Por unanimidad, la Cámara Primera en lo Criminal de Resistencia condenó a 20 años de prisión a un taxista que apuñaló a su ex pareja. Se trató de la primera condena en Chaco por "tentativa de feminicidio".
El hecho se remontra a 2016, cuando el imputado embistió el auto donde iban la víctima y su padre. La joven descendió del vehículo con intención de huir, pero fue tomada de los pelos por su ex pareja, golpeándola en la cara y con un cuchillo hoja de metal comenzó a herirla en la zona de la cabeza y diferentes partes del cuerpo.
En los autos "C.O., G. G. s/homicidio calificado en grado de tentativa", el Tribunal
encuadró el caso en los tipos penales de homicidio doblemente agravado
por el vínculo y femicidio, en grado de tentativa, en concurso real con
lesiones leves y en concurso real con amenazas.
Respecto al tipo penal más grave, las juezas advirtieron que “el autor ha generado con su acción un riesgo
no permitido para el bien jurídico vida, como es el de acometer
repetidamente, usando un arma blanca, contra zonas vitales del cuerpo de
la víctima, a quien tenía reducida en el piso”.
“Ese riesgo no permitido no se realizó en el resultado, por haber
mediado causas ajenas a la voluntad del autor, que le impidieron
alcanzar su objetivo, por lo que quedó en grado de tentativa”, señaló el
fallo y añadieron que “la tentativa debe explicarse no a partir del
peligro para la vida de la víctima, que en todo caso hubiera llevado a
la aplicación de otro tipo penal, sino a partir del plan del autor y de
la puesta en marcha de un curso causal eficiente, conforme el plan, para
obtener el resultado”.
Por ello, para las magistradas “no hay duda que el curso causal puesto en marcha por el imputado fue idóneo y eficiente para causar la muerte; a quien primero redujo a golpes, logró dejarla acostada en la acera, colocándose él encima de ella, para que no pudiera huir y así tenerla a su merced, y asestarle las puñaladas en zonas vitales de la misma”.
En efecto, las vocales Glenda Vidarte, Lucía Martínez Casas y Hilda Cáceres de
Pascullo destacaron que el autor apuñaló a la víctima en la cabeza, la
cara, el cuello y el pecho, por lo que consideraron que “causar heridas
de arma blanca en cuello y pecho es buscar terminar con la vida de la
persona agredida, ya que son zonas vitales, por la calidad de los
órganos situados allí”.
También resaltaron que tales heridas “no hayan sido tan profundas de ninguna
manera descarta la tentativa de homicidio, sino en todo caso, ha sido el
azar y la resistencia que la víctima oponía con brazos y piernas,
sumado a la defensa de su padre, lo que impidió al autor causar una daño
de mayor entidad”.
En conclusión, la Justicia del Chaco determinó que existió tentativa de
homicidio porque “hubo un comienzo de ejecución de dar muerte su ex
pareja, en el marco de un plan de quitarle la vida y habiendo puesto en
marcha un curso causal eficiente para ello”.
ARG Sentencia Tentativa Feminicidio vía Diario Judicial
Fuente Diario Judicial: http://www.diariojudicial.com/nota/78812
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