20 ago 2017

Huancapi por Ronald Gamarra

Un cuarto de siglo le tomó a una corte peruana emitir una sentencia sobre la desaparición forzada de siete personas cometida en la base militar de Huancapi (provincia de Víctor Fajardo, Ayacucho) el 19 de abril de 1991. Las víctimas Zenon Huamaní Chuchón, Eleuterio Fernández Quispe, Napoleón Quispe Ortega, Onofredo Huamaní Quispe, Luis Amaru Quispe, Julia Arotoma Cacñahuaray y Honorata Oré. Todos ellos habitantes del lugar que, salvo el caso de Honorata, prentendían presentarse a las elecciones municipales  complementarias de su ditrito por la lista de izquierda Unida Socialista, enfrentándose abiertamente a los senderistas que haían llamado al boicot electoral y decretado un paro armado. Los responsables: militares de la base ontrasubversiva, acantonados en el campo deportivo de Huancapi, bajo el mando del alférez José Luis Chávez Velásquez, que actuaba bajo el alias de "Centauro". 

Un cuarto de siglo para dictar, además, una sentencia a media caña. Porque si bien, por un lado, la sentencia reconoce los hechos, es decir, que se cometió un crimen atrz contra la vida de siete personas, y admite al mismo tiempo la responsabilidad del Estado en ese crimen atroz, cometido por miembros de las Fuerzas Armadas que ejercían autoridad político-militar en el distrito, por otro lado, la sentencia no emite contra los responsables la pena que corresponde, pues los ampararía una decisión judicial de 1998, que establecería cosa juzgada.

La sentencia se limita entonces a señalar una reparación civil de 200 mil soles que el Estado deberá pagar a los familiares de cada una de las siete víctimas. El único militar que compareció en juicio, precisamente José Luis Chávez Velásquez, alias, "Centurión", se pudo ir a su casa, impune, aunque perseguido por los reclamos que le hacían las numerosas personas que asistieron a la lectura de la sentencia y sobre todo los familiares de las víctimas, que lo conocían y lo recordaban bien. Los otros cuatro militares procesads no se presentaron en ningún momento del proceso.

El 19 de abril de 1991 las víctimas fueron detenids por efectivos de la base militar de Huancapi mientras celebraban la inscripción de su lista para las elecciones municipales complementarias del distrito. Iban alegres. Brindando con amigos y vecinos. Pero fueron intervenidos delante de testigos, molidos a golpes y llevados a la base militar, de la cual nunca más volvieron a salir. ¿Qué ocurrió con ellos? Obviamente, tuvieron un destino horroroso en el interior de la base, y fueron asesinados y enterrados cladestinamente. Eso es la desaprición forzada; por eso es un crimen atroz, de lesa humanidad.

El entonces alférez Chávez Velásquez, "Centurión", prosiguió su carrera hasta retirarse con el rango de teniente coronel. Hoy recibe pensión del estado, pero no pagará ni un centavo a sus víctimas. Ya hemos visto qe también en el tribunal le reconoce la protección de la cosa juzgada. Pero los familiares de las víctimas están decididos a que esto no siga así. Por eso han planteado el correspondiente recurso de nulidad para que la Corte Suprema corrija esta decisión del tribunal que desgraciadamente permite esta vía de impunidad.

Hay que recordar que la decisión judicial absolutoria invocada, de los años 90, no se emitió en el juicio, sino que apenas fue la ratificación de una instrucción pésima, que "no halló" responsables. La instrucción era la investigación preliminar hecha por un juez. Hay que recordar, además, las condiciones en que se desarrollaba el sistema de justicia sometido por entero a la dictadura cívico-militar de Alberto Fujimori, secundado por Vladimiro Montesinos y el general Nicolás Hermoza Ríos. La supuesta cosa juzgada de los años 90 no vale ni el papel en el que está impresa.

Artículo de opinión de Ronald Gamarra Herrera publicado en el Semanario Hildebrandt en sus trece el día viernes 18 de agosto de 2017.

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