El artículo 93 de la ley señala que en el caso de estudiantes embarazadas, "esta prohíbido rechazar o explusar a las estudiantes embarazadas, debiendo la directora o director de la unidad educativa o fiscal, privada o de convenio y la comunidad eduactiva dar el apoyo necesario a la estudiante para garantizar la continuidad y culminación de sus estudios".
Y, que "la niña o adolescente afectada por rechazo o expulsión deberá presentar su denuncia directamente o a través de terceros en la Dirección Departamental y Direcciones distritales de educación para su respectivo resarcimiento".
Esta normativa será incluída en el Código del Niño, niña y adolescente, así como en la ley contra el racismo y la discriminación.
Fuente Minedu Bolivia: http://www.minedu.gob.bo/documentacion/rm_001_2013.pdf
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