Declaración de fin de misión, Michel Forst, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos durante su visita a Perú del 21 de enero al 03 de febrero de 2020.
Buenos días, damas y caballeros,
Introducción
Quisiera comenzar agradeciendo sinceramente al
Gobierno por la invitación a realizar una misión oficial, que tuvo lugar del 21
de enero al 3 de febrero. Deseo felicitar al Gobierno por su excelente
cooperación y esfuerzos para garantizar una visita provechosa. Agradezco la
oportunidad de reunirme con representantes de alto nivel de diversos
ministerios, varios vicegobernadores e instituciones estatales. Agradezco a
todos los que se tomaron el tiempo de reunirse conmigo y compartieron sus
valiosas experiencias y conocimientos, así como a los que ayudaron a organizar
esta visita.
El objetivo de mi visita es evaluar, en un
espíritu de cooperación y diálogo, si en Perú existe un entorno seguro y
propicio para los defensores y defensoras de derechos humanos. En palabras más
sencillas, la visita pretende responder a la pregunta de si las personas
defensoras de derechos humanos se sienten seguras y empoderadas en todo el
país.
De conformidad con las normas internacionales
de derechos humanos, el deber principal de promover y proteger los derechos
humanos y las libertades fundamentales recae en el Estado. Ello incluye
garantizar el derecho de toda persona, actuando individual o colectivamente, a
procurar la protección y realización de los derechos humanos. En otras palabras,
cada uno de nosotros tiene el derecho a defender todos los derechos humanos
para todos y todas.
Garantizar estas condiciones es una de las
responsabilidades primordiales del Estado. Por lo tanto, me he centrado
principalmente en evaluar algunos de los elementos básicos de ese entorno
seguro y propicio, a saber: un marco jurídico e institucional propicio; el
acceso a la justicia; una institución nacional de derechos humanos
independiente y sólida; políticas y mecanismos de protección eficaces que presten
atención a los grupos en situación de riesgo y apliquen un enfoque de género;
actores no estatales que respeten y apoyen la labor de los defensores y
defensoras; y una comunidad de personas defensores sólida y dinámica.
Como no quería limitar mi visita a Lima, viajé
a Piura, Madre de Dios, Cuzco y Ucayali. Como resultado, tuve la oportunidad de
reunirme con más de 475 valientes defensores y defensoras de derechos humanos
procedentes de diferentes regiones y quienes en ocasiones viajaron durante muchas
horas para reunirse conmigo. Aproximadamente el 40 % de las personas defensoras
eran mujeres. Esto refuerza mi impresión de que son una sociedad civil activa,
vibrante y comprometida.
¿Quiénes son las personas defensores de
derechos humanos en el Perú?
La ONU tiene una definición muy amplia de
defensores y defensoras de derechos humanos, que ha sido consagrada en la
Declaración sobre los Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas de 1998. Durante la visita, tuve la oportunidad de referirme a
esta definición. Recordé que las personas defensoras de derechos humanos son
aquellas que, individual o colectivamente, actúan para promover o proteger los
derechos humanos, a nivel nacional e internacional, de manera pacífica. Son
miembros de organizaciones de la sociedad civil, periodistas, blogueros,
informantes, así como activistas políticos que defienden el derecho a un
medioambiente seguro y saludable. No es necesario que pertenezcan a ninguna
organización registrada para ser defensores y defensoras de los derechos
humanos.

Hoy me limitaré a formular observaciones y
recomendaciones preliminares sobre algunos de los problemas principales, que se
detallarán en el informe. Una vez que haya examinado a fondo los materiales y
documentos que he recabado durante la visita, presentaré mi informe final al
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, en uno de los
períodos de sesiones.
Avances relevantes
Permítaseme felicitar al Gobierno del Perú y
en particular a la Ministra de Justicia y Derechos Humanos por la inclusión
-por primera vez- de los defensores y defensoras de los derechos humanos como
una categoría especial que necesita protección en el Plan de Acción Nacional de
Derechos Humanos (2018-2021), la histórica y reciente aprobación de un
Protocolo para garantizar la protección de los defensores y defensoras de
derechos humanos (abril de 2019) con la participación de la sociedad civil y
sectores del Estado, y la tarea en curso para establecer un Registro de
denuncias e incidencias de riesgo de personas defensoras de derechos humanos,
con la participación de la sociedad civil y el sector empresarial. Desde la
aprobación del Protocolo en abril de 2019, se han recibido nueve solicitudes de
activación del Protocolo, que están en trámite.
Se trata de primeros pasos notables.
