CIDH: Los Estados de las Américas deben actuar para combatir la impunidad de la violencia sexual en contextos de conflicto o dictadura
Washington,
D.C. - En el Día Internacional de la Mujer, la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) urge a los Estados a garantizar el acceso a la justicia
de las sobrevivientes de violencia sexual y reproductiva cometida en periodos
de conflicto interno armado o dictaduras. Ello observando el enfoque de género
y la debida diligencia estricta, con el objetivo de reducir la impunidad,
prevenir la repetición de la violencia y avanzar en la consolidación de
sociedades más democráticas e igualitarias.
La
violencia sexual y reproductiva, en estos contextos, no ocurre de manera
aislada o extraordinaria; es el resultado del agravamiento de un continuo de
violencia que deriva de la discriminación histórica y estructural, enraizada en
la cultura patriarcal y machista, que las subordina bajo nociones
estereotipadas de inferioridad. La misma se potencializa cuando están presentes
otros factores interseccionales de vulnerabilidad, y se manifiesta de diversas
formas, como en hechos de violación, tortura sexual, prostitución forzada,
embarazos o abortos forzados, esterilizaciones forzadas, uniones forzadas y
esclavitud sexual y/o doméstica.
En
tiempos de conflicto armado interno o dictadura, las prácticas generalizadas o
sistemáticas de violencia sexual que se conocieron están marco más amplio de
discriminación, que se caracterizan por su invisibilización y por las altas
tasas de impunidad. En estos casos, además de constituir una violación grave a
derechos humanos, la violencia sexual puede llegar a constituir un crimen de
lesa humanidad.
Al
respecto, los Estados deben investigar todos los hechos graves contra la
integridad personal, en particular los casos de violaciones graves a derechos
humanos ocurridos y/o dentro de patrones sistemáticos o generalizados de
violencia contra las mujeres, así como enjuiciar y sancionar a las personas
responsables para prevenir de forma contundente la repetición de los hechos. En
este sentido, un aspecto fundamental del acceso a la justicia de las
sobrevivientes de violencia sexual es cumplir con el deber de debida diligencia
estricta, mediante la investigación pronta, seria e imparcial de los hechos, y
el juzgamiento y sanción de los responsables.
Ante
la complejidad propia de los contextos transicionales, el deber de debida
diligencia requiere tomar en cuenta el marco de violencia sistemática y
generalizada en el que ocurre la violencia sexual. Ello de manera que permita
desentrañar las estructuras que facilitaron las violaciones, no solo sancionar
a los perpetradores inmediatos. Asimismo, tal como ha indicado la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, en contextos de violencia generalizada
contra las mujeres deben investigarse específicamente y de oficio las
implicaciones de género presentes en hechos violentos contra mujeres, para lo
cual debe incorporarse la perspectiva de género de manera transversal en los
procesos de administración de justicia.
En
esta oportunidad, la Comisión Interamericana urge a los Estados a investigar,
juzgar y sancionar la violencia sexual y reproductiva contra las mujeres en
contextos de conflicto o dictadura como una violación grave de derechos
humanos, no solo como un hecho colateral o secundario. La investigación
prioritaria, proactiva y específica de la violencia sexual, además de
visibilizar la magnitud y sistematicidad de estos hechos, permite exponer las
pautas culturales discriminatorias que dan origen, así como la reflexión
colectiva necesaria para alcanzar transformaciones estructurales. Así,
garantizar el acceso a la justicia y a la reparación con vocación
transformadora son piezas clave para evitar la repetición de la violencia de
género contra las mujeres y transitar hacia sociedades democráticas e
igualitarias.
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