17 dic 2013

Perú: Condenan a un ex capitán del Ejército por desaparición forzada de Santiago Antezana ocurrida en 1984

Por: 
Jo Marie Burt y María Rodríguez
Sentencia reparadora, pero una justicia aún incompleta
En plena audiencia, Rosa Carcausto derramó lágrimas de alegría. El día 12 de diciembre, después de 29 años, su larga lucha por encontrar justicia para su pareja Santiago Antezana, detenido y desaparecido el 7 de mayo de 1984 en Acobamba, Huancavelica, tuvo respuesta. El principal acusado, el capitán del Ejército (r) José Antonio Esquivel Mora —alias “Escorpio” o “Escorpión”, y en aquel entonces jefe del Comando Político Militar de la base de Acobamba—, fue condenado a 15 años de prisión como el autor mediato del crimen.
Los hechos
El 7 mayo 1984 Santiago Antezana Cueto viajó desde Lima, donde vivía hace unos diez años, a su pueblo natal de Manyacc, ubicado en el distrito de Anta, en la provincia de Acobamba, Huancavelica, para asistir al velorio de su padre. Estaba en casa con su tío Máximo Antezana Espesa y otros familiares cuando los ronderos del Comité de Autodefensa ingresaron a su hogar y se llevaron a su tío Máximo, acusándolo de colaborar con Sendero Luminoso. Al tratar de evitar la detención, Santiago también fue detenido.
Los ronderos entregaron a los detenidos a una patrulla del Ejército que estaba por la zona, quienes los llevaron a la base militar de Acobamba. Ocho días después, Máximo Antezana fue liberado. Vio a su sobrino Santiago con vida dentro del cuartel cuando salió libre. Pero desde entonces, su familia y su novia no han vuelto a verlo.
Los familiares de Santiago Antezana nunca dejaron de buscarlo ni exigir justicia. Pero a pesar de las denuncias realizadas ante el Ministerio Público, poco tiempo después de su detención, el caso nunca fue investigado seriamente. Su pareja y conviviente, Rosa Carcausto, puso particular empeño en su búsqueda. Cuando Antezana fue desaparecido, ella tenía 26 años y planeaba casarse con él. Luego de que en el Perú se abriera de nuevo el proceso de judicialización por casos de graves violaciones a los derechos humanos, la COMISEDH, en representación de ella, interpuso una nueva denuncia por la desaparición forzada de Santiago Antezana en el 2004. Recién nueve años después, en mayo del 2013, se inició el juicio oral [2] .
La sentencia recogió lo expuesto por la doctora Carla Oliva, abogada de la COMISEDH, representante de la parte civil, quien mencionó que al desaparecer Santiago también se lesionaron los derechos de Rosa, pues no se casó ni tuvo hijos. Dedicó su vida a buscar respuestas y el paradero de su pareja.
La lectura de sentencia
Minutos antes de que se inicie la lectura de la sentencia, los asistentes se dieron cuenta que el acusado Esquivel Mora no estaba presente, lo cual llamó la atención porque este había asistido a todas las audiencias. Su abogado informó a la Sala que su patrocinado lo había llamado por teléfono indicando que no asistiría a la audiencia, por lo que pidió aplazar la lectura de la sentencia hasta los primeros días de enero.
El fiscal del caso, Víctor Prado, se opuso alegando que la solicitud del acusado era una “afrenta a la etapa de la lectura de la sentencia”. Consideró que debía leerse la sentencia aún sin la presencia de Esquivel. Efectivamente, la ley peruana permite que un acusado no acuda a la lectura de su sentencia para así evitar que el proceso judicial se quiebre en su etapa final. Sin embargo, también es una medida perniciosa, pues muchos acusados aprovechan la flexibilidad de la normativa para darse a la fuga.
Empero, los jueces prosiguieron con la lectura de la sentencia que declaró culpable al acusado ausente. Los magistrados David Loli y María Vidal, en un voto mayoritario, encontraron suficientes indicios para probar la responsabilidad de Esquivel Mora en el crimen; y al no haberse presentado, ordenaron su inmediata captura e impedimento de salida del país.
Testimonios de familiares y soldados que reconocieron a Escorpio
En la sentencia los jueces valoraron los testimonios de los familiares, así como el de algunos soldados que prestaron servicio en la base militar. Esos testimonios demostraron que, al contrario de lo que argumentó la defensa, Esquivel Mora fue el jefe de la base militar de Acobamba y no un oficial más. Y que estuvo presente en la zona en el mes de mayo de 1984.
Los familiares de la víctima fueron testigos de la detención realizada por los ronderos,  que en el lugar eran conocidos como ‘paramilitares’ -porque “paraban con los militares”-. También dijeron que siempre los militares de la base militar les negaron información del paradero de Santiago Antezana, a pesar del testimonio de su tío que también había estado recluido en la base militar. Entre los testimonios, los jueces valoraron especialmente las declaraciones de Rosa Carcausto sobre la detención de Antezana y la larga búsqueda que emprendió para hallar su paradero, por ser un testimonio “consistente y persistente en el tiempo”, pues ella había declarado en varias ocasiones, siempre manteniendo el argumento central de su testimonio.