Invoco al Presidente de la República del Perú
y al Gobierno a que se comprometan a adoptar un mecanismo multisectorial para
la protección de las personas defensoras, cuya adopción está actualmente
prevista en el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos para 2021, y a
garantizar la aplicación efectiva de este Protocolo:
Asegurando los recursos humanos y financieros
necesarios para su aplicación efectiva;
Garantizando una articulación y participación
sólidas de los ministerios e instituciones estatales y regionales pertinentes,
para la ejecución de las respuestas de prevención y protección del Protocolo,
incluyendo el Poder Judicial, el Ministerio Público y la policía nacional; y Elevando el rango normativo del instrumento
que establece el Protocolo, asegurando su contenido y el respeto de los
principios de derechos humanos que consagra.
Es de suma importancia que el sector
empresarial formal apoye la aplicación del Protocolo, así como la elaboración
de un Plan de Acción Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos para el año
2020, de conformidad con los Principios Rectores sobre las Empresas y Derechos
Humanos de las Naciones Unidas.
También aplaudo el compromiso político del
Gobierno del Perú y los pasos que ha dado para la ratificación del Acuerdo de
Escazú. El 2 de agosto de 2019, el proyecto de ley de ratificación fue enviado
al Congreso para su ratificación. Espero que el Congreso recién elegido dé
prioridad a este asunto, al reanudar sus funciones en marzo de 2020. La
ratificación y la aplicación de este histórico tratado sobre el medio ambiente
constituirá un gran avance en la protección de las personas defensoras de
derechos humanos ambientales en el Perú. Una pronta ratificación del Acuerdo de
Escazú colocaría al Perú entre los 11 primeros Estados de la región que
ratificaron el acuerdo y que facilitaron su entrada en vigor.
¿Existe un entorno seguro y propicio para las
defensores y defensoras de derechos humanos?
Me han conmovido profundamente todos los
testimonios recibidos de los defensores y defensoras de derechos humanos, y
especialmente de los pueblos indígenas, las comunidades locales y campesinos
quienes me contaron que suelen ser objeto de amenazas, hostigamiento,
intimidación, criminalización y ataques físicos. En muchos casos, señalaron que
se les calificaba de "enemigos del Estado", "antigubernamentales"
o "contra el desarrollo" si se oponían a los proyectos de desarrollo.
También me preocupa el uso indebido del sistema de justicia para hostigar y
silenciar a las personas defensoras del país, en particular a los que trabajan
en defensa del medio ambiente, como Oscar Mollohuanca Cruz y otros en Cuzco,
los 16 defensores y defensoras de Cajamarca que se enfrentan a cargos por
participar en protestas o Máxima Acuña, una campesina que fue objeto de
violencia policial por negarse a abandonar la tierra donde vive.
También me impresionaron todos los testimonios
recibidos de los pueblos indígenas sobre la falta de aplicación adecuada de las
disposiciones del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas en lo que respecta a las
consultas y el consentimiento libre, previo e informado. En este contexto,
todas las personas defensoras que trabajan en el acceso a la tierra, los
recursos naturales y las cuestiones ambientales, y los que hacen campaña contra
los desalojos ilegales o forzosos en el contexto de los megaproyectos, corren
un riesgo especial.
Me han contado que los guardias de seguridad o
los agentes de la policía contratados por las empresas petroleras y mineras han
amenazado en varias ocasiones con matar, acosar y atacar a los defensores y
defensoras de derechos humanos durante las protestas pacíficas. Los pueblos
indígenas y otros defensores y defensoras también denunciaron casos en que las
autoridades locales han actuado en colusión con el sector privado, y de casos
en que empresas privadas han ayudado e instigado a la comisión de violaciones
contra las personas defensoras de derechos humanos. También me reuní con los
defensores y defensoras de derechos humanos que fueron desplazados internamente
de sus comunidades o lugares de trabajo y no pudieron regresar por falta de
seguridad.
También escuché varios testimonios de
comunidades indígenas y campesinas afectadas por la minería y tala ilegal y la
falta de comprensión y de protección por parte de las autoridades locales, la
policía y el poder judicial. La comunidad indígena de Santa Clara de Uchunya es
un ejemplo emblemático. La defensa de sus derechos por la vía administrativa y
legal, ha conseguido frenar – de momento - la tala ilegal en parte de sus territorios
ancestrales y el reconocimiento de parte de los mismos. Las comunidades
afectadas y aquellos que defienden sus derechos en este contexto tienen la
necesidad imperiosa de ser protegidos y también necesitan acceso a una
reparación adecuada.
Resumen de las principales conclusiones
preliminares
Si bien reconozco los importantes avances
mencionados, y después de haber examinado cuidadosamente la información que me
hizo llegar el Gobierno, la sociedad civil y otros interesados, y a pesar de
los esfuerzos de la Ministra de Justicia y el Viceministro de Derechos Humanos,
lamento llegar a la conclusión de que un gran número de personas defensores de
derechos humanos, y especialmente de los pueblos indígenas y las comunidades
locales que defienden el medio ambiente y sus derechos humanos, no pueden
actuar en un entorno seguro y propicio.
