
Washington, D.C.- En
el marco del Día Internacional de la Mujer, la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados de la región a seguir avanzando en
la adopción de medidas de protección integral hacia las mujeres a partir de un
enfoque interseccional, teniendo en cuenta los contextos y condiciones que
potencializan la violencia y la discriminación en su contra. Para ello, insta a
los países a que implementen medidas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar
la violencia y la discriminación en contra de las mujeres y que tomen en cuenta
la desigualdad en las relaciones de poder entre mujeres y varones.
La
CIDH toma nota de distintas iniciativas emprendidas por Estados de la región
que han representado avances en materia de protección integral de los derechos
de las mujeres. Estos esfuerzos incluyen políticas públicas, decisiones
judiciales, legislación y otras normativas que buscan garantizar a las mujeres
el acceso a la justicia y a la salud con perspectiva de género; además,
implementan medidas afirmativas enfocadas a corregir la discriminación
histórica en la vida política y priorizan el cambio cultural mediante una
educación con perspectiva de género. En ese sentido, la Comisión ha tenido
conocimiento de los esfuerzos realizados en Perú, Chile y Argentina para
legislar y sancionar el acoso callejero a nivel nacional. La CIDH reconoce que
Perú ha sido el primer país en América Latina en tipificar el acoso callejero
por medio de la Ley No. 30314. De igual manera, la Comisión destaca la
modificación del artículo 494 del Código Penal en Chile en 2019, que tipificó
el delito de acoso sexual en espacios públicos, así como la introducción del
acoso callejero en la Ley No. 26.485 de Protección integral de mujeres en
Argentina en 2019.
Sin
embargo, a pesar de estos avances y otros recientemente logrados por algunos de
los Estados de la región, la Comisión Interamericana advierte con preocupación
la persistencia de violencia y la discriminación en contra de las mujeres que
se manifiestan de distintas maneras. En efecto, las mujeres siguen siendo
víctimas de asesinatos, desapariciones, trata de personas, violencia sexual,
discriminación y acoso laboral, embarazos precoces y matrimonio infantil. La
CIDH destaca que dicha violencia y discriminación en contra de las mujeres se
ve agravada, de manera particular, por factores múltiples, tales como origen
étnico racial, clase, orientación sexual, identidad de género, estatus
migratorio, expresión de género, discapacidad, por su condición de niñas o
adultas mayores, o por ejercer la defensa de los derechos humanos, territorio y
medio ambiente. Aunado a ello, la subsistencia de obstáculos serios en los
sistemas de administración de justicia les impide tener un acceso oportuno a
medidas de restauración, reparación y protección integral.
Además,
la Comisión nota la existencia de distintos obstáculos que afectan el ejercicio
de los derechos políticos de las mujeres, empezando por la prevalencia de
estereotipos de género discriminatorios que las encasillan en el ámbito
doméstico y desconocen su rol fundamental en el espacio de participación
representativa. En ese contexto, aquellas mujeres que se involucran activamente
en la vida política de sus países enfrentan numerosas formas de violencia que
restringen e inhiben su participación, incluyendo actos como la quema de
materiales de campaña electoral, acoso y presiones para que renuncien a sus
cargos; diseminación de prejuicios estereotipados y discriminatorios en medios
de comunicación y en especial el acoso y los ataques basados en género en redes
sociales; así como amenazas de violencia sexual y de muerte e incluso,
asesinatos.
Al
respecto, la CIDH saluda las reformas a ocho artículos de la Constitución de
México, dirigidos a garantizar la igualdad entre mujeres y varones en el acceso
a puestos de representación política en el país. De igual manera la Comisión
destaca las nuevas reglas introducidas por el cambio del Código de la
Democracia de Ecuador en 2020, que, más allá de establecer la paridad de género
en las postulaciones, crea un dispositivo que sanciona la violencia política de
género. Además, saluda la aprobación del proyecto de ley por el Congreso de
Chile que asegura la paridad de género en la convención constituyente que podría
integrarse después del plebiscito que se celebrará en abril.
En
ese sentido, la CIDH llama la atención respecto a una creciente tendencia de
discursos estereotipados pronunciados por altas autoridades públicas, en los
que incluso se culpabiliza a la mujer de los abusos que son víctimas. Asimismo,
la CIDH recuerda a los funcionarios con responsabilidades políticas que tienen
obligaciones particulares al pronunciarse sobre las mujeres y deben con sus
expresiones contribuir a combatir la violencia de género.
