El pasado mayo el Poder Ejecutivo anunció siete medidas para promover la inversión en nuestro país, en un intento por superar la desaceleración que atravesaba el crecimiento económico nacional en el primer trimestre del año . Una de esas iniciativas ha sido la modificación del sistema nacional de protección del Patrimonio Arqueológico. A continuación, un análisis de esta medida que involucra directamente al legado histórico y cultural del que somos herederos todos los peruanos.
Entre las medidas tomadas por el gobierno para promover la inversión el pasado mayo, destacan los decretos supremos 054 y 060 que modifican el procedimiento administrativo de obtención del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), seguido ante el Ministerio de Cultura (MINCU), reduciendo sus plazos de emisión de 30 a 20 días y transitando del silencio administrativo negativo al silencio administrativo positivo en caso de ausencia de pronunciamiento expreso del MINCU.
¿Cómo era antes? Si un particular o una entidad del Estado tenía intenciones de realizar un proyecto de inversión (por ejemplo, construir una carretera, una hidroeléctrica, etc.), debía iniciar un procedimiento administrativo ante el MINCU para la obtención del CIRA, que no es sino una evaluación arqueológica del terreno en el que se ejecutará el proyecto de inversión, con el fin de determinar la existencia o no de vestigios arqueológicos. Una vez evaluado el terreno, el MINCU daba al administrado una respuesta: en el área existen o no existen restos arqueológicos. Si por alguna razón el MINCU no cumplía con emitir una respuesta formal en el plazo de 30 días, que era el plazo de vigencia del procedimiento, operaba el silencio administrativo negativo, es decir, la solicitud del administrado era declarada infundada.
¿Cómo es ahora? Con la promulgación de los mencionados decretos supremos, el plazo de vigencia del procedimiento se reduce a 20 días y, sí en ese tiempo no hay un pronunciamiento formal del MINCU sobre la existencia o no de vestigios arqueológicos en el terreno, el pedido del administrado se ve satisfecho, es decir, opera el silencio administrativo positivo. Con el añadido que, de comprobarse la existencia de tales restos y emitirse el CIRA en esos términos, el titular del proyecto de inversión debe presentar un Plan de Monitoreo Arqueológico, el cual debe ser aprobado formalmente por el MINCU dentro de un plazo no mayor de 10 días, funcionando el silencio administrativo positivo, es decir, dándose por aprobado dicho Plan si es que no hay pronunciamiento de la autoridad.
¿Qué implicancias y qué impactos tienen estos decretos supremos? ¿Si resultan favorables para la inversión en tanto reducen trabas burocráticas y administrativas por qué son cuestionados por diversos organismos que defienden el Patrimonio Arqueológico?
En primer lugar, el Poder Ejecutivo parece desconocer el momento particular que vive el MINCU, una cartera joven (creada en el 2010) que carece en la actualidad de los recursos, personal, tecnología y presupuesto necesarios para realizar exitosamente su primera labor, la cual es defender el patrimonio cultural de nuestro país mediante la formulación, dirección y planeación de políticas nacionales y sectoriales.
El MINCU está rebasado por la realidad: de los 366 sitios arqueológicos que existen en Lima Metropolitana, el 60% está en riesgo de ser invadido por traficantes de terrenos; solo el 12% del total de sitios se encuentra debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP); y, además de su situación legal, las huacas de Lima tienen un grave problema de delimitación, al punto que un solo porcentaje mínimo se encuentra demarcado y protegido por los correspondientes hitos. Las cifras y los hechos, manejados por la Dirección de Arqueología del MINCU , no dejan espacio para la mentira o la exageración y son el reflejo del preocupante estado de nuestro patrimonio arqueológico limeño. Si esto es así en la capital de la República, ¿se imaginan el estado de cosas en otros departamentos de nuestro país?
Hace pocos días fuimos testigos de una prueba tangible de la advertida debilidad del MINCU. El Sitio Arqueológico El Paraíso, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, sufrió un grave atentado . Una de las pirámides de este complejo, el más antiguo de Lima Metropolitana, fue destruida sin el menor remordimiento por un grupo de personas no identificadas detrás de las cuales se asoma intereses inmobiliarios. Así, pese a que dicho complejo ya venía siendo amenazado desde meses atrás, el MINCU no fue capaz de ofrecer la seguridad necesaria para El Paraíso, complejo arqueológico elegido por el Ministerio como su primer proyecto de inversión pública desde finales del 2012. ¿Cómo fue posible que un atentado de esa naturaleza pudiera ocurrir en las propias narices del MINCU, organización que venía velando por la recuperación y restauración de este sitio? Si en un lugar que es calificado por el MINCU como proyecto bandera ocurre ello, ¿qué podrá suceder en aquellos sitios en los que la presencia del MINCU en materia de proyectos es nula?