Principales tendencias
Falta de reconocimiento, estigmatización y
criminalización de las personas defensoras de derechos humanos.
La falta de reconocimiento, la estigmatización
y la criminalización de las defensoras y defensores de los derechos humanos por
parte de agentes estatales y no estatales son cuestiones sistémicas que se
refuerzan mutuamente y representan un grave obstáculo para el trabajo que
realizan los defensores y defensoras ambientales, de la tierra y de los
derechos de los pueblos indígenas, en particular.
Falta de reconocimiento y estigmatización
Hay una clara falta de reconocimiento público
de las instituciones estatales, regionales y municipales del importante papel
que juegan las personas defensoras y su contribución a la sociedad. Además, las
defensoras y defensores, y en particular las personas defensoras de los
derechos del medio ambiente y de los pueblos indígenas, son estigmatizadas como
delincuentes por los medios de comunicación y otros agentes no estatales.
Durante mi reunión con el sector empresarial, me sorprendió el uso de dos
videos - para generalizar y presentar a las personas defensoras de los derechos
humanos del medio ambiente como personas manipuladas por sus abogados y
asesores, quienes fueron mostrados como delincuentes y terroristas. Los grupos
religiosos y conservadores también estigmatizan a las personas defensoras de la
igualdad de género,los derechos sexuales y reproductivos y a las defensoras y
defensores de derechos de las personas LGBTI, clasificándolas de asesinas,
pecadores, delincuentes e incitando al odio contra ellas, incluso en los medios
de comunicación social.
Criminalización de las personas defensoras de
derechos humanos
He observado con preocupación un patrón
recurrente de uso indebido del derecho penal contra las personas defensoras,
por parte de instituciones estatales (de oficio) o a solicitud de terceros
(agentes no estatales) y la criminalización de la protesta social.
Las personas defensoras de derechos humanos
ambientales se ven particularmente afectadas por esta práctica, en particular
las que organizan y participan en protestas sociales. Según el Código Penal y
la Ley contra el Crimen Organizado, los delitos más comúnmente utilizados para
penalizar a las personas defensoras incluyen los delitos de:
"Disturbios", "Obstrucción del funcionamiento de los servicios
públicos", "Daños agravados", "Violencia y Resistencia a la
autoridad", "extorsión", "secuestro",
"usurpación" y "asociación ilícita para delinquir."
La criminalización de los defensores y
defensoras también se da en otros contextos. A los pueblos indígenas y las
comunidades campesinas se les criminaliza por ejercer su propia jurisdicción,
de conformidad con la Constitución (rondas campesinas) o por defender sus
derechos humanos y el medio ambiente. También se criminaliza a los y las que
defienden el derecho a la tierra. En mi visita a San Juan Bautista de Catacaos,
en Piura, escuché los testimonios defensores y defensoras del derecho a la
tierra acusados de varios delitos, incluyendo la usurpación, por la empresa
Agrícola Santa Regina. Estas acusaciones se producen en un contexto de
impunidad por las agresiones físicas y el asesinato de dos defensores del
derecho a la tierra de las comunidades afectadas. De manera similar, en Madre
de Dios y Ucayali, me reuní con defensoras y defensores que se encontraban en
situación de riesgo y que se enfrentaban a amenazas de muerte por parte de
actores de la minería ilegal y la explotación forestal ilegal, como es el caso
de la comunidad indígena de Nueva Austria. Se enfrentan a múltiples acusaciones
penales, incluso por no haber impedido esas actividades ilegales en sus
tierras.
Los abogados que defienden a las personas
defensores de derechos humanos también están criminalizados. Un buen ejemplo,
es la criminalización del abogado Juan Carlos Ruiz y del médico Fernando Osores
por su trabajo en materia de derechos humanos para apoyar los casos judiciales
presentados por cuatro organizaciones de pueblos indígenas de Espinar (Cuzcco)
contra el proyecto minero de Glencore. Ambos defensores han sido absueltos en
primera instancia de los cargos penales de "uso de documento público
falso" y "expedición de certificado médico falso". Las personas defensoras de derechos humanos y
los periodistas también se enfrentan a numerosos cargos penales por difamación
y difamación agravada, en relación con su trabajo en materia de derechos
humanos y por su periodismo de investigación al exponer los abusos de los
derechos humanos por parte de los agentes estatales y no estatales y la
corrupción.
Estos no son ejemplos aislados. Según la
información proporcionada por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos,
desde el 2002, al menos 960 personas han sido criminalizadas por defender y
promover los derechos humanos. De ellas, 538 fueron criminalizadas en el
contexto de las protestas sociales.
