiertos y en desarrollo por diversos motivos que no permitían augurar nada
bueno para su gestión ministerial. A pesar de ello, Cerrón lo propuso y Castillo firmó su nombramiento y le tomó el juramento al ceñirle el fajín. Pedro Castillo no puede alegar inocencia sobre la designación de este señor a quien se apresuró a destituir apenas se aireó la
denuncia del domingo, como no lo ha hecho antes con ningún otro impresentable.

Una de las investigaciones que Jorge López tenía en curso cuando Castillo lo nombró ministro,
ponía en evidencia que este señor, cuando ocupaba la plaza de director del Hospital Nacional
del Centro, había hecho que su empresa personal contratase con la entidad pública, es decir,
hacía negocios particulares aprovechando su cargo público. Este solo antecedente, por el cual
ya estaba bajo indagación, debió ser suficiente para que su nombramiento como viceministro
del doctor “Agüita” y como ministro en reemplazo de éste fuera rechazado. Pero Castillo hizo
lo contrario. Ahora pretende limpiarse sacando a López apenas se hizo pública una denuncia
escandalosa.

Vladimir Cerrón, por su parte, ha asumido la defensa de López, aceptando que se le investigase
mientras hubiera “duda razonable”, pero oponiéndose a su destitución. Al haberse efectuado
ésta, sin consultarle, se pone en plan de crítico de Castillo con la evidente finalidad de defender la posesión del Ministerio de Salud como parte de “su territorio”: su chacra, pues, donde finalmente él impera… con las muy lamentables y graves consecuencias que los innumerables pacientes deben sufrir a diario en un sistema de salud en colapso.

Hasta el momento de escribir esta nota, no se conocía aún quién sería el sustituto de Jorge López. Vladimir Cerrón presiona a fondo para que el nombramiento recaiga sobre uno de los suyos. Si así ocurre, no solo se perderá una oportunidad de adecentar y encarrilar el
ministerio, sino que habrán puesto a alguien que se encargará de encubrir todo lo que la red
de corrupción de Jorge López y Perú Libre ha tejido en estos meses de dominio. En verdad, el
Ministerio de Salud no solo requiere echar a Jorge López, sino una limpieza general y una
reorientación a fondo.

Artículo de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus Trece el día viernes 28 de octubre de 2022.

5 mar 2021

Ronald Gamarra: La lección de Ana Estrada

Las procuradurías del Ministerio de Justicia, del Ministerio de Salud y de EsSalud decidieron no interponer recursos de apelación contra la sentencia que ampara el derecho de la señora Ana Estrada a una muerte digna, y considera afectados sus derechos a la dignidad, autonomía, libre desarrollo de la personalidad y no sufrir tratos crueles e inhumanos, al impedírsele -vía una prohibición penal general- decidir sobre el fin de su vida como resultado del ejercicio de un derecho. Con tal decisión, la sentencia de 22 de febrero pasado, emitida por el décimo primer juzgado constitucional, queda consentida, es decir, que queda consolidada y sin cuestionamiento como una decisión judicial aceptada por las partes intervinientes en el proceso, que a la vez establece jurisprudencia sobre un caso tan delicado, proclamando la primacía de los derechos humanos sobre toda otra consideración. Ahora solo queda la remisión del expediente, vía consulta, a la Corte Suprema, donde sin duda alguna será acogida.

Hay que destacar como se merece las decisiones de estas procuradurías. En primer lugar, porque en un giro completo y en menos de dos meses abandonan las posiciones carcas y conservadoras que expresaron por escrito en la contestación a la demanda y en la audiencia oral, oportunidades en las que pidieron se declare la improcedencia de la solicitud de Ana Estrada, señalaron que ni la Constitución ni el código penal lo permiten, y alegaron cosas como que la enfermedad que padece no se encuentra en un estado terminal ni le produce intolerables dolores, que se requiere de una norma expresa que desarrolle el derecho a la muerte digna, y que Ana Estrada pretende que el juez se convierta en legislador. En suma, pusieron en duda su dolor, le dijeron no, trataron de obligarla a soportar padecimientos indignos en nombre de sus creencias -la de ellos, claro- y la enviaron a reclamar al Congreso.