En
el marco del Día Internacional, la Comisión también resalta la experiencia de
vida de las mujeres con discapacidad, quienes, a menudo, sufren privación de su
autonomía y movilidad, al estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del
hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos
tratos o explotación. En similar sentido, las mujeres adultas mayores sufren
del abandono o trato negligente y la violencia intrafamiliar practicada por
compañeros íntimos o familiares cercanos, incluidos actos de violencia física,
emocional y comportamientos de control. En ese particular, la CIDH destaca la
Sentencia T-573-16, de la Corte Constitucional de Colombia, que en 2018
consideró que ninguna circunstancia habilita la adopción de decisiones que
incumben a las mujeres con discapacidad por vía del consentimiento sustituto en
materia de sus derechos sexuales y reproductivos.
Por
otra parte, la Comisión hace un registro de los patrones de violencia basados
en género y potencializados por el origen étnico-racial de las víctimas y
enmarcados en un contexto de profunda exclusión socioeconómica. En ese sentido,
la CIDH llama la atención a los estereotipos raciales que generan la
objetificación, sexualización e inferiorización de las mujeres afrodescendientes
como resultado de procesos históricos de esclavitud, colonialismo, explotación
y exclusión social. Dichas prácticas se reflejan en las altas tasas de
feminicidios; la violencia sexual como práctica social sistémica y en violencia
obstétrica. Al respeto, la Comisión destaca el Plan Integral para garantizar a
las mujeres una vida libre de violencias de Colombia, que visibiliza la
violencia basada en género de las mujeres afrodescendientes y llama a los otros
Estados de la región a adoptar medidas que tiendan a la eliminación de la
violencia y discriminación contra las mujeres afrodescendientes.
La
Comisión destaca que la violencia basada en género afecta gravemente el
desarrollo integral de las niñas y adolescentes y tiene un impacto
significativo al reducir y afectar sus oportunidades de desarrollo personal,
educativo, profesional, y en su capacidad de tomar decisiones importantes sobre
sus vidas. La violencia reproduce ciclos de pobreza y exclusión de las niñas y
adolescentes al someterlas desde una edad temprana a comportamientos definidos
por patrones socioculturales de discriminación y roles estereotipados de la
mujer, provocando daños físicos y psicológicos e impidiendo el libre ejercicio
de sus derechos humanos, así como la capacidad de desarrollar todo su potencial
y sus habilidades.
Respecto
a las mujeres indígenas, la Comisión observa que la falta de armonización entre
leyes y medidas estatales y las prácticas ancestrales de los pueblos indígenas
ha generado daños físicos, psicológicos, espirituales, sexuales y económicos a
las mujeres indígenas. En particular, la CIDH destaca los procesos de
asimilación cultural forzosa que padecen; la explotación o esclavización para
ejercer labores domésticas, incluso desde temprana edad; la criminalización de
la protesta social por la defensa de la tierra territorios, y medio ambiente;
programas y prácticas de esterilización forzada, entre otros. Sobre esta
temática, la CIDH toma nota de la Ley del Instituto Nacional de Los Pueblos
Indígenas de México, de 2018, la cual le confía la función de garantizar,
promover e instrumentar las medidas y acciones para el reconocimiento, respeto
y ejercicio de los derechos y el desarrollo integral de las mujeres indígenas.
Por
otra parte, la CIDH sigue identificado profundos desafíos relacionados a
mujeres en el contexto de migraciones, desplazamiento forzado y situaciones de
emergencia. La Comisión reconoce que las mujeres y niñas sufren, en los
distintos escenarios de movilidad humana, mayores riesgos y vulneraciones concretas
a sus derechos, y que tal violencia se produce tanto en los contextos de
origen, frecuentemente a causa de los desplazamientos, como también en los
países de tránsito y destino. La CIDH ha recabado información acerca del
impacto desproporcional de los desastres naturales, conflictos armados y otros
procesos de desestabilización que generan procesos de movilidad humana sobre
las mujeres y las dificultades adicionales que padecen antes de poder recibir
asistencia y acompañamiento.
