La Corte Suprema de Chile rechazó un recurso de queja presentado por el canal de televisión Mega en contra de tres ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, quienes -en el ejercicio de su labor- ratificaron multa de 200 Unidades Tributarias Mensuales aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), en contra de la estación televisiva por la cobertura del incendio de la cárcel de San Miguel en diciembre de 2010, la que fue calificada de “sensacionalista y truculenta”.
En fallo unánime (causa rol 6030-2012), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Juan Eduardo Fuentes, Carlos Cerda (suplente) y el abogado integrante Jorge Baraona, rechazaron el recurso presentado.
“Que revisadas por esta Corte las imágenes que constituyen el objeto de reparo del Consejo Nacional de Televisión, es posible constatar la presencia del factor de reproche que se les atribuyó, cual es la intromisión y sobreexposición del estado de extrema vulnerabilidad emocional de los familiares de los internos que se hallaban en el recinto carcelario afectado por un incendio. No se cuestiona que las imágenes difundidas resultaran por sí mismas dramáticas, conmovedoras e incluso violentas, atendido el desenvolvimiento del suceso que se estaba informando y que fue de trascendencia pública. Lo censurable fue la manera en que se informó. El material audiovisual en cuestión –cuya descripción aparece en el proceso en que incide este arbitrio, Rol N° 1856-2011 de la Corte de Apelaciones de Santiago, tenido a la vista- presenta claramente las características de truculencia, entendida como la exaltación o abuso del sufrimiento; de sensacionalismo, entendido como la tendencia a producir un mayor impacto o impresión de la noticia; y de ofensa a la dignidad de las personas, desde que se observa un acercamiento y seguimiento irrespetuoso e impertinente de los familiares de los reclusos, con una excesiva reiteración de imágenes íntimas del dolor y desconsuelo que experimentaban quienes eran notificados de lo acaecido con sus parientes o de quienes clamaban por información. Lo anterior revela un claro menoscabo de la dignidad de estas personas al ser expuestas continuamente por la pantalla de televisión en los momentos en que no podían dominar sus emociones”, dice la sentencia del máximo tribunal.
Tomado de la página web del Poder Judicial de Chile:http://www.poderjudicial.cl/ modulos/Home/Noticias/PRE_ txtnews.php?cod=4580&opc_menu= &opc_item=
Queja Mega Carcel San Miguel
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