La propuesta sostiene que en los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluídos aquellos con discapacidad.
Por 140 votos a favor y una abstención, la Sala de la Cámara de Diputados ratificó las enmiendas del Senado al proyecto que modifica la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para establecer la obligatoriedad de instalar juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.
Se precisa que en los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad.
Asimismo, se establece que se deben garantizar las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento.
Además, las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados.
Con respecto a la fiscalización del cumplimiento de esta normativa, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumpliemiento ante el juzgado de policía local respectivo.
Esta moción será remitida al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República. Cabe recordar que ingresó a trámite legislativo en noviembre de 2014 y cuya autoría corresponde a los disputados Rocafull Álvarez, Cicardini, Espinoza, Fernández, Cariola, Farcas, Pacheco, Pascal y Tuma.
Por 140 votos a favor y una abstención, la Sala de la Cámara de Diputados ratificó las enmiendas del Senado al proyecto que modifica la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para establecer la obligatoriedad de instalar juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.
Se precisa que en los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad.
Asimismo, se establece que se deben garantizar las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento.
Además, las juntas de vecinos del respectivo sector podrán solicitar la adecuación de los referidos juegos, en los términos señalados.
Con respecto a la fiscalización del cumplimiento de esta normativa, tanto al momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumpliemiento ante el juzgado de policía local respectivo.
Esta moción será remitida al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República. Cabe recordar que ingresó a trámite legislativo en noviembre de 2014 y cuya autoría corresponde a los disputados Rocafull Álvarez, Cicardini, Espinoza, Fernández, Cariola, Farcas, Pacheco, Pascal y Tuma.
Fuente Diario Constitucional de Chile: http://www.diarioconstitucional.cl/
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