En segundo lugar, porque fijan una radical diferencia con la actitud de otras procuradurías públicas que no han dudado en cuestionar y hacer todo lo posible, recurriendo incluso a leguleyadas, para bloquear decisiones progresivas de la justicia que amparaban derechos humanos. Uno de los casos más vergonzosos fue el de la procuraduría de la RENIEC, que movió cielo y tierra para impedir que surtiera efecto la decisión de un juez que amparó el derecho de una pareja del mismo sexo a que su matrimonio, celebrado en el extranjero, se inscribiera en el registro civil nacional.

De este modo, me parece que, por primera vez, una procuraduría pública actúa en función de la ley y los derechos humanos, que el Perú reconoce constitucionalmente y por tratados internacionales, en lugar de litigar por inercia y actuar como el perro del hortelano, que no come ni deja comer, defendiendo ciegamente una supuesta legalidad que no es tal sino la excrecencia ideológica de siglos de poder arbitrario, prejuicios y oscurantismo en contra de la persona humana. Las procuradurías no pueden ni deben ser miopes y menos ciegas en las causas en las cuales toman parte.

No obstante, si las procuradurías públicas, contra la razón, hubiesen apelado la sentencia, la señora Ana Estrada hubiera estado preparada para seguir dando la pelea que ejemplarmente ha estado librando en estos años, a pesar de las condiciones extremadamente precarias de su salud y su capacidad física. Porque, aún en su condición crítica de salud, ella demuestra integridad y fortaleza ética y moral, deslumbrante lucidez intelectual y ejemplar generosidad como para entender que su lucha por un derecho humano esencial, como el derecho a morir con dignidad, es crucial para la dignidad de todos, inclusive los que se oponen con pretextos majaderos.

Qué diferencia entre la actitud y la acción de la señora Estrada y la de otros que muestran un cristianismo de pacotilla, propio de Torquemada, cuando le responden brutalmente “que se suicide”, en vez de accionar ante la justicia por el respeto a un derecho humano. No cabe comparación entre estas dos actitudes diametralmente opuestas ya desde el punto de vista ético. En el caso de la señora Estrada observamos la defensa del derecho en su expresión más limpia y pura, mientras en el otro caso solo vemos la actitud propia de un déspota y fanático sin capacidad de empatía.

La batalla de Ana Estrada quedará para siempre entre los mayores hitos de la lucha por el derecho y la justicia en nuestro país, sin importar los avatares que el caso pueda enfrentar en adelante. Jamás tantos debimos tanto a alguien tan frágil en tan diversos planos: el de la justicia, el de la ética, el de la conducta personal. En medio de una situación caótica, en la cual cada quien trata de sacar todo el partido posible en beneficio propio y egoísta, sobre todo en el triste plano de la política, la señora Estrada nos ha dado la más sencilla pero inolvidable lección de desprendimiento, luchando en el nombre de todos.

¿Esto significa que, después de la sentencia conseguida por la señora Estrada y la por ganar en la Corte suprema, ella ya tiene asegurado el derecho a la muerte digna? Así debería ser en un estado plenamente constitucional, pero en nuestro país, lamentablemente, no se puede dar por descontado. Al contrario, tengamos la seguridad de que los retrógradas harán de todo para impedir que la Corte Suprema se pronuncie favorablemente en la consulta y para evitar la ejecución del pronunciamiento judicial que ordena se inaplique un artículo del código penal para permitir su muerte digna y no se sancione a los profesionales que la practiquen, considerando que ella no puede hacerlo por sí misma, de un lado, y ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar su decisión de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia, de otro. Y claro, para limitar al máximo el mal ejemplo de la sentencia y evitar su expansión en sede parlamentaria. No importa; seguiremos consolidando y ampliando la trocha abierta hasta que quede firme. Porque tenemos un ejemplo extraordinario que nos alienta y anima: el ejemplo de esa mujer extraordinaria que es Ana Estrada.