La criminalización de las personas defensoras
también tiene graves consecuencias financieras y sociales tanto a nivel
individual como colectivo. Muchas personas defensoras de origen económico
modesto no tienen los recursos financieros necesarios para hacer frente a
prolongadas batallas legales. La criminalización también puede empujar a los
defensores y defensoras a desistir de la promoción y protección de los derechos
humanos.
Obstáculos al disfrute del derecho a la
protesta y a la libertad de expresión de las personas defensoras de los
derechos humanos
En el marco de los conflictos sociales, los
defensores y defensoras reciben amenazas serias cuando, al defender sus derechos, interrumpen las
actividades extractivas de las empresas privadas, en particular impidiendo el
tránsito. Para las comunidades indígenas, un grupo históricamente privado de
sus derechos y asentados en las zonas donde se encuentran proyectos extractivos
de minería, gas y petrolea, éste es en la práctica el único medio por el que
sienten que pueden hacer oír su voz ante las autoridades.
Según el artículo 21 del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, la interrupción temporal del tránsito debe ser
tolerada por el Estado. Las restricciones sólo son legítimas cuando la asamblea
interfiere con los servicios esenciales, como el acceso a los hospitales, o
cuando la interrupción del tránsito o la economía, es grave y sostenida. En
Perú, estas formas de asamblea no se consideran ejercicios legítimos de
asamblea pacífica, ni en la ley ni en la práctica (ver, por ejemplo, el
artículo 200 del Código Penal Peruano, en el que el bloqueo de las carreteras
se califica como extorsión). Aunque se toleran excepcionalmente, a menudo se
interrumpen mediante el uso de la fuerza cuando las comunidades no han recibido
autorización previa o cuando se prolongan en el tiempo, lo que conduce a una
mayor escalada de la violencia. Después de suspender las manifestaciones,
existe la práctica de acusar penalmente a los líderes de la comunidad por los
delitos cometidos por terceros. Estos casos a menudo terminan en el
archivamiento de la denuncia contra el acusado después de largas batallas
legales que los disuaden de ejercer el derecho a la protesta.
Estoy profundamente preocupado por las pruebas
que sugieren un uso desproporcionado e indiscriminado de la fuerza y por el
hecho de que no se separe a los manifestantes violentos para proteger a los
defensores y defensoras pacíficas. También estoy preocupado por el despliegue
de los militares para vigilar las manifestaciones tras las declaraciones de los
estados de emergencia o para la protección de las instalaciones de petróleo gas
y minería (Decreto Supremo Nº 106-2017-PCM).
Respuesta ineficiente de las autoridades ante
las violaciones de derechos humanos
El sistema de justicia
El sistema de justicia
Es preocupante la forma en que el sistema de
justicia actúa ante las denuncias penales contra las defensoras y defensores de
derechos humanos. Hemos visto varios casos en los que las investigaciones
contra las personas defensoras ambientales se prolongan durante años. En vez de
archivar los casos en los que las pruebas son insustanciales para condenar, la
fiscalía formula denuncia y apela las sentencias que absuelven a los acusados,
dando lugar a procedimientos judiciales innecesariamente largos. He comprobado
el efecto escalofriante que esta práctica tiene en el trabajo de defensa de
derechos humanos, así como el costo financiero y desgaste emocional para las
personas defensoras y sus familias.
Los defensores y defensoras han encontrado
pocas o ninguna medida de protección por parte de la policía y el sistema
judicial. Por el contrario, se han enfrentado a la represión y al uso excesivo
de la violencia por parte de las fuerzas policiales. He observado muchos casos
en los que el seguimiento por parte de la fiscalía de las denuncias contra las
defensoras y defensores de derechos humanos que se enfrentan a amenazas es
excesivamente lento, y en los que a menudo se interrumpen las investigaciones.
En el emblemático caso de Saweto, ya han transcurrido seis años sin que se haya
llevado a juicio a los los autores identificados. Si se compara la eficiencia
con la que actúan las autoridades cuando están en juego los intereses de
poderosos agentes económicos, el desequilibrio es sorprendente. Son
preocupantes otras prácticas impactantes observadas en Madre de Dios, en las
que los defensores y defensoras que alertan a las autoridades sobre la minería
ilegal tienen que acompañar a los fiscales y a la policía al lugar para
identificar el sitio y a los autores, poniendo en peligro la vida de las
personas defensoras debido a las represalias.
En lo que respecta a la ejecución de
sentencias, el gobierno regional de Madre de Dios ha retrasado durante más de
un año la ejecución de una sentencia de la Corte Superior (675-2017), que
confirma la sentencia de primera instancia, en la que se obliga al gobierno
regional a anular más de 140 concesiones mineras y 11 predios agrícolas
otorgadas ilegalmente en violación de los derechos de las comunidades indígenas
de Tres Islas. Esto no debería ser tolerado en una sociedad que se rige por el
estado de derecho.
