18 jul 2017

Argentina: El trabajo esclavo también se condena con indemnizaciones

La Cámara del Trabajo falló a favor de un grupo de trabajadores rurales y obligó a abonarles un resarcimiento económico de $110.000 a título sancionatorio por las pésimas condiciones de trabajo a las que fueron sometidos (vía Diario Judicial).

En los autos,"F. F. J. E. c/ Nidera Argentina S.A. s/ otros reclamos", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de un grupo de trabajadores rurales y obligó a su empleador a abonarles una indemnización a título sancionatorio por las pésimas condiciones de trabajo a las que fueron sometidos.

Si bien los empleados fueron fichados y registrados por su empleador, sometidos a estudios médicos preocupacionales y tenían contratada una ART, la justicia comprobó que las condiciones de vida y laborales a las que estaban expuestos no cumplían con las mínimas normas de seguridad e higiene, similar a trabajo esclavo dadas las deficiencias en la habitabilidad del lugar y la ausencia de descanso diario.

Los trabajadores, que se dedicaban a la cosecha de maíz, fueron reclutados de diferentes pueblos de Santiago del Estero, donde prima una situación de extrema pobreza y vulnerabilidad social, y fueron expuestos a jornada laborales extensas, las condiciones deficientes de habitabilidad, ausencia de descanso, condiciones irregulares de trabajo y la falta de autonomía económica.

De la declaración de los denunciantes surgió que trabajaban de lunes a lunes, vivían hacinados en casillas sin ventilación, baños, cubiertos para comer ni agua corrientes. Además un proveedor les llevaba comida dos veces por semana con un sobreprecio que era descontado de sus ínfimos salarios.

Los integrantes del Tribunal consideraron que la empresa empleadora privilegió la producción por sobre el bienestar de quienes contribuían a hacerla posible y que la alta en la AFIP no justifica ninguna de las condiciones a los que fueron expuestos.

Por todo lo expuesto, los magistrados condenaron a la empresa a abonar la suma de $110.000 en concepto de indemnizaciones.
Fuente Diario Judicial: http://www.diariojudicial.com/nota/78468

No hay comentarios:

Publicar un comentario