Gracias Ana por recordarnos que el derecho a la dignidad debe entenderse como válido para toda la vida del individuo, incluida la terminación de ésta. Gracias totales por enseñarnos que el derecho a vivir en forma digna importa también el derecho a morir con dignidad.

Artículo de Opinión de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus trece el día viernes 05 de marzo de 2021.
Fuente Hildebrandt

15 oct 2020

Ronald Gamarra: "Los pacientes importan, señora ministra"

"Mientras escribo estas líneas, el Tribunal de transparencia conmina al MINSA a la entrega de la información tal como lo ha ordenado".

El Ministerio de Salud (MINSA) parece estar decidido a poner todos los obstáculos posibles para frustrar, al menos por este año, el acceso de los ciudadanos, especialmente de los pacientes, al proceso de elaboración del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME), que es el documento legal que aprueba la relación de medicamentos que el sector público adquiere para la atención de la salud pública en todo el país. Este proceso hasta ahora se ha llevado siempre entre cuatro paredes, sin transparencia, a espaldas de la opinión de los pacientes.

Qué otra cosa se puede entender si ya van 80 días sin que el MINSA haya cumplido con la obligación de elaborar y aprobar el manual de participación ciudadana en la preparación del PNUME. La Ley que así lo ordena se promulgó el 27 de marzo de este año. Los 120 días de plazo se cumplieron a fines de julio. A la fecha, ya debía haber un manual de participación ciudadana.

Pero tampoco se trata de que se apruebe cualquier compendio, vademécum o novelón a espaldas de los interesados. La elaboración del propio manual de participación también debe ser transparente, abierta, democrática, y eso exige establecer mesas de trabajo conjunto, eventos de participación pública, una discusión abierta y directa con los pacientes y sus organizaciones. Todo ello debería resultar en la prepublicación del proyecto de manual de participación ciudadana, que sea objeto de un último debate y recojo de sugerencias. Pero nada de eso ha habido. Ninguna apertura. Silencio total durante seis meses.

Ante esta situación, presentamos en julio de este año una solicitud formal al MINSA pidiendo el acceso a la información generada por este organismo en relación con la preparación del manual de participación. Porque es de suponer que la burocracia algo habrá avanzado en tanto tiempo. Y claro que lo hizo. Pero nada, ninguna respuesta. Silencio, silencio y más silencio. Que los pacientes se vayan a fastidiar a otro lado con su impertinente voluntad de participar. ¿La ley y sus plazos establecidos? Pues, sencillamente, se desobedecen, se desacatan. ¿Y qué va a pasar, pues? No hay sanción prevista para este incumplimiento.

Tanto desacato no podía dejarse pasar sin reaccionar. Así, pues, el ominoso e indiferente silencio del MINSA hizo ineludible presentar un recurso de apelación ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TTAIP) en el mes de septiembre. Este importante tribunal es el organismo que está encargado de resolver como última instancia administrativa las controversias relacionadas con la transparencia y el derecho al acceso a la información pública a nivel nacional. Sus resoluciones tienen carácter vinculante; no son simples recomendaciones.

En los últimos días de ese mes, el MINSA informó que la propuesta de manual se encontraba en el despacho ministerial “para su revisión y aprobación”. Sí, se había proyectado un manual de participación ciudadana… sin la participación ciudadana. No se mencionó intención alguna de prepublicación. Y claro, tampoco se nos proporcionó copia de la propuesta. En octubre, siguiendo el trámite establecido, el TTAIP acordó por unanimidad declarar fundado el recurso de apelación contra la denegatoria de la solicitud de acceso a la información pública presentada; y, en consecuencia, ordenar al MINSA la entrega de la información solicitada.

