En el Derecho se habla de "exigencia de prueba diabólica" para referirse a 1 carga excesiva, de difícil acreditación, e incluso imposible (por ejemplo, Fundamento 6 de la Sentencia recaída en el Expediente N° 06135-2006-AA de nuestro Tribunal Constitucional).
La referencia a la "prueba diabólica" es un recurso regular, usual y constante entre los abogados litigantes. Y no hay tratado de Derecho Procesal que no la nombre.
Sin embargo, el Jurado Electoral Especial Lima Norte considera ofensivo que se haya empleado la frase "prueba diabólica" en un escrito en defensa de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Resolución N° 004-2013-Primer JEE de Lima Norte, Expediente N° 00011-2013-001).
Ahora, de forma increíble, dicho JEE ha emitido una resolución en la que señala que corresponde la rectificación por el empleo de la frase "prueba diabólica", bajo apercibimiento de sanción.