Mostrando entradas con la etiqueta Diálogo y Paz. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Diálogo y Paz. Mostrar todas las entradas

10 nov 2017

Colombia: Estas son las once personas que conformarán la Comisión de la Verdad

El Comité de Escogencia dio a conocer la lista de las personas seleccionadas del grupo de los 193 aspirantes que se presentaron.

Hoy se hicieron públicos los nombres de las once personas que conformarán la Comisión de la Verdad, en el marco del fin del conflicto con las Farc, ese que duró más de medio siglo. Entre los seleccionados por el Comité de Escogencia hay un sacerdote, periodistas, académicos y víctimas. Son cinco mujeres y seis hombres.

¿Para qué servirá la Comisión de la Verdad?

La Comisión de la Verdad constituye uno de los ejes más importantes y de mayor trascendencia de cara a las víctimas del conflicto. La verdad no es un tema menor en el camino de superar un capítulo tan aciago como la guerra. De hecho, el esclarecimiento de lo que sucedió es una de las vías que tendrán las víctimas para cerrar el circulo trágico que las marcó. Además porque la comisión hará parte de un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición.

Pero, ¿qué hara la Comisión? Se trata de un órgano temporal, de carácter extra judicial que históricamente ha servido en procesos de transición (en este caso de un conflicto armado a un escenario de paz) para esclarecer patrones de violencia.    

No se trata de un mecanismo para administrar justicia sino para contribuir a la verdad y reconocer los derechos de las víctimas. La comisón también tendrá como objetivo promover la convivencia en los territorios.

Estas once personas fueron seleccionadas de un grupo de 193 aspirantes que se presentaron: 
1. Francisco de Roux, presidirá la Comisión (Consulte la hoja de vida completa)
2. Saúl Alonso Franco Agudelo (Consulte la hoja de vida completa)
3. Lucía Victoria Gonzáles Duque (Consulte la hoja de vida completa).
4. Carlos Martín Beristain  (Consulte la hoja de vida completa).
5. Alejandra Miller Restrepo  (Consulte la hoja de vida completa).
6. Alfredo de la Cruz Molano Bravo (Consulte la hoja de vida completa).
7. Carlos Guillermo Ospina (Consulte la hoja de vida completa).
8. Marta Ruiz (Consulte la hoja de vida completa).
9. María Ángela Salazar (Consulte la hoja de vida completa).
10. María Patricia Yagarí (Consulte la hoja de vida completa).
11. Alejandro Valencia Villa (Consulte la hoja de vida completa).


27 sept 2016

Baltasar Garzón: Una paz justa para Colombia (Y todos los discursos)

Este acuerdo debe serviri para lograr conquistas sociales: tanta desigualdad en esta sociedad no puede soportarse más tiempo

Hoy día 26 de septiembre en Cartagena (Colombia) es uno de esos días en los que uno se encuentra con sensaciones contradictorias. La paz se firma en unas horas y sin embargo la alegría no es plena entre la ciudadanía colombiana. No hay unidad política ni unidad frente a un evento que debería unos a todos en el esfuerzo común de construir un país que es de todos y a cuyo fin todos deberían contribuir.

Cincuenta y dos años de violencia sostenida en el conflicto armado interno más antiguo de Latinoamérica deberían ser suficiente argumento para que nadie apostara por su mantenimiento ni un segundo más. Sin embargo las discrepancias existen y quien defiende la negación de la evidencia del nuevo futuro que se abre agarrándose a postulados neoconservadores, se equivoca

Los acuerdos firmados en el día de hoy entre el Gobierno colombiano, con el presidente Juan Manuel Santos a su cabeza, y las FARC distan mucho de ser lo que las víctimas, la ciudadanía y los juristas, hubiéramos querido. La verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición no se conseguirán en su plenitud, ni siquiera en una parte suficientemente satisfactoria, pero se ha logrado un acuerdo que parecía imposible y que muchos oscuros augúres pronosticaban imposible de alcanzar. Es decir, se ha llegado precisamente hasta donde ha sido posible, y, este mínimo es inclaudicable; se ha obtenido ese punto de equilibrio necesario, presente en todo proceso de justicia transicional.

Los retos que esta decisión compartida supone han de conseguirse a partir del día 2 de octubre con el apoyo afirmativo al proceso abierto. Es seguro que no es el mejor acuerdo, pero ha sido el único real hasta la fecha. Después de décadas de intentos frustrados, de dolor y sufrimiento de las víctimas, quienes han firmado con seguridad han tenido en cuenta esa renuncia de aquellas y por ello no pueden permitirse el incumplimiento de una sola línea de ese acuerdo que ayuda a avizorar un final de paz sostenible y justa.

No estoy de acuerdo con quienes afirman que este acuerdo sacrifica la justicia en favor de la paz, como tampoco con los que sostienen que la justicia tradicional retributiva (una determinada cantidad de años de cárcel) sea la única alternativa posible. Si fuera así, jamás acabaría el conflicto y eso se debe decir alto y claro por quienes defienden el no.

Por el contrario, la justicia restaurativa, en la que tampoco está ausente la retribución a las víctimas a través de la verdad y las garantías de no repetición, garantizará la responsabilidad de los perpetradores y su sanción. Por ello la verdad es imprescindible y, la condena a quienes no contribuyan a la misma, cierta y definitiva.

La justicia, desde la perspectiva de las víctimas no solo se define por el número de años a imponer a los perpetradores, sino por la certeza de que estos reconozcan sus crímenes, sufran una sanción que, al ser proactiva, será más gravosa para quien la sufra que mantenerse simplemente en una celda a la espera de que se cumplan los años de reclusión. Tendrán que reconocer sus acciones delictivas, mirar a las víctimas y aceptar el reproche de los inocentes, deberán contribuir a construir la paz, trabajarán en favor de la comunidad... y si no lo hacen, que cumplan pena en una cárcel ordinaria.