Pues bien, estimados lectores, sucede que pasó de largo el plazo concedido para la entrega de la información y el MINSA sigue encerrado en su absoluto mutismo, haciendo caso omiso ante las urgentes y justas demandas de transparencia y participación que les hacen los pacientes y sus organizaciones, que aguardan tratamientos y medicinas que deben ser aprobados en el PNUME. Los pacientes deben opinar sobre los medicamentos que el estado compra para atender la salud pública. Este proceso no puede ni debe ser una suerte de coto cerrado de la burocracia.

En Brasil, Chile y Colombia los y las pacientes participan de las políticas de salud. ¿Cuánto tiempo seguiremos esperando para permitirlo en Perú? Junto a los y las pacientes exigimos al MINSA la entrega de la información solicitada y la prepublicación del proyecto de manual de participación ciudadana en la elaboración del PNUME. Una y otra no son gracias y tampoco concesiones facultativas, sino obligaciones del MINSA y un derecho ganado por los pacientes y, en general, por los ciudadanos, en aras de una necesaria transparencia que parece tan difícil de alcanzar, vistas las dificultades que opone la burocracia.

El acceso a la información que el MINSA maneja sobre la elaboración del manual permitirá que los pacientes de los servicios de salud puedan evaluar y supervisar el proceso de su elaboración y aprobación, así como plantear sus opiniones y necesidades, para que el nivel de participación ciudadana en la elaboración del PNUME sea amplio, permanente, efectivo y pleno en todas sus etapas. Un buen manual de participación ciudadana en la elaboración del PNUME contribuye a garantizar el derecho a la salud y a que no se compren medicinas que responden únicamente a intereses comerciales.

Mientras escribo estas líneas, el Tribunal de Transparencia conmina al MINSA a la entrega de la información tal como lo ha ordenado, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público por la actitud renuente de las autoridades y funcionarios responsables de dicha entidad.

La historia podría tener un final parcialmente positivo. Después de 80 días de retraso, el MINSA deberá cumplir con la entrega de la información de la que dispone sobre el proceso de elaboración del manual de participación ciudadana. Es cierto que lo harán con gran retraso y prescindiendo de un necesario proceso de participación que hubiera podido aportar mucho. Esperamos que esa oportunidad se pueda dar ahora y que sirva efectivamente para la elaboración del PNUME. Aunque todavía es posible que la ministra de Salud, en un acto de transparencia y ejercicio democrático, decida someter el proyecto de manual -sí, doctora Mazzetti, ese que tiene encima de su escritorio- a una prepublicación para recibir los aportes de las y los pacientes y sus organizaciones. Eso esperamos. ¿Lo hará?.


Artículo de opinión de Ronald Gamarra Herrera publicado en Hildebrandt en sus trece el viernes 16 de octubre de 2020.

Fuente: https://www.hildebrandtensustrece.com/.

7 oct 2020

MINSA: Dictan lineamientos para evaluar daño psicológico

Directiva Sanitaria Nº 114-MINSA-2020-DIGIESP, Directiva Sanitaria para la estandarización de los parámetros técnicos para la evaluación de la afectación psicológica en casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en el marco de la Ley Nº 30364.

Para contribuir a la recuperación integral y oportuna de las personas víctimas de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar que acuden a las instituciones prestadoras de servicios de salud (Ipress), el Ministerio de Salud (Minsa) estableció los lineamientos a fin de estandarizar los parámetros técnicos para la evaluación de la afectación psicológica de estas personas.

Se trata de la Directiva Sanitaria Nº 114 -Minsa/2020/DIGESP, aprobada mediante la R. M. N° 801-2020/Minsa, en el contexto de la Ley N° 30364, para erradicar la violencia contra las mujeres.

Según la directiva, el responsable de la evaluación de esta afectación psicológica será el psicólogo del establecimiento de salud más cercano al lugar de residencia de la persona a evaluar por afectación psicológica como secuela de la violencia que cuente con dicho profesional.