En fin, más allá de los (pocos) casos que sí merecen destacarse positivamente –un ejemplo es Palomino, en el Centro de Lima-, la labor del MINCU es deficiente y pobre en términos de defensa del patrimonio cultural, tanto en la elaboración de proyectos vinculados a puestas en valor como en mecanismos de obtención de financiamiento.
Antes de, o paralelamente a la promulgación de los mencionados decretos supremos 054 y 060, el gobierno debió fortalecer institucional y financieramente al MINCU, es decir, revertir su estado de debilidad y de pariente pobre. No lo ha hecho. Ha preferido sumarle responsabilidades mayores y acortarle los plazos de decisión, sin concederle un funcionario más y sin dotarlo de un sol más. Ahora, para salvar el patrimonio arqueológico, el insuficiente e ineficiente MINCU deberá revisar sí o sí todos los pedidos de CIRAS que le lleguen y emitir el pronunciamiento que corresponda en el breve plazo dispuesto. De no hacerlo, operará el silencio positivo y el administrado podrá meter un bulldozer al terreno con el peligro de la destrucción de invalorables vestigios arqueológicos.
Sin personal y sin recursos, ¿qué y cómo hará el MINCU? ¿Será posible remontar las condiciones de vulnerabilidad en la que hoy se encuentra la defensa del patrimonio arqueológico y, de paso, se hará frente a los nuevos retos que plantea los decretos supremos 054 y 060? Difícil. Más aun si se tiene en cuenta que en diversas regiones del país las solicitudes del CIRA se incrementan de manera notable, como nos muestran los casos de San Martín y Junín, donde las solicitudes del CIRA se han elevado en 600% y 50%, respectivamente.
Quienes cuestionan la decisión del gobierno y la concreta promulgación de estos decretos supremos no niegan la importancia de la inversión en nuestro país ni, por supuesto, se oponen a ella; tampoco están en contra de la necesidad de romper con las trabas burocráticas que contaminan nuestra administración pública. Lo que sí critican, con justicia, es el erróneo planteamiento que subyace en tales normas: la presentación de una imagen negativa del patrimonio cultural como sinónimo de obstáculo para el desarrollo; así como la no adecuación del MINCU a los nuevos tiempos y responsabilidades, lo que incrementa el peligro de que en la práctica la promoción de la inversión –versión Ollanta Humala- termine afectando nuestro patrimonio arqueológico.
Organismos de la talla del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS PERÚ) tienen razón, también, al señalar la falta de espíritu de diálogo del Poder Ejecutivo para la redacción de estos decretos supremos . En verdad, ni el Presidente Ollanta Humala ni el entonces Ministro de Cultura, Luis Peirano, mostraron algún interés de escuchar recomendaciones o intercambiar puntos de vista sobre la materia.
Ojalá la nueva Ministra de Cultura, Diana Álvarez Calderón, escuche los cuestionamientos de la sociedad civil y se convenza de la necesidad de modificar los decretos supremos; al tiempo que, en una línea más general, siente las bases de un sistema nacional de cultura para que el MINCU mejore sus vínculos con los gobiernos regionales y locales, así como con sus propias direcciones regionales, porque el rol de todas estas entidades es vital para conseguir la protección del patrimonio cultural del país.
Cuando hablamos de ‘defender’ el patrimonio cultural no nos referimos únicamente a la intervención sobre lo material o lo físico, sino también a construir ciudadanía, sentar las bases para mejorar las condiciones de vida de las personas y promover la identidad. El patrimonio cultural tiene un uso que está al alcance y goce de la población. Es desarrollo y progreso.
Por: Marco Gamarra Galindo.
Estudiante de Derecho PUCP y Coordinador del Colectivo Cultural Salvemos Lima.
Estudiante de Derecho PUCP y Coordinador del Colectivo Cultural Salvemos Lima.
Fuente Enfoque Derecho de Themis: http://enfoquederecho.com/el-patrimonio-arqueologico-a-la-luz-de-los-decretos-supremos-054-y-060/
Οtras publicacіones me gustaron algo mas pero no esta mall ;)
ResponderEliminarFuente :: Pedro