Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Trinidad y Tobago que declara inconstitucional la penalización de las relaciones sexuales consensuales entre adultos del mismo sexo. Con esta histórica decisión, Trinidad y Tobago se convierte en el tercer país en el Caribe de habla inglesa, con Bahamas y Belice, para derogar las leyes que penalizan las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo que se originaron en el pasado colonial de la región.
En marzo de 2017, el activista Jason Jones presentó una demanda contra el gobierno de Trinidad y Tobago para anular las Secciones 13 y 16 de la Ley de Delitos Sexuales, alegando que eran inconstitucionales y una violación de su derecho a la privacidad y la libertad de expresión. En el caso Jones v. Trinidad y Tobago, el Tribunal Superior de Justicia dictaminó que las Secciones 13 y 16 de la Ley de Delitos Sexuales, según las cuales cualquiera "que comete sodomía es culpable de una ofensa", son inconstitucionales, ilegales, nulos, nulo, inválido y sin efecto en la medida en que estas leyes penalicen cualquier acto constitutivo de conducta sexual consentida entre adultos. La Corte también declaró que su decisión no estaba relacionada con ninguna creencia religiosa, ya que Trinidad es un país secualr y que "las creencias de algunos -por definición- no son la creencia de todos, y en la República de Trinidad y Tobago, todos son protegidos bajo la Constitución".
"Este es un hito en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero en Trinidad y Tobago, y esperamos ver a más países de la región anglófona del Caribe siguiendo su ejemplo", dijo Flavia Poivesan, relatora sobre los Derechos de las Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex de la CIDH. "La criminalización de personas simplemente porque no son heterosexuales es incompatible con los estándares interamericanos, por lo que esta decisión es un paso esencial para garantizar el respeto de los derechos humanos para todas las personas en Trinidad y Tobago. Además, la despenalización de las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo transmite el mensaje de que los derechos humanos son para todos y refuerza la idea de que aquellos que desafían las nociones social y tradicionalmente aceptadas de sexo, sexualidad y género deben ser protegidos", completó la Relatora.
Además, la Comisión Interamericana destaca la importancia de esta decisión judicial y la importancia de mantener la despenalización de las relaciones consensuales entre adultos del mismo sexo para mantener una sociedad democrática e inclusiva basada en la igualdad.
La Comisión destaca la inconsistencia de las leyes que penalizan las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo con los principios de igualdad y no discriminación del derecho internacional de los derechos humanos, y señala que este tipo de legislación contribuye a un ambiente que tolere la discriminación, el estigma y la violencia contra LGBT personas.
La CIDH entiende que la existencia de leyes de "sodomía" se utiliza como un mecanismo de control social y dominación que permite a los Estados legitimar y contribuir al estigma de las personas LGBT como individuos "inmorales". Además, tales leyes se han utilizado para justificar los arrestos arbitrarios, la detención e incluso la tortura de personas LGBT.
La CIDH llama a todos los países de la región que aún penalizan las relaciones sexuales consensuadas entre adultos del mismo sexo a revisar y eliminar las reglamentaciones existentes, y anular las disposiciones legales que constituyen discriminación por orientación sexual, idetinda de género, expresión de género o corporal diversidad, así como identificar las brechas que obstaculizan la efectividad de los derechos de las personas LGBTI a la igualdad y la no discriminación.
La CIDH también reconoció el rol privotal históricamente resurgido por la sociedad civil en el trabajo de protección y promoción de LGBTI derechos y derechos humanos en general, y también inspirando la evolución de la legislación y las políticas en las Américas. En este caso, la Comisión recuerda al Estado que tiene una obligación de impedir cualquier intento en la vida y la física de los derechos de defensa de los derechos humanos y de la garantía en todas las circunstancias que pueden llevar a cabo su legítimo trabajo sin temor de repatriaciones y libre de cualquier restricción. Los Estados miembros que tienen el derecho a garantizar la seguridad de los grupos de defensores en un riesgo particular y adopatr meidas específicas de protección para sus necesidades.
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