Pero además, este acuerdo debe servir para lograr conquistas sociales en Colombia. Tanta desigualdad en esta sociedad no puede soportarse por más tiempo. Las élites no deben decidir por la ciudadanía. Es decir, la paz no puede ser para el pueblo, pero sin el pueblo, a modo de paz ilustrada. A la gente se nos llena la boca de buenas palabras, pero quienes han sufrido tanto y que tienen la generosidad del perdón deberían ver el resultado de la paz en la igualdad, en un sistema de impuestos redistribuido, en las mismas oportunidades para los sectores del campo que para los industriales, para los ricos de la city y los pobres y abandonados campesinos e indígenas, con un sistema de salud universal, una educación asegurada, una renta mejorada, con inversiones que repercutan en el bienestar general... y que ese hermoso anfiteatro de paz que hoy se ha visto en Cartagena se funda con las miles de velas prendidas anoche en esta ciudad caribeña por las victimas caídas, y que no quede reducida a un reparto de posiciones políticas y económicas que traicionarían la fe de un pueblo que lucha por esa felicidad que nace de las entrañas de cada uno de nosotros. Por todo ello, es posible una paz justa para Colombia, y como presidente de FIGBAR, seguiremos trabajando para que la paz no sea la historia de una ilusión desvanecida.
Baltasar Garzón.

- Discurso completo del Presidente de Colombia, Juan Manuel Santos.

6 mar 2016

Postconflicto en Colombia: La promesa de justicia

Por Nelson Camilo Sanchez.
El conflicto colombiano es una de las confrontaciones armadas vigentes más largas del mundo. Por ello las noticias de los últimos meses, respecto de avances concretos para la terminación de este conflicto a través de un proceso de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de orientación marxista Farc, han sido objeto de mucha expectativa y felicitación por buena parte de la comunidad internacional.  Dentro de estos avances positivos se encuentra un anuncio, realizado a finales del 2015, por las dos partes, respecto de un modelo de justicia que se aplicará a quienes cometieron delitos graves durante la guerra.

El propio presidente Barak Obama manifestó que una vez este acuerdo se haga efectivo, “Colombia será un modelo de cómo alcanzar la paz con justicia”.  Una refrendación similar fue expresada por la Delegación de la Unión Europea, que destacó el hecho que el acuerdo ponga a las víctimas en el centro del proceso de paz. Semanas después, la comunidad internacional en su conjunto dio un aval decisivo al acuerdo.  El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aceptó una propuesta realizada por las partes para crear una misión de verificación del cumplimiento del acuerdo, incluso sin que el proceso haya formalmente llegado a un acuerdo definitivo.

Otras voces han sido más cautas en su evaluación de este acuerdo de justicia. Voceros de la ONG de derechos humanos Human Rights Watch (HRW) han dudado, por ejemplo, de la consonancia entre el acuerdo y el derecho internacional. Otras, como el Washington Office on Latin America (WOLA), que si bien no comparte la opinión de HRW, han dicho – con razón – que todavía faltan cabos por atar y que debe hacerse un seguimiento estricto de su implementación antes de darle un sello de aprobación.

Hay cuatro claves para entender mejor la trascendencia y los dilemas y retos de este acuerdo de justicia. La primera es comprender el contexto del que parte. La segunda está en conocer los principios jurídicos en los que se basa y que serán aplicados La tercera se encuentra en analizar la estructura del tribunal que adelantará los juicios. Finalmente, la cuarta, consiste en comprender las formas de castigo a las que se verán enfrentados quienes sean condenados por dicho tribunal.

Hacer justicia después de la guerra
Hacer justicia en el ocaso de una guerra siempre es una tarea difícil y Colombia no es la excepción. En primer lugar, las más de cinco décadas de conflicto no solo han dejado un número de víctimas alarmante (más de 7 millones), sino que la cantidad de hechos y el tiempo que ha pasado desde que muchos de éstos ocurrieron hacen que la tarea de investigarlos sea muy dispendiosa. Es por ello que el acuerdo es, de entrada, muy ambicioso. 

En segundo lugar, este acuerdo sobre justicia se destaca por ser negociado y no impuesto. Esto es novedoso en el mundo pues, en general, las medidas de justicia no han partido de un consenso entre el gobierno y un grupo armado no derrotado – como es el caso de las Farc – que está negociando la finalización del conflicto y acogiéndose a un proceso de justicia. La justicia generalmente ha sido impuesta por vencedores a vencidos.

En tercer lugar, aunque el acuerdo haya sido negociado por el gobierno y las Farc, el modelo de justicia no es exclusivo para los miembros de la guerrilla que hayan cometidos graves crímenes. Aplica para todas aquellas personas que con ocasión del conflicto lo hayan hecho. Esto incluye tanto a miembros de la fuerza pública colombiana y otros servidores públicos, como a particulares que hayan auspiciado o financiado el conflicto armado. A diferencia de una justicia de vencedores en donde solo se juzga a los vencidos, generando por tanto una impunidad selectiva.

En cuarto lugar, una característica que complejiza este proceso es que no parte de cero, sino que debe articularse con otras medidas que ya habían sido tomadas en el pasado en Colombia. Por ejemplo, juicios penales realizados a los grupos paramilitares que fueron parte del conflicto pero se desmovilizaron hace una década. Aquí el riesgo era doble. Por un lado, que el acuerdo con las Farc borrara todos los esfuerzos anteriores. Por el otro, que para evitar ser puestos a la par de sus enemigos en armas, se hubiera negociado un acuerdo que se percibiera como muy inequitativo entre unos y otros, lo cual haría perder legitimidad del proceso, pues tales diferencias son muy difíciles de mantener. Sobre todo cuando se quiere promover la reconciliación y frenar círculos de violencia y venganza.