Aplicación de la ley y protección
En todas las regiones, he observado malas
prácticas en la policía, cuando esta actúa a su discreción cuando se presentan
denuncias, en particular cuando las presentan las personas defensoras del
ambiente y de las personas LGBTI.
La ley peruana permite la celebración de
convenios entre la Policía Nacional y las empresas privadas para que la policía
preste servicios de seguridad a través de sus efectivos. Esta comercialización
de la fuerza policial crea lazos institucionales e individuales que interfieren
gravemente con la imparcialidad a la hora de aplicar la ley, exponiendo a las
personas defensoras del ambiente a un riesgo adicional.
Por último, no existe un sistema eficaz de
medidas de protección para los defensores y defensoras en situación de riesgo.
Aunque cualquier persona en situación de riesgo puede solicitar garantías a la
subprefectura, el nivel y la carga de la prueba son injustificadamente elevados
y recaen en el solicitante. En el contexto de la minería o tala de árboles
ilegal, el tener que recabar pruebas contundentes de la amenaza a la que se
enfrenta la persona defensora, las coloca en una situación de grave riesgo de
daño irreparable. Además, cuando se conceden garantías, la eficacia de la
respuesta sigue siendo un grave problema.
Todos estos elementos plantean cuestiones más
amplias de corrupción, conflictos de intereses y otros ejemplos de ejercicio
inadecuado de influencias. Si bien celebro los esfuerzos realizados por el
Gobierno para combatir la corrupción, existe una deficiencia sistémica en la
reacción de las autoridades contra los grandes intereses económicos, en
particular a nivel regional y local.
¿Quiénes son las personas defensoras en mayor
riesgo en Perú?
Defensores y defensoras de derechos de la
tierra y medio ambiente
Las comunidades indígenas, los campesinos, las
personas defensoras del derecho a la tierra y del ambiente son los grupos de
defensores y defensoras que corren mayor riesgo en Perú. Se enfrentan a
campañas de desprestigio, a la exclusión de los foros de toma de decisiones, a
la criminalización, incluso con procesamientos falsos, a detenciones ilegales,
a vigilancia, a amenazas, a violencia y a asesinatos.
Varios proyectos extractivos a gran escala han
prosperado gracias a la debilidad de las normas ambientales, apropiación por
parte de las empresas y la corrupción. La ausencia de autoridades estatales en
zonas remotas ha permitido el crecimiento del sector informal y la formación de
redes criminales. En muchas partes del país, proyectos de desarrollo
insostenibles han provocado desastres naturales y sociales que han conllevado
la contaminación por metales pesados, y el vertido de desechos en aguas
naturales, que han afectado profundamente a las comunidades afectadas con pocas
posibilidades de obtener algún tipo de reparación y compensación.
Muchos de los actuales conflictos podrían
haberse evitado si se hubieran celebrado consultas significativas, como se
establece en el Convenio Nº 169 de la OIT y en la Declaración sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas. Comunidades locales
enteras han sido privadas de sus tierras y recursos naturales por medio de
"consultas falsas" realizadas cuando los proyectos ya habían
comenzado. Este fue el caso de la Comunidad de Tres Islas en Madre de Dios,
entre muchos otros ejemplos que he escuchado en todo el país. Me preocupan las
decisiones que toman los organismos nacionales y los gobernadores regionales
para aprobar proyectos de gran envergadura, ignorando deliberadamente los
procesos de consulta de las comunidades locales. El Gobernador Regional de
Lambayeque ha anunciado recientemente la aprobación de la reanudación de la
construcción del sistema hídrico integral del Valle de Chancay-Lambayeque, en
principio, a cargo de una empresa india, sin consultar previamente a las
comunidades afectadas. Este proyecto incluiría la construcción de dos represas
(Sicán y Montería) que pondrían fin a la galardonada Reserva Ecológica
Chaparrí. Las personas defensoras de la Reserva de Chaparrí han sido objeto de
amenazas de muerte, criminalización e incluso privación de libertad. También
quisiera expresar mi preocupación en particular por la ordenanza regional N°
010-2018-GRU-CR, que se estima afecta a más de 100.000 hectáreas de tierras
forestales en Ucayali, en un contexto marcado por la corrupción, el tráfico de
tierras y las amenazas contra las aldeas locales.
Otra causa fundamental relacionada con los
conflictos ambientales está vinculada al sistema de titulación de tierras. Las comunidades
indígenas y campesinas han mencionado los obstáculos burocráticos que enfrentan
para obtener el reconocimiento oficial y los derechos formales de propiedad de
la tierra, un proceso lento y costoso en comparación con el proceso para el
otorgamiento de concesiones madereras y mineras.
