27 feb 2018

CIDH: Informe sobre Sistemas Nacionales de Protección de la Niñez y Adolescencia

Bogotá, Colombia. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el informe "Hacia la garantía efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes: Sistemas Nacionales de Protección" y aprovecha la oportunidad para reafirmar la importancia de que los Estados creen la institucionalidad necesaria para la efectiva implementación de los derechos de la niñez. A pesar de la existencia de Códigos de la Niñez o Leyes Especiales que protegen a las niñas, niños y adolescentes, es manifiesta la notoria brecha existente entre los derechos reconocidos en las normas y la realidad en la que viven millones de niños y niñas en el hemisferio. El mero reconocimiento legal de sus derechos es insuficiente para garantizar su efectiva vigencia y para transformar sus realidades. Para la protección de la niñez y de sus derechos se requiere de un conjunto de elementos, además de las leyes, es decir, es necesario asegurar la existencia y funcionamiento de un andamiaje institucional y de un modelo operativo que asegure el cumplimiento de las normas y el pleno disfrute, la protección y la defensa de todos los derechos. Estos modelos organizativos y estructuras operativas se conocen con el nombre de Sistemas Nacionales de Protección de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes.

“La Comisión ha sido testigo del prominente interés de las autoridades en profundizar y mejorar el funcionamiento y la efectividad de sus Sistemas Nacionales de Proteccion de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, conscientes de que el funcionamiento de estos sistemas es medular para la protección de la niñez”, dijo la Relatora sobre los Derechos de la Niñez, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño. Recogiendo esa inquietud, el informe busca contribuir a este proceso e identifica las obligaciones de los Estados, así como los principios y los estándares del derecho internacional de los derechos humanos aplicables al funcionamiento de estos sistemas, con miras a que sirvan de aporte sustantivo en los procesos de diseño y fortalecimiento de los mismos que se siguen en la región.

En atención a la obligación que tienen los Estados de organizar el aparato estatal para garantizar los derechos de la niñez, el informe analiza la institucionalidad necesaria para el cumplimiento de estos derechos, lo cual implica la creación de los entes u organismos encargados de la planificar, adoptar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas, programas y servicios destinados a los niños, niñas y adolescentes, en los diversos niveles territoriales. El informe además destaca el deber de los Estados de adoptar una Política Nacional para la Niñez con una visión integral, multifacética, multisectorial y participativa, que considere la indivisibilidad e interdependencia de los derechos, que parta de un diagnostico realístico de la situación de los derechos de la niñez en el país, y fije objetivos, metas y resultados concretos a alcanzar durante el periodo de vigencia de la misma, así como los mecanismos de monitoreo y evaluación de su cumplimiento que permitan rendir cuentas a la sociedad sobre los avances alcanzados. La visión integral y holística de los derechos de la niñez, requiere crear mecanismos institucionales de articulación entre los diversos sectores y Ministerios que se vinculan con los derechos de la niñez e implica crear condiciones de coordinación tanto horizontal (intersectorial) como vertical (entre niveles de gobierno), así como la existencia de un ente responsable de la coordinación de todo el Sistema en su conjunto y que asegure el cumplimiento de la Política Nacional para la Niñez.

Al respecto la Relatora afirmó que “no es suficiente con solamente intervenir para proteger a los niños y las niñas frente a violaciones a sus derechos una vez éstas han ocurrido, como tampoco la creación de programas de corte asistencialista que no aborden las causas de estas vulneraciones a derechos ni contribuyan a prevenirlas. La Convención sobre los Derechos del Niño de la Naciones Unidas y la Convención y la Declaración Americanas exigen que se garanticen de modo efectivo y positivo todos sus derechos. Esta perspectiva impone ineludiblemente un modelo fuertemente basado en la articulación y cooperación entre diversos sectores y niveles de gobierno, una planificación adecuada, una inversión económica suficiente, sistemas de información, y mecanismos de monitoreo, evaluación y de rendición de cuentas”.