El significado de justicia  
Las transiciones negociadas siempre han partido de un viejo dilema de dos cabezas: qué tanta justicia se puede pretender sin que la paz se desvanezca, y qué tanta impunidad se puede permitir una sociedad que busca la paz. Cuando la paz depende de la voluntad de un grupo armado no derrotado, sus pretensiones estarán más cerca de una salida con poca justicia que una que busque el pleno esclarecimiento y responsabilidad por los hechos. Es por ello que las experiencias más ambiciosas de juzgamientos han ocurrido cuando el conflicto tiene un claro ganador. Pero aun en estos casos, la experiencia ha demostrado lo difícil que es cubrir cada hecho, cada persona, cada caso. Por el maximalismo, muchas de estas iniciativas han fracasado en el intento.
El endurecimiento de la comunidad internacional frente a los crímenes atroces hace que países como Colombia no puedan hoy optar por una fórmula que fue muy usada en el pasado para resolver el dilema: la amnistía general incondicionada (una vía que se consideraba como salida fácil, pero que a la larga tenía muchas complicaciones, como lo han demostrado Argentina o Suráfrica). Pero la opción contraria (la de establecer un sistema con la pretensión de juzgar todos los actos y castigarlos de la manera más severa posible) también resultaba inviable.
El acuerdo busca entonces un punto medio. Para empezar, divide los delitos en dos tipos: los crímenes internacionales y los delitos políticos y sus conexos (fundamentalmente, la rebelión armada, los actos de guerra y los medios de financiación de la guerra, que no sean contrarios al DIH). Los primeros, que son aquellos considerados como graves por la comunidad internacional (en donde se cuentan los crímenes de guerra y contra la humanidad) no serán objeto de amnistía o perdón absoluto. Los responsables de estos crímenes deberán presentarse ante la justicia y recibir un castigo por ellos.  Los segundos sí podrán ser objeto de amnistía, siempre y cuando quienes busquen beneficiarse de ella contribuyan de manera efectiva a la paz, la verdad, y la reparación de las víctimas.
Adicionalmente, el acuerdo se compromete con una visión de justicia más amplia que el simple castigo. Es decir, hacer justicia a las víctimas no solo es castigar a su ofensor, sino que además debe incluir el esclarecimiento de los hechos, el reconocimiento de los sucedido y su dignificación mediante el juicio como tal y el compromiso de que no se repetirán los hechos. En consecuencia, el acuerdo prevé medidas de justicia adicional y gradúa las penas con base en la colaboración que los excombatientes proporcionen a la consecución de estas otras medidas: a mayor contribución, mayores beneficios, y viceversa.
Por ejemplo, en materia de verdad y justicia. Si el excombatiente se compromete con las víctimas de manera plena y pronta podrá ser sancionado con una pena alternativa a la prisión que podrá ir de 5 a 8 años de vigencia. En caso de que no lo hiciere y se tuviera que iniciar un juicio formal, pero en el camino el excombatiente se arrepintiera y participara, su sanción podría llegar a ser de entre 5 y 8 años de privación de su libertad. Y, para aquellos que no contribuyan con los derechos de las víctimas, el sistema se reserva penas de hasta 20 años de prisión.          
El sistema y su estructura
La disputa por la justicia no solo está en qué se va a juzgar, sino en el cómo y, sobretodo, en quién lo hará. Especialmente cuando se negocia con una insurgencia cuya plataforma de acción se basa en el desconocimiento del Estado y de sus instituciones. La cuestión entonces es cómo promover que el sistema de justicia garantice cuatro condiciones simultáneas: imparcialidad, probidad, eficiencia y efectividad.
La primera opción sería que la justicia ordinaria nacional asumiera los casos. Pero esta opción en el caso colombiano fue rechazada tanto por los miembros de las Farc (que ven en la justicia ordinaria a la “justicia de su enemigo”), como por los miembros de las fuerzas armadas (que han acusado a los jueces ordinarios de no entender lo que sucede al interior de un conflicto armado).  

Una opción alternativa era optar por un tribunal internacional. Pero la propuesta no resultaba atractiva para el gobierno, especialmente porque éste no quiere mostrarse como incapaz o sin voluntad de hacer justicia, lo cual tentativamente abriría la puerta para una intervención de una instancia como la de la Corte Penal Internacional.

La opción intermedia (que ha sido puesta en práctica en contextos como los de Corea, Timor del Este y Kosovo) era acudir a un tribunal mixto, incluso con composición mayoritaria de jueces internacionales. No sería la primera vez que se crean mecanismos nacionales excepcionales para tramitar casos derivados de un conflicto. Experiencias recientes, que fueron concienzudamente analizadas por los negociadores colombianos, incluyen a la Cámara de Crímenes de Guerra de Bosnia y Herzegovina y la División de Crímenes Internacionales en Uganda.

Pero el resultado final en Colombia no es simplemente una copia de estas experiencias. Se trata de un complejo sistema, que si bien se inspira en los aciertos de otras experiencias, se confeccionó a partir de los desafíos propios de la transición colombiana y de la experiencia de sus propias instituciones.

Este sistema ha sido denominado como el “Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación”, lo cual desde el inicio deja claro que no se trata solamente de una corte de justicia. Es un sistema integral mediante el cual se busca satisfacer los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y a la garantía de no repetición. Incluye entonces, tanto órganos de carácter judicial (como un tribunal y otras salas de justicia), como otros de carácter extrajudicial (como una Comisión de la Verdad y una unidad de búsqueda de personas desaparecidas). Un robusto, aunque complicado, sistema.

