 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el informe “Consideraciones
 sobre la ratificación universal de la Convención Americana y otros 
tratados interamericanos en materia de derechos humanos”. Para promover la ratificación universal de todos los instrumentos 
interamericanos, como un paso fundamental para lograr la protección 
plena de los derechos humanos en la región. Asimismo, busca fomentar la 
observancia general de los derechos humanos en las Américas, promoviendo
 no sólo la universalidad en la ratificación, pero también el 
cumplimiento de las disposiciones contenidas en dichos instrumentos.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el informe “Consideraciones
 sobre la ratificación universal de la Convención Americana y otros 
tratados interamericanos en materia de derechos humanos”. Para promover la ratificación universal de todos los instrumentos 
interamericanos, como un paso fundamental para lograr la protección 
plena de los derechos humanos en la región. Asimismo, busca fomentar la 
observancia general de los derechos humanos en las Américas, promoviendo
 no sólo la universalidad en la ratificación, pero también el 
cumplimiento de las disposiciones contenidas en dichos instrumentos.
La CIDH ha destacado en varias oportunidades la importancia de la 
ratificación universal de los instrumentos del sistema interamericano 
como un ingrediente crítico del pleno respeto y garantía de los derechos
 humanos en las Américas. La Comisión entiende que el sistema actual de 
grados diferenciados de ratificación coloca a millones de personas en 
una situación de desventaja en cuanto al grado de protección 
internacional de los derechos, pues mantiene cerrada la puerta a una 
instancia de protección complementaria que puede ser vital para personas
 en particular situación de vulnerabilidad.
El carácter universal de los derechos implica un vínculo estrecho entre 
la protección de los derechos civiles y políticos, y los económicos, 
sociales y culturales. Asimismo, acarrea un deber para los Estados de 
prestar especial atención a los sectores sociales e individuos que han 
sufrido formas de exclusión histórica o son víctimas de prejuicios 
persistentes, y adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para 
prevenir, reducir y eliminar las condiciones y actitudes que generan o 
perpetúan la discriminación en la práctica.
Estos
 principios se ven reflejados en los instrumentos que rigen el actuar 
del sistema interamericano de derechos humanos. Siendo este un sistema 
integral de protección, para lograr la mayor protección posible de las 
personas en las Américas, es indispensable la ratificación no sólo de la
 Convención Americana, pero de todos los instrumentos interamericanos. 
La observancia plena de los derechos humanos es fundamental para lograr democracias sólidas e incluyentes. Ratificar tratados internacionales de protección de derechos humanos es un indicador de la calidad de la democracia de un país. Esto a su vez promueve el respeto y garantía de la obligación de no discriminar y del principio de igualdad; principios marco del sistema internacional de protección de los derechos humanos y vitales para garantizar democracias coherentes, representativas y sostenibles.
Por otra parte, la ratificación de instrumentos interamericanos envía un mensaje social sobre el carácter prioritario de la protección de los derechos humanos, y abre una puerta de protección a nivel internacional cuando el sistema nacional falla en ofrecer un remedio. Este principio tiene importantes repercusiones para los sistemas de justicia, ya que la administración de la justicia constituye la primera línea de defensa en la protección de los derechos humanos a nivel nacional.
Es importante destacar que, bajo el entendido de la naturaleza integral y complementaria de los instrumentos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, la CIDH considera que hay cuatro niveles de participación de los Estados en el sistema interamericano. Primero, existe un nivel de protección universal y mínimo para todos los 35 Estados Miembros de la OEA cuyos habitantes gozan de la protección de los derechos reconocidos en la Declaración Americana y la Carta de la OEA bajo la supervisión de la CIDH. Seguido por un grupo de 23 Estados Miembros que ha ratificado la Convención Americana y continúan siendo parte de dicho instrumento. Continúa, un grupo de 20 Estados que ha aceptado la jurisdicción de la Corte Interamericana y su aceptación sigue vigente. Finalmente, un grupo de 7 Estados Miembros que ha ratificado todos los tratados interamericanos de derechos humanos.
Este informe reitera que el alcance de la competencia de la CIDH se extiende a toda la región y en este sentido puede analizar y revisar peticiones relativas a Estados que no han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos y otros instrumentos interamericanos, pero sí ratificaron la Declaración Americana, que es fuente de obligaciones internacionales para todos los Estados miembros de la OEA. Sin embargo, es pertinente señalar que para la CIDH la ratificación universal de los instrumentos interamericanos es indispensable para lograr la protección plena de los derechos humanos de todas las personas en el hemisferio.
La observancia plena de los derechos humanos es fundamental para lograr democracias sólidas e incluyentes. Ratificar tratados internacionales de protección de derechos humanos es un indicador de la calidad de la democracia de un país. Esto a su vez promueve el respeto y garantía de la obligación de no discriminar y del principio de igualdad; principios marco del sistema internacional de protección de los derechos humanos y vitales para garantizar democracias coherentes, representativas y sostenibles.
Por otra parte, la ratificación de instrumentos interamericanos envía un mensaje social sobre el carácter prioritario de la protección de los derechos humanos, y abre una puerta de protección a nivel internacional cuando el sistema nacional falla en ofrecer un remedio. Este principio tiene importantes repercusiones para los sistemas de justicia, ya que la administración de la justicia constituye la primera línea de defensa en la protección de los derechos humanos a nivel nacional.
Es importante destacar que, bajo el entendido de la naturaleza integral y complementaria de los instrumentos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, la CIDH considera que hay cuatro niveles de participación de los Estados en el sistema interamericano. Primero, existe un nivel de protección universal y mínimo para todos los 35 Estados Miembros de la OEA cuyos habitantes gozan de la protección de los derechos reconocidos en la Declaración Americana y la Carta de la OEA bajo la supervisión de la CIDH. Seguido por un grupo de 23 Estados Miembros que ha ratificado la Convención Americana y continúan siendo parte de dicho instrumento. Continúa, un grupo de 20 Estados que ha aceptado la jurisdicción de la Corte Interamericana y su aceptación sigue vigente. Finalmente, un grupo de 7 Estados Miembros que ha ratificado todos los tratados interamericanos de derechos humanos.
Este informe reitera que el alcance de la competencia de la CIDH se extiende a toda la región y en este sentido puede analizar y revisar peticiones relativas a Estados que no han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos y otros instrumentos interamericanos, pero sí ratificaron la Declaración Americana, que es fuente de obligaciones internacionales para todos los Estados miembros de la OEA. Sin embargo, es pertinente señalar que para la CIDH la ratificación universal de los instrumentos interamericanos es indispensable para lograr la protección plena de los derechos humanos de todas las personas en el hemisferio.
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