La Ley de prevención, atención y sanción del acoso sexual en los espacios públicos, tiene por objeto prevenir y sancionar el acoso sexual en lugares de uso público (calles, avenidas, parques plazas y otros) y en los medios de transporte público, que afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física y moral de niños, adolescentes y mujeres.
El proyecto propone reprimir con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años a quien, sin propósito de tener contacto carnal, realiza sobre una persona u obliga a esta a efectuar sobre sí misma o sobre un tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos con connotación sexual en cualquier parte del cuerpo.
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