Algunos interrogantes siguen abiertos en cuanto a los órganos judiciales del sistema. Por ejemplo, cuál será el mecanismo de selección de los magistrados, cuántos de ellos serán internacionales (el acuerdo prevé que habrá representación internacional que no podrá ser mayoritaria, pero no establece el número), entre otras. La tarea no es fácil pues debe seleccionarse un mecanismo que sea aceptable para los combatientes, pero que, para que sea verdaderamente independiente, no puede ser seleccionado por quienes van a someterse a la justicia. Eso sería inaceptable desde cualquier punto de vista. Lo más recomendable parece ser un mecanismo que se base en el mérito de los candidatos y que tenga garantías de transparencia a través del acompañamiento de la comunidad internacional y que se abierto al escrutinio de la sociedad civil y las víctimas. 

El castigo: la cuadratura del círculo 

Cuando la atrocidad ha sido repetida hasta convertirse en masiva y rutinaria, es difícil establecer el significado preciso de términos como justicia y castigo adecuado. ¿Cómo enfrentar el mal absoluto, como lo llamaría Kant y lo evocó hace más de dos décadas el jurista argentino Carlos Santiago Nino?

Esta es una de las cuestiones que más ha fomentado discusión jurídica, empezando por los reparos de HRW que se mencionaron al inicio de este artículo. El asunto es el siguiente: las normas internacionales exigen que exista una proporcionalidad entre la gravedad del delito y la severidad del castigo. Por tanto, los delitos más graves deben ser sancionados de manera más severa. Eso incluye, obviamente, a los ya mencionados crímenes internacionales. Ahora bien, una fórmula negociada de justicia parece imposible de alcanzar si la única opción de quienes negocian es someterse a penas severas, especialmente cuando de manera general se promueve que son aquellas penas largas de prisión.

La cuestión recae entonces en la siguiente pregunta: ¿Es posible pensar en penas alternativas a la prisión para enfrentar estos crímenes? Algunos, como HRW, sostienen que no, pues las penas más severas son las de privación de la libertad. Otros defendemos que es posible, pues los tratados internacionales en ningún momento exigen que la pena sea entendida únicamente como prisión efectiva. Y, además, están quienes defienden que las alternativas no solo son adecuadas en procesos de pacificación, sino que además, pueden ser más efectivas, dadas las limitaciones y los problemas del concepto “cárcel”, una institución que enfrenta hoy en día una fuerte crisis

Pero las opciones a nivel comparado son más bien escasas y no muy promisorias. Por un lado, las políticas de justicia restaurativa más exitosas no han sido desarrolladas necesariamente en contextos de conflicto armado y en muchos lugares se han reservado a crímenes menores. Por otro lado, las experiencias más sistemáticas de medidas de justicia restaurativa en contextos de posconflicto se han dado en contextos de justicia tradicionalmuy arraigados (como en Uganda, Ruanda y Timor del Este) y la evaluación de sus resultados ha sido mixta.

Con este panorama de vaso medio lleno, medio vacío,  el acuerdo colombiano tomó una audaz decisión: combinar un sistema de juzgamiento más tradicional (con un acusador formal y con un tribunal  que imparte justicia), pero con la posibilidad de que el castigo pueda hacerse mediante una “restricción efectiva de derechos y libertades”.

Este lenguaje abierto hace posible que medidas alternativas a la cárcel puedan constituirse en castigo, pero bajo una triple concepción de los objetivos que deben perseguir. Así, la medida (que podría ser el desminado humanitario, la construcción de obras de infraestructura pública o servicios en beneficio de las víctimas, entre muchas otras) debe cumplir un primer propósito y es que sea una restricción efectiva. Es decir, producir una limitación que sea aflictiva a quien la padece. Así, no se elimina el requerimiento de la pena es que se genere un reproche y una sanción efectiva. En segundo lugar, la medida debe propender por la reparación de las víctimas. Y, paralelamente, la medida debe buscar que los excombatientes enmienden el daño social que causaron de manera directa o indirecta a la comunidad. Es decir, la medida debe también tener un carácter restaurador de los lazos sociales rotos.

Es una fórmula ambiciosa y deberá ponerse en práctica para ver qué tanto es posible alcanzar estos tres objetivos con una medida específica. Pero si se lograra, los tres objetivos se reforzarían entre sí de tal manera que haría muy difícil sostener que una medida de prisión es mucho más respetuosa de los derechos de las víctimas y más orientada hacia la reconciliación y la no repetición que un proceso que de este tipo.

Nada está ganado y ningún debate está cerrado todavía. El acuerdo general de paz entre el gobierno y las Farc parece estar cerca, pero no se ha concluido. Por tanto, el acuerdo sobre justicia es una expectativa por cumplir y no una realidad. Además, incluso si el acuerdo se firma, el trabajo que queda por delante, para llevar a la práctica lo que está en el papel será arduo y dispendioso. Pero es una promisoria noticia después de mucho tiempo de guerra e injusticia.

4 oct 2015

Colombia. Los arquitectos del acuerdo

Después de 16 meses de haberse concretado el acuerdo sobre cultivos ilícitos y narcotráfico en la mesa de negociaciones entre el Gobierno y las Farc en La Habana (Cuba), y tras un duro forcejeo con negativas y muchas resistencias, el viernes 18 de septiembre, hacia las 4:00 de la madrugada, se vio la primera luz de las bases del acuerdo sobre el sistema de justicia a implementar en la construcción de la paz de Colombia. Desde el día anterior, los asesores de las partes habían sacado su artillería jurídica. Todo quedó en suspenso, a la espera de la respuesta de las Farc, que se dio el sábado a través del exministro Álvaro Leyva. Sólo entonces, en Colombia y en Cuba, se tuvo la certeza de un libreto compartido. A partir de ahí la tarea apuntó a propiciar el encuentro entre el presidente Juan Manuel Santos y el jefe de las Farc, Rodrigo Londoño, Timochenko.

