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8 ago 2019

SRSG: ¿Cómo podemos contribuir a poner fin a la violencia contra los niños y niñas para 2030?


Beckley (WV), E.E.U.U. 26 de julio de 2019- Más de 40 mil niños y jóvenes de 150 países con pantalones cortos y bufandas alrededor del cuello se reúnen en Virginia Occidental durante doce días para el Jamboree Scout Mundial más grande de la historia, desde la creación del movimiento por Baden Powell en 1908.

El evento, bajo el lema "Abre un nuevo mundo", se centra en conectar a los niños de entre 14 y 17 años con una pasión compartida: crear un mundo mejor. "Los adultos tratan de resolver nuestros problemas sin conocerlos ni siquiera entenderlos", dijo David, un explorador de 14 años de Miami, justo al lado de la Aldea de Desarrollo Global (GDV), donde los exploradores aprenden sobre el trabajo de las Naciones Unidas y discuten la implementación de la Agenda de Desarrollo Sostenible.

La Representante Especial Najat Maalla sin conocerlos ni siquiera entenderlos", dijo David,  un explorador de 14 años de Miami, justo al lado de la Aldea de Desarrollo Global (GDV), donde los exploradores aprenden sobre el trabajo de las Naciones Unidas y discuten la implementación de la Agenda de Desarrollo Sostenible..


La Representante Especial Najat Maalla M'jidid visitó los espacios creados en colaboración con el ACNUDH, la FAO y ONU Mujeres en el GDV y se detuvo en una tienda de campaña del ACNUR que reproduce la vida en un campamento de refugiados, antes de unirse a 50 scouts en una teleconferencia con cuatro jóvenes refugiados que llamaban con vídeo en directo desde un campamento en Kenya.


En una reunión con el Secretario General de la Organización Mundial del Movimiento Scout, Ahmed Alhendawi, el RESG Maalla M'jid elogió el trabajo de la organización en la creación de un programa de entrenamiento obligatorio tomado por más de nueve mil adultos que participaron en el Jamboree como líderes scouts.


El programa Safe from Harm incluye módulos sobre Abuso y Discriminación, Ciberseguridad, Respeto a las diferencias, Salud Mental, entre otros.

Maalla M'jid dedicó la mayor parte de su tiempo en el lugar a escuchar las preocupaciones y opiniones de los niños, particularmente con un enfoque en la implementación de los SDGs para asegurar una vida sostenible, pacífica, próspera y equitativa en la Tierra para todos ahora y en el futuroo.


La Dra. Maalla M'jid dedicó la mayor parte de su tiempo en el lugar a escuchar las preocupaciones y opiniones de los niños, particularmente con un enfoque en la implementación de los SDGs para asegurar una vida sostenible, pacífica, próspera y equitativa en la Tierra para todos ahora y en el futuro.


En una concurrida reunión informal,  "Charla Scout", el RESG Maalla M'jid hizo un llamado a los miles de jóvenes participantes, incluyendo un grupo de niñas scouts de Arabia Saudita que por primera vez participaron en un Jamboree Mundial, a tomar una posición en sus comunidades y ser verdaderos actores del cambio. Tras un importante diálogo interactivo con los jóvenes, el RESG subrayó que "la Agenda 2030 no puede dejar a nadie atrás. Esto incluye a los niños. Contamos con todos ustedes, en sus comunidades, para ayudar a poner fin a la violencia contra los niños y niñas para 2030", añadió el Dr. Maalla M'jid.


11 jun 2019

Perú: El Distrito de Punta Negra prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra niños niñas y adolescentes

Mediante Ordenanza N° 013-2019/MDPN se aprobó la Ordenanza que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra niños niñas y adolescentes en el distrito de Punta Negra

Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicación de la presente ordenanza, considérense las siguientes definiciones:

a) Castigo Físico: El uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar un grado de dolor o incomodidad corporal, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas o adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible.

b) Castigo Humillante: Cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, o ridiculizar, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible.

c) Derecho al Buen Trato: Los niños, niñas y adolescentes, sin exclusión alguna, tienen derecho al buen trato, que implica recibir cuidados, afecto, protección socialización y educación no violentas, en un ambiente armonioso, solidario y afecto, en el que se le brinde protección integral, ya que sea por parte de sus padres, tutores, responsables o representantes legales, así como de sus educadores, autoridades administrativas, públicas o privadas, o cualquier otra persona. El derecho al buen trato es reciproco entre niños, niñas y adolescentes.


