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6 jun 2021

Perú: MINEDU aprueba lineamiento sobre Educación Sexual Integral para la educación básica

Mediante Resolución Ministerial N° 169-2021-MINEDU, se aprobó los "Lineamiento sobre Educación Sexual Integral para la Educación Básica".

La Asamblea General de las Nacioens Unidas (2010), refiere que la educación sexual es parte del derecho a la educación y a la vez es un derecho humano en sí mismo, que presenta una condición habilitante para acceder a otros derechos, como el derecho a la salud, el derecho a una vida libre de violencia, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, entre otros.

El objetivo de la norma es establecer orientaciones para la implementación pertinente y oportuna de la educación sexual integral en las instituciones y los programas educativos de educación básica, tanto públicas como privadas, en sus diversas modalidades, niveles, ciclos y modelos de servicios educativos, que permita la vivencia de la sexualidad de manera segura, responsable y saludable, de acuerdo con la etapa de desarrollo y madurez de las y los estudiantes.

RVM N° 169-2021-MINEDU Lineamientos ESI  on Scribd

Fuente MINEDU: 

21 oct 2020

MINEDU: Actualización de la implementación de los lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes

Mediante Resolución Ministerial N° 421-2020-MINEDU, se aprobó el Plan de trabajo para la implementación de los lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes.

Dicho Plan esta acorde con la protección de las niñas, niños y adolescentes frente a toda forma de violencia, debido a que constituye un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado peruano.

De acuerdo al MINEDU, a través del portal SíseVe, informó que desde setiembre del 2013 hasta junio del 2020, se han reportado 39 479 casos de violencia escolar. De esta cifra, el 53% corresponde a casos de violencia entre escolares (20 765) y el 47% corresponde a casos de violencia en donde el agresor fue un adulto de la institución educativa (18 714).

Y en relación a los tipos de violencia reportados en el portal SíseVe, el 51% de casos corresponde a violencia física (20 136), el 33% a violencia psicológica (13 180) y el 16% a violencia sexual (6163). Del número total de casos de violencia sexual reportados (6163), el 70% tuvo como agresor a un adulto que laboraba en la institución educativa (4294).

El objetivo dicho Plan es contar con un instrumento que permita planificar y monitorear la implementación de acciones para la promoción de la convivencia escolar, la prevención, sanción, atención y erradicación de la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso contra niñas, niños y adolescentes.


17 jul 2020

MINEDU: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes

Mediante resolución Ministerial N° 274-2020- MINEDU, se aprobó la actualización del Anexo 03 sobre "Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes" de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra las Niñas, Niños y Adolescentes.

Fuente El Peruano: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-la-actualizacion-del-anexo-03-protocolos-para-la-resolucion-ministerial-n-274-2020-minedu-1871455-1/

18 dic 2019

Perú: Actualización del Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas Niños y Adolescentes


Mediante RESOLUCION MINISTERIAL N° 603-2019-MINEDU, se aprueban la actualización del Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas Niños y Adolescentes

Se requiere una estrategia integral para abordar la problemática de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes que ocurre o se detecta en las instituciones educativas. Par ello, no solo se debe considerar la atención de la urgencia ya ocurrida, sino prevenir las manifestaciones de la violencia en todas sus formas y en promover relaciones positivas para una sana convivencia. 

Frente a esta problemática y considerando la necesidad de implementar de manera ordenada medidas que sean efectivas en las instituciones educativas de nuestro país, se presenta a actualización del Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas Niños y Adolescentes. De esta manera, se buscar articular acciones vinculadas a la promoción de la convivencia escolar, la prevención y la atención oportuna y pertinente de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes, entre las distintas direcciones del Ministerio de Educación, en coordinación con los programas y servicios del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 
El fin es contar con un instrumento para planificar y monitorear la implementación de acciones para la promoción de la convivencia escolar, la prevención, sanción, atención y erradicación de la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso contra niñas, niños y adolescentes. 




Fuente El Peruano: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas

26 sept 2019

Perú ENDES 2018: Desarrollo infantil temprano en niñas y niños menores de 6 años de edad

En el año 2016, el gobierno peruano aprobó los Lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental Orientada a Promover el Desarrollo Infantil Temprano, denominados "Primero la Infancia”. Estos lineamientos fueron elaborados por una comisión integrada por 10 sectores del Estado, con el objetivo de orientar los resultados que garanticen el adecuado desarrollo de las niñas y los niños desde su concepción hasta los 5 años de vida.