Por Hugo García Segura y Juan David Laverde Palma.

El encuentro y el anuncio del acuerdo de creación de una jurisdicción especial para la paz se dieron el miércoles pasado. Pero para llegar a él -con el más bajo perfil y con absoluta confidencialidad- hubo un trabajo arduo y dedicado de muchos protagonistas, algunos hasta ahora desconocidos. Entre ellos un grupo de expertos nacionales e internacionales dedicados a alimentar con ideas y propuestas la mesa de diálogos, específicamente en esos temas de justicia. Se les conoce como el Grupo de Nueva York, una especie de comisión de sabios conformada en enero de 2014 a instancias del gobierno de Noruega y liderados por Morten Bergsmo, asesor de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), profesor de la Universidad de Pekín y especialista en derecho internacional.

Lo acompañaron Carlos Martín Beristain, médico español y doctor en psicología, quien desde hace 25 años trabaja con víctimas de la violencia y organizaciones de los derechos humanos en América Latina y África; Priscilla Hayner, consultora independiente y cofundadora del Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ); Luis Guillermo Pérez Casas, abogado de la Universidad Nacional, secretario general de la Federación Internacional de Derechos Humanos y miembro del colectivo de abogados José Alvear Restrepo; Carlos Alberto Ruiz, abogado colombiano, autor del libro La rebelión de los límites; Enrique Santiago, abogado español y exsecretario de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, y Rodrigo Uprimny, jurista colombiano, director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia).

El Espectador conoció todos los detalles sobre cómo se gestó este grupo y por qué fue tan definitivo para lograr destrabar el que era quizás el punto más crítico de la negociación en Cuba: la justicia. Desde el principio, el Gobierno y las Farc validaron la iniciativa noruega. El objetivo del Grupo de Nueva York se concentró en revisar los alcances jurídicos de otros procesos de paz en el mundo y, sobre todo, advertir los límites que tendría un acuerdo frente a las obligaciones del Estado de cara al Derecho Internacional Humanitario (DIH), el Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la OEA, la posible intervención de Naciones Unidas y la misma Corte Penal Internacional (CPI).

Las reuniones del grupo se realizaron cada mes. Bergsmo viajaba desde Pekín. Hubo encuentros en Nueva York, Panamá, Madrid y, por supuesto, en La Habana. La mayoría de estos ocurrieron en Estados Unidos, por eso se denominó Grupo de Nueva York. La financiación de los viajes corrió por cuenta del gobierno de Noruega, así como los hoteles y la alimentación. Nadie recibió dinero por su trabajo y durante los 20 meses de labores alcanzaron a encontrarse 12 veces. Tanto el Gobierno como las Farc estuvieron enterados de esos encuentros y todos los documentos que se produjeron llegaron finalmente a la mesa de negociaciones en Cuba. De hecho, el grupo se reunió con los negociadores de las partes y con ellos tuvo encuentros tan tensos como provechosos. 

Su aporte fue un insumo fundamental para la mesa. De hecho, el punto de partida del Grupo de Nueva York fueron las posturas radicales puestas asumidas desde un principio por las partes. Una tarea nada fácil. Al fin y al cabo, las Farc siempre habían rechazado cualquier intervención del Derecho Internacional, el Sistema Interamericano, las Naciones Unidas y la CPI. En abril de este año, por ejemplo, Iván Márquez, jefe de la delegación de paz de la guerrilla, invitó al Gobierno “a retirar toda la maleza jurídica que han atravesado como una mula muerta en el camino de la paz”.
Por eso, teniendo como premisa facilitar la negociación y con el mandato del gobierno de Noruega de ayudar a resolver el nudo gordiano en que se había convertido la discusión sobre ese punto de la agenda, la labor se enfocó en hacerles entender a las Farc que existen unos límites en el derecho internacional, que los derechos a la justicia son derechos humanos esenciales y que no se trataba de simple “maleza jurídica”, como dijo Márquez.
Sin unos mínimos de penas restaurativas cualquier acuerdo con las Farc no sería más que una utopía pasajera. En la otra orilla, el objetivo apuntó a que el Estado reconociera que los crímenes de lesa humanidad perpetrados por sus agentes no podían quedar al margen de la negociación ni tampoco los llamados crímenes de Estado.
Según conoció El Espectador, los debates entre las delegaciones de Gobierno y guerrilla en La Habana y los miembros del Grupo de Nueva York fueron muy fuertes. En primer lugar, el Gobierno no estaba pensando en una amnistía o indulto, y lo que quería era que se aplicara la renuncia a la persecución penal que contempla el Marco Jurídico para la Paz. Asimismo, tampoco se contemplaba la idea de crear un tribunal mixto, pues no se quería mezclar en una misma mesa una fórmula de justicia transicional para guerrilleros y militares. Sin embargo, los expertos siempre insistieron en que debía haber una fórmula única, ya que de lo contrario un mecanismo diferenciado sería muy problemático y no tendría sentido.

Sin duda, el gran aporte que se le puede atribuir hoy al Grupo de Nueva York es la idea de la creación del tribunal para la paz, anunciado el miércoles pasado y cuya función esencial -según se explicó- es “acabar con la impunidad, obtener verdad, contribuir a la reparación de las víctimas y juzgar e imponer sanciones a los responsables de los graves delitos cometidos durante el conflicto armado, particularmente los más graves y representativos, garantizando la no repetición”. La decisión de tener en dicho tribunal a magistrados extranjeros obedece a que se considera que ello da más garantías de independencia, de objetividad, de seguridad y de blindaje ante posibles amenazas y presiones políticas. Gobierno y asesores creen que con ellos se minimizan dichos riesgos.