11 feb 2018

MIMP: Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1297, para la Protección de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos

El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297 para la protección de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.

El Poder ejecutivo aprobó, mediante el Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP un nuevo marco legal para que niñas, niños y adolescentes del Perú estén más protegidos y que abre paso a otras modalidades de acogimiento en caso de que no tengan el cuidado de sus padres o etén en riesgo de perderlos.

Se trata del reglamento del Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolecentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, publicado en el Diario El Peruano.
Voceros del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) explicaron que una de las principales ventajas es que el marco lgal evita la institucionalización en albergues de niñas, niños y adolescentes.

Fuente El Peruano:

9 nov 2016

Foro: "Por Nuestros Niños, Niñas y Adolescentes Sin Violencia y Con Amor"

El Instituto Promoviendo Desarrollo Social (IPRODES), la Asociación Paz y Esperanza, Acción por los Niños y Save the Children en Perú, en coordincación con el Congreso de la República a través del despacho de la Congresista Tania Pariona Tarqui, están organizando el Foro denominado:  "Por nuestros niños, niñas y adolescentes sin violencia y con amor". Este foro tiene el propósito de analizar los avances en la política pública frente a la violencia que enfrenta la niñez y adolescencia por causa del castigo físico y humillante y la violencia sexual, y asumir compromisos de seguimiento:



- Implementación de la Ley Nº 30403 que prohíbe el uso del Castigo Físico y Humillante contra niños, niñas y adolescentes;
- Acceso la Justicia que enfrentan los niños, niñas y adolescentes frente a la violencia sexual.

El foro se llevará a cabo el día lunes 14 de noviembre, de 8:30am a 12:00pm, en el auditorio José Santos Atahualpa del Congreso de la República, sito en la cuadra 2 de la Av. Abancay esquina con Jr. Ancash.

Visita nuestra campaña: "Atrévete a Criar con Amor".

Equipo de Incidencia en Derecho.

2 sept 2016

Paraguay: Poder Ejecutivo promulgó Ley que protege a niñas, niños y adolescentes del castigo y tratos degradantes

El presidente de la República, Horacio Cartes, promulgó la Ley Nº 5659/2016, "De promoción del buen trato, crianza positiva y de protección a niños, niñas y adolescentes contra el castigo físico o cualquier tipo de violencia como método de corrección o disciplina positiva", informó la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República.

"Esta ley tiene por objeto laprotección de niñas, niños y adolescentes  contra el castigo físico y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona responsable de la patria potestad, tutela, tutela dativa, tutela especial, guarda, crianza, educación, cuidado, atención, asistencia, orientación, tratamiento y protección de niñas, niños y adolescentes, tiene prohibida la utilización del castigo físico y de todo tipo de tratos crueles, inhumanos o degradantes como forma de corrección o disciplina, indica el artículo 1º de la Ley promulgada", destaca el documento.

Establece además que "cuando se tenga conocimiento de un supuesto caso de castigo físico u otros tratos lesivos contra niñas, niños y adolescentes, tendrá intervención necesaria y obligatoria la Defensoría de la Niñez y de la Adolescencia así como el Ministerio Público, a fin de solicitar ante el Juzgado pertinente la aplicación de medidas como la exclusión del hogar del denunciado hasta la guarda o abrigo, el cual consiste en la ubicación del niño o adolescentes en una entidad destinada a su protección y cuidado, de conformidad a lo establecido en el Código de la NIñez y la Adolescencia, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan expresa la norma legal".

Asímismo, "corresponde mencionar que con esta ley especial, se estaría cumpliendo con las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, recibidas por el Estado Paraguayo, en el año 2010. El Comité recomienda al Estado parte que, concarácter urgente:
- Prohíba expresamente y por ley el castigo corporal en todos los contextos teniendo en cuenta la Observación general Nº 8 del Comité, sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigos crueles o degradantes.
- Establezca un sistema eficaz de vigilancia para asegurar que o se produzcan abusos de poder por parte de maestros y otros profesionales que trabaja con niños; entre otros".