Todo usuario de los servicios de salud tendrá derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad sin que se incurra en acto de discriminación de ningún tipo. Contará, además, con la garantía de la confidencialidad y protección de los datos referidos a su atención.

El proceso de evaluación, que comprenderá una entrevista psicológica, la aplicación de los instrumentos de evaluación psicológica y un estudio de gabinete, será gratuito en las Ipress del Estado.

Se evaluará la aplicación de las pruebas psicológicas de acuerdo con las características socioculturales de las personas evaluadas y su comprensión, detalla la directiva.

La psicóloga explicará de manera sencilla, de acuerdo con su capacidad de comprensión, los objetivos de la evaluación, la gratuidad del servicio, los tiempos y sesiones mínimas requeridas para un adecuado análisis, así como la importancia y necesidad de su colaboración para realizar el proceso y el informe correspondiente requerido por la autoridad competente.

Mencionará la protección de la confidencialidad de los datos y la información que tendrá que brindarse a la autoridad competente, y en ese momento se solicitará el consentimiento informado.

En caso de niños y adolescentes, se les solicitará su consentimiento informado al igual que a los cuidadores legales, y si estos se oponen, primará el consentimiento de los menores. Además, antes de la entrevista se deberá obtener información sobre las características evolutivas y su grado de adaptación familiar, social y escolar.

InformeEl profesional de psicología realizará el informe que contendrá los resultados obtenidos como consecuencia de la evaluación definida y delimitada por su objetivo, que es determinar la existencia o no de afectación psicológica en la persona evaluada. Así, el informe contendrá los datos de filiación del sujeto evaluado, el motivo por el cual se sometió a ese análisis, los antecedentes y problema actual, la observación de la conducta, las técnicas e instrumentos usados, el análisis e interpretación de resultados, las conclusiones y las recomendaciones.

Resolución Ministerial N° 801-2020-MINSA  on Scribd

Fuente MINSA y El Peruano.

21 ago 2020

MINSA: Norma Técnica de Salud para el Cuidado Integral a Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar Afectados por Violencia Sexual

Mediante la Resolución Ministerial N° 649-2020-MINSA, se aprobó la norma técnica de salud para el cuidado integral a mujeres e integrantes del grupo familiar afectados por la violencia sexual.

MINSA 1878873-1  on Scribd

Fuente El Peruano.

26 mar 2020

MINSA, ONU y UNICEF: Guía para mamá y papá cómo explicar el coronavirus

El Ministerio de Salud, las Naciones Unidas y UNICEF en Perú han elaborado la breve guía "Paciencia y Amor para ganarle al coronavirus". 

“Los niños están atentos a las noticias sobre las muertes y las complicaciones del coronavirus, sobre todo cuando ellos son los afectados. Lo que recomendamos a los padres de familia es una comunicación fluida con sus hijos, en un lenguaje adecuado, para explicarles lo que es la enfermedad y la situación en el país y el mundo”, opina el doctor Hugo Rázuri.
Recomiendan:
- Buscar le lenguaje adecuado;
- Estar alerta con las fake news;
- Evitar el bullying en el hogar;
- Saber ponerse al costa, cuando los padres sufren de estres;
- Organizar las tareas.

29 nov 2019

Perú: Decreto de Urgencia que establece medidas para la Cobertura Universal de Salud


Mediante DECRETO DE URGENCIA N° 017-2019, se decreta de urgencia medidas para la Cobertura Universal de Salud.

