San José, Costa Rica, 18 de abril de 2022.- En la Sentencia notificada en
el día de hoy en el Caso Federación Nacional de Trabajadores Marítimos y
Portuarios (FEMAPOR) Vs. Perú, la Corte Interamericana de Derechos Humanos
encontró al Estado de Perú responsable internacionalmente por la violación de los
derechos a las garantías judiciales, protección judicial, al trabajo y a la
propiedad privada, en perjuicio de 4.0901 trabajadores marítimos y portuarios,
por la falta de cumplimiento de una sentencia de amparo de la Corte Suprema de
la República del Perú, emitida el 12 de febrero de 1992, que estableció la
manera de calcular el incremento adicional de la remuneración a favor de dichos
trabajadores
La Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró que el Estado peruano es responsable por el incumplimiento con la garantía del plazo razonable en la ejecución de la sentenica de 12 de febrero de 1992. El Tribunal advirtió que cuando se está en presencia de personas, como son las víctimas en el presente caso, es exigible un criterio reforzado de celeridad en todos los procesos judiciales y administrativos, incluyendo la ejecución de sentencias.
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Fuente Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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