Estoy consternado por la criminalización de
las defensoras y defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, por
parte de las empresas o/y del Ministerio Público. En especial, me preocupa que
se presenten cargos para desacreditar a los ronderos, quienes están reconocidos
en el artículo 149 de la Constitución del Perú y la Ley N° 27908, como el
profesional de medios de comunicación y rondero César Estrada, quien juegan un
papel importante en la defensa de los derechos de sus comunidades.
Me preocupa la falta de comprensión del papel
que desempeñan los y las que defiendes los derechos de las comunidades
indígenas, derechos sobre la tierra y el derecho al medio ambiente, en la
protección y conservación de la naturaleza y los bienes comunes. Las
declaraciones de funcionarios públicos y empresas, difundidas por los medios de
comunicación, han venido presentando a los defensores como terroristas,
personas en contra del desarrollo. Si bien la gran mayoría de los miembros de
la comunidad participan pacíficamente en manifestaciones y protestas públicas,
los medios de comunicación tienden a centrarse en una minoría de personas
violentas a fin de deslegitimar las reivindicaciones de la comunidad.
Defensoras de los derechos humanos
En el Perú, las mujeres defensoras tienen un
papel fundamental en la promoción de los derechos humanos, vinculados tanto a
los derechos de la mujer como a los derechos humanos de sus comunidades. Sin
embargo, las mujeres enfrentan muchas amenazas como resultado de su activismo
en materia de derechos humanos y de su identidad de género. La discriminación,
el racismo, el patriarcado y la falta de reconocimiento y comprensión de los
derechos de la mujer son algunas de las principales causas de esta situación.
En los últimos años, las defensoras de derechos humanos y sus organizaciones se
han enfrentado a una creciente estigmatización, intimidación y criminalización.
También han denunciado la creciente dificultad de acceso al financiamiento de
sus actividades. Me preocupa especialmente la falta de estadísticas públicas
sobre los ataques contra las defensoras y la falta de un enfoque sistémico e
intersectorial por parte de las autoridades cuando las defensoras presentan
denuncias y piden resarcimiento.
Las defensoras indígenas y rurales de los
derechos humanos son algunos de los grupos de defensoras que corren mayor
riesgo en el Perú. La persistente discriminación y el racismo históricos han
obstaculizado su acceso a los derechos humanos más básicos, como su derecho a
la salud, a la educación y a un medio ambiente seguro, limpio, saludable y
sostenible. Las mujeres que se han opuesto a proyectos de gran envergadura,
como proyectos extractivos, han sido objeto de intimidación, amenazas de
violencia sexual, y vergüenza pública. También han sido criminalizadas por
parte de las empresas. También me preocupa la perpetuación de fuertes
estereotipos racistas y sexistas, promovidos por los medios de comunicación, en
particular a través de programas de televisión como la "Paisana
Jacinta".
En el ámbito de los derechos sexuales y
reproductivos, las mujeres y las niñas se han enfrentado a ataques públicos
encabezados por alianzas entre partidos políticos, organizaciones conservadoras
de la sociedad civil y grupos religiosos. Las mujeres que abogan por el acceso
a la salud reproductiva, a la educación sexual y a los derechos de las personas
LGBTI han sido objeto de campañas de difamación en los medios de comunicación
social, amenazas de violencia sexual y procesos judiciales. Se las ha llamado
"terroristas feministas", "promotoras de la ideología de
género" y una "amenaza a los valores familiares tradicionales".
Las organizaciones que han buscado justicia y reparación para las miles de
víctimas de esterilizaciones forzadas han recibido amenazas y han denunciado
ser objeto de insultos por parte de funcionarios públicos cuando presentan sus
casos al Ministerio Público.
Personas defensoras de derechos humanos LGBTI
Las personas defensoras de derechos humanos de
las personas LGBTI en el Perú se enfrentan a un discurso de odio, a la
incitación a la violencia y a amenazas en línea en su contra, por parte de
ciertos medios de comunicación, particulares y algunos políticos tanto por su
trabajo en favor de los derechos humanos como por su orientación sexual o
identidad de género. Estos ataques se intensifican a menudo después de su
participación en entrevistas o eventos públicos, en eventos públicos o cuando
se presentan como candidatos o candidatas a las elecciones. También enfrentan
obstáculos adicionales al organizar manifestaciones en reconocimiento a las
personas LGBTI y sus derechos humanos, como el de "Besos contra la
homofobia" cada 14 de febrero. Recibí informes de agresiones físicas y
verbales por parte de la policía y de particulares durante una manifestación
pública celebrada por personas LGBTI en el 2017 frente al Congreso. Los
docentes que contribuyeron a la elaboración del reciente programa de educación
que integra la igualdad de género LGBTI y los derechos sexuales y reproductivos
corren el riesgo de perder su trabajo y se enfrentan a diferentes formas de
intimidación y acoso.