En
estos contextos, las mujeres quedan en condiciones extremamente vulnerables a
ser objeto de amenazas y extorsiones, en particular, cuando son mujeres adultas
mayores o no poseen los recursos económicos necesarios o estatus migratorio
regular en el país de destino. En el mismo sentido, mujeres y niñas están
sobrerrepresentadas entre las víctimas de trata de personas, acoso, explotación
laboral y sexual, así como encuentran más barreras de acceso a servicios
esenciales como salud, educación; al acceso eficaz a sus derechos económicos,
sociales y culturales.
La
Comisión también destaca que las mujeres lesbianas, bisexuales, trans e
intersex sufren múltiples actos de discriminación y violencia basados en su
género, su orientación sexual, identidad y/o expresión de género, y características
sexuales. La CIDH nota que las mujeres lesbianas suelen sufrir actos de
violencia dirigidos a modificar o castigar su orientación sexual, que están
cargados de mensajes y simbolismos que buscan causar miedo en las mujeres que
se identifican o que son percibidas como lesbianas. En los casos de las mujeres
bisexuales, la CIDH reafirma que la invisibilidad a la que están sometidas
lleva a que los actos de violencia y discriminación en su contra sean tolerados
y perpetrados con impunidad. En este sentido, recuerda a los Estados que,
recabar datos desagregados y actualizados, facilita un análisis comprensivo del
fenómeno de la violencia basada en género, a partir de factores de vulneración
adicional que potencializan o particularizan los riesgos que enfrentan de
sufrir violencia.
Por
otro lado, la CIDH destaca que las mujeres trans, desde muy temprana edad,
están sujetas a un ciclo de violencia, discriminación y criminalización, que
las sitúa en situaciones de vulnerabilidad en distintos ámbitos de la vida
diaria; particularmente, considerando que, debido a la ausencia de legislación
y políticas de identidad de género en muchos Estados de la región, estas
personas no pueden portar documentos de identificación que se conformen a su
propia identidad y expresión de género. Al respecto, la CIDH reitera que los
Estados deben garantizar la inclusión social de las mujeres trans, así como de
las personas de género diverso, incluyendo el acceso a servicios de salud con
una perspectiva de género.
A
todo lo anterior se suma la situación de empobrecimiento material de las
mujeres, el empeoramiento de sus condiciones de vida, y lo que es aún más
grave, la alarmante tasa de feminicidios registradas por la CEPAL en la región,
en particular en El Salvador, Honduras, Bolivia, Guatemala y República
Dominicana en 2018. En ese contexto, la Comisión afirma que dicho fenómeno no
obedece a hechos aislados de violencia, sino que hace parte de una cultura
social de construcción de estereotipos negativos y que buscan hacer inferiores
a las mujeres. Al respeto, la CIDH destaca positivamente el fallo de la Corte
Suprema de Perú en el marco de la Acción Popular 23.822, que garantizó la
enseñanza de género en los currículos escolares del país; así como la
promulgación de la Ley 27.499, conocida como Ley Micaela, que convirtió en
obligatoria la capacitación sobre género de funcionarias y funcionarios del
Estado en Argentina.
Además,
el presidente de la Comisión Interamericana, el Comisionado Joel Hernandez,
subrayó la importancia de la paridad de género, destacando que, “desde 2018, la
CIDH está conformada mayoritariamente por mujeres. Ese cambio constituye un
paso adelante sin precedentes en la representatividad de las mujeres en cargos
del más alto nivel en el sistema de protección regional de derechos humanos,
crucial para el fortalecimiento y la consolidación del derecho a la igualdad de
género en la región”.
Finalmente,
la CIDH hace un llamado a los países de la región a que avancen con proyectos
educativos que contemplen la perspectiva de género, así como la promoción de
eventos de capacitación de las personas que ejercen función pública dentro de
las instituciones del Estado. En opinión de la Relatora para los Derechos de
las Mujeres, Comisionada Margarette May Macaulay, “dicha medida juega un rol
fundamental en el cambio cultural de toda la sociedad hacia una realidad que
involucre a todas las personas, incluyendo a los niños y varones adultos, en la
garantía y el respeto de los derechos de las mujeres, que facilite un ambiente
más igualitario y libre de todas las formas de violencia en su contra”.
Por
último, la CIDH insta a los Estados de la región a que avancen de manera
decidida en la implementación de medidas orientadas a prevenir, sancionar y
erradicar la violencia y la discriminación en contra de las mujeres, con pleno
respeto a sus derechos sexuales y reproductivos.
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