La idea es que además de la guerrilla, los agentes del Estado, paramilitares, parapolíticos, empresarios y todos los que quieran saldar sus cuentas con la justicia y contribuir con la paz, tengan la posibilidad de resolver sus cuentas pendientes con ese tribunal para la paz y quedar a salvo de la Corte Penal Internacional. El tribunal deberá decidir también si los llamados falsos positivos tienen cabida en este modelo de justicia, aunque nadie duda que fueron sistemáticas violaciones contra la población civil.
Sobre la imposición de penas, la pepa de la controversia giró en torno a lo que traduce “restricciones a la libertad” de los condenados. El Grupo de Nueva York entendió esas restricciones a que no salgan del país, de una determinada región, de una ciudad o de un sitio definido. En cuanto a reparación, se proponen trabajos comunitarios, por ejemplo en sustitución de cultivos, guardias rurales, colaboración en obras de infraestructura, desminado, recuperación de fuentes hídricas, protección de la naturaleza e incluso programas de educación para la paz.

Para el grupo todas las formas ilegales de financiación de la guerra -incluido el narcotráfico- las subsume el delito político. A su vez, no hay ninguna norma internacional que diga que alguien que haya sido condenado por crímenes de lesa humanidad no pueda hacer política. Sin embargo, en Colombia la Carta Política prohíbe que quienes hayan sido condenados puedan ser elegidos por votación popular. En este sentido, una de las recomendaciones claves es que se implemente una reforma constitucional que abra esa puerta cuanto antes.

Al final, después de 20 meses de trabajo, se cedió de parte y parte. Las Farc pasaron del “quizás, quizás, quizás” -la respuesta que diera Jesús Santrich a un periodista hace tres años, cuando le preguntó si las Farc estaban dispuestas a pedirles perdón a las víctimas-, a aceptar el derecho internacional. “La tarea del Grupo de Nueva York se concentró en remover los inamovibles de justicia de las Farc. Hace dos años parecía impensable que entendieran las obligaciones de Colombia en el contexto internacional. Hoy tienen claro que sin el blindaje jurídico necesario, es decir, si el acuerdo final no cumple unos mínimos de justicia y reparación, por mucha verdad cantada, esa orilla cercana del posconflicto terminaría frustrándose más pronto que tarde”, le dijo a este diario una persona cercana al proceso de negociación.
Lo claro es que el miércoles pasado se despejó el camino y entre los múltiples mensajes hay dos que tienen un gran significado en aras de la paz: el que la guerrilla haya aceptado acogerse a un modelo de justicia estatal y la dejación de armas. Además, por primera vez está definido un cronograma con fecha precisa de lo que debe pasar después de la firma del acuerdo definitivo -fijada el 23 de marzo de 2016-. En concreto, que esa dejación de armas deberá comenzar, a más tardar, a los 60 días luego de la firma.

Del sábado al miércoles pasado todo fueron nervios en las altas esferas del Gobierno. El martes, un día antes del anuncio, cuando a través de su cuenta en Twitter el presidente Juan Manuel Santos anunció que el equipo negociador del gobierno regresaba a La Habana con instrucciones precisas de continuar avanzando en el tema de justicia, se supo que algo grande estaba por suceder en torno al proceso de paz. Pero el encuentro en Cuba no fue nada fácil. Si bien había consenso sobre los 10 puntos en torno a la creación de una jurisdicción especial para la paz, las tensiones corrían por cuenta del plazo para la concreción del acuerdo final. 

Las Farc tenían en la cabeza la fecha de mayo, para ellas mes de su fundación. Después de un tire y afloje se acordó que fuera en marzo, es decir, seis meses. Pero esa decisión adoptada en la mesa de diálogos todavía tenía que ser ratificada por el presidente Santos y Timochenko. En Colombia, si bien desde hace rato se tenía la idea de que en algún momento el jefe de Estado debería ir a La Habana, existía la premisa de ello sólo sería viable cuando se tratara de marcar un punto irreversible en los diálogos. Y a estas alturas, en el equipo negociador del Gobierno se mantenía la percepción de que las Farc aún tenían miedo a comprometerse con plazos fatales.

Fueron horas tensas. Desde la tarde de ese martes, el Gobierno había contactado a un grupo de congresistas para que acompañaran al presidente a La Habana. Hacia las 10:00 de la noche se les anunció, vía mensajes de texto en sus teléfonos celulares, que el viaje se cancelaba. Pero 15 minutos después se volvió a confirmar. Por otra parte, al grupo de periodistas invitados a acompañar la comitiva presidencial en su viaje a Estados Unidos, se les pidió acelerar los trámites pertinentes. Sólo hasta la mañana del miércoles se les dijo que habría un desvío hacia Cuba.

A su llegada a La Habana, todo el grupo se dirigió hacia la casa del embajador Gustavo Bell. Luego vino el acto público, la lectura del comunicado conjunto, las palabras del primer mandatario, las del presidente cubano, Raúl Castro, y las del comandante de las Farc, Timochenko. Se ha dicho que el estrechón de manos no estaba planificado, lo cual es cierto, y también que a Santos le disgustó, lo cual es falso. “Todos sabemos que es algo previsible en este tipo de sucesos tan históricos”, le manifestó a El Espectador uno de los miembros del equipo gubernamental. Cuentan que tras el anuncio, el jefe de Estado estaba eufórico y que siempre estuvo a su lado su hijo Martín.
Para el Gobierno y para el proceso de paz se dio un gran y definitivo paso.