Periodistas
Durante mi visita, he visto ejemplos de
periodistas que resultaron heridos mientras cubrían protestas. También recibí
testimonios de periodistas de investigación que enfrentan cargos de difamación
(Artículo 132 del código penal en Perú). La periodista Paola Ugaz enfrenta
cinco procesos penales diferentes por su trabajo periodístico en el 2019. Entre
estos, ha sido acusada por difamación por afiliados del grupo Sodalicio.
Si bien la mayoría de esos casos terminan con
la absolución del periodista en la apelación, deberían haber sido desestimados
en la etapa previa al juicio en primera instancia. La falta de una evaluación
rigurosa en la fase de investigación tiene efecto escalofriante para el
periodismo de investigación en el país.
Otras categorías de personas defensoras
En mis reuniones con las defensoras y
defensores de los niños y los adolescentes, he alentado y quiero alentar al
gobierno a que promueva los derechos de participación de los niños y niñas en
todas las decisiones que les afectan. Los adolescentes que defienden los
derechos sexuales y reproductivos están expuestos al hostigamiento y los abusos
por su activismo, especialmente en línea.
También me he reunido con representantes de
sindicatos, que han destacado la importancia de las salvaguardias legales y
contractuales para la defensa efectiva de los derechos laborales. Un caso
preocupante de criminalización es el de Milagros Salazar, presidenta del Frente
de Defensa, que se encuentra procesada judicialmente, incluyendo por difamación
agravada, por denuncias presentadas por las empresas mineras Shougang y
Marcobre, por defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras de
Maracona, Ica.
El rol de la Defensoría en el apoyo y la
protección de las personas defensoras de derechos humanos
Como parte de la estructura institucional del
Estado, las instituciones nacionales de derechos humanos desempeñan un papel
fundamental para garantizar un entorno seguro y propicio para las defensoras y
defensores.
Me he reunido con el Defensor del Pueblo y las
oficinas de la Defensoría del Pueblo tanto en Lima como en las regiones. La
"Defensoría del Pueblo" es para mí un socio clave en la protección de
las personas defensoras de los derechos humanos y la promoción del derecho a
defender los derechos humanos. Sus funcionarios y su personal son también
defensores de los derechos humanos que a veces corren riesgos y se me ha
informado de que algunos de ellos han sido amenazados o han sufrido ataques por
realizar su trabajo. En mis reuniones con los defensores y defensoras de
derechos, muchos señalaron la confianza que tienen en la institución y el rol
que desempeña para apoyarlos, mientras que en otras regiones también escuché
declaraciones contradictorias de indígenas que señalaban estar decepcionados y
no tener confianza en sus acciones.
Creo firmemente que la Defensoría del Pueblo
debería ser más firme en su apoyo a las personas defensoras de derechos
humanos, especialmente a los pueblos indígenas y en su condena de los ataques
contra ellos. Animo a la Defensoría a aprobar los Lineamientos de actuación
defensorial frente a casos de Defensores y Defensoras de derechos humanos.
También debería redoblar sus esfuerzos para estar más cerca de las personas
defensoras de los derechos humanos que se encuentran en lugares remotos, a fin
de incrementar su apoyo en diversas formas. Por último, recomendaría a la
Defensoría del Pueblo que revise e impugne las normas que restrinjan el
reconocimiento y el disfrute efectivo de los derechos humanos.
Conclusión
Como señalé durante mis conversaciones con el
Gobierno, mi mandato ha sido establecido por las Naciones Unidas con el fin de
apoyar todos los esfuerzos realizados por los gobiernos para mejorar el pleno
reconocimiento y la protección de las personas defensoras de derechos humanos.
Estoy convencido de que la protección de los defensores y defensoras de
derechos humanos y su búsqueda de la justicia seguirán siendo un problema
persistente mientras no se aborden los problemas de acceso a una justicia
eficaz y de corrupción.
La protección de las defensoras y defensores
de derechos humanos en Perú debe enmarcarse dentro del contexto de las tres
obligaciones que las normas internacionales de derechos humanos imponen a los
Estados. La obligación de:
respetar los derechos humanos absteniéndose de
violarlos;
proteger esos derechos interviniendo mediante
medidas de protección en favor de las personas defensoras contra las amenazas
de agentes no estatales, como las empresas privadas;
y cumplirlas garantizando un entorno seguro y
propicio para que las personas defensoras disfruten de sus derechos y realicen
sus actividades.
A fin de hacer frente a los riesgos que corren
las personas defensoras de derechos humanos, recomiendo que el Estado, la
comunidad internacional y los agentes no estatales adopten las siguientes
medidas.
