Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica el calendario de audiencias públicas que tendrán lugar en el marco del 175 Periodo de Sesiones, a realizarse del 2 al 8 de marzo de 2020 en Puerto Príncipe, Haití. Las audiencias se realizarán los días 5 y 6 de marzo, en el Hotel Karibe. La CIDH agradece al Estado haitiano la invitación a sesionar en ese país. Los períodos de sesiones fuera de la sede amplían la presencia pública de la Comisión en la región, constituyen un importante acercamiento a las víctimas y a los pueblos para los cuales trabaja; y permiten una democratización del acceso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
En concordancia con lo establecido en el Artículo
68 del Reglamento de la CIDH, todas las audiencias serán públicas y los interesados
podrán asistir libremente a las mismas. No hay registro previo para el público
asistente. La entrada es libre para todas las personas que deseen asistir,
sujeto únicamente a los límites del espacio donde se realizarán las audiencias.
Asimismo, las audiencias públicas se transmitirán en vivo, en la página de la
CIDH..
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La CIDH, a pedido del Estado de Bolivia, convoca a
una audiencia pública: “Derechos humanos en el contexto electoral en Bolivia”
el viernes 6 de marzo. La Comisión recibe solicitudes de interés para participar
en esta audiencia; conforme con el artículo 66 del Reglamento de la CIDH, la
parte solicitante deberá presentar sus datos de identificación y el fundamento
de su participación. Las expresiones de interés deben ser enviadas por medio de
este sistema para la audiencia pública: “Derechos humanos en el contexto
electoral en Bolivia”. El sistema estará disponible hasta las 23:59 horas del 9
de febrero de 2020, horario de Washington, DC. La CIDH informará posteriormente
la lista de personas y entidades convocadas para participar en esta audiencia.
Los gastos para la participación en las audiencias deberán ser financiados por
la propia organización, Estado o persona interesada en participar. La CIDH
invita a aquellas organizaciones y personas que no resulten convocadas, a
presentar por escrito la documentación e información que consideren relevante
en relación con el tema de la audiencia.
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