La Comisión además destaca que en la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de la Política Nacional para la Niñez es imprescindible la participación permanente de la sociedad civil, así como el establecimiento de los canales y los mecanismos para integrar de modo adecuado y sostenido las visiones y las propuestas de los propios niños, niñas y adolescentes, en el ejercicio de su derecho a participar en los asuntos que les afectan. “De forma novedosa, la CIDH analiza en este informe la dimensión colectiva del derecho de los niños y niñas a participar y a expresar sus opiniones respecto de las políticas, programas y servicios destinados a ellas y ellos, destacando su condición de actores sociales e identificando las características de los espacios y procesos institucionalizados de participación”, señaló la Relatora.

La Comisión asimismo desarrolla por primera vez estándares desde el derecho interamericano de derechos humanos para fijar las obligaciones de los Estados en materia de inversión de recursos económicos en la infancia. La CIDH ha constatado que una de las principales barreras para la efectividad de los derechos de la niñez es la falta de una inversión económica suficiente que permita la plena realización de los mismos y que es común que la información económica sobre la inversión que un Estado realiza en la niñez no se encuentre disponible para poder evaluar si el Estado efectivamente está priorizando asegurar sus derechos en los presupuestos. Los estándares buscan superar esta situación y son de utilidad para mejorar el nivel de financiamiento, el diseño y la gestión presupuestaria, y una mejor rendición de cuentas en la materia. La CIDH exhorta a los Estados a incluir los principios de transparencia, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, rendición de cuentas y participación, además de articular medidas contra la corrupción, en todo el ciclo presupuestario. Adicionalmente, la Comisión analiza los sistemas de gestión administrativa y financiera existentes e identifica algunos avances prometedores en la implantación de mejores metodologías en los procesos presupuestarios en la planificación, aprobación, ejecución y seguimiento de presupuestos desde una óptica de derechos humanos y de derechos de la niñez.

Al respecto la Relatora recordó que “de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos de la niñez implica asignar el máximo de los recursos disponibles para la realización de sus derechos, atendiendo a la obligación de protección especial a la niñez y al reconocimiento a su interés superior.” Y agregó que “los presupuestos deben ir de la mano de la Política Nacional para la Niñez dotándola de los recursos suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. La transparencia y la disponibilidad de datos sobre el presupuesto y su ejecución, así como de los resultados concretos alcanzados con esos recursos, es clave para mejorar la gestión de las finanzas públicas, evitar la corrupción e incrementar la eficacia y la eficiencia de las decisiones presupuestarias destinadas a la niñez”.

El informe identifica que en los países de la región existe un dinámico proceso de descentralización en el cual, de manera creciente, las decisiones, los recursos y la gestión en materia de niñez se manejan en el nivel municipal. Los actores locales además están en contacto cercano con los niños y pueden desarrollar acciones ajustadas al contexto además de integrar más fácilmente la participación ciudadana y de los niños y niñas en la gestión de los asuntos públicos, en la identificación de problemáticas y de posibles soluciones. Sin embargo, la Comisión nota que el establecimiento y el funcionamiento de los sistemas nacionales de protección son particularmente débiles en el nivel local. Existen profundas disparidades en las capacidades de actuación, respuesta y recursos a nivel local, lo cual origina diferencias en términos de igualdad de acceso a servicios y goce de derechos, que pueden llegar a ser muy marcadas entre municipios y regiones en un mismo país. En su informe la Comisión identifica los factores que inciden en esta situación y formula una serie de recomendaciones para el fortalecimiento de los Sistemas Nacionales de Protección a nivel local. “De modo general, es importante que los Estados articulen las medidas idóneas para que la descentralización no configure un obstáculo para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sino una mejor instancia de protección para cada uno de ellos, superándose las condiciones de desigualdad en el ejercicio de derechos”, manifestó la Relatora.


Por medio de este informe, la Comisión Interamericana ofrece recomendaciones específicas a fin de que los Estados fortalezcan el funcionamiento de sus Sistemas Nacionales de Protección de los Derechos de la Niñez y avancen de forma decidida en la garantía de los derechos para todas las niñas, niños y adolescentes.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La CIDH tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personas, y no representan sus países de origen o residencia.
IACHR (informe en inglés) - "Fulfillment on Children's Rights".
Fuente CIDH: http://www.oas.org/es/cidh/

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