Sin embargo, hay conciencia de que falta aún un camino culebrero por recorrer, y aunque se cree que el acuerdo sobre justicia hará cambiar en parte la percepción ciudadana de escepticismo sobre el proceso de paz, se sigue pensando que las Farc deben mostrar todavía hechos que alimenten el optimismo de la gente. Sobre el trabajo del Grupo de Nueva York se conoce que su asesoría fue fundamental y va a seguir de cara a la implementación de los acuerdos. Gobierno, Farc y comunidad internacional saben que ahora se viene el debate político, donde el Congreso de Colombia, con todas sus vertientes, será el gran protagonista. la premisa en la Casa de Nariño es insistir en que “la paz está cerca”

Fuente El Espectador:  http://www.elespectador.com/noticias/politica/los-arquitectos-del-acuerdo-articulo-588936

30 sept 2015

Diego Martínez: "No creamos un sistema jurídico para que se digan mentiras"

Colombia. Diego Martínez, uno de los seis abogados artífices de la noticia de la semana, explica algunos detalles del acuerdo de justicia.

Nadie sabe con certeza cuántos debates a puerta cerrada tuvieron que pasar para que esta semana se anunciara desde La Habana el acuerdo sobre justicia transicional entre el Gobierno y la guerrilla de las Farc. Se trataba, ni más ni menos, de definir el futuro del proceso.

Diego Martínez fue uno de los seis abogados encargados de desenredar el nudo jurídico y, a la vez, de dejar contentas a las dos partes con el resultado. No niega lo complicado del proceso, en especial, porque no solo se trataba de vencer la presión de la opinión pública frente a los Diálogos de Paz sino de crear un mecanismo novedoso que estuviera a la altura del Derecho Internacional Humanitario, el derecho de las víctimas y el respeto al debido proceso de quienes participarán en él.

VerdadAbierta.com conversó con Diego pocas horas después de su regreso desde La Habana.

VerdadAbierta.com: En el momento que lo llaman a la mesa, ¿cuál era el punto de partida desde lo jurídico?

Diego Martínez: La información era que en dos años de discusión, no se había podido avanzar en nada.

V.A. ¿Y cuál era la meta? 

D.M.: Encontrar una puerta que abriera la posibilidad de finalizar el conflicto. Me refiero a una puerta jurídica porque la ley es sólo un medio y no un fin, que es como muchos la están viendo.

V.A.: Hay quienes tienen la idea de que cuando se habla de justicia transicional, se habla de una justicia de mentiras, ¿qué tan sólida es esta propuesta?

D.M.: Justicia de mentiras es la justicia ordinaria. El 99 por ciento de los casos en la ordinaria están en la impunidad y eso incluye los casos del conflicto armado. No creamos un sistema para que se digan mentiras. Todo lo contrario, nos da la posibilidad de convertirlo en un instrumento para encontrar la verdad.

V.A.: ¿Es decir que José Miguel Vivanco (director de la División de las Américas de Human Right Watch) está equivocado? Él dijo esta semana que el nuevo sistema iba a garantizar la impunidad.


D.M.: Lo primero que hay que decirle a Vivanco es que de los 27 acuerdos de paz que hay en el mundo con 86 grupos parecidos a las Farc, en ninguno se ha establecido un sistema de justicia. Miremos el último, el del gobierno filipino y el frente islámico: sólo hay cuatro o cinco párrafos sobre justicia. Lo que nosotros creamos es un sistema que tiene por objeto respetar el debido proceso de quienes participaron en el conflicto, respetar el derecho de las víctimas y respetar los límites del derecho internacional.
 V.A.: Durante mucho tiempo, las Farc dijeron que no se sometían a la justicia colombiana. Daba la impresión que querían más un componente internacional. Sin embargo, lo que aceptaron es netamente un sistema colombiano, ¿por qué?
 D.M.: Es colombiano pero con la participación de jueces internacionales. Además, prevé un mecanismo autónomo de elección de jueces y magistrados, y eso es clave para las Farc porque hay cuestionamientos sobre la forma cómo trabajan muchos jueces… desde lo ideológico. A veces pareciera que las personas de las Farc no tuvieran derechos.
V.A.: ¿Quién elige al tribunal?
D.M.: Habrá una subcomisión elegida por las partes y esta, a su vez, elegirá a un grupo de jueces nacionales, pero con la posibilidad de que haya un componente mínimo de jueces internacionales, que podrá llegar hasta el 25 por ciento del total. El sistema también está pensado para brindar garantías.
V.A.: ¿Cómo evitar que suceda lo de la Ley de Justicia y Paz que se la terminó tragando las lógicas del derecho penal?
D.M.: Ese mecanismo fue diseñado para los paramilitares. En cambio este es diseñado para terminar el conflicto armado. Además, tiene como base la justicia restaurativa, la idea de que a mayor verdad menos punibilidad, estimula una verdad judicial dirigida y personalizada hacia las víctimas. Y reconoce, desde el principio, la amnistía cuando se trata de delitos políticos.
V.A.: En términos generales, ¿cómo va a funcionar el nuevo sistema de justicia?
D.M.: Tiene dos vías: una de reconocimiento de la verdad y otra de no reconocimiento. Habrá una sala de calificación jurídica, un tribunal con secciones y subsecciones, y una sala de amnistías e indultos. Y habrá un órgano para todo el tema de investigación.
V.A.: ¿Se contemplan las apelaciones?
D.M.: Sí, hay mecanismos de revisión de casos cuando se trate de sentencias injustamente emitidas.
V.A.: ¿Desapareció el término de “máximos responsables”?
D.M.: Es un término utilizado por la Corte Penal Internacional porque tiene que seleccionar a los máximos responsables de muchos conflictos en el mundo, pero la principal crítica a ese sistema es que en Colombia, nuestro régimen penal, dice que la responsabilidad es individual. Lo que sí tenemos acá es una responsabilidad por cadena de mando.
V.A.: ¿Va a operar por un tiempo determinado?
D.M.: El sistema no tiene previsto una fecha de finalización.