En un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto de Urgencia, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última, se aprueban las disposiciones para mejorar la gestión y la eficiencia en la prestación de servicios de salud en IPRESS del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales, que incluya como mínimo:
  • La implementación de un sistema en línea de la programación de turnos y citas (solicitadas y atendidas) de la cartera de servicios de salud ofertados por todas las IPRESS, y su correspondiente publicación en el portal del MINSA, de los Gobiernos Regionales y de SUSALUD para la consulta interactiva y amigable por la ciudadanía,
  • La automatización de los servicios de apoyo al diagnóstico;
  • La automatización de la prescripción y dispensación de los medicamentos para el público usuario;
  • La implementación de la contabilidad de costos de la cartera de servicios de salud y la valorización individual
  • La implementación y uso de los aplicativos informáticos correspondientes en todas las unidades ejecutoras de salud del Gobierno Nacional y Gobierno Regional responsables de la provisión de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el Sistema Nacional de Abastecimiento; y
  • La publicación de indicadores de desempeño de las IPRESS (insumos, procesos, calidad, resultados).

29 oct 2019

MINSA: Nueva Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de Adolescentes


Mediante RESOLUCION MINISTERIAL N° 1001-2019/MINSA, se aprueban Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de Adolescentes

Se brindará un paquete completo básico y especializado de servicios, seguimiento y desarrollo para los adolescentes

Con la finalidad de contribuir con el desarrollo integral de la salud y el bienestar de la población adolescente, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó una nueva norma técnica de salud (NTS) que estipula un paquete completo básico y especializado de servicios que se brindarán en los establecimientos bajo los enfoques en derechos, género, interculturalidad, inclusión social, curso de vida y territorialidad.

Según la Resolución Ministerial N° 1001-2019/MINSA, publicada por el Diario Oficial El Peruano, la nueva norma NTS N° 157-MINSA/2019/DGIESP, deroga a la anterior NTS N° 034-MINSA/DGSP-V.02, aprobada en el año 2012.

Los lineamientos comprendidos en la nueva norma promoverán la participación activa de los adolescentes y las intervenciones con familias, instituciones educativas y comunidad, bajo el enfoque del curso de vida.

Además, la norma establece que el personal de los establecimientos de salud realizará visitas domiciliarias a las familias con adolescentes para realizar la captación, seguimiento y fortalecimiento oportuno de la salud y el desarrollo del adolescente.

Se efectuarán, al menos, dos visitas para conocer el entorno social y familiar de la población adolescente, y hacer seguimiento a los riesgos a su salud, como enfermedades transmisibles y no transmisibles, abandono a la atención pre y postnatal, y otros tratamientos de salud física y mental.

Fuente MINSA: https://www.gob.pe/institucion/minsa Fuente PERUANO: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas

17 abr 2017

MINSA aprueba Guía Técnica para continuidad de servicios de salud sexual y reproductiva en situaciones de emergencia y desastres

Resolución Ministerial Nº 206-2017/Minsa, del Ministerio de Salud, publicó la Guía Técnica para la continuidad de los servicios de salud sexual y reproductiva en Situaciones de Emergencia y/o Desastres en el Sector Salud.




Fuente MINSA - Normas legales: http://diariooficial.elperuano.pe/Normas

11 sept 2016

MINSA aprueba Norma Técnica de salud sobre Planificación Familiar que incluye la provisión gratuita de la AOE

Por Resolución Ministerial 525-2016/MINSA se aprobó la modificación de la "Norma Técnica de Planificación Familiar", denominándola "Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar", con el objetivo de contribuir a que las personas ejerzan sus derechos de manera responsable, libre e informada respecto a la decisión del número y espaciamiento de los hijos que deseen procrear, brindando servicios de planificación familiar de calidad. 

"Punto 5.3. La atención en planificación familiar: Los servicios integrales de planificación familiar serán ofrecidos en todos los establecimientos de salud públicos de país de manera gratuita, incluyendo la historia clínica, orientación/ consejería y la provisión de métodos anticonceptivos y anticoncepción de emergencia."
Fuente MINSA.

14 feb 2015

Perú: VIH y medicamentos: hay soluciones, pero faltan pantalones

Alejandra Alayza MoncloaColumna de Alejandra Alayza.