El Estado debería adoptar las siguientes
medidas:
Reducir el riesgo que enfrentan las personas
defensoras de los derechos humanos en los conflictos sociales:
garantizando el derecho al consentimiento
libre, previo e informado de las comunidades indígenas de acuerdo con la
Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas,
y los procesos de consultas significativas para garantizar la protección y el
respeto de los derechos de las comunidades indígenas, según las disposiciones
del Convenio 169 de la OIT; asegurando el reconocimiento legal de las
tierras ancestrales de los pueblos indígenas mediante el otorgamiento y
registro de los títulos de propiedad de la tierra; y
aumentando los esfuerzos para reparar las
consecuencias de la contaminación (pasivos).
Poner fin a la criminalización imperante de
las personas defensoras. También debería implementar una campaña a nivel
estatal para promover un cambio en el discurso, que presente a los defensores y
defensoras de derechos humanos, incluyendo las mujeres, como actores clave para
el bienestar general y agentes de cambio.
Asegurar la participación pública activa de
las defensoras de derechos humanos, incluyendo a las mujeres indígenas y
rurales, en el diseño, la aplicación y la evaluación de todas las políticas y
protocolos que las afectan a ellas y a sus comunidades.
Fomentar instituciones públicas fuertes con
medidas adecuadas que combatan la corrupción, los conflictos de intereses y uso
de influencia indebida. En particular, el Gobierno debería aumentar el
presupuesto y los recursos humanos de la Defensoría del Pueblo para incrementar
su presencia a nivel regional y local y así ejercer plenamente su nuevo mandato
como Mecanismo Nacional de Prevención en el marco de la Convención de las
Naciones Unidas contra la Tortura (OPCAT).
Modificar las leyes y prácticas pertinentes
que permiten declarar estados de emergencia cuando existen conflictos sociales
y la privatización de los servicios de seguridad policial que benefician a las
empresas privadas, de conformidad con las normas de derechos humanos.
Combatir la impunidad garantizando
investigaciones rápidas y eficaces para enjuiciar y castigar a los responsables
de las violaciones cometidas contra las defensoras y defensores de derechos
humanos, incluyendo las fuerzas del orden.
El equipo de las Naciones Unidas en el país
debería promover el trabajo de las personas defensoras y garantizar que puedan
acceder de manera segura y fácil a las Naciones Unidas en el país.
La comunidad internacional debería hacer
mayores esfuerzos para acceder a la amplia comunidad de defensoras y
defensores, también en zonas remotas,
con recursos y apoyos, que incluyan el monitoreo de juicios.
Las empresas privadas deberían demostrar su
compromiso con los derechos humanos y las personas defensoras adhiriéndose a
los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones
Unidas. Deben garantizar consultas significativas con las comunidades afectadas
por sus operaciones y establecer o reforzar los mecanismos de presentación de
quejas y reclamos eficaces. Las empresas privadas deben abstenerse de
estigmatizar y criminalizar a los defensores y defensoras.
Por último, propongo siete principios para guiar
al gobierno de Perú en la elaboración de políticas y estrategias para proteger
a las personas defensoras de derechos humanos. El gobierno de Perú debe:
Adoptar un enfoque de protección basado en los
derechos, que permita a los defensores y defensoras conocer y reclamar sus
derechos y aumente la capacidad y la responsabilidad de aquellos encargados
hacer respetar, proteger y cumplir los derechos.
Reconocer que las personas defensoras son
diversas; provienen de diferentes grupos étnicos, orígenes, culturas, sistemas
de creencias y tienen identidades de género diversas. Es posible que en un
principio no se identifiquen a sí mismas ni sean identificadas por otros como
personas defensoras.
Reconocer la importancia del enfoque de género
en la protección de los defensores y defensoras y aplicar un enfoque
intersectorial a la evaluación de los riesgos y al diseño de las iniciativas de
protección, y reconocer también que algunas defensoras y defensores corren un
riesgo mayor que otros por quiénes son y lo que hacen.
Centrarse en una "seguridad
holística" de las personas defensoras, en particular su seguridad física,
su seguridad digital y su bienestar psicosocial.
Reconocer que las defensoras y defensores
están conectados entre sí. La política o estrategia no debería centrarse
únicamente en los derechos y la seguridad de los defensores y defensoras
individuales, sino que debería incluir también a los grupos, organizaciones,
comunidades y familiares que comparten sus riesgos.
Incluir a las personas defensoras en la
elaboración, elección, aplicación y evaluación de estrategias y tácticas para
su protección. La participación de las defensoras y defensores es un factor clave
para su seguridad.
Tener en cuenta que la protección debe ser
flexible, adaptable y ajustada a las necesidades y circunstancias específicas
de las personas defensoras.
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