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6 feb 2014
Caretas: Lo Que Dijeron en La Habana
1 feb 2014
Caretas. En el Triángulo peruano
31 ene 2014
Traducción del Fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso del “Diferendo Marítimo” (Perú c. Chile)
Decisión sobre el fondo.
La presente traducción es una versión no corregida.
Se publicará en el próximo volumen del ACDI - Anuario Colombiano del Derecho Internacional Ricardo Abello - Galvis, Walter Arévalo Ramírez, Andrés Sarmiento Lamus, Giovanni Andrés Vega Barbosa y NIcolás Córdoba Pineda - Traductores.
(La presente traducción es exclusivamente para fines de divulgación y no tiene carácter oficial).
Fuente Anuario Colombiano de Derecho Internacional - ACDI: http://www.anuariocdi.org/anuario2012/Diferendo%20Peru%20-%20Chile(v.1).pdf
Caretas. Historia Secreta de un Fallo
30 ene 2014
Lectura del fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en el diferendo marítimo Perú – Chile
Lectura del Fallo en español, versión no oficial.
Fuente Ministerio de RREE: http://www.rree.gob.pe/noticias/Documents/Lectura_del_Fallo_No_Oficial.pdf
27 ene 2014
CIJ: Resumen de la sentencia sobre diferendo marítimo entre Perú y Chile
La Corte, por 15 votos a favor y 1 en contra, "Decide que el punto de partida de la frontera marítima única que delimita el respectivo zonas marítimas entre la República del Perú y la República de Chile es la intersección con el paralelo de latitud que pasa por Hito N º 1 con la línea de bajamar".
La Corte, por 15 votos a favor y 1 en contra, "Decide que el segmento inicial de la frontera marítima única sigue el paralelo de latitud que pasa por Hito N º 1 hacia el oeste".
La Corte, por 10 votos a favr contra 1, "Decide que ese segmento inicial se extiende hasta un punto (Punto A), situado a una distancia de 80 millas náuticas desde el punto de partida de la frontera marítima única".
La Corte, por 10 votos a favor y 6 en contra, "Decide que desde el punto A, la frontera marítima única seguirá hacia el sudoeste a lo largo de la línea equidistante de las costas de la República del Perú y la República de Chile, medidos a partir de ese momento, hasta su intersección (en el punto B) con el límite de 200 millas marinas medidas desde las líneas de base a partir del cual el mar territorial de la República de Chile se mide. Desde el punto B, la frontera marítima única seguirá hacia el sur a lo largo de ese límite hasta que alcance el punto de intersección (punto C) de los límites de 200 millas marinas medidas desde las líneas de base a partir del cual el mar territorial de la República del Perú y la República de Chile, respectivamente, se miden"Decide que, por las razones expuestas en el apartado 189 [de la misma sentencia], no tiene por qué pronunciarse sobre la segunda presentación definitiva de la República de Perú".
Summary CIJ La Haya by sofiabloem
Fuente Corte Internacional de Justicia de la ONU: http://www.icj-cij.org/docket/files/137/17958.pdf
#LaHaya
Fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre diferendo marítimo entre Perú y Chile
Fuente Corte Internacional de Justicia - CIJ: http://www.icj-cij.org/
Comunicado de Prensa: La Corte determina el curso de la frontera marítima única entre el Perú y Chile
Fuente Corte Internacional de Justicia - ONU: http://www.icj-cij.org/
26 ene 2014
“La Haya y el valor de la juricidad internacional”
Felizmente el Perú no siguió en estos años aquel consejo insistente que repiten sin cansancio ni rubor ciertos chapuceros que todavía viven en la época de la guerra fría, y así mismo corrigió a tiempo el estropicio cometido por Fujimori cuando en su gobierno alejó culpablemente al Perú del sistema interamericano. El Perú tiene su hoja formalmente limpia en la relación con los tratados y los organismos internacionales, con los cuales mantiene una relación de mutuo respeto bajo el principio de acatamiento a los compromisos internacionalmente adquiridos, no ha pateado ningún tablero normativo de la comunidad internacional como lo proponen a gritos algunos irresponsables, y tiene gracias a ello autoridad para exigir de otros países que cumplan lo que los tribunales internacionales disponen.
¡Menudo lío en que estaríamos metidos ahora, tratando de conciliar una actitud principista frente al conflicto limítrofe marítimo con Chile en La Haya, y el oportunismo más descarnado frente al sistema interamericano en asuntos sensibles de derechos humanos!
Nuestro país tiene un interés fundamental en fortalecer la juridicidad internacional. Este ha sido uno de los objetivos perseguidos una y otra vez por la política internacional de nuestro país, a pesar de los tropiezos de las dictaduras y la incoherencia de nuestros políticos. Esta búsqueda de una comunidad internacional basada en la juridicidad es parte de las lecciones y enseñanzas de nuestra historia. Por nuestra posición geográfica central y expuesta a cinco fronteras, por el proceso secular y conflictivo de demarcación de esas mismas fronteras, por las riquezas naturales de que disponemos y que con frecuencia atrajeron la ambición de políticos de otros países, por la fragilidad de nuestro desarrollo institucional y de nuestra defensa nacional, y porque aspiramos al desarrollo en lugar de gastar nuestros pocos recursos en armamento, por todo ello y muchas otras razones, a nuestro país le conviene la existencia de una comunidad internacional cada vez más respetuosa de las normas del derecho internacional, donde la fuerza bruta de las armas y los ejércitos tengan la menor fuerza posible frente a la fuerza del derecho.
La segunda mitad del siglo XX fue un momento favorable, como ningún otro en la historia universal, para la conformación de una comunidad internacional basada en la juridicidad. La conformación de los organismos internacionales y regionales con sus respectivos foros de estados y sus organismos especializados para resolver conflictos entre las naciones o entre las naciones y sus pueblos, se ha dado con una fuerza sin precedentes en este periodo, y el Perú se inscribió en ese proceso. Nuestro país debe seguir contribuyendo a ese proceso de consolidación e imperio del derecho internacional con madurez y coherencia. Hacerlo es trabajar en función de nuestra propia seguridad nacional y, no hace falta decirlo, en pro de la prosperidad y los derechos de nuestro pueblo.
Columna de Ronald Gamarra en Diario 16, publicado el domingo 26 de enero de 2014.
RREE: El Contencioso sobre Delimitación Marítima entre el Perú y Chile ante la Corte Internacional de Justicia
Fuente Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú: http://www.rree.gob.pe/noticias/Documents/triptico_informativo_peru_la_haya.pdf
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