Los Lineamientos definen 7 resultados o áreas de desarrollo:
  • Nacimiento saludable
  • Apego seguro
  • Adecuado estado nutricional
  • Comunicación verbal efectiva
  • Camina solo
  • Regulación de emociones y comportamientos y
  • Función simbólica.
Además, los Lineamientos establecen un periodo de vida o tramo evolutivo clave en el cual el organismo de la niña o el niño está en su mejor momento para el logro de cada uno de estos resultados. Finalmente, los Lineamientos mencionan la existencia de ciertos factores asociados a los resultados que actuarían como situaciones o condiciones que facilitan o limitan el logro de cada uno de los resultados.

Con la finalidad de obtener información sobre el DIT en el Perú, se diseñó y validó el Módulo de Desarrollo Infantil Temprano (Módulo DIT) para ser incluido en la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar – ENDES. La primera versión fue usada entre los años 2015 y 2017 y, luego de un proceso de revisión y validación, se implementó la segunda versión que es utilizada desde el año 2018. El Módulo DIT permite medir 5 de los 7 resultados definidos en los Lineamientos “Primero la Infancia”; además, permite evaluar factores asociados para cada periodo de vida.

Los resultados referidos a Nacimiento saludable y Adecuado estado nutricional son evaluados en la ENDES, con anterioridad a la implantación del Módulo DIT. Las preguntas del Módulo DIT (versión 2), están divididas en 6 “tramos” o períodos de edad, relacionados con el logro de los resultados priorizados en los Lineamientos.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en su condición de órgano rector del Sistema de Estadístico Nacional, pone a disposición de las autoridades, instituciones públicas y/o privadas y usuarios en general el documento: Desarrollo Infantil Temprano en niñas y niños memores de 6 años – ENDES 2018, elaborado con la información recopilada en el Cuestionario Individual de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES).
Cita:
- "El nivel educativo de la madre da cuenta que el 60,9% de las que tienen solo Primaria o menos no ejercen conductas de castigo físico hacia su hija/o de 24 a 71 meses de edad".


Este documento forma parte de las acciones conjuntas que viene implementando el INEI y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, con el de objetivo medir 5 de los resultados contemplados en los Lineamientos para la Política Nacional – Primero la Infancia. 

18 ago 2019

Perú: Diseño Curricular Básico Nacional de la Formacxión Inicial Docente

Mediante Resolución Ministerial N° 204-2019-MINEDU, se aprobó el Diseño Curricular Básico Nacional de la Formación Inicial Docente - Programa de Estudios de Educación Primaria.

29 oct 2018

Minedu: 780 docentes retirados por tener sentencias de abuso sexual

Ministro de Educación Daniel Alfaro señala que los profesores con delito de abuso sexual no enseñarán en colegios públicos.

El ministro de Educación, Daniel Alfaro reveló que a nivel nacional retiraron a 780 docentes, por tener sentencias judiciales por el delito de abuso sexual.

De este total, 14 fueron maestros de de Arequipa. Además, manifestó que mientras el proceso de investigación se ventila en la Fiscalía, los profesores han sido separados temporalmente.

Durante su visita a Arequipa para conocer detalles de la Red de Auxilio Rápido contra la Violencia que se activó en Arequipa, Alfaro aseguró que el trabajo contra la violencia psicológica, física y sexual es una política de Gobierno y por ello se contrató 237 psicólogos para 22 unidades locales de gestión pedagógica, con el fin de que trabajen en la aplicación del protocolo de convivencia y protección escolar.

Además, adjuntamos el Código de Ética del Ministerio de Educación aprobado en octubre del presente, aprobado mediante resolución ministerial N° 549-2018-MINEDU.



Fuente Correo escribe Nelly Hanco.

5 jul 2018

MINEDU y MIMP: Hacia una educación de calidad y sin violencia

Convivencia escolar

Otra acción importante que ha realizado el Gobierno es la aprobación de lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes, los cuales deberán aplicarse en instituciones educativas públicas y privadas.

Este plan ha sido elaborado por el Ministerio de Eduacación (MINEDU) y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

Para lograr una educación libre de violencia se ha contratado a más de 220 psicólogos, asistentes sociales y otros especialistas. Asimismo, el Minedu ha capacitado a 13,000 directores para mejorar sus habilidades en el manejo de la convivencia escolar.

7 abr 2017

MIMP: Historieta "María aprende a cuidarse"

Documento elaborado desde el Resultado esperado N°21: "Se reduce el número de niñas, niños y adolescentes que son víctimas de violencia sexual". PNAIA 2021.

Ministerio de Educación (MINEDU), Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, Programa Integral Nacional  para el Bienestar Familiar, Grupo de Iniciativa por los Derechos del Niño, Asociación Paz y Esperanza, Acción por los Niños y el Instituto Promoviendo Desarrollo Social (IPRODES).