En el país hay aproximadamente 70,000 personas viviendo con VIH, nuestras leyes establecen que quienes viven con VIH deben recibir gratuitamente sus tratamientos. Sin embargo, el desabastecimiento pone hoy en riesgo la salud de los pacientes. El Atazanavir es un antirretroviral que puede significar la diferencia entre la vida y la muerte para las personas viviendo con VIH. Pero el acceso a este medicamento está condicionado por su precio. Mientras que en Bolivia el Atazanavir se vende a S/. 2.00 (und.), en el Perú el precio aproximado es de S/. 36.00 (und.), limitando drásticamente la cobertura.

Esta diferencia de precios está determinada por los derechos de propiedad intelectual otorgados en el Perú a la farmacéutica Bristol Myers Squibb, que cuenta con la patente de exclusividad para la comercialización del Atazanavir (Reyataz) hasta el 2019. Esta posición de dominio le permite establecer un alto precio injustificado, generando una altísima rentabilidad a la empresa y un grave sobregasto al Estado. Sólo para la compra de este medicamento en el 2013 se destinaron S/. 22 millones, y hasta julio del 2014 más de S/. 27 millones. El pago sólo de este medicamento (sí, a una sola empresa) ha significado más del 50% del presupuesto total destinado a antirretrovirales en el MINSA y Essalud. De locos, como si aquí sobrara la plata.

Pacientes, profesionales y funcionarios han expresado la necesidad de actuar ahora. Los pacientes han solicitado al Ministro de Salud que declare de interés público el Atazanavir, y que el presidente Ollanta Humala otorgue la licencia obligatoria (permitiendo el ingreso de competencia) a este antirretroviral, y así acabe con el abuso monopólico de la farmacéutica Bristol Myers Squibb. La situación tiene arreglo. La solución es tan legal y viable, como urgente. Lo que hace falta es la decisión política. La pelota está en la cancha del Presidente, ¿será que se anima a abandonar la banca y salir a jugar? 
Por Alejandra Alayza Moncloa.

8 feb 2013

"Vacunas fatales": Los niños con polio postvacunal en el Perú

 "Vacunas fatales" es el título del reportaje que Hildebrandt en sus Trece presento el viernes 1 de febrero relatando cuatro casos de niños con polio postvacunal adquirido luego de haber sido vacunados en establecimientos del Ministerio de Salud (MINSA). Los padres de familia de estos cuatro niños no han dejado de quererlos, atenderlos y buscar justicia. Luego de haber logrado que el MINSA asumiera su responsabilidad y publicara la Resolución Ministerial N° 321-2012/MINSA, del 20 de abril del 2012, donde se estableció que para "garantizar la sostenibilidad de la atención de los menores, resulta conveniente disponer el otorgamiento de la atención integral en salud continua y de por vida a favor de los referidos menores. 

Lamentablemente, hasta la fecha, los acuerdos no han sido cumplidos en su cabalidad, aún quedando pendiente la indemnización, el reembolso de gastos y el acuerdo de un convenio anual renovable de tratamiento para los niños en el Hogar Clínica San Juan de Dios. 



Medios de Prensa donde ha sido difundida la noticia a partir del resportaje de Hildebrandt en sus Trece.
El Comercio, Martha Meier, 02/02/2012: ¿Resurgirá la polio en el Perú?, link: http://kausajusta.blogspot.com/2013/02/resurgira-la-polio-en-el-peru.html
Diario 16, 05/02/2013 link: http://diario16.pe/noticia/22270-minsa-cumpliraa-con-pagar-indemnizaciaon-a-nianos-con-polio-posvacunalhttp://diario16.pe/noticia/22270-minsa-cumpliraa-con-pagar-indemnizaciaon-a-nianos-con-polio-posvacunal
+Qn con Ana Trelles entrevista a Ronald Gamarra, 05/02/2013 link: http://play.tuteve.tv/videogaleria/programa/126856/2013-02-05-05022013
Primera Noticia, ATV, 06/02/2013 link del reportaje de Alicia Retro: http://atv.tuteve.tv/programa/284/primera-noticia http://atv.tuteve.tv/programa/284/primera-noticia