Durante el juicio, hubo toda una discusión sobre si los militares usaban alias, pues la defensa argumentó que no era necesario que los militares usaran apelativos, ya que en Huancavelica no había ‘conflicto social’. [3]  Sin duda, un argumento que servía como estrategia para no reconocer que Esquivel era ‘Escorpio’ o ‘Escorpión’. Sin embargo, los familiares afirmaron que Esquivel se presentaba ante la población con esos apelativos. Además, los soldados que sirvieron en la base militar con Esquivel afirmaron que, por motivos de seguridad, todos ellos tenían la obligación de usar apelativos y no su verdadero nombre.
Los jueces también valoraron el testimonio de los soldados quienes durante la etapa de instrucción reconocieron al capitán Esquivel como el jefe de la base militar de Acobamba. En juicio oral, durante las confrontaciones, estos mismos soldados cambiaron su versión y dijeron no recordarlo. Sin embargo, los jueces decidieron que la primera manifestación era más creíble y no valoraron la versión cambiada durante el juicio oral.
Otra evidencia importante fue la hoja de eficiencia de Esquivel Mora, que indicaba que en 1984 era jefe de la base contrainsurgente de Acobamba y el jefe del Comando Político Militar de dicha zona. Como en esta ocasión, en otros casos se ha visto la importancia de los documentos como elementos probatorios en los juicios. Y seguimos siendo testigos de la deficiencia del Estado en responder las solicitudes del Ministerio Público y el Poder Judicial, y de brindar esos documentos para facilitar la investigación y resolución de estos casos [4] .
Tomando en cuenta ese cúmulo de evidencias, los jueces en su mayoría determinaron que se comprobó la detención de la víctima y su reclusión. Así también, se determinó que Esquivel Mora abusó de su posición de mando como jefe de la base militar y por tanto, se comprobó la autoría mediata del delito. El acusado fue sentenciado a 15 años de prisión y al pago de 6,000 soles a los familiares directos de Santiago Antezana y 50,000 soles en favor de Rosa Carcausto.
El voto en minoría
El juez Rómulo Carcausto, tercer miembro del colegiado, no estuvo de acuerdo con sus colegas. Consideró que el acusado Esquivel debía ser absuelto ya que si bien se había comprobado que él era jefe de la base militar de Acobamba, no había indicios de que los ronderos entregaron detenidos a soldados que estaban en la zona. Más adelante dudó de la detención misma, al manifestar que tampoco se había comprobado la existencia de las rondas campesinas en ese entonces.
También desestimó la versión de los testigos de oídas, particularmente de Rosa Carcausto, quien había recogido la historia de detención de parte del otro protagonista, Máximo Antezana. Este último no había estado en el juicio oral para dar su testimonio, por ello el juez supuso que no había concordancia entre el testigo fuente y el testigo referencial, es decir entre Máximo Antezana y Rosa Carcausto.
La inasistencia de Máximo Antezana al juicio, un testigo clave de la detención y desaparición forzada de su sobrino Santiago, nos lleva a reflexionar sobre otro grave problema que persiste en la gran mayoría de casos de graves violaciones a los derechos humanos. La lentitud del Ministerio Público en hacer las investigaciones y del Poder Judicial en llevar los casos a juicio oral, induce a que los juicios que se desarrollan sean de hace 20, 25 o 30 años atrás. Por lo tanto, muchas veces ocurre que los testigos clave fallecen o se enferman, lo que imposibilita su testimonio en el juicio oral. Frente a esta situación, si un testimonio se ha dado en las etapas anteriores del proceso, éstas deben ser consideradas en el juicio. Y nos llama la atención que el juez de este caso trate de desestimar testimonios de las personas que no han llegado al juicio oral, pues está desconociendo el derecho de las víctimas de acceder a justicia en casos tan complejos como son los referidos a crímenes de lesa humanidad.
Las palabras de la Rosa Carcausto
Rosa Carcausto salió de la Sala Penal Nacional con lágrimas en los ojos. Después de un largo abrazo con su representante legal, la doctora Carla Oliva, nos manifestó: “Me siento aliviada, porque tantos años se ha esperado por justicia. A lo menos que [Esquivel] sienta lo que hemos sentido durante los 29 años que han pasado por la desaparición de mi esposo…. Ha sido una buena sentencia. El fiscal [Víctor Prado] ha puesto empeño en defender los derechos humanos”.
Se hizo justicia para Santiago Antezana. Sin embargo, como en muchos casos de desaparición forzada, los restos de la víctima no han sido encontrados. Una medida de reparación debería ser que la Sala exija a los condenados revelar lo que saben sobre la detención y paradero final de los desaparecidos. Los familiares tienen derecho a saber toda la verdad sobre sus seres queridos. El derecho a la justicia debería ir de la mano con el derecho a un entierro digno. Si no, se trata de justicia a media.

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