V.A.: ¿La guerrilla del Eln está cobijada por el acuerdo?
D.M.: El sistema está hecho para aquellos que firmen un acuerdo de paz.

V.A.: ¿Y en el caso de la Fuerza Pública?
D.M.: Es claro que el sistema es para aquellos que firmen el acuerdo.
V.A.: ¿Qué quieren decir cuando hablan de sanción restaurativa?
D.M.: Por ejemplo, participar en los programas de desminado o en los programas de protección del medio ambiente.

V.A.: ¿Y qué quieren decir con restricción de la libertad?
D.M.: Lo que prevé este sistema es la sanción a través del trabajo y esto requerirá unos mecanismos propios de restricción de la libertad.
V.A.: ¿Pero habrá vigilancia en un lugar específico?
D.M.: Sí, pero lo fundamental es dónde se realiza el trabajo; no el domicilio de la persona sancionada.

V.A.: Cuando la persona esté cumpliendo esta sanción ¿podrá participar en política?
D.M.: Sí.
V.A.: ¿Qué va a pasar con las personas que reconozcan parcialmente los hechos?
D.M.: Si la persona no dice toda la verdad, será meritorio de sanciones como condenas de 5 a 8 años. Y los que no colaboren con nada se les dará una sanción máxima a 20 años de privación de la libertad.

V.A.: ¿A qué se refiere el acuerdo cuando habla de un sistema diferenciado para la Fuerza Pública?
D.M.: Los militares han dicho no quieren estar en el mismo paquete donde están las Farc, por eso se pensó en decisiones judiciales diferenciadas y equilibradas. Formará parte de los desarrollos posteriores del acuerdo cómo será ese mecanismo diferenciado.

V.A.: ¿Qué pasará con los civiles que puedan ser llamados por el nuevo sistema?
D.M.: El sistema prevé que personas que sin ser miembros de una organización rebelde y estén condenadas o investigadas por los delitos de rebelión o delitos políticos, puedan acceder a mecanismos como la amnistía o el indulto. Ahora, el sistema también abre una posibilidad muy importante para los casos que tienen que ver con la protesta social. Por ejemplo, Feliciano Valencia podría acceder y pedir que le revisen si su condena es en estricto derecho y fue emitida con las garantías fundamentales.

V.A.: Y para los casos de protesta social, ¿habrá una sala aparte?
D.M.: De esos se encarga una sala de definición jurídica que podrá aplicar mecanismos de extinción a la responsabilidad penal siempre y cuando no se trate de hechos graves.

V.A.: ¿A qué se refiere el acuerdo cuando habla de una amnistía amplia?
D.M.: El DIH contempla la posibilidad de otorgar las amnistías más amplias posibles para la finalización de los conflictos. Colombia ha tenido más de 130 amnistías e indultos en toda su historia. Hoy en día las amnistías solo se dan para los delitos con ocasión a delitos políticos.

V.A.: ¿Cuáles son los delitos conexos al delito político?
D.M.: Todo lo que fue necesario hacer para el ejercicio de la organización rebelde. Claro, con unos límites.
V.A.: ¿Los muertos en combate?
D.M.: Ese es un delito conexo.
V.A.: ¿El reclutamiento forzado?
D.M.: No sería conexo en la medida en que es un crimen incluido por la Corte Penal Internacional.
V.A.: ¿Extorsión y narcotráfico?
D.M.: Son delitos conexos aunque frente al narcotráfico sólo si es para la financiación de la organización rebelde.
V.A.: ¿El secuestro?
D.M.: Sí es conexo salvo en los casos donde exista similitud con el crimen internacional de toma de rehenes.
V.A.: Según sus cálculos, ¿cuántos presos de las Farc saldrían de las cárceles por una amnistía?
D.M.: Hay 2 mil personas de las Farc en las cárceles pero son ellos los que proporcionarían un listado de posibles amnistiados tal como ocurre en todos los conflictos.
V.A.: ¿Qué garantías tienen las Farc de que no serán extraditados?
D.M.: Debe existir garantía plena de que nadie será extraditado a razón de la firma del acuerdo. Y garantía no sólo para los hombres de las Farc… recuerde que en este país la extradición también es un mecanismo para evadir la verdad.
V.A.: ¿Este sistema va a subsumir el de los paramilitares, es decir a la Ley de Justicia y Paz?
D.M.: Los temas de Justicia y Paz no serán objeto de conocimiento de este nuevo sistema. Ya hay unas condenas y unas decisiones que serán respetadas. Pero si hay un empresario que dice: “yo financié a los paras”, o una organizaciones de derechos humanos que determine que algunos empresarios nunca fueron a Justicia y Paz y están en la total impunidad, entonces ahí sí podrían entrar al nuevo sistema.
V.A.: En casos como el del general Uscátegui, condenado por la masacre de Mapiripán, ¿podrá pedirle a la sala de revisión del nuevo sistema que mire su caso?
D.M.: Claro, podrá hacerlo pero también van a operar las denuncias que reforzarán la acusación contra el General.
V.A.: ¿Qué interacción tendrá lo judicial con la Comisión de la Verdad?
D.M.: Las decisiones del tribunal podrán ser enviadas a la Comisión de la Verdad. Pero debe ser claro que esta Comisión no tiene ninguna función judicial dentro del sistema. 

V.A.:  Bueno y ¿qué se necesita para que todo esto entre en operación?

D.M.: Voluntad política y pocos casos de reformas constitucionales. 

V.A.: ¿Cuáles son los riesgos de que esto no funcione?

D.M.: La corrupción, la falta de recursos y la falta de garantías para los que participen. 

V.A.: Da la impresión de que todo el mundo quedó contento con el trabajo de ustedes…

D.M.: No sé si contento pero quedó el consenso de que es un sistema serio que respeta el derecho internacional, a las víctimas y a los procesados.