28 oct 2015

PCM dispone Reglamento para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes

Disponen la publicación en el Portal Institucional de la Presidencia de Consejo de Ministros - PCM- del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30254, Ley de promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes y su exposición de motivos.

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Nº 30254, se aprobó la Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Teconologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes;

Que, según lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, el Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, reglamentará la Ley N° 30254;

Que, conforme al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes y su exposición de motivos hasta por un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), para recoger las opiniones, comentarios y observaciones de la ciudadanía en generaL.

Artículo 2.- Disponer que las opiniones, comentarios y observaciones de la ciudadanía en general se remitan por escrito a Calle de la Prosa N° 136, San Borja, vía fax al (01) 475-1816 o vía correo electrónico a ProyectoNormas@osiptel.gob.pe, y establecer que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL esté a cargo su recepción, procesamiento y sistematización.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDOHH
Presidente del Consejo de Ministros

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