Fuente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: http://www.mimp.gob.pe/

3 ago 2016

Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú “REPAEDUCA 2016 - 2021”

Aprueban el Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las víctimas de la Violencia en el Perú "REPAEDUCA 2016 - 2021", mediante Resolución Ministerial Nº 351-2016-MINEDU.

Visto el Informe Nº 588-2016-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OBPREG de la representante del Ministerio de Educación ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; y el Informe Nº 325-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones-PIR, se establece el marco normativo del PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el periodo de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; precisando que, entre los programas que componen el PIR se encuentra el Programa de Reparaciones en Educación; 

Que,  a través del Decreto Supremo N° 011-2004-PCM se conformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; entre sus miembros, cuenta con un representante del Ministerio de Educación. Dicha Comisión tiene entre sus funciones, coordinar, efectuar el seguimiento y monitorear, a través de su Secretaría Ejecutiva, la formulación, ajuste e implementación del PIR, por parte de los Sectores del Estado competentes; 

Que, con Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprobó el Reglamento de Ley N° 28592, en cuyo artículo 17 regula el Programa de Reparaciones en Educación, el mismo que tiene por objetivo dar facilidades y brindar nuevas o mejores oportunidades de acceso a las víctimas y sus familiares que como producto del proceso de violencia perdieron la posibilidad de recibir una adecuada educación o de culminar sus estudios primarios, secundarios, superior técnica y/o universitaria; se ejecuta a través de las instituciones de educación pública; y puede aplicarse en instituciones privadas cuando éstas, voluntariamente, así lo establezcan; 

Que, el artículo 18 del citado Reglamento señala que, son beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación: a) los beneficiarios individuales que por razón del proceso de violencia tuvieron que interrumpir sus estudios; b) los hijos de la víctima fallecida o desaparecida; y c) los hijos producto de violación sexual de una víctima de violación sexual;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del referido Reglamento, constituyen modalidades del Programa de Reparaciones en Educación: a) reserva de vacantes en los exámenes de admisión en instituciones educativas públicas de nivel técnico y superior; b) exoneración de pagos de matrícula, pensiones, derecho de examen de ingreso, grados y títulos académicos, y certificados de estudios; además de los servicios de comedor y vivienda, en los casos que correspondan, en instituciones educativas públicas de nivel básico, técnico y superior; c) otorgamiento de becas; d) acceso prioritario a educación para adultos y capacitación técnico productiva; y, e) acceso prioritario a oportunidades de calificación laboral adecuada;

Que, el artículo 4 del Decreto Ley N° 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece que el Ministerio de Educación formula las políticas nacionales en materia de educación, deporte y recreación; y conforme al artículo 5 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones, desarrollar políticas que promuevan la capacitación, profesionalización y perfeccionamiento del Magisterio; así como, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normatividad y actividades en materia de educación, deporte y recreación; 

Que,  conforme a lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica; 

Que, en atención al marco normativo citado, se ha elaborado el Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú denominado “REPAEDUCA 2016-2021” conforme al Programa de Reparaciones en Educación, como componente del Plan Integral de Reparaciones.

Que, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú 
Apruébese el Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú “REPAEDUCA 2016-2021”, en el marco del Programa de Reparaciones en Educación conforme a la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones-PIR, el mismo que como Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- De la implementación del Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú
La Secretaría de Planificación Estratégica es responsable de coordinar y articular los avances de implementación del Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú “REPAEDUCA 2016-2021”, aprobado por la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

15 dic 2014

ONU felicita a Perú por su Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos

12 de diciembre de 2014. El Secretario General de las Naciones Unidas felicitó a Perú por el lanzamiento del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos y aseguró que respalda esta inicitiva.  En un discurso pronunciado en el Colegio Antenor Orrego, en Lima, acompañado por el Presidente del país Ollanta Humala, Ban Ki-moon advirtió que en todo el mundo los que más necesitan protección son los que menos saben de los instrumentos que existen para proteger los derechos humanos. 

Por eso el títular de la ONU destacó la importancia de la educación para evitar las violaciones a los derechos humanos como parte de una política integral para proteger a las poblaciones más vulnerables.

"La educación en derechos humanos ayuda a las personas de todo el mundo a aprender sobre los estándares fundamentales y adquirir los conocimientos necesarios para alcanzarlos. Fortalece los valores y refuerza las actitudes que defienden los derechos humanos" dijo Ban.

Adjuntamos el Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos de Perú: 


Fuente MINJUS: http://www.minjus.gob.pe/