
- 94% de las víctimas de trata de personas en el Perú son mujeres, adolescentes y niñas.
- 76% de las víctimas de trata de personas en el Perú son niñas y adolescentes.
La
Defensoría del Pueblo y la institución Capital Humano y Social Alternativo
presentaron el Informe 01-2020 de la Adjuntía para los Derechos Humanos y las
Personas con Discapacidad, que revela con preocupación la nula aplicación de
los enfoques de género, niñez y de derechos humanos en gran parte de las
resoluciones y sentencias sobre delito de trata de personas emitidas en
diversas instancias del sistema de justicia entre los años 2005 y 2017.
De
acuerdo al informe al analizar 132 sentencias judiciales, los medios más
utilizados para captar a las víctimas de trata de personas fueron las ofertas
de trabajo y engaños, en un 60% de los casos. Asimismo, en el 40% de estos
delitos, la finalidad fue la explotación sexual.
Pese
a esta situación con variantes diferenciadas, se pudo advertir de manera
preocupante que en ninguna de las resoluciones judiciales se abordaron los
enfoques de género, niñez ni de derechos humanos, esenciales en las
investigaciones sobre el delito de trata de personas por ser las mujeres
adultas o niñas las principales víctimas. Incluso, se observó que muchos
operadores/as de justicia desistieron de emitir sentencias por trata de
personas basándose en estereotipos y prejuicios de género como es el pasado
social o sexual de la víctima.
“La
nula aplicación del enfoque de género se puso de manifiesto en sentencias en
las que, por ejemplo, se señaló que, como la víctima había trabajado en otros
bares como “dama de compañía”, entonces no podía ser víctima del delito de
trata de personas, lo que genera una situación de revictimización” resaltó
Percy Castillo, Adjunto para los Derechos Humanos y las Personas con
Discapacidad de la Defensoría del Pueblo.
Por
su parte, en lo que concierne al enfoque de niñez, pudo advertirse que muchas
de las sentencias no tuvieron en consideración tratados internacionales, como
la Convención sobre los Derechos del Niño, así por ejemplo se admitió -en
algunos casos- la alegación del error de tipo para eximir de responsabilidad al
autor pese a que se trataba de situaciones posibles de superar. “Cuando la
judicatura actúa de esta forma, no toma en cuenta la especial situación de
vulnerabilidad en las que se encuentran las víctimas”, destacó Carlos Andrés Pérez
Gallego, Oficial para América Latina de la Oficina de las Naciones Unidas
contra la Droga y el Delito (UNODC), quien participó como comentarista de la
publicación.
El
análisis de expedientes correspondió a casos registrados en las regiones de
Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, La Libertad, Lima, Loreto, Madre
de Dios, Pasco, Piura, San Martín, Tacna y Tumbes.
Como
parte del informe, se formularon recomendaciones a los Poderes del Estado. Al
Poder Judicial, se recomendó realizar plenos jurisdiccionales orientados a
establecer criterios claros para diferenciar los delitos de trata de personas
respecto de los delitos de proxenetismo, favorecimiento a la prostitución y
rufianismo. Al Congreso, se le solicitó tener en cuenta la opinión jurídico-penal
del Poder Judicial y del Ministerio Público antes de realizar cualquier
modificación al Código Penal referido al delito de trata de personas.
Finalmente,
Eugenia Fernán Zegarra de Belaunde, Primera Adjunta de la Defensoría del
Pueblo, reiteró el apoyo de la institución a las víctimas de trata, por
encontrarse en situación de desprotección y vulnerabilidad.
Participaron
en la presentación del informe: Eugenia Fernán Zegarra de Belaunde, Primera
Adjunta de la Defensoría del Pueblo; Marisol Pérez, jefa de la Oficina de
Gobernanza y Fortalecimiento Institucional de USAID Perú; y Ricardo Valdés
Cavassa, Director Ejecutivo de Capital Humano y Social Alternativo.
Fuente Defensoría del Pueblo: https://www.defensoria.gob.pe/sistema-de-justicia-no-aplica-enfoques-de-genero-ninez-ni-de-derechos-humanos-en-sentencias